Agricola, Ganadera Y Forestal Santa Maria Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$200.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ANGELA PATRICIA LANZA POO Socio | - | 50% | - |
MONICA ISABEL LANZA POO Socio | - | 50% | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 30 décembre 2016
Se constituye la sociedad AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL SANTA MARIA LIMITADA.
Mario Jesús Lanza Sabugo · ANGELA PATRICIA LANZA POO · MONICA ISABEL LANZA POO
- Décès· 15 mai 2019
Fallece Mario Jesús Lanza Sabugo.
- Succession· 26 juillet 2022
Las sucesoras de Mario Jesús Lanza Sabugo se adjudican por partes iguales su participación social, quedando Ángela Patricia Lanza Poo y Mónica Isabel Lanza Poo como únicas socias.
Mario Jesús Lanza Sabugo · Alicia Julia Poo Poo · ANGELA PATRICIA LANZA POO · MONICA ISABEL LANZA POO
- Autre acte· 19 août 2022
Las socias modifican el pacto social para ajustar los estatutos a la nueva realidad de participación en el capital.
ANGELA PATRICIA LANZA POO · MONICA ISABEL LANZA POO
Texte officiel de l’extrait
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintisiete de Febrero del año dos mil veinticuatro, ante mi Suplente, ISMENIA CATALINA BRAVO AEDO, doña ANGELA PATRICIA LANZA POO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, secretaria ejecutiva, cédula de identidad número ocho millones seiscientos diez mil ochocientos catorce guión tres, domiciliada en calle Aranjuez número cero ochocientos setenta y uno de la comuna y ciudad de Temuco; y doña MONICA ISABEL LANZA POO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, secretaria ejecutiva, cédula de identidad número ocho millones setecientos noventa y cinco mil doscientos ochenta y cinco guión uno, con domicilio en calle Santoña número cero dos mil treinta y cinco, comuna y ciudad de Temuco, expusieron: Que por escritura pública de fecha treinta de diciembre de dos mil dieciséis, en la Notaría de Temuco de don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada “AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL SANTA MARIA LIMITADA”, saneada por escritura pública de fecha diez de marzo de dos mil diecisiete ante mismo notario referido anteriormente. Los extractos de las escrituras fueron inscritos a fojas veintitrés número diecinueve, rectificación de extracto inscrito a fojas veinticuatro vuelta número veinte y saneamiento inscrito a fojas veinticinco número veintiuno, todas en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro, correspondiente al año dos mil diecisiete. El capital social asciende a la suma de doscientos millones de pesos. El rol único tributario es setenta y seis millones setecientos sesenta y tres mil ochocientos veintitrés guión K. Los socios primitivos de la sociedad eran don Mario Jesús Lanza Sabugo, con un sesenta y siete coma cinco por ciento de participación en el capital social, doña Ángela Patricia Lanza Poo, con un dieciséis coma veinticinco por ciento de participación en el capital social y doña Mónica Isabel Lanza Poo, con un dieciséis coma veinticinco por ciento de participación en el capital social. Con fecha quince de mayo de dos mil diecinueve, falleció don Mario Jesús Lanza Sabugo, dejando testamento cerrado, otorgado con fecha diez de marzo de dos mil diecisiete ante notario público de Temuco don Rodrigo Sepúlveda Gómez. La posesión efectiva fue concedida por el Juzgado de Letras de Lautaro, mediante resolución de fecha veinticuatro de Febrero de dos mil veintiuno, rectificada por otras de fecha dos de marzo y siete de abril de dos mil veintiuno, dictada en la causa rol V- treinta y seis – dos mil veinte y se inscribió a fojas setenta y ocho número noventa y dos en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año dos mil veintidós y el testamento se inscribió a fojas setenta y ocho vuelta número noventa y tres en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año dos mil veintidós. Consta de certificado número siete siete tres dos uno uno uno dos cuatro seis uno / dos mil veintiuno que el impuesto a la herencia fue totalmente pagado. El fallecimiento del socio antes referido, fue inscrito a fojas tres vuelta número dos en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año dos mil veintidós. Las sucesoras legales de don Mario Jesús Lanza Sabugo, fueron doña Alicia Julia Poo Poo, doña Ángela Patricia Lanza Poo, y doña Mónica Isabel Lanza