Rompeolas Inversiones SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$6.014.360.798
Capital integralizado
$5.854.381.473
Capital pendente
$159.979.325
Ações
7.843.252.362
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 5.xxx.xxx-6 | 5.xxx.xxx-6 | 67.66% | $3.435.190.221 |
Accionista 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | 12.17% | $859.723.526 |
Accionista 17.xxx.xxx-6 | 17.xxx.xxx-6 | 12.17% | $859.723.526 |
JUAN PABLO ROMUSSI PÉREZ Accionista 17.xxx.xxx-1 | 17.xxx.xxx-1 | 12.17% | $859.723.526 |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior PABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 01 de diciembre de 2025, ante mí, doña MARÍA BERNARDITA PÉREZ CRUZ, cédula de identidad n° 5.711.247-6, don JORGE ANDRÉS ROMUSSI PÉREZ, cédula de identidad n° 16.662.201-8, doña VALENTINA ROMUSSI PÉREZ, cédula de identidad n° 17.264.485-6, y don JUAN PABLO ROMUSSI PÉREZ, cédula de identidad n° 17.957.553-1, todos domiciliados en calle Camino Mirasol N° 1320, Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad "ROMPEOLAS INVERSIONES SpA", RUT 76.807.570-0, sociedad constituida por escritura de fecha 02 de enero de 2007 ante Notario Raúl Perry Pefaur, inscrita a fojas 1.136 N° 973 del Registro de Comercio de Santiago del año 2007; acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: UNO) AUMENTO DE CAPITAL: Se acordó aumentar el capital social de la suma de $5.114.360.798, dividido en 6.903.219.945 acciones, a la suma de $6.014.360.798, dividido en 7.843.252.362 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El aumento asciende a la suma de $900.000.000, mediante la emisión de 940.032.417 nuevas acciones. DOS) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Uno. Se sustituye el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de $6.014.360.798 dividido en 7.843.252.362 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se encuentra parcialmente suscrito y pagado, de conformidad al Artículo Primero Transitorio.” Dos. Asimismo, se acuerda reemplazar el Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $6.014.360.798 dividido en 7.843.252.362 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, parcialmente suscritas y pagadas de la forma que se indica a continuación: a) Doña María Bernardita Pérez Cruz ha suscrito la cantidad de 4.980.514.082 acciones, que corresponden a la suma de $3.435.190.221, estas acciones se encuentran íntegramente pagadas; b) don Jorge Andrés Romussi Pérez ha suscrito la cantidad de 954.246.093 acciones, que corresponden a la suma de $859.723.526, de las cuales 640.901.954 acciones correspondientes a $559.723.526 se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; y, 313.344.139 acciones correspondientes a $300.000.000 se encuentran pendiente de pago debiendo ser enteradas dentro de los ciento veinte días siguientes a esta fecha; c) doña Valentina Romussi Pérez ha suscrito la cantidad de 954.246.093 acciones, que corresponden a la suma de $859.723.526, de las cuales 640.901.954 acciones correspondientes a $559.723.526 pesos se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; y, 313.344.139 acciones correspondientes a $300.000.000 se encuentran pendiente de pago debiendo ser enteradas dentro de los ciento veinte días siguientes a esta fecha; y, d) don Juan Pablo Romussi Pérez ha suscrito la cantidad de 954.246.093 acciones, que corresponden a la suma de $859.723.526, de las cuales 640.901.954 acciones correspondientes a $559.723.526 se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; y, 313.344.139 acciones correspondientes a $300.000.000 se encuentran pendiente de pago debiendo ser enteradas dentro de los ciento veinte días siguientes a esta fecha.”. TRES) VIGENCIA DE OTRAS ESTIPULACIONES SOCIALES. En lo no modificado, rigen plenamente los estatutos sociales vigentes. Demás estipulaciones no son materia de extracto. Santiago, 22 de enero de 2026.
Informações societárias
Objeto social
Efectuar toda clase de inversiones, tanto inmobiliarias, en bienes rústicos o urbanos, como en bienes muebles de toda clase, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures, y otros títulos de crédito, y valores mobiliarios, derechos en empresas, sociedades de cualquier naturaleza y comunidades, y administrarlas, y celebrar todos los actos y contratos que sean conducentes, directa o indirectamente, a su realización y lo que los socios acuerden en el futuro.
Capital
Capital total
$5.114.360.798
Capital integralizado
$5.114.360.798
Capital pendente
$0
Ações
6.945.827.544
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 5.xxx.xxx-6 | 5.xxx.xxx-6 | 67.2% | $3.435.190.221 |
Accionista 17.xxx.xxx-6 | 17.xxx.xxx-6 | 9.2% | $559.723.526 |
Accionista 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | 9.2% | $559.723.526 |
JUAN PABLO ROMUSSI PÉREZ Accionista 16.xxx.xxx-1 | 16.xxx.xxx-1 | 9.2% | $559.723.526 |
Histórico societário relatado
- Transformação· 19 de agosto de 2025
ROMPEOLAS INVERSIONES LIMITADA se transforma en sociedad por acciones, con aumento de capital y nuevo texto refundido.
MARÍA BERNARDITA PÉREZ CRUZ · JORGE ANDRÉS ROMUSSI PÉREZ · VALENTINA ROMUSSI PÉREZ · JUAN PABLO ROMUSSI PÉREZ
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, domiciliado en esta ciudad, Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 19 de agosto de 2025, repertorio N°46464-2025, ante mí, comparecen: MARÍA BERNARDITA PÉREZ CRUZ, C.I. N° 5.711.247-6; JORGE ANDRÉS ROMUSSI PÉREZ, C.I. N° 16.662.201-8, VALENTINA ROMUSSI PÉREZ, C.I.N° 17.264.485-6; JUAN PABLO ROMUSSI PÉREZ, C.I N° 16.957.553-1, todos domiciliados para estos efectos en Calle Camino Mirasol 1320, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes en su calidad de únicos socios modificaron ROMPEOLAS INVERSIONES LIMITADA, RUT 76.807.570-0, (Fojas 1.136 número 973, del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2007), transformándola en una sociedad por acciones, realizando un aumento de capital, repactándola y otorgando un nuevo texto único y refundido, del cual extracto lo siguiente: Uno) ESTATUTOS ROMPEOLAS INVERSIONES SpA. TITULO PRIMERO. DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO. Artículo Primero: El nombre de la sociedad es ROMPEOLAS INVERSIONES SpA. Artículo Segundo: La sociedad tendrá por objeto efectuar toda clase de inversiones, tanto inmobiliarias, en bienes rústicos o urbanos, como en bienes muebles de toda clase, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures, y otros títulos de crédito, y valores mobiliarios, derechos en empresas, sociedades de cualquier naturaleza y comunidades, y administrarlas, y celebrar todos los actos y contratos que sean conducentes, directa o indirectamente, a su realización y lo que los socios acuerden en el futuro. Artículo Tercero: El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Artículo Cuarto: La duración de la sociedad es indefinida. Dos) TITULO SEGUNDO. DEL CAPITAL. Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de cinco mil ciento catorce millones trescientos sesenta mil setecientos noventa y ocho pesos, íntegramente enterado y pagado en la siguiente forma: a) doña María Bernardita Pérez Cruz, con la cantidad de tres mil cuatrocientos treinta y cinco millones ciento noventa mil doscientos veintiún pesos, equivalentes a cuatro mil novecientos ochenta millones quinientos catorce mil ochenta y dos acciones; b) doña Valentina Romussi Pérez, con la cantidad de quinientos cincuenta y nueve millones setecientos veintitrés mil quinientos veintiséis pesos, equivalentes a seiscientos cuarenta millones novecientos un mil novecientos cincuenta y cuatro acciones; c) don Jorge Andrés Romussi Pérez, con la cantidad de quinientos cincuenta y nueve millones setecientos veintitrés mil quinientos veintiséis pesos, equivalentes a seiscientos cuarenta millones novecientos un mil novecientos cincuenta y cuatro acciones; y, d) don Juan Pablo Romussi Pérez, con la cantidad de quinientos cincuenta y nueve millones setecientos veintitrés mil quinientos veintiséis pesos, equivalentes a seiscientos cuarenta millones novecientos un mil novecientos cincuenta y cuatro acciones. El capital social asciende a la suma de cinco mil ciento catorce millones trescientos sesenta mil setecientos noventa y ocho pesos, que se encuentra suscrito, enterado y pagado de acuerdo con lo señalado anteriormente. Demás estipulaciones no son materia de extracto. Santiago, 7 de octubre de 2025.
Informações societárias
Capital
Capital total
$3.976.558.956
Capital integralizado
$3.976.558.956
Capital pendente
$0
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 83.386% | $3.435.190.221 |
Socio | - | 4.538% | $180.456.245 |
Socio | - | 4.538% | $180.456.245 |
JUAN PABLO ROMUSSI PÉREZ Socio | - | 4.538% | $180.456.245 |
Histórico societário relatado
- Falecimento· 23 de julho de 2025
Fallece Jorge Romussi Olsen, titular del 0,0050% de los derechos sociales.
- Sucessão· 23 de julho de 2025
Por partición y adjudicación de bienes, los derechos sociales de Jorge Romussi Olsen se adjudican a sus herederos.
Jorge Romussi Pérez · Valentina Romussi Pérez · Juan Pablo Romussi Pérez
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, domiciliado en esta ciudad, Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 23 de julio de 2025, repertorio N°38003-2025, ante mí, comparecen: MARÍA BERNARDITA PÉREZ CRUZ, C.I. N° 5.711.247-6; JORGE ANDRÉS ROMUSSI PÉREZ, C.I. N° 16.662.201-8, V ALENTINA ROMUSSI PÉREZ, C.I. N° 17.264.485-6; JUAN PABLO ROMUSSI PÉREZ, C.I N° 16.957.553-1, todos domiciliados para estos efectos en Calle Camino Mirasol 1320, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes en su calidad de únicos socios modificaron ROMPEOLAS INVERSIONES LIMITADA, RUT 76.807.570-0, (Fojas 1.136 número 973, del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2007), en los siguientes términos: Uno) Cambio en la composición societaria. En razón de la partición y adjudicación de bienes dejados al fallecimiento del socio don Jorge Romussi Olsen, efectuada por escritura pública de fecha 23 de julio del 2025, otorgada en esta notaría, bajo repertorio 38002/ 2025, se produce una modificación en la composición societaria. Don Jorge Romussi Olsen era dueño del 0,0050% de los derechos sociales que equivalen a la suma de $353.483, adjudicándose dichos derechos en la referida escritura de la siguiente manera: a) Don Jorge Romussi Pérez se le adjudicó un 0,0015% de los derechos sociales; b) a doña Valentina Romussi Pérez se le adjudicó un 0,0015% de los derechos sociales; y c) a Don Juan Pablo Romussi Pérez se le adjudicó un 0,002% de los derechos sociales. Dos) Composición anterior. De forma previa los actuales socios tenían la siguiente participación: a) Doña María Bernardita Pérez Cruz con aproximadamente un 86,386% de los derechos sociales; b) Don Jorge Romussi Pérez con aproximadamente 4,5365% de los derechos sociales; c) Doña Valentina Romussi Pérez con aproximadamente4,5365% de los derechos sociales; y d) Juan Pablo Romussi Pérez con aproximadamente 4,5360% de los derechos sociales. Tres) En este sentido, con motivo de las modificación de las participaciones sociales por adjudicación de derechos sociales los actuales socios de Rompeolas Inversiones Limitada son: a) doña María Bernardita Pérez Cruz con un 86,386% de los derechos sociales; b) doña Valentina Romussi Pérez con un 4,538% de los derechos sociales; c) Don Juan Pablo Romussi Pérez con un 4,538% de los derechos sociales; y, d) Don Jorge Andrés Romussi Pérez con un 4,538% por ciento de los derechos sociales. Dos): Modificación del pacto social. Como consecuencia de lo previamente expuesto, los comparecientes, actuales y únicos socios de Rompeolas Inversiones Limitada, acuerdan reemplazar el texto del artículo Quinto del estatuto social vigente, sobre el capital, para adecuarlo conforme los cambios en la composición societaria previamente expuestos, especialmente, la adjudicación de los derechos sociales ya señalada, sustituyéndolo por el siguiente: “Quinto: Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de tres mil novecientos setenta y seis millones quinientos cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta y seis pesos, íntegramente enterado y pagado en la siguiente forma: a) doña María Bernardita Pérez Cruz, con la cantidad de tres mil cuatrocientos treinta y cinco millones ciento noventa mil doscientos veintiún pesos, equivalentes al ochenta y tres coma tres ocho seis por ciento de los derechos en el capital social; b) doña Valentina Romussi Pérez, con la cantidad de ciento ochenta millones cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cuarenta y cinco pesos, equivalentes al cuatro coma cinco tres ocho por ciento de los derechos en el capital social; c) don Jorge Andrés Romussi Pérez, con la cantidad de ciento ochenta millones cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cuarenta y cinco pesos, equivalentes al cuatro coma cinco tres ocho por ciento de los derechos en el capital social; y, d) don Juan Pablo Romussi Pérez, con la cantidad de ciento ochenta millones cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cuarenta y cinco pesos, equivalentes al cuatro coma cinco tres ocho por ciento de los derechos en el capital social.”. Tres) Vigencia de Otras Estipulaciones Sociales. En todo aquello que no se modifica por el presente instrumento se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y, en especial, lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes En todo lo no modificado anteriormente se mantiene vigente el pacto social, en especial en lo relativo a que los socios limitan su responsabilidad por las obligaciones sociales hasta por el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones no son materia de extracto. Santiago, 30 de julio de 2025.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Rompeolas Inversiones SpA
CVE 2760229
- MODIFICACIÓN
Rompeolas Inversiones Limitada
CVE 2710591
- MODIFICACIÓN
Rompeolas Inversiones Limitada
CVE 2680327
