C Y E Servicios Veterinarios Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Texto oficial del extracto
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público titular 27ª Notaría Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 29 de Mayo de 2023, repertorio número 6060-2023, ante mí, PEDRO RAFAEL INFANTE CORREA, en representación de don CRISTIÁN ALBERTO ARCE CANTUARIA, doña ELIZABETH FUENZALIDA FLORES y don MARIO MAURICIO FUENZALIDA FLORES, todos domiciliados, para estos efectos, en esta ciudad, en calle Félix de Amesti número 124, Piso 2, de la comuna de Las Condes, rectificaron extracto de modificación social inscrito a fojas 68957 número 30140 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022 de la sociedad "C Y E SERVICIOS VETERINARIOS LIMITADA" la cual se encuentra inscrita a fojas 50.713 número 27.605 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2.017, en el sentido de subsanar un error en el mencionado extracto relativo al monto pagado por don Mario Mauricio Fuenzalida Flores a doña Elizabeth Fuenzalida Flores al momento de comprar para sí, el uno por ciento de los derechos sociales de los que ella era titular, reemplazando el guarismo “50.000” (cincuenta mil) que se consignó en dicho extracto por el de “$1.000.000” (un millón), quedando, de este modo, la parte pertinente del texto subsanado como sigue “…el 1% de los derechos sociales por la suma de $1.000.000, pagados al contado y a completa conformidad…“. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2023.
Información societaria
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital pagado
$5.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
CRISTIÁN ALBERTO ARCE CANTUARIA Socio | - | 50% | $2.500.000 |
ELIZABETH FUENZALIDA FLORES Socio | - | 49% | $2.450.000 |
MARIO MAURICIO FUENZALIDA FLORES Socio | - | 1% | $50.000 |
Administradores (3)
CRISTIÁN ALBERTO ARCE CANTUARIA
ELIZABETH FUENZALIDA FLORES
MARIO MAURICIO FUENZALIDA FLORES
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2017
Constitución de la sociedad C Y E SERVICIOS VETERINARIOS LIMITADA.
- Cesión de derechos· 12 de agosto de 2022
Cristián Alberto Arce Cantuaria cede el 1% de sus derechos sociales a Mario Mauricio Fuenzalida Flores.
CRISTIÁN ALBERTO ARCE CANTUARIA · ELIZABETH FUENZALIDA FLORES · MARIO MAURICIO FUENZALIDA FLORES
Texto oficial del extracto
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la 27° Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2022, repertorio número 10.894-2022, ante mí CRISTIÁN ALBERTO ARCE CANTUARIA, domiciliado en esta ciudad, en calle Los Corraleros número 2717, de la comuna de Puente Alto; doña ELIZABETH FUENZALIDA FLORES, domiciliada en esta ciudad, en calle Los Corrales número 07510, casa 29, de la comuna de Puente Alto y; don MARIO MAURICIO FUENZALIDA FLORES, domiciliado, para estos efectos, en esta ciudad, en calle San Daniel número 8867, de la comuna de Pudahuel, modificaron la sociedad "C Y E SERVICIOS VETERINARIOS LIMITADA" (la Sociedad) inscrita fojas 50.713 número 27.605 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2.017, en el siguiente sentido: A.) Don Cristián Alberto Arce Cantuaria, con la expresa autorización y consentimiento de la socia doña Elizabeth Fuenzalida Flores, vende, cede y transfiere a don Mario Mauricio Fuenzalida Flores, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 1% de los derechos sociales por la suma de $50.000, pagados al contado y a completa conformidad.- B.) A consecuencia de la cesión de derechos celebrada, han quedado como actuales y únicos de la Sociedad don CRISTIÁN ALBERTO ARCE CANTUARIA, doña ELIZABETH FUENZALIDA FLORES y don MARIO MAURICIO FUENZALIDA FLORES, quienes han acordado en introducir los siguientes cambios al Estatuto Social: UNO.// Reemplazar el título SÉPTIMO de los estatutos por el siguiente: "ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos, íntegramente pagados por los socios en dinero efectivo en la siguiente proporción: a.) Don CRISTIÁN ALBERTO ARCE CANTUARIA, con la suma equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales; b) Doña ELIZABETH FUENZALIDA FLORES, con la suma equivalente a un cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales y; c) Don MARIO MAURICIO FUENZALIDA FLORES con la suma equivalente a un uno por ciento de los derechos sociales.”; DOS.// Modificar la cláusula DÉCIMA del Pacto Social, estableciendo que los administradores actuarán separada e indistintamente en todas aquellas operaciones y actos y contratos cuya cuantía no exceda al equivalente en pesos a treinta unidades de fomento al momento de su celebración. Por su parte, respecto de aquellas obligaciones que excedan en su monto a la suma recién señalada, los apoderados deberán actuar siempre conjuntamente, pudiendo obligar a la Sociedad en toda clase de actos y contratos con todas y cada una de las atribuciones establecidas en el Pacto Social, las que se dan expresa e íntegramente por reproducidas. Esta limitación en la forma de actuación relativa a la cuantía de las obligaciones recientemente descrita no tendrá aplicación en caso de fallecimiento de alguno de los socios administradores. En tal evento, las facultades de administración se radicarán en el socio o socia administrador sobreviviente, quien podrá representar a la Sociedad con las más amplias facultades y sin limitación alguna; y TRES.// Introducir una nueva cláusula al Estatuto Social como “ARTICULO VIGÉSIMO” que dispondrá: “Disolución o Fallecimiento de Socios. Si vigente la Sociedad, se disolviere alguna de las sociedades socias, “C Y E SERVICIOS VETERINARIOS LIMITADA” se mantendrá con su continuadora y el o los otros socios, debiendo, para tal efecto, los sucesores de la sociedad disuelta hacerse representar por un mandatario común, quien sólo tendrá facultades inspectivas y de fiscalización, nunca de administración. Asimismo, si vigente la Sociedad, falleciere alguno de sus socios, esta continuará con la sucesión del fallecido, la que será representada por un solo mandatario común, quien carecerá de facultades de administración.”.- En lo no modificado rige estatuto social especialmente a lo referido a la limitación de responsabilidad hasta los montos de los respectivos aportes de los socios.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de agosto del 2022.-
Información societaria
Objeto social
prestación de servicios médicos veterinarios, Actividades de Clínicas Veterinarias, instalación y mantención de clínicas veterinarias, para prestar atenciones profesionales de todo tipo de especialidades relacionadas con la asistencia veterinaria, la prestación de servicios y atención domiciliaria, control de plagas, comercialización de insumos y medicamentos de atención veterinaria, venta de vestuario y accesorios para mascotas, peluquería canina, aseo y ornato canino, ventas al por menor de alimentos para mascotas y animales en general, actividades empresariales relacionadas con veterinarias como ser peluquería canina, ventas de alimentos, accesorios y entretenimientos para mascotas. Podrá realizar también toda clase de negocios y actividades relacionados directa e indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Podrá igualmente realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro social y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital pagado
$5.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
CRISTIAN ALBERTO ARCE CANTUARIA Socio 12.xxx.xxx-4 | 12.xxx.xxx-4 | 51% | $2.550.000 |
ELIZABETH FUENZALIDA FLORES Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 49% | $2.450.000 |
Administradores (2)
CRISTIAN ALBERTO ARCE CANTUARIA
ELIZABETH FUENZALIDA FLORES
Texto oficial del extracto
ELENA TORRES SEGUEL, NOTARIO PÚBLICO DE LA TRIGÉSIMA QUINTA NOTARÍA DE SANTIAGO, CON OFICIO EN PASEO BULNES 141, SANTIAGO, CERTIFICA: Por escritura pública de esta fecha, don CRISTIAN ALBERTO ARCE CANTUARIA, chileno, casado, veterinario, cedula nacional de identidad número doce millones seiscientos nueve mil trescientos catorce guion cuatro, domiciliado en Avenida México 2597, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana y doña ELIZABETH FUENZALIDA FLORES, chilena, casada, cosmetóloga, cedula nacional de identidad catorce millones doscientos cincuenta y seis mil quinientos dos guion uno, domiciliada en Avenida México 2597, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada razón social “C Y E SERVICIOS VETERINARIOS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier otro organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de “HAPPY ANIMAL LTDA.”; OBJETO: prestación de servicios médicos veterinarios, Actividades de Clínicas Veterinarias, instalación y mantención de clínicas veterinarias, para prestar atenciones profesionales de todo tipo de especialidades relacionadas con la asistencia veterinaria, la prestación de servicios y atención domiciliaria, control de plagas, comercialización de insumos y medicamentos de atención veterinaria, venta de vestuario y accesorios para mascotas, peluquería canina, aseo y ornato canino, ventