Ea Servicios Inmobiliarios Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
A) La realización de toda especie de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios, en títulos, acciones y derechos sociales, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio, en patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquier naturaleza, en todas sus formas y estructuras jurídicas; percibir e invertir sus frutos. La compra, venta, permuta, arrendamiento, explotación, adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles. Asimismo, podrá participar como socia en toda clase de sociedades, de personas o de capitales o de cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse en ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones. Podrá también emitir y hacer oferta pública de todo tipo de valores y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar contratos de servicios, mandatos con y sin representación, asesorías de cualquier especie, todo lo anterior, por cuenta propia o de terceros y desarrollar cualquier otra actividad, negocio o servicio relacionado o complementario con lo descrito anteriormente y B) Efectuar toda clase de actividades y negocios mineros, explotar, construir, adquirir, arrendar, aviar y enajenar a cualquier título pertenencias y derechos mineros, extraer, beneficiar, adquirir y enajenar toda clase de minerales, instalar, comprar y vender faenas y establecimientos del ramo, adquirir, arrendar, explotar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, predios rústicos y urbanos, explotaciones agrícolas y anexos; formar parte o adquirir y enajenar interés o participación en otras sociedades o comunidades de cualquier género y en general efectuar todos los actos y contratos que tiendan al objeto social. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 77.775.711-3 | 77.775.711-3 | 80% | $800.000 |
Socio 77.777.089-6 | 77.777.089-6 | 20% | $200.000 |
Administrators (2)
ENRIQUE ANTONIO SANTELICES MATTA
Corporate history on record
- Incorporation· March 14, 2007
Se constituyó originalmente EA SERVICIOS INMOBILIARIOS LIMITADA.
- Transfer of rights· June 5, 2024
Pedro Ignacio Santelices Matta cede el 1% de sus derechos sociales a INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA.
PEDRO IGNACIO SANTELICES MATTA · INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA
- Transfer of rights· June 5, 2024
Enrique Antonio Santelices Matta cede el 19% de sus derechos sociales a INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA.
ENRIQUE ANTONIO SANTELICES MATTA · INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA
- Transfer of rights· June 5, 2024
Enrique Antonio Santelices Matta cede el 80% de sus derechos sociales a HR INVERSIONES SpA.
- Partner withdrew· June 5, 2024
Pedro Ignacio Santelices Matta y Enrique Antonio Santelices Matta se retiran de la sociedad como consecuencia de las cesiones de derechos.
PEDRO IGNACIO SANTELICES MATTA · ENRIQUE ANTONIO SANTELICES MATTA
- Name change· June 5, 2024
La razón social se reemplaza por INVERSIONES YM DOS LIMITADA, pudiendo usar la sigla YM DOS LTDA.
- Change of administrator· June 5, 2024
La administración pasa a ser conjunta de Enrique Antonio Santelices Matta y Luis Felipe Núñez Matta.
- Capital change· June 5, 2024
El capital se fija en $1.000.000, íntegramente pagado, con 80% para HR INVERSIONES SpA y 20% para INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA.
- Other act· June 5, 2024
Se modifican además el objeto, la duración, las utilidades y la cláusula de continuidad por fallecimiento o interdicción.
Official extract text
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular de la 48° Notaria de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3076 oficina 601, comuna de Las Condes, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 05 de Junio de 2024, repertorio Nro. 6.855/2024, ante mí, /Uno/ don ENRIQUE ANTONIO SANTELICES MATTA, cédula de identidad número nueve millones trescientos noventa y dos mil setecientos setenta y tres guion siete, por sí y en representación de “HR INVERSIONES SpA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones setecientos setenta y cinco mil setecientos once guion tres, ambos domiciliados para estos efectos Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina cuatrocientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, /Dos/ don PEDRO IGNACIO SANTELICES MATTA, cédula nacional de identidad número quince millones noventa y nueve mil ciento cuarenta y cinco guión cinco, domiciliado para estos efectos en Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina cuatrocientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y /Tres/ don LUIS FELIPE NÚÑEZ MATTA, cédula de identidad número trece millones ochocientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y siete guion cuatro, en representación de “INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones setecientos setenta y siete mil ochenta y nueve guion seis, ambos domiciliados para estos efectos Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina cuatrocientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “EA SERVICIOS INMOBILIARIOS LIMITADA”, rol único tributario número 76.787.210-0, inscrita a fojas 10116, número 7383, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago correspondiente al año 2007, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha 14 de marzo de 2007, en las siguientes estipulaciones: Cesión de derechos sociales: Uno) Por el presente acto, don PEDRO IGNACIO SANTELICES MATTA, vende, cede y transfiere el uno por ciento de los derechos sociales de la Sociedad y que corresponden a la totalidad de sus derechos sociales, a INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA, quien, a través de su representante, compra, acepta y adquiere para sí, el precio de la cesión de los derechos sociales es la suma de diez mil pesos que el adquirente y cesionario paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera y total satisfacción, Dos) Por el presente acto, don ENRIQUE ANTONIO SANTELICES MATTA, vende, cede y transfiere el diecinueve por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, a INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA, quien, a través de su representante, compra, acepta y adquiere