股份公司76.802.808-7

Amankay SpA

MODIFICACIÓN — 2023年6月1日

Diario Oficial

公司資料

SpA

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2017年10月5日

    Constitución de AMANKAY SpA.

    JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS

摘要官方正文

JESÚS OSSES REVECO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena, con oficio en esta ciudad, en calle Cordovez N° 317, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, don SEBASTIÁN ALEJANDRO COVARRUBIAS PINTO, abogado, con domicilio en Pedro Pablo Muñoz 274, La Serena, en representación de don JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS, contador auditor, con domicilio en Los Alerces número 3330, Departamento 1106, Block A, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana de Santiago, saneó el vicio formal que afecta la rectificación de la sociedad denominada AMANKAY SpA, constituida por escritura pública de fecha 05 de octubre de 2017, otorgada ante don Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Repertorio 54.388, cuyo extracto se inscribió a fojas 79.194 número 42.627, del Registro de Comercio de Santiago del año 2017 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 28 de octubre de 2017. La referida escritura pública de rectificación se otorgó con fecha 10 de octubre de 2023, ante don Jesús Osses Reveco, Notario Público de la Segunda Notaria de la ciudad de La Serena y un extracto de dicha escritura se público en el Diario Oficial con fecha 20 de enero de 2023. El vicio formal que se sanea es la falta de debida inscripción del extracto de la escritura pública de rectificación, ya referida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 17 de mayo de 2023.

公司資料

SpA
管理方式: Junta de Accionistas / administrador designado

股東(1)

姓名持股比例

JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS

Accionista

-

管理人(2)

JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS

Administrador

GISSELLA MIRTA BALCARCE VILLANUEVA

10.xxx.xxx-0Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2017年10月5日

    Se constituyó la sociedad por acciones AMANKAY SpA.

    JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS

摘要官方正文

JESÚS OSSES REVECO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena, con oficio en esta ciudad, en calle Cordovez N° 317, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, don SEBASTIÁN ALEJANDRO COVARRUBIAS PINTO, con domicilio en Pedro Pablo Muñoz 274, La Serena, en representación de don JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS, con domicilio en Los Alerces número 3330, Departamento 1106, Block A, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana de Santiago, rectificó la escritura pública de fecha 05 de octubre de 2017, otorgada ante don Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Repertorio 54.388, mediante la cual se constituyó la sociedad por acciones denominada AMANKAY SpA. Un extracto de dicho instrumento se inscribió a fojas 79.194 número 42.627, del Registro de Comercio de Santiago del año 2017. En virtud del referido instrumento don SEBASTIÁN ALEJANDRO COVARRUBIAS PINTO, en representación de don JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS, único socio de la sociedad, rectificó el Artículo Segundo Transitorio de la referida escritura pública, quedando, en definitiva, como sigue: “Que, mientras no se designe el ADMINISTRADOR por la Junta de Accionistas, se nombra administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el Artículo Duodécimo de estos estatutos a don JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS, conjunta, separada y/o indistintamente con doña GISSELLA MIRTA BALCARCE VILLANUEVA, chilena, casada, contador auditor, cédula nacional de identidad número diez millones cuarenta y seis mil cuatrocientos ochenta y uno guion cero, quienes anteponiendo su firma a la razón social, tendrán todas y cada una de las facultades indicadas en el Artículo Duodécimo de los estatutos. Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. La Serena, 10 de enero de 2023.

公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana

公司目的

El objeto de la sociedad será: a) la compra, venta, adquisición, enajenación, inversión, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos y/o rurales, industriales, comerciales o residenciales, sean propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) la inversión y obtención de las rentas provenientes de la inversión de fondos sociales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, tales como, dividendos, intereses, rentas de arrendamiento, precios y cualquier otro tipo de remuneración, acciones, bonos, debentures; y en general, la inversión con cualquier clase de valores mobiliarias, efectos públicas o de comercio, derechos en sociedad y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrándolos y percibir sus frutos; c) la participación en toda clase de sociedades, pudiendo administrarlas o participar en su administración, constituirlas o adquirir acciones o derechos en sociedades ya constituidas; d) la prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter técnico y financiero en las actividades antes señaladas; y, e) La celebración de todos los demás actos y contratos que acuerden los socios para el desarrollo del giro social.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股份

1,000

股東(2)

姓名持股比例

Pedro Pablo González del Riego García

Accionista

50%

INVERSIONES LONQUIMAY LIMITADA

Accionista

50%

法定代理(1)

Carlos José Ramón Casanueva De Landa

摘要官方正文

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, Comuna de San Miguel: por escritura pública de fecha 5 de agosto de 2020, Repertorio N° 4433/2020, ante mí, don PEDRO PABLO GONZALEZ DEL RIEGO GARCIA, por sí, y don Carlos José Ramón Casanueva De Landa, en representación de INVERSIONES LONQUIMAY LIMITADA, constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1. Razón Social: “AMANKAY SpA”. 2. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la compra, venta, adquisición, enajenación, inversión, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos y/o rurales, industriales, comerciales o residenciales, sean propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) la inversión y obtención de las rentas provenientes de la inversión de fondos sociales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, tales como, dividendos, intereses, rentas de arrendamiento, precios y cualquier otro tipo de remuneración, acciones, bonos, debentures; y en general, la inversión con cualquier clase de valores mobiliarias, efectos públicas o de comercio, derechos en sociedad y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrándolos y percibir sus frutos; c) la participación en toda clase de sociedades, pudiendo administrarlas o participar en su administración, constituirlas o adquirir acciones o derechos en sociedades ya constituidas; d) la prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter técnico y financiero en las actividades antes señaladas; y, e) La celebración de todos los demás actos y contratos que acuerden los socios para el desarrollo del giro social. 3. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: /i/ don Pedro Pablo González del Riego García suscribe 500 acciones, las que se pagan en este acto en dinero efectivo; y, /ii/ Inversiones Lonquimay Limitada suscribe 500 acciones, las que paga en este acto en dinero efectivo 4. Domicilio: Comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2020.

公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana
期限: Indefinida
管理方式: corresponderá a un ADMINISTRADOR, que durará indefinidamente en su cargo, mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo.

公司目的

desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Establecer locales de comida rápida (Bares, Fuentes de Soda, Gelaterías, Pizzerías y similares; y en general, la sociedad podrá efectuar cualquier actividad que la Junta de Accionistas acuerde, en sesión extraordinaria, especialmente convocada al efecto; b) Realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias y anexas al giro principal y; c) cualquier otra actividad que acuerden los socios.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股份

100

股東(1)

姓名持股比例

JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS

Accionista

9.xxx.xxx-7

100%

管理人(2)

JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS

9.xxx.xxx-7Administrador

GISSELLA MIRTA BALCARCE VILLANUEVA

10.xxx.xxx-0Administrador

摘要官方正文

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42 Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de Octubre de 2017, bajo Repertorio Nº 54.388, ante mí: JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador auditor, cédula nacional de identidad Nº 9.883.554-7, Los Alerces Nº 3330, Departamento 1116, Block A, comuna de Ñuñoa, Santiago, constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos son: Razón social: AMANKAY SpA. Objeto: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Establecer locales de comida rápida (Bares, Fuentes de Soda, Gelaterías, Pizzerías y similares; y en general, la sociedad podrá efectuar cualquier actividad que la Junta de Accionistas acuerde, en sesión extraordinaria, especialmente convocada al efecto; b) Realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias y anexas al giro principal y; c) cualquier otra actividad que acuerden los socios. Duración: Indefinida; Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, con valor nominal de diez mil pesos, se suscribe y paga de la siguiente forma: A) Don JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS, suscribe cien que las paga en este acto; Domicilio: SANTIAGO, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. ADMINISTRACION: corresponderá a un ADMINISTRADOR, que durará indefinidamente en su cargo, mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo. El administrador representa judicial y extrajudicialmente a la sociedad, quien para obligar a la sociedad deberá anteponer la razón social o nombre de fantasía a su respectiva firma, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, obligando y representando a la sociedad en todos los actos relativos directa o indirectamente a su objeto y giro ordinario. Mientras no se designe el ADMINISTRADOR por la Junta de Accionistas, se nombra administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos a don JORGE FERNANDO MONTECINOS CORTÉS, conjunta, separada y/o indistintamente con doña GISSELLA MIRTA BALCARCE VILLANUEVA, chilena, casada, contador auditor, cédula nacional de identidad Nº 10.046.481-0, quienes anteponiendo su firma a la razón social, tendrán todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 16 de Octubre de 2017.

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  1. MODIFICACIÓN

    AMANKAY SpA

    CVE 2323480

  2. MODIFICACIÓN

    AMANKAY SpA

    CVE 2256815

  3. CONSTITUCIÓN

    AMANKAY SpA

    CVE 1799434

  4. CONSTITUCIÓN

    AMANKAY SpA

    CVE 1294334

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