Inversiones Licancabur Limitada
Nombre registral: INVERSIONES LICANCABUR SpA
Diario Oficial
Información societaria
Representación legal (3)
Isidora Fernanda Galleguillos Cortínez
Isidora Fernanda Galleguillos Cortínez
Isidora Fernanda Galleguillos Cortínez
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38° Notaria de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de junio de 2026, ante mí, compareció doña Isidora Fernanda Galleguillos Cortínez, C.I 19.513.098-1, en representación de don Juan Carlos Flores Gil C.I. 6.980.445-4, de doña María Jesús Flores Aguirre C.I. 21.527.777-1, y de doña Trinidad Emilia Flores Aguirre C.I. 22.392.043-8, todos domiciliados para estos efectos en calle San Pío X N°2.460, oficina 1.701, comuna de Providencia, Región Metropolitana, para sanear la escritura pública de fecha 08/04/2026 otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, repertorio 18.563-2026, cuyo extracto se inscribió a fojas 47.649 número 18.333, a fojas 47.653 número 18.336 y a fojas 47.855 número18.425, todas del Registro de Comercio de Santiago del año 2026. El saneamiento tiene por objeto corregir los siguientes vicios: a) A lo largo de la escritura saneada se señala erróneamente "Inversiones Licanbur SpA" en circunstancias que la razón social correcta es INVERSIONES LICANCABUR SPA. Los demás datos de individualización de dicha sociedad se encuentran correctamente consignados en la escritura, siendo el error de carácter tipográfico. b) En la cláusula PRIMERO de la escritura saneada se indican de forma errónea los RUT de las sociedades absorbidas INVERSIONES LICANCABUR SPA e INVERSIONES ARMONIA SPA. Los Roles Únicos Tributarios correctos son los siguientes: INVERSIONES LICANCABUR SPA: RUT 76.810.515-4; INVERSIONES ARMONIA SPA: RUT 78.467.650-1, tal como consta en todas las demás cláusulas de la misma escritura y en los balances protocolizados junto a ella. Santiago, 30 de Junio de 2026.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) Efectuar y/o desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, y percibir los frutos que de dichas inversiones se deriven; b) En general efectuar y/o desarrollar todos los negocios relacionados con el objeto y demás actividades que los socios acordaren a futuro. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase, ya sean chilenas o extranjeras.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 60% | $600.000 |
Accionista | - | 20% | $200.000 |
Trinidad Emilia Flores Aguirre Accionista | - | 20% | $200.000 |
Administradores (3)
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2017
Se menciona la inscripción de INVERSIONES LICANCABUR LIMITADA en el Registro de Comercio de Santiago.
- Transformación· 22 de enero de 2026
INVERSIONES LICANCABUR LIMITADA se transforma en sociedad por acciones bajo la razón social INVERSIONES LICANCABUR SpA, con modificación de capital y administración.
Juan Carlos Flores Gil · María Jesús Flores Aguirre · Trinidad Emilia Flores Aguirre
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea 3477, Local 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 22 de enero 2026, repertorio N°3891, ante mí, don Juan Carlos Flores Gil; doña María Jesús Flores Aguirre; y, doña Trinidad Emilia Flores Aguirre, todos domiciliados en calle Málaga número 115, oficina 1007, Las Condes, Región Metropolitana, modifican y transforman “INVERSIONES LICANCABUR LIMITADA”, inscrita a Fojas 86.932, n° 46.488 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017. Modifican el capital social, en el sentido de que don Juan Carlos Flores Gil, desde la fecha del instrumento extractado, no aportará su trabajo, y dan cuenta que el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Capital social. El capital social asciende a la suma de $1.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) don Juan Carlos Flores Gil, aporta $600.000, que representa el 60% de los derechos sociales, pagado e ingresado en la caja social en dinero efectivo. b) doña María Jesús Flores Aguirre, aporta la suma de $200.000, que representa el 20% de los derechos sociales, pagado e ingresado a la caja social en dinero efectivo. c) doña Trinidad Emilia Flores Aguirre, aporta la suma de $200.000, que representa el 20% de los derechos sociales, pagado e ingresado a la caja social en dinero efectivo. Transforman “INVERSIONES LICANCABUR LIMITADA” en una sociedad por acciones de nombre o razón social “INVERSIONES LICANCABUR SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) Efectuar y/o desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, y percibir los frutos que de dichas inversiones se deriven; b) En general efectuar y/o desarrollar todos los negocios relacionados con el objeto y demás actividades que los socios acordaren a futuro. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase, ya sean chilenas o extranjeras. Administración y uso de la razón social. corresponderán a don Juan Carlos Flores Gil, doña María Jesús Flores Aguirre y doña Trinidad Emilia Flores Aguirre, quienes podrán actuar de la siguiente forma: don Juan Carlos Flores Gil, en forma individual; o dos de ellos en forma conjunta. En ambos casos, anteponiendo su firma al nombre o razón social, obligarán y representarán a la sociedad con amplias facultades que detalla instrumento extractado. Capital. $1.000.000, dividido en 100 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2026.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) Efectuar y/o desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, y percibir los frutos que de dichas inversiones se deriven.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$600.000