para sí, el precio de la cesión de los derechos sociales es la suma de ciento noventa mil pesos que el adquirente y cesionario paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera y total satisfacción y Tres) Por el presente acto, don ENRIQUE ANTONIO SANTELICES MATTA, vende, cede y transfiere el ochenta por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, a HR INVERSIONES SpA, quien, a través de su representante, compra, acepta y adquiere para sí, el precio de la cesión de los derechos sociales es la suma de ochocientos mil pesos que el adquirente y cesionario paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera y total satisfacción. Como consecuencia de las cesiones de derechos referidas en los números uno, dos y tres de la cláusula segunda de este instrumento, don Pedro Ignacio Santelices Matta y don Enrique Antonio Santelices Matta se retiran de la Sociedad y quedan como únicos y actuales socios de “EA SERVICIOS INMOBILIARIOS LIMITADA”, los siguientes: /Uno/ HR INVERSIONES SpA, correspondiéndole el ochenta por ciento de los derechos sociales de la Sociedad y /Dos/ INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA, correspondiéndole el veinte por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Modificaciones de Estatutos: Así mismo, y con motivo de las cesiones de derechos de que se ha dado cuenta HR INVERSIONES SpA e INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA, en su carácter de únicos y actuales socios e interesados de “EA SERVICIOS INMOBILIARIOS LIMITADA” acuerdan realizar las siguientes modificaciones a los Estatutos sociales de la Sociedad: Uno) Reemplazar la cláusula segunda de los Estatutos de la Sociedad, relativa a la razón social, por la siguiente: “SEGUNDO: El nombre o razón social será “INVERSIONES YM DOS LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “YM DOS LTDA.”. Dos) Reemplazar la cláusula tercera de los Estatutos de la Sociedad, relativa al objeto de social, por la siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será A) La realización de toda especie de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios, en títulos, acciones y derechos sociales, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio, en patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquier naturaleza, en todas sus formas y estructuras jurídicas; percibir e invertir sus frutos. La compra, venta, permuta, arrendamiento, explotación, adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles. Asimismo, podrá participar como socia en toda clase de sociedades, de personas o de capitales o de cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse en ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones. Podrá también emitir y hacer oferta pública de todo tipo de valores y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar contratos de servicios, mandatos con y sin representación, asesorías de cualquier especie, todo lo anterior, por cuenta propia o de terceros y desarrollar cualquier otra actividad, negocio o servicio relacionado o complementario con lo descrito anteriormente y B) Efectuar toda clase de actividades y negocios mineros, explotar, construir, adquirir, arrendar, aviar y enajenar a cualquier título pertenencias y derechos mineros, extraer, beneficiar, adquirir y enajenar toda clase de minerales, instalar, comprar y vender faenas y establecimientos del ramo, adquirir, arrendar, explotar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, predios rústicos y urbanos, explotaciones agrícolas y anexos; formar parte o adquirir y enajenar interés o participación en otras sociedades o comunidades de cualquier género y en general efectuar todos los actos y contratos que tiendan al objeto social. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.”. Tres) Reemplazar la cláusula cuarta de los Estatutos de la Sociedad, relativa a la administración de la sociedad, por la siguiente: “CUARTO: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los señores ENRIQUE ANTONIO SANTELICES MATTA, cédula de identidad número nueve millones trescientos noventa y dos mil setecientos setenta y tres guion siete y LUIS FELIPE NÚÑEZ MATTA, cédula de identidad número trece millones ochocientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y siete guion cuatro, quienes actuando de forma conjunta y anteponiendo sus firmas a la razón social, representaran a la Sociedad con las más amplias facultades contenidas en la escritura extractada. Cuatro) Reemplazar la cláusula quinta de los Estatutos de la Sociedad, relativa al capital de la sociedad, por la siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma única y total de un millón de pesos, que los socios enteraron y aportaron de la siguiente forma: a) HR INVERSIONES SpA, aportó la suma de ochocientos mil pesos, equivalentes al ochenta por ciento del capital social de la Sociedad, suma que se pagó y enteró íntegramente a las arcas sociales con anterioridad a la presente fecha; y b) INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA, aportó la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social de la Sociedad, suma que se pagó y enteró íntegramente a las arcas sociales con anterioridad a la presente fecha.”. Cinco) Reemplazar la cláusula séptima de los Estatutos de la Sociedad, relativa a la distribución de las utilidades y perdidas de la sociedad, por la siguiente: “SÉPTIMO: Las utilidades y pérdidas anuales que produzcan los negocios sociales se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes. Deberá existir el acuerdo unánime de todos los socios para el caso de hacer efectiva la distribución de utilidades entre los socios en proporción a sus aportes o en forma distinta a estos.”. Seis) Reemplazar la cláusula octava de los Estatutos de la Sociedad, relativa a la duración de la sociedad, por la siguiente: “OCTAVO: El plazo de duración la sociedad será de tres años contados desde la presente escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que por acuerdo unánime los socios manifestaren su intención de poner término a la presente sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de esta sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, todo ello con una anticipación mínima de seis meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas.”