Deisa Gestion Ii Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
GONZALO GUILLERMO SANTOLAYA DE PABLO Socio | - | 16.5% | $330.000 |
VIVIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ MAZIERS Socio | - | 16.5% | $330.000 |
GONZALO MATÍAS SANTOLAYA MARTÍNEZ Socio | - | 21.75% | $435.000 |
CRISTÓBAL IGNACIO SANTOLAYA MARTÍNEZ Socio | - | 11.75% | $235.000 |
JOSEFINA DEL PILAR SANTOLAYA MARTÍNEZ Socio | - | 16.75% | $335.000 |
JOSÉ TOMÁS SANTOLAYA MARTÍNEZ Socio | - | 16.75% | $335.000 |
Texto oficial del extracto
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, Santiago, certifica que, por escritura pública de fecha 31 de julio del año 2023, Repertorio N°6.506/2023, suscrita ante mí, comparecen: Don GONZALO GUILLERMO SANTOLAYA DE PABLO, doña VIVIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ MAZIERS, don GONZALO MATÍAS SANTOLAYA MARTÍNEZ, don CRISTÓBAL IGNACIO SANTOLAYA MARTÍNEZ, doña JOSEFINA DEL PILAR SANTOLAYA MARTÍNEZ y don JOSÉ TOMÁS SANTOLAYA MARTÍNEZ; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova número 4.355, oficina 601, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; los comparecientes en su calidad de socios de DEISA GESTION LIMITADA y DEISA GESTION II LIMITADA acordaron: 1) Fusionar por incorporación, a contar de la fecha de la escritura, las sociedades DEISA GESTION LIMITADA y DEISA GESTION II LIMITADA, sociedad que sucederá jurídicamente a la primera en todos sus derechos y obligaciones, incorporándose a ésta la totalidad de los socios de la sociedad DEISA GESTION LIMITADA, y traspasándose todo su patrimonio a DEISA GESTION II LIMITADA. 2) Como consecuencia de la fusión, la sociedad DEISA GESTION LIMITADA, se disuelve anticipadamente, a partir de esta fecha, sin que sea necesario proceder a su liquidación. 3) Se aprobaron los balances generales de cada sociedad al 31 de julio del año 2023, y un balance pro forma de fusión que da cuenta de la información proporcionada por los balances aprobados y muestra la situación de la DEISA GESTION II LIMITADA luego de producida la fusión. 4) La participación final de cada socio en DEISA GESTIÓN II LIMITADA y su canje por los derechos sociales de la sociedad DEISA GESTION LIMITADA será la siguiente: a) don GONZALO GUILLERMO SANTOLAYA DE PABLO es dueño del 16,5% de los derechos sociales, b) doña VIVIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ MAZIERS es dueña del 16,5% de los derechos sociales, c) don GONZALO MATÍAS SANTOLAYA MARTÍNEZ es dueño del 21,75% de los derechos sociales, d) don CRISTÓBAL IGNACIO SANTOLAYA MARTÍNEZ, es dueño del 11,75% de los derechos sociales, e) doña JOSEFINA DEL PILAR SANTOLAYA MARTÍNEZ es dueña del 16,75% de los derechos sociales; y f) don JOSÉ TOMÁS SANTOLAYA MARTÍNEZ es dueño del 16,75% de los derechos sociales. 5) Como consecuencia de la fusión, el capital social de DEISA GESTION II LIMITADA, aumenta de la suma de $1.000.000.- a la suma de $2.000.000.- El aumento de capital por la cantidad de $1.000.000.- corresponde al capital aportado y pagado de la sociedad DEISA GESTION LIMITADA. 6) A fin de reflejar la modificación del capital social, se acuerda reemplazar el artículo del capital de los estatutos de la sociedad DEISA GESTION II LIMITADA, por el siguiente: “El capital social de DEISA GESTIÓN II LIMITADA, es la suma de dos millones de pesos.- el cual se aportó y pagó en la forma y proporción que se indica a continuación: Uno) don GONZALO GUILLERMO SANTOLAYA DE PABLO aportó la suma de trescientos treinta mil pesos equivalentes al dieciséis coma cinco por ciento de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social, de la siguiente forma: i) La suma de ciento sesenta y cinco mil pesos que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto e ingresada a la caja social y, ii) Con la suma de ciento sesenta y cinco mil pesos correspondiente al aumento de capital acordado en virtud de la fusión por incorporación de la sociedad DEISA GESTIÓN LIMITADA en la sociedad, aprobada mediante escritura pública de fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés, otorgada en la notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, íntegramente suscrito y pagado con el patrimonio de la sociedad absorbida en virtud de la referida fusión; Dos) doña VIVIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ MAZIERS aporta la suma de trescientos treinta mil pesos equivalentes al dieciséis coma cinco por ciento de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social de la siguiente forma: i) La suma de ciento sesenta y cinco mil pesos que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto e ingresada a la caja social y, ii) Con la suma de ciento sesenta y cinco mil pesos correspondiente al aumento de capital acordado en virtud de la fusión por incorporación de la sociedad DEISA GESTIÓN LIMITADA en la sociedad, aprobada mediante escritura pública de fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés, otorgada en la notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, íntegramente suscrito y pagado con el patrimonio de la sociedad absorbida en virtud de la referida fusión; Tres) don GONZALO MATÍAS SANTOLAYA MARTÍNEZ aporta la suma de cuatrocientos treinta y cinco mil pesos equivalentes al veintiuno coma setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social de la siguiente forma: i) La suma de doscientos diecisiete mil quinientos pesos que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto e ingresada a la caja social y, ii) Con la suma de doscientos diecisiete mil quinientos pesos .- correspondiente al aumento de capital acordado en virtud de la fusión por incorporación de la sociedad DEISA GESTIÓN LIMITADA en la sociedad, aprobada mediante escritura pública de fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés, otorgada en la notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, íntegramente suscrito y pagado con el patrimonio de la sociedad absorbida en virtud de la referida fusión; Cuatro) don CRISTÓBAL IGNACIO SANTOLAYA MARTÍNEZ, aporta la suma de doscientos treinta y cinco mil pesos equivalentes al once coma setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social de la siguiente forma i) La suma de ciento diecisiete mil quinientos pesos que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto e ingresada a la caja social y, ii) Con la suma de ciento diecisiete mil quinientos pesos correspondiente al aumento de capital acordado en virtud de la fusión por incorporación de la sociedad DEISA GESTIÓN LIMITADA en la sociedad, aprobada mediante escritura pública de fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés, otorgada en la notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, íntegramente suscrito y pagado con el patrimonio de la sociedad absorbida en virtud de la referida fusión; Cinco) doña JOSEFINA DEL PILAR SANTOLAYA MARTÍNEZ aporta la suma de trescientos treinta y cinco mil pesos equivalentes al dieciséis coma setenta cinco por ciento de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social de la siguiente forma: los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social. i) La suma de ciento sesenta y siete mil quinientos pesos que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto e ingresada a la caja social y, ii) Con la suma de ciento sesenta y siete mil quinientos pesos correspondiente al aumento de capital acordado en virtud de la fusión por incorporación de la sociedad DEISA GESTIÓN LIMITADA en la sociedad, aprobada mediante escritura pública de fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés, otorgada en la notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, íntegramente suscrito y pagado con el patrimonio de la sociedad absorbida en virtud de la referida fusión; y Seis) don JOSÉ TOMÁS SANTOLAYA MARTÍNEZ aporta la suma de trescientos treinta y cinco mil pesos equivalentes al dieciséis coma setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social de la siguiente forma: i) La suma de ciento sesenta y cinco mil pesos que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto e ingresada a la caja social y, ii) Con la suma de ciento sesenta y cinco mil pesos correspondiente al aumento de capital acordado en virtud de la fusión por incorporación de la sociedad DEISA GESTIÓN LIMITADA en la sociedad, aprobada mediante escritura pública de fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés, otorgada en la notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, íntegramente suscrito y pagado con el patrimonio de la sociedad absorbida en virtud de la referida fusión.”Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de septiembre de 2023.
