Sociedade por Ações76.800.321-1

Prisma SpA

MODIFICACIÓN — 30 de dez. de 2021

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-12-30Ver PDF (CVE 2065154)

Informações societárias

SpA

Representação legal (2)

Víctor Javier Sepúlveda Muñoz

Em representação de los accionistas y de esta junta

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 26 de julho de 2017

    La sociedad fue constituida como Sociedad Páez y Mohr Inmobiliaria Limitada.

  2. Outro ato· 15 de setembro de 2017

    La sociedad fue modificada y corregida.

  3. Transformação· 27 de dezembro de 2018

    La sociedad se transformó en una sociedad por acciones y cambió su razón social a PRISMA SPA.

  4. Outro ato· 23 de junho de 2021

    La junta extraordinaria acordó la disolución de la sociedad, la designación de liquidador y agregar la expresión 'en liquidación' a la razón social.

    RAFAEL OSCAR PAROT DONOSO · HÉCTOR JAVIER GUTIÉRREZ MUÑOZ

Texto oficial do extrato

JUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ RUIZ, Notario Público de la Cuarta Notaría de Valdivia, con oficio en Camilo Henríquez 540, local 3, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2021, repertorio 4363, ante don Erwin Eugenio Neumann Montecinos, Notario Público Suplente de este oficio, se redujo a escritura pública el acta de fecha 26 de noviembre de 2021, correspondiente a la Junta Extraordinaria General de Accionistas de la Sociedad Prisma SpA, donde luego de una deliberación, se adoptaron los siguientes acuerdos, todos ellos por la unanimidad de los asistentes que, a su vez, representan la totalidad de las acciones de la compañía: Uno: Se ratifican en todas sus partes, todos los acuerdos adoptados en la Junta Extraordinaria General de Accionistas de fecha veintitrés de junio de dos mil veintiuno, cuya acta fue reducida a escritura pública con esa misma data ante el Notario Público de esta ciudad don Juan Bautista Rodríguez Ruiz, registrada en el repertorio número dos mil ciento cincuenta y seis de del año dos mil veintiuno de dicho Ministro de Fe, cuyo texto es el siguiente: “Uno: Se acuerda la disolución de la sociedad PRISMA SpA, de conformidad a lo dispuesto en el artículo ciento tres número tres de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis. Dos: Se designa como único y exclusivo liquidador de la sociedad, al Abogado don RAFAEL OSCAR PAROT DONOSO, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos setenta mil quinientos cincuenta y nueve guión cero, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, sin limitación alguna, por un término máximo de tres años, quien podrá ser reelegido por igual plazo, por una sola vez, de conformidad a lo establecido en el artículo ciento once de la ley dieciocho mil cuarenta y seis. Se acuerda asimismo que la remuneración del liquidador ya mencionado, será la suma de cuarenta millones de pesos, líquidos. Tres: De igual forma, la junta acuerda que de conformidad a lo dispuesto en el artículo ciento nueve de la ley dieciocho mil cuarenta y seis, deberá agregarse a la razón social de la compañía, las palabras “en liquidación”. Cuatro: La junta asimismo acuerda facultar a don HÉCTOR JAVIER GUTIÉRREZ MUÑOZ, para reducir a escritura pública la presente Junta Extraordinaria General de Accionistas. Cinco: Se faculta a cualquier persona adulta portadora de copia autorizada de la escritura pública a que sea reducida la presente acta, para requerir o efectuar los extractos, inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que sean pertinentes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo ciento ocho en relación al artículo quinto de la ley dieciocho mil cuarenta y seis o cualquier otra disposición legal, reglamentaria o estatutaria aplicable en la especie.”.- Dos: Que, también con el objeto de sanear cualquier reparo, o vicio de nulidad de los acuerdos adoptados en la Junta Extraordinaria General de Accionistas de fecha veintitrés de junio de dos mil veintiuno, cuya acta fue reducida a escritura pública con esa misma data ante el Notario Público de esta ciudad don Juan Bautista Rodríguez Ruiz, registrada en el repertorio número dos mil ciento cincuenta y seis de del año dos mil veintiuno de dicho Ministro de Fe, por el presente acto ellos son complementados, en el sentido que se señala y deja constancia de que la sociedad PRISMA SPA, fue constituida como “SOCIEDAD PÁEZ Y MOHR INMOBILIARIA LIMITADA” mediante escritura pública de fecha veintiséis de julio del año dos mil diecisiete, otorgada ante el Notario Público de Puerto Montt, don Álvaro Andrés Gajardo Casañas, y registrada bajo el repertorio número tres mil setecientos cuarenta y cuatro del año dos mil diecisiete del ante dicho fedatario, modificada y corregida mediante escritura pública de fecha quince de septiembre de dos mil diecisiete, también otorgada ante el Notario Público de Puerto Montt, don Álvaro Andrés Gajardo Casañas, la cual se registró bajo el repertorio cuatro mil ochocientos sesenta y uno del año dos mil diecisiete del fedatario ya aludido. La sociedad fue modificada mediante escritura pública de fecha veintisiete de diciembre de dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de Puerto Montt don Víctor Hugo Quiñoñes Sobarzo, registrándose bajo el repertorio número tres mil ciento sesenta y ocho del año dos mil dieciocho del mencionado ministro de fe, por la cual se transformó en una sociedad por acciones y se cambió la razón social a PRISMA SPA, la cual se mantiene hasta la actualidad. Asimismo, se deja constancia de que la sociedad se encuentra inscrita a fojas trescientas cuarenta y dos vuelta, número doscientos seis, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Osorno, correspondiente al año dos mil diecisiete. Tres: La junta asimismo acuerda, otorgar las más amplias facultades al señor Secretario Abogado de esta reunión, don Víctor Javier Sepúlveda Muñoz, para que en nombre y representación de los accionistas y de esta junta, suscriba las escrituras rectificatorias, minutas y/o celebre o realice toda clase de actos tendientes a sanear lo acordado, de ser ello necesario. Cuatro: La junta asimismo acuerda facultar a don HÉCTOR JAVIER GUTIÉRREZ MUÑOZ, para reducir a escritura pública la presente Junta Extraordinaria General de Accionistas. Cinco: Se faculta a cualquier persona adulta portadora de copia autorizada de la escritura pública a que sea reducida la presente acta, para requerir o efectuar los extractos, inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que sean pertinentes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo ciento ocho en relación al artículo quinto de la ley dieciocho mil cuarenta y seis o cualquier otra disposición legal, reglamentaria o estatutaria aplicable en la especie. Valdivia, a 13 de diciembre de 2021.

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