. Siete) Reemplazar la cláusula novena de los Estatutos de la Sociedad, relativa a la continuidad de la sociedad en caso de fallecimiento de uno de los socios, por la siguiente: “NOVENO: En caso de fallecimiento o interdicción de uno de los socios, la sociedad continuará con los demás socios y los herederos o sucesores del socio fallecido o interdicto, debiendo ser representados los herederos o sucesores en los actos de la sociedad por un mandatario único que deberán designar los herederos o sucesores del socio fallecido o interdicto dentro del mes siguiente al fallecimiento o de la declaración de interdicción. Si los herederos o sucesores del socio fallecido o interdicto no hicieren la designación del mandatario común dentro del plazo indicado, la designación de ese mandatario corresponderá al árbitro que se designa en la presente escritura. Este representante tendrá el carácter de mandatario de todos los herederos o sucesores del respectivo socio fallecido o interdicto, mandato que, por consiguiente, no podrá ser revocado sino por acuerdo unánime de los correspondientes herederos o sucesores, los que deberán designar un nuevo representante. La designación deberá efectuarse por escritura pública de la que se deberá tomar nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Por su parte, si alguno de los socios cayere en insolvencia o quiebra, la sociedad continuará con los otros socios y quienes sucedan legalmente al insolvente o fallido, según sea el caso. Dichos sucesores deberán designar un apoderado común en los términos descritos precedentemente. En caso de liquidación en procedimiento concursal de alguna de las socias, la sociedad continuará con los demás socios, pudiendo actuar y ejercer todas las facultades de administración y uso de la razón social el representante de la sociedad que no haya entrado en procedimiento concursal de liquidación.”. Ocho) Reemplazar la cláusula décima de los Estatutos de la Sociedad, relativa a la resolución de controversias entre los socios, por la siguiente: “DÉCIMO: Toda desavenencia, dificultad o cuestión que se presentare entre los accionistas con motivo de la interpretación del presente contrato, su cumplimiento o incumplimiento, de la realización de los negocios sociales o de cualquiera otra materia que ocurriere durante la vigencia o liquidación de la sociedad, será del conocimiento y resolución de un árbitro arbitrador en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto al fallo. El árbitro será designado por las partes de común acuerdo, y en caso de no lograrse este acuerdo, será designado conforme al Reglamento Procesal del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago A.G. vigente al momento de solicitarlo, confiriendo las partes al efecto, mandato especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para que designe el árbitro de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes de esa Cámara. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, por lo cual las partes renuncian expresamente a ellos, con excepción de los recursos de revisión y el recurso de queja. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y jurisdicción.”. Texto refundido de los Estatutos de la Sociedad. Con motivo de las modificaciones realizadas en la cláusula séptima precedente y con el objeto de tener un mayor orden de los Estatutos de la Sociedad, los socios acuerdan reemplazar íntegramente los Estatutos sociales de la Sociedad y vienen en otorgar el siguiente texto refundido y sistematizado de los mismos: Socios: Son únicos socios de la Sociedad “HR INVERSIONES SpA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones setecientos setenta y cinco mil setecientos once guion tres, e “INVERSIONES LOS PIMIENTOS SpA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones setecientos setenta y siete mil ochenta y nueve guion seis, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina cuatrocientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Razón social: El nombre o razón social será “INVERSIONES YM DOS LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombres de fantasía de “YM DOS LTDA. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que puedan instalar y las actividades que puedan desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será A) La realización de toda especie de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios, en títulos, acciones y derechos sociales, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio, en patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquier naturaleza, en todas sus formas y estructuras jurídicas; percibir e invertir sus frutos. La compra, venta, permuta, arrendamiento, explotación, adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles. Asimismo, podrá participar como socia en toda clase de sociedades, de personas o de capitales o de cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse en ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones. Podrá también emitir y hacer oferta pública de todo tipo de valores y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar contratos de servicios, mandatos con y sin representación, asesorías de cualquier especie, todo lo anterior, por cuenta propia o de terceros y desarrollar cualquier otra actividad, negocio o servicio relacionado o complementario con lo descrito anteriormente y B) Efectuar toda clase de actividades y negocios mineros, explotar, construir, adquirir, arrendar, aviar y enajenar a cualquier título pertenencias y derechos mineros, extraer, beneficiar, adquirir y enajenar toda clase de minerales, instalar, comprar y vender faenas y establecimientos del ramo, adquirir, arrendar, explotar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, predios rústicos y urbanos, explotaciones agrícolas y anexos; formar parte o adquirir y enajenar interés o participación en otras sociedades o comunidades de cualquier género y en general efectuar todos los actos y contratos que tiendan al objeto social. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: El capital de la sociedad es la suma única y total de un millón de pesos, que los socios enteraron y aportaron de la siguiente forma: a) HR INVE
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- MODIFICACIÓN
EA SERVICIOS INMOBILIARIOS LIMITADA
CVE 2507253