Poo, quienes por escritura pública otorgada en la notaría de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante, con fecha veintiséis de julio de dos mil veintidós, repertorio número tres mil quinientos noventa y nueve guión dos mil veintidós, procedieron a realizar la partición de los bienes quedados al falleciente de don Mario Jesús Lanza Sabugo, adjudicándose por parte iguales la participación que ostentaba el causante en el capital social, a doña ANGELA PATRICIA LANZA POO, y a doña MONICA ISABEL LANZA POO, quedando en consecuencia éstas, como únicas socias, cada una con una participación de un cincuenta por ciento en el capital social. Las únicas socias ya individualizadas, modificaron el pacto social según consta de escritura pública otorgada con fecha diecinueve de agosto de dos mil veintidós, en la notaría de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante, con el objeto de ajustar los estatutos sociales a la nueva realidad de participación en el capital que a cada uno le corresponde. Extracto de dicha escritura se inscribió a fojas setenta y siete vuelta número treinta y uno en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año dos mil veintidós y se publicó en la edición número cuarenta y tres mil trescientos cincuenta del Diario Oficial de fecha diez de septiembre del mismo año. PRESENTE MODIFICACION: Por medio de acto escritura las socias modificaron los estatutos sociales en el siguiente sentido: La cláusula OCTAVA del pacto social en el sentido que la duración de la sociedad, será desde el día treinta de diciembre de dos mil dieciséis, hasta el día treinta de abril de dos mil veinticuatro. En todo lo que no se modifica por el instrumento extracto, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 03 de Abril de 2024.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$200.000.000
Capital libéré
$136.000.000
Capital restant dû
$64.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ANGELA PATRICIA LANZA POO Socio 8.xxx.xxx-3 | 8.xxx.xxx-3 | 50% | $100.000.000 |
MONICA ISABEL LANZA POO Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 50% | $100.000.000 |
Administrateurs (2)
ANGELA PATRICIA LANZA POO
MONICA ISABEL LANZA POO
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 10 mars 2017
Constitución de la sociedad con Mario Jesús Lanza Sabugo, Angela Patricia Lanza Poo y Monica Isabel Lanza Poo como socios primitivos.
Mario Jesús Lanza Sabugo · ANGELA PATRICIA LANZA POO · MONICA ISABEL LANZA POO
- Décès· 15 mai 2019
Fallece Mario Jesús Lanza Sabugo.
- Succession· 24 février 2021
Se concede la posesión efectiva de la herencia de Mario Jesús Lanza Sabugo.
Mario Jesús Lanza Sabugo · ANGELA PATRICIA LANZA POO · MONICA ISABEL LANZA POO
- Autre acte· 26 juillet 2022
Se realiza la partición de los bienes de Mario Jesús Lanza Sabugo, adjudicándose su participación a Angela Patricia Lanza Poo y Monica Isabel Lanza Poo.
Mario Jesús Lanza Sabugo · ANGELA PATRICIA LANZA POO · MONICA ISABEL LANZA POO
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO ABARZUA VERGARA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular don Héctor Basualto Bustamante, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N° 854, certifico: por escritura pública de Repertorio N° 4150-2022, de fecha 19 de Agosto de 2022, otorgada ante don ÁLVARO FELIPE ZAMBRANO ALARCÓN, Notario Público Suplente de este Oficio, doña ALICIA JULIA POO POO, chilena, viuda, agricultora, cédula de identidad número cuatro millones quinientos setenta y un mil quinientos ochenta y siete guión seis, domiciliada en fundo Santa María, comuna de Lautaro, de paso en ésta; doña ANGELA PATRICIA LANZA POO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, secretaria ejecutiva, cédula de identidad número ocho millones seiscientos diez mil ochocientos catorce guión tres, domiciliada en calle Aranjuez número cero ochocientos setenta y uno de la comuna y ciudad de Temuco; y doña MONICA ISABEL LANZA POO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, secretaria ejecutiva, cédula de identidad número ocho millones setecientos noventa y cinco mil doscientos ochenta y cinco guión uno, con domicilio en calle Santoña número cero dos mil treinta y cinco, comuna y ciudad de Temuco, modifican pacto social, “AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL SANTA MARIA LIMITADA”, saneada por escritura pública de fecha diez de marzo de dos mil diecisiete ante mismo notario referido anteriormente. Los extractos fueron inscritos a fojas veintitrés número diecinueve, rectificación de extracto inscrito a fojas veinticuatro vuelta número veinte y saneamiento inscrito a fojas veinticinco número veintiuno, todas en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro, correspondiente al año dos mil diecisiete. El capital social asciende a la suma de doscientos millones de pesos. El rol único tributario es setenta y seis millones setecientos sesenta y tres mil ochocientos veintitrés guión K. 1.- Los socios primitivos de la sociedad eran don Mario Jesús Lanza Sabugo, con un sesenta y siete coma cinco por ciento de participación en el capital social, doña Ángela Patricia Lanza Poo, con un dieciséis coma veinticinco por ciento de participación en el capital social y doña Mónica Isabel Lanza Poo, con un dieciséis coma veinticinco por ciento de participación en el capital social. 2.- Con fecha quince de mayo de dos mil diecinueve, falleció don Mario Jesús Lanza Sabugo, dejando testamento cerrado, otorgado con fecha diez de marzo de dos mil diecisiete ante notario público de Temuco don Rodrigo Sepúlveda Gómez. La posesión efectiva fue concedida por el Juzgado de Letras de Lautaro, mediante resolución de fecha veinticuatro de Febrero de dos mil veintiuno, rectificada por otras de fecha dos de marzo y siete de abril de dos mil veintiuno, dictada en la causa rol V- treinta y seis – dos mil veinte y se inscribió a fojas setenta y ocho número noventa y dos en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año dos mil veintidós y el testamento se inscribió a fojas setenta y ocho vuelta número noventa y tres en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año dos mil veintidós. Consta de certificado número siete siete tres dos uno uno uno dos cuatro seis uno / dos mil veintiuno que el impuesto a la herencia fue totalmente pagado. El fallecimiento del socio antes referido, fue inscrito a fojas tres vuelta número dos en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año dos mil veintidós. Las sucesoras legales de don Mario Jesús Lanza Sabugo, son doña Alicia Julia Poo Poo, doña Ángela Patricia Lanza Poo, y doña Mónica Isabel Lanza Poo. 3.- Las únicas y exclusivas socias de la compañía doña Alicia Julia Poo Poo, doña Ángela Patricia Lanza Poo, y doña Mónica Isabel Lanza Poo, por escritura pública otorgada en la notaría de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante, con fecha 26 de Julio de 2022, repertorio número 3599-2022, han procedido a realizar la partición de los bienes quedados al falleciente de don Mario Jesús Lanza Sabugo, adjudicándose por parte iguales la participación que ostentaba el causante en el capital social, a doña Angela Patricia Lanza Poo, y a doña Monica Isabel Lanza Poo, quedando en consecuencia éstas, como únicas socias, cada una con una participación de un cincuenta por ciento en el capital social. 4.- Las únicas socias ya individualizadas en el punto anterior, modificaron el pacto social en el siguiente sentido: UNO) La cláusula CUARTA del pacto social en el sentido que manteniéndose el capital social en la suma de doscientos millones de pesos, este se distribuye de la siguiente manera: A) Doña ANGELA PATRICIA LANZA POO, cien millones de pesos, de los cuales le resta por aportar la suma de treinta y dos millones de pesos; y B) Doña MONICA ISABEL LANZA POO, cien millones de pesos, de los cuales le resta por aportar la suma de treinta y dos millones de pesos. DOS) Se modifica la cláusula QUINTA, en el sentido de que la administración y el uso de la razón social corresponderá a doña ANGELA PATRICIA LANZA POO y a doña MONICA ISABEL LANZA POO, conjuntamente, quienes anteponiendo a la razón social sus firmas, representarán a la sociedad, con todas y cada una de las facultades descritas en la misma cláusula que se modifica y que en lo no modificado se ratifica en este acto. TRES) La cláusula SEPTIMA, en el sentido de que las utilidades y pérdidas, se repartirán, entre las socias, en la misma proporción que su participación en el capital social, es decir cincuenta por ciento cada una. 5.- En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Temuco, 06 de Septiembre de 2022.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL SANTA MARIA LIMITADA
CVE 2476301
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL SANTA MARIA LIMITADA
CVE 2186206
