Servicios Tecnológicos Unk SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$673.988.111
Acciones
49.916
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 2187 acc. | - |
Accionista | - | 562 acc. | - |
Jaime Francisco Torres Concha Accionista | - | 995 acc. | - |
Francisco Javier Cuevas Arriagada Accionista | - | 995 acc. | - |
Texto oficial del extracto
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente de la 42° Notaría de Santiago de don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas N°1070, piso 2, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que: Con fecha 11 de mayo de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública, bajo el Repertorio Nº15.498/2023, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de SERVICIOS TECNOLÓGICOS UNK SpA (la “Sociedad”), celebrada con fecha 11 de abril de 2023. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 59.096, número 31.984 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017. En dicha junta Marsol S.A, Inversiones Grandview Ltda., Jaime Francisco Torres Concha y Francisco Javier Cuevas Arriagada, acordaron lo siguiente: (i) Aumentar el capital social en la suma ascendente a $63.988.111, mediante la emisión de 4.739 nuevas acciones de pago, nominativas, divididas en 2.552 acciones Serie B y 2.187 acciones Serie A, de igual valor cada una y sin valor nominal. Por tanto, se aumenta el capital de la suma de $610.000.000, dividido en 45.177 acciones, de las cuales 24.332 son acciones Serie B y 20.845 son acciones Serie A, todas las anteriores nominativas y sin valor nominal, a la suma de $673.988.111, dividido en 49.916 acciones nominativas, de las cuales 26.884 son acciones de la Serie B y 23.032 son acciones Serie A, ambas al mismo precio cada una y sin valor nominal. El aumento de capital fue suscrito de la siguiente forma: Marsol S.A. suscribió 2.187 acciones Serie A; Inversiones Grandview Ltda. suscribió 562 acciones Serie B; Jaime Francisco Torres Concha suscribió 995 acciones Serie B; y Francisco Javier Cuevas Arriagada suscribió 995 acciones Serie B, todas las anteriores fueron suscritas y pagadas en la forma indicada en la escritura extractada; y (ii) Sustituir los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los que se transcriben a continuación: “ARTICULO QUINTO: El Capital de la sociedad es la suma de seiscientos setenta y tres millones novecientos ochenta y ocho mil ciento once pesos, dividido en cuarenta y nueve mil novecientas dieciséis acciones nominativas, sin valor nominal, de las cuales veintitrés mil treinta y dos acciones corresponden a la serie A y veintiséis mil ochocientas ochenta y cuatro acciones corresponden a la serie B. Las acciones se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Las acciones de la serie A y las acciones de la serie B tienen las siguientes características, cargas y preferencias: /i/ La modificación de los estatutos sociales en relación a la forma de administrar la Sociedad así como la designación de el o los administradores con los que se ejercerá la administración de la Sociedad solo podrá acordarse con el voto conforme de la unanimidad de las acciones Serie A emitidas , quienes, en consecuencia, podrán libremente acordar una forma de administración de la Sociedad distinta a la establecida en la presen te Junta /por ej. Que la administración recaiga en un directorio, entre otras/, sin necesidad de contar con el voto conforme de las Acciones Serie B. En consecuencia, las acciones Serie B no tendrán derecho a voto en lo que respecto a la modificación de la forma de administrar la Sociedad ni que respecta a la modificación de la forma de administrar la Sociedad ni en la designación de el o los administradores con las que se ejercerá la administración de la Sociedad; y /iii/ La terminación de las preferencias antes descritas, requerirá para su aprobación del voto conforme de la unanimidad de las acciones Serie A emitidas.” “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital de la Sociedad asciende a la suma de seiscientos setenta y tres millones novecientos ochenta y ocho mil ciento once pesos, dividido en cuarenta y nueve mil novecientas dieciséis acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales veintitrés mil treinta y dos acciones corresponden a la serie A y las restantes veintiséis mil ochocientas ochenta y cuatro acciones corresponden a la serie B, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. José Leonardo Brusi Muñoz, Abogado, Notario Público Suplente de la 42ª Notaría de Santiago. Santiago,18 de mayo de 2023.
Información societaria
Capital
Capital total
$100.500.000
Capital pagado
$100.500.000
Capital pendiente
$0
Acciones
17.858
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JAIME FRANCISCO TORRES CONCHA Accionista | - | 6250 acc. | - |
FRANCISCO JAVIER CUEVAS ARRIAGADA Accionista | - | 6250 acc. | - |
INVERSIONES GRANDVIEW LIMITADA Accionista | - | 5358 acc. | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de julio de 2017
Constitución original de la sociedad SERVICIOS TECNOLÓGICOS UNK SpA.