Capital pendiente
$400.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | $600.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
TRINIDAD EMILIA FLORES AGUIRRE Socio | - | 20% | $200.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, JUAN CARLOS FLORES GIL, MARÍA JESUS FLORES AGUIRRE, y TRINIDAD EMILIA FLORES AGUIRRE, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle San Pio X N° 2460, of. 1701, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyen sociedad de Responsabilidad Limitada: Razón social: INVERSIONES LICANCABUR LIMITADA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) Efectuar y/o desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, y percibir los frutos que de dichas inversiones se deriven. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales. Duración: 30 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 5 años forma prevista escritura. Capital social: El capital social asciende a la suma de $1.000.000 y trabajo, que los socios aportan, pagan y pagarán de la siguiente forma: a) JUAN CARLOS FLORES GIL, aporta la suma de $600.000, que representa el 60% de los derechos sociales, y que paga en este acto, en dinero efectivo ingresando a caja social. b) MARÍA JESUS FLORES AGUIRRE, aporta la suma de $200.000, que representa el 20% de los derechos sociales, y que pagará dentro del plazo de 10 años contados desde esta fecha, en dinero efectivo; c) TRINIDAD EMILIA FLORES AGUIRRE, aporta la suma de $200.000, que representa el 20% de los derechos sociales, y que pagará dentro del plazo de 10 años contados desde esta fecha, en dinero efectivo. Sin perjuicio de lo anterior, don JUAN CARLOS FLORES GIL aporta también su trabajo personal por tiempo indefinido, en la medida que lo exijan las actividades de la sociedad. Administración: JUAN CARLOS FLORES GIL, actuando individualmente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de Noviembre de 2017. Félix Jara Cadaot. N.P.
Información societaria
Objeto social
Desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) Adquirir, efectuar y/o desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, relativas a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, administración, pudiendo al efecto percibir los frutos que de dichas inversiones se deriven y; b) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su giro.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$600.000
Capital pendiente
$400.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | $600.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
TRINIDAD EMILIA FLORES AGUIRRE Socio | - | 20% | $200.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular de la 41ª Notaría de Santiago, Huerfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, JUAN CARLOS FLORES GIL, MARÍA JESUS FLORES AGUIRRE, y TRINIDAD EMILIA FLORES AGUIRRE, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle San Pio X N° 2460, of. 1701, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyen sociedad de Responsabilidad Limitada: Razón social: INVERSIONES LICANCABUR LIMITADA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) Adquirir, efectuar y/o desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, relativas a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, administración, pudiendo al efecto ´percibir los frutos que de dichas inversiones se deriven y; B) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su giro. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales. Duración: 30 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 5 años forma prevista escritura. Capital social: El capital social asciende a la suma de $1.000.000 y trabajo, que los socios aportan, pagan y pagarán de la siguiente forma: a) JUAN CARLOS FLORES GIL, aporta la suma de $600.000, que representa el 60% de los derechos sociales, y que paga en este acto, en dinero efectivo ingresando a caja social. b) MARÍA JESUS FLORES AGUIRRE, aporta la suma de $200.000, que representa el 20% de los derechos sociales, y que pagará dentro del plazo de 10 años contados desde esta fecha, en dinero efectivo; c) TRINIDAD EMILIA FLORES AGUIRRE, aporta la suma de $200.000, que representa el 20% de los derechos sociales, y que pagará dentro del plazo de 10 años contados desde esta fecha, en dinero efectivo. Sin perjuicio de lo anterior, don JUAN CARLOS FLORES GIL aporta también su trabajo personal por tiempo indefinido, en la medida que lo exijan las actividades de la sociedad. Administración: JUAN CARLOS FLORES GIL, actuando individualmente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de Septiembre de 2017. Félix Jara Cadot. N.P.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES LICANCABUR SpA
CVE 2836445
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES LICANCABUR LIMITADA
CVE 2763495
- CONSTITUCIÓN
Inversiones Licancabur Limitada
CVE 1306002
- CONSTITUCIÓN
Inversiones Licancabur Limitada
CVE 1285271