Información societaria
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Gonzalo Guillermo Santolaya de Pablo Socio 6.xxx.xxx-k | 6.xxx.xxx-k | - | - |
Viviana del Carmen Martínez Mazieres Socio 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | - | - |
Gonzalo Matías Santolaya Martínez Socio 13.xxx.xxx-9 | 13.xxx.xxx-9 | - | - |
Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez Socio 14.xxx.xxx-7 | 14.xxx.xxx-7 | - | - |
Josefina del Pilar Santolaya Martínez Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | - | - |
José Tomás Santolaya Martínez Socio 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | - | - |
Texto oficial del extracto
HUMBERTO MIGUEL PRIETO CONCHA, Notario Público, Suplente del Titular de la 43º Notaría Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Huérfanos 835, piso 18, certifica que por escritura pública de fecha 12 de mayo de 2022, ante mí, don GONZALO GUILLERMO SANTOLAYA DE PABLO, cédula de identidad N° 6.981.624-K; doña VIVIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ MAZIERES, cédula de identidad N° 7.267.186-4; don GONZALO MATÍAS SANTOLAYA MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 13.551.594-9; don CRISTÓBAL IGNACIO SANTOLAYA MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 14.120.544-7; doña JOSEFINA DEL PILAR SANTOLAYA MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 15.642.450-1; y don JOSÉ TOMÁS SANTOLAYA MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 16.097.515-6; todos domiciliados en Avenida Alonso de Córdova N° 4.355, oficina 601, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad Deisa Gestión II Limitada, inscrita a fojas 56.270 N° 30.412 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017. Modificaciones consisten en: A) Incorporar a continuación de la cláusula Tercera, la siguiente cláusula Tercera Bis: “TERCERO BIS: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”. B) Agregar al final de la cláusula Cuarta, el siguiente párrafo: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los socios de la Sociedad”. Santiago, 16 de mayo de 2022.-
Información societaria
Administradores (1)
José Tomás Santolaya Martínez
Texto oficial del extracto
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 31/08/2020, repertorio 10.224/2020, ante mi, VIVIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ MAZIERES; GONZALO GUILLERMO SANTOLAYA DE PABLO; JOSEFINA DEL PILAR SANTOLAYA MARTÍNEZ; CRISTOBAL IGNACIO SANTOLAYA MARTÍNEZ; GONZALO MATÍAS SANTOLAYA MARTÍNEZ, y JOSÉ TOMÁS SANTOLAYA MARTÍNEZ, todos domiciliados en Alonso de Córdova número 4355, oficina 601, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad DEISA GESTIÓN II LIMITADA, inscrita a fojas 56.270 número 30.412 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017, en el sentido de incluir a don José Tomás Santolaya Martínez como administrador de la sociedad. Las demás menciones constan en la escritura extractada. Agosto 31 de 2020. nrs.-
Información societaria
Capital
Capital total
$1.000.000
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Gonzalo Guillermo Santolaya De Pablo Socio | - | 16.5% | $165.000 |
Viviana del Carmen Martínez Mazieres Socio | - | 16.5% | $165.000 |
Gonzalo Matías Santolaya Martínez Socio | - | 21.75% | $217.500 |
Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez Socio | - | 11.75% | $117.500 |
Josefina del Pilar Santolaya Martínez Socio | - | 16.75% | $167.500 |
José Tomás Santolaya Martínez Socio | - | 16.75% | $167.500 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 23 de junio de 2020
Gonzalo Guillermo Santolaya De Pablo cede el 1% a José Tomás Santolaya Martínez.