JAIME FRANCISCO TORRES CONCHA · FRANCISCO JAVIER CUEVAS ARRIAGADA · INVERSIONES GRANDVIEW LIMITADA
Texto oficial del extracto
LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941 oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de junio de 2021, Repertorio 12.044/2021, ante mí, JAIME FRANCISCO TORRES CONCHA, Marchant Pereira N°150, oficina 1002, Providencia, reduce a escritura pública ACTA DE JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, fecha 23/06/21 de SERVICIOS TECNOLÓGICOS UNK SpA., constituida por escritura pública de fecha 25/07/17, ante Notario Público R. Alfredo Martin Illanes, e inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 59.096. N°31.984 del año 2017, donde se acordó aprobar supresión de series de acciones, unificando todas en acciones ordinarias, de idéntico valor y sin valor nominal, modificándose Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de estatutos sociales, quedando como siguen: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de cien millones quinientos mil pesos, dividido en diecisiete mil ochocientos cincuenta y ocho acciones ordinarias, de un mismo valor, nominativas y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga en la forma indicada en las disposiciones transitorias. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. La valoración de estos aportes se fijará de la manera con que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos de capital sólo podrán acordarse por los accionistas y estos tendrán derecho de opción preferente. La sociedad podrá adquirir y poseer acciones de propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la sociedad, no se computarán para la constitución del quorum en las juntas de accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumento de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contados desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda excluir de aquellas acciones de propia emisión en poder de la sociedad, las que se eliminarán del registro de accionistas”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a cien millones quinientos mil pesos, dividido en diecisiete mil ochocientas cincuenta y ocho acciones ordinarias, de un mismo valor, nominativas y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) JAIME FRANCISCO TORRES CONCHA, ha suscrito y pagado seis mil doscientas cincuenta acciones; b) FRANCISCO JAVIER CUEVAS ARRIAGADA, ha suscrito y pagado seis mil doscientas cincuenta acciones; c) INVERSIONES GRANDVIEW LIMITADA, ha suscrito y pagado cinco mil trescientas cincuenta y ocho acciones. Con lo anterior se encuentran suscritas todas las acciones emitidas y pagado todo el capital”.- Demás estipulaciones escritura extractada.
Información societaria
Capital
Capital total
$100.500.000
Capital pagado
$100.400.000
Capital pendiente
$100.000
Acciones
17.858
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
INVERSIONES GRANDVIEW LIMITADA Accionista | - | 5358 acc. | $100.000.000 |
Representación legal (1)
Jorge Luis Winter Razmilic
Texto oficial del extracto
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Abogado, Notario Titular 15° Notaría de Santiago, Santa Magdalena 98, Comuna de Providencia, Certifico: Por escritura pública de 20 de Septiembre de 2017, ante mí, don PEDRO PABLO LEIVA OLIVARES, Nueva de Lyon 145, oficina 1203, Providencia, redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad SERVICIOS TECNOLÓGICOS UNK SpA (inscrita a Fs.59.096 N°31.984, Año 2017, Registro Comercio Santiago), celebrada el 13 de Septiembre de 2017, que modifica la sociedad, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 427 Código de Comercio, aumentando capital social y modificando el estatuto social en los artículos 5°, 10º, 11º, 12º, 13º, 14º, 15º, 16º, 17º, 18º, 20º y 1º transitorio, e incorporando nuevos artículos 16º bis, 16º ter, 16º quarter y 4º transitorio, como sigue: “ARTÍCULO 5°: El capital de la sociedad será la suma de cien millones quinientos mil pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias, dos mil quinientas acciones Serie A, y cinco mil trecientas cincuenta y ocho acciones Serie A1, todas nominativas y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan de la manera expresada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. La valoración de éstos aportes se fijará de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente. La sociedad podrá adquirir y poseer acciones de propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las juntas de accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la sociedad, las que se eliminarán del registro de accionistas.” “ARTÍCULO 10°: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros. La duración del Directorio corresponderá a un período de tres años en sus funciones, prorrogables en los términos establecidos en la Ley de Sociedades Anónimas dieciocho mil cuarenta y seis o el cuerpo legal que la suceda o reemplace.” “ARTÍCULO 16° TER: La Sociedad tendrá un Gerente General designado por el Directorio que estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y todas aquellas que expresamente le otorgue el Directorio, además de las que señale la Ley de Sociedades Anónimas, su Reglamento y estos estatutos. Le corresponderá la representación judicial de la sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del Artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil y tendrá derecho a voz en las reuniones de Directorio. El Gerente General será el secretario del Directorio y de las Juntas Generales de Accionistas, a menos que se designe especialmente por el Directorio un secretario.” “ARTÍCULO 1° TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es de cien millones quinientos mil pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias, dos mil quinientas acciones Serie A, y cinco mil trecientas cincuenta y ocho acciones Serie A1, todas nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en los términos que se indican a continuación: A) Con la suma de cuatrocientos mil pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias que fue suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; B) Con la suma de cien mil pesos, dividido en dos mil quinientas acciones Serie A, pendientes de suscripción y pago; C) Con la suma de cien millones de pesos, divididos en cinco mil trecientas cincuenta y ocho acciones Serie A1, a un valor de colocación de dieciocho mil seiscientos sesenta y tres coma sesenta y ocho pesos por acción, correspondientes a aumento de capital, las cuales han sido íntegramente suscritas en este acto por INVERSIONES GRANDVIEW LIMITADA, representada por Jorge Luis Winter Razmilic, quien suscribe cinco mil trecientas cincuenta y ocho acciones Serie A1, de las cuales en éste acto paga y entera la suma de sesenta y cinco millones de pesos, quedando pendientes de pago mil ochocientas setenta y cinco acciones, pagaderas a un año plazo contado desde la fecha del presente acto.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para su completa legalización. Santiago, 21 de septiembre de 2017.
Información societaria
Objeto social
Desarrollar proyectos técnicos en ingeniería, tecnologías de la información, programación de softwares, desarrollo de programación de softwares a medida. Llevar a cabo de forma directa o por medio de terceros proyectos de investigación y desarrollo de tecnologías, metodologías y soluciones industriales que impliquen la aplicación y desarrollo de software y hardware propio o de terceros. La representación de marcas nacionales e internacionales, pudiendo celebrar contratos de representación, fabricación, distribución, comercialización y reproducción de piezas, maquinarias y soluciones tecnológicas bajo licencia, así como la programación por cuenta propia de equipos, sensores y hardware de desarrollo propio o de terceros. Asimismo, podrá actuar como intermediario, licenciatario y desarrollador de todo tipo de propiedad industrial, especialmente, pudiendo generar a nombre propio o a nombre de terceros patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, circuitos integrados y cualquier otro derecho de propiedad intelectual. La sociedad podrá invertir directamente en otras sociedades y personas jurídicas con y sin fines de lucro, actuando como socia, participe, beneficiaria o accionista, pudiendo incluso actuar como representante en dichas entidades. En general, la sociedad podrá efectuar cualquier otra actividad, negocio, inversión o acto de comercio vinculado o no, directa o indirectamente con el objeto social, y que se acordare por el o los accionistas.
Capital
Capital total
$500.000
Acciones
12.500
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JAIME FRANCISCO TORRES CONCHA Accionista | - | 12.500 acc. | $500.000 |
Administradores (1)
JAIME FRANCISCO TORRES CONCHA
Texto oficial del extracto
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, notario, Santiago, Santa Magdalena 98, certifico, certifica: que por escritura pública de hoy, ante mí, don JAIME FRANCISCO TORRES CONCHA, Marchant Pereira N° 150, oficina 1.002, comuna de Providencia, Región Metropolitana; constituye Sociedad por Acciones, que se regirá por estatuto que se extracta y por las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y, en silencio de éstos, se regirá supletoriamente y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Nombre: “SERVICIOS TECNOLÓGICOS UNK SpA”, pudiendo usar válidamente el nombre de fantasía “UNK LATAM SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que pueda establecer en otros puntos del país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: Desarrollar proyectos técnicos en ingeniería, tecnologías de la información, programación de softwares, desarrollo de programación de softwares a medida. Llevar a cabo de forma directa o por medio de terceros proyectos de investigación y desarrollo de tecnologías, metodologías y soluciones industriales que impliquen la aplicación y desarrollo de software y hardware propio o de terceros. La representación de marcas nacionales e internacionales, pudiendo celebrar contratos de representación, fabricación, distribución, comercialización y reproducción de piezas, maquinarias y soluciones tecnológicas bajo licencia, así como la programación por cuenta propia de equipos, sensores y hardware de desarrollo propio o de terceros. Asimismo, podrá actuar como intermediario, licenciatario y desarrollador de todo tipo de propiedad industrial, especialmente, pudiendo generar a nombre propio o a nombre de terceros patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, circuitos integrados y cualquier otro derecho de propiedad intelectual. La sociedad podrá invertir directamente en otras sociedades y personas jurídicas con y sin fines de lucro, actuando como socia, participe, beneficiaria o accionista, pudiendo incluso actuar como representante en dichas entidades. En general, la sociedad podrá efectuar cualquier otra actividad, negocio, inversión o acto de comercio vinculado o no, directa o indirectamente con el objeto social, y que se acordare por el o los accionistas. Capital: $500.000.-, dividido en 10.000 acciones ordinarias y 2.500 acciones Serie A, todas nominativas, sin valor nominal, que se enteran y pagan de la manera expresada en las disposiciones transitorias del estatuto social. Administración: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá a JAIME FRANCISCO TORRES CONCHA, en calidad de Administrador. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para legalización. Santiago, 25 de julio de 2017.
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