Abogabir Miranda Abogados SpA
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Nicolás Alberto Miranda Larraguibel Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
Iván Torrealba Acevedo, Titular 33° Notaría Santiago, con oficio en Huérfanos 979, Of. 501, ciudad y comuna de Santiago, certifica que por escritura pública otorgada en esta Notaría ante mi Notario Suplente Verónica Torrealba Costabal, con fecha 26 de Julio de 2022, los señores Nicolás Alberto Miranda Larraguibel y Diego José Abogabir Egaña, ambos en su carácter de únicos y actuales accionistas según Registro tenido a la vista, de “ABOGABIR MIRANDA ABOGADOS SpA”, inscrita a fojas 66.422 N°35.766 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017, modificaron los estatutos sociales de dicha Sociedad, reemplazando el Artículo Vigésimo Cuarto de los mismos por el siguiente: “ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO: Sin perjuicio de lo señalado en los artículos anteriores, se podrán omitir todos los trámites relativos a las Juntas de Accionistas en aquellos casos en que los acuerdos sean adoptados por escritura pública suscrita por los señores Nicolás Alberto Miranda Larraguibel y Diego José Abogabir Egaña. Asimismo y a mayor abundamiento, no se requerirá aprobación previa de Junta Extraordinaria de Accionistas respecto de aquellas materias a que hace mención el Artículo Décimo Séptimo de los estatutos sociales, en la medida que la suscripción y/o celebración de los actos jurídicos y contratos para los cuales se requiera dicha aprobación previa, sea efectuada por los señores Nicolás Alberto Miranda Larraguibel y Diego José Abogabir Egaña”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador copia autorizada extracto para legalización modificación social. Santiago, 08 de Agosto de 2022 Iván Torrealba Acevedo. Notario Titular.
Información societaria
Objeto social
Uno) Prestar, a cuenta propia o de terceros, toda clase de servicios y asesorías económicas, financieras, legales, de cualquier naturaleza, y de inversión; Dos) Adquirir y enajenar con propósitos de inversión y renta, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes muebles o inmuebles, títulos, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures y efectos de comercio en general, mantener dichas inversiones, administrarlas y percibir los frutos que ellas generen; Tres) Formar, constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza para el adecuado desarrollo de los fines sociales; Cuatro) El arrendamiento, por cuenta propia o de terceros, de bienes muebles y/o inmuebles relacionados con los servicios prestados por la Sociedad; y, Quinto) En general, la realización de todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el giro social antes señalados. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos o contratos necesarios para los fines indicados, el desarrollo de su objeto y la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, incluyendo la realización de toda clase de inversiones en todo tipo de bienes y valores y, en particular, adquirir toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, con propósitos de inversión y renta, inversiones en bienes raíces urbanos o agrícolas, participar como socio o accionista en toda clase de sociedades de persona o capital.
Capital
Capital total
$500.000
Capital pagado
$500.000
Capital pendiente
$0
Acciones
500
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $250.000 |
NICOLÁS ALBERTO MIRANDA LARRAGUIBEL Accionista | - | 50% | $250.000 |
Texto oficial del extracto
MARÍA LORETO ZALDÍVAR GRASS, Notario Suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna, Notario Titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera N° 341, oficina 857, certifica que: por escritura pública otorgada con fecha 25 de agosto del año 2017, ante mí, DIEGO JOSÉ ABOGABIR EGAÑA y NICOLÁS ALBERTO MIRANDA LARRAGUIBEL, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: “Abogabir Miranda Abogados SpA”. Objeto: Uno) Prestar, a cuenta propia o de terceros, toda clase de servicios y asesorías económicas, financieras, legales, de cualquier naturaleza, y de inversión; Dos) Adquirir y enajenar con propósitos de inversión y renta, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes muebles o inmuebles, títulos, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures y efectos de comercio en general, mantener dichas inversiones, administrarlas y percibir los frutos que ellas generen; Tres) Formar, constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza para el adecuado desarrollo de los fines sociales; Cuatro) El arrendamiento, por cuenta propia o de terceros, de bienes muebles y/o inmuebles relacionados con los servicios prestados por la Sociedad; y, Quinto) En general, la realización de todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el giro social antes señalados. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos o contratos necesarios para los fines indicados, el desarrollo de su objeto y la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, incluyendo la realización de toda clase de inversiones en todo tipo de bienes y valores y, en particular, adquirir toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, con propósitos de inversión y renta, inversiones en bienes raíces urbanos o agrícolas, participar como socio o accionista en toda clase de sociedades de persona o capital.Capital: $500.000.-, dividido en 500 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. El capital social está íntegramente suscrito y deberá pagarse dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de Agosto de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
ABOGABIR MIRANDA ABOGADOS SpA
CVE 2170744
- CONSTITUCIÓN
Abogabir Miranda Abogados SpA
CVE 1265007