Gonzalo Guillermo Santolaya De Pablo · José Tomás Santolaya Martínez
- Cesión de derechos· 23 de junio de 2020
Viviana del Carmen Martínez Mazieres cede el 1% a José Tomás Santolaya Martínez.
Viviana del Carmen Martínez Mazieres · José Tomás Santolaya Martínez
- Cesión de derechos· 23 de junio de 2020
Gonzalo Matías Santolaya Martínez cede el 0,75% a José Tomás Santolaya Martínez.
Gonzalo Matías Santolaya Martínez · José Tomás Santolaya Martínez
- Cesión de derechos· 23 de junio de 2020
Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez cede el 0,75% a José Tomás Santolaya Martínez.
Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez · José Tomás Santolaya Martínez
- Cesión de derechos· 23 de junio de 2020
Josefina del Pilar Santolaya Martínez cede el 0,75% a José Tomás Santolaya Martínez.
Josefina del Pilar Santolaya Martínez · José Tomás Santolaya Martínez
- Cambio de capital· 23 de junio de 2020
Se fija el capital social en $1.000.000 con nueva distribución de aportes y participaciones.
Gonzalo Guillermo Santolaya De Pablo · Viviana del Carmen Martínez Mazieres · Gonzalo Matías Santolaya Martínez · Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez · Josefina del Pilar Santolaya Martínez · José Tomás Santolaya Martínez
Texto oficial del extracto
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 23/06/2020, Repertorio número 8.160/2020, ante mí, VIVIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ MAZIERES; GONZALO GUILLERMO SANTOLAYA DE PABLO; GONZALO MATÍAS SANTOLAYA MARTÍNEZ; CRISTÓBAL IGNACIO SANTOLAYA MARTÍNEZ; JOSEFINA DEL PILAR SANTOLAYA MARTÍNEZ, y JOSÉ TOMÁS SANTOLAYA MARTÍNEZ, todos domiciliados en calle Alonso de Córdova 4355, Oficina 601, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad DEISA GESTIÓN II LIMITADA, inscrita a Fj. 56.270 N. 30.412 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2017, en lo siguiente: (1) Se acordaron las siguientes cesiones de derechos sociales: a) don Gonzalo Guillermo Santolaya De Pablo cedió el 1 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 10.000 pesos, pagados en el acto; b) doña Viviana del Carmen Martínez Mazieres cedió el 1 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 10.000 pesos, pagados en el acto; c) don Gonzalo Matías Santolaya Martínez cedió el 0,75 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 7.500 pesos, pagados en el acto; d) don Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez cedió el 0,75 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 7.500 pesos, pagados en el acto; y, e) doña Josefina del Pilar Santolaya Martínez cedió el 0,75 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 7.500 pesos, pagados en el acto. (2) Como consecuencia de las cesiones, se modificó la cláusula del estatuto relativa al capital, estableciendo que éste asciende a la suma de 1.000.000 de pesos, el cual ha sido aportado de la siguiente manera: a) don Gonzalo Guillermo Santolaya De Pablo ha aportado la suma de 165.000 pesos, correspondientes al 16,5 por ciento de los derechos sociales; b) doña Viviana del Carmen Martínez Mazieres ha aportado la suma de 165.000 pesos, correspondientes al 16,5 por ciento de los derechos sociales; c) don Gonzalo Matías Santolaya Martínez ha aportado la suma de 217.500 pesos, correspondientes al 21,75 por ciento de los derechos sociales; d) don Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez ha aportado la suma de 117.500 pesos, correspondientes al 11,75 por ciento de los derechos sociales; e) doña Josefina del Pilar Santolaya Martínez ha aportado la suma de 167.500 pesos, correspondientes al 16,75 por ciento de los derechos sociales y, f) don José Tomás Santolaya Martínez ha aportado la suma de 167.500 pesos, correspondientes al 16,75 por ciento de los derechos sociales. Las demás menciones constan en la escritura extractada. Junio 25 de 2020. nrs.-
Actuaciones recientes
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DEISA GESTION II LIMITADA
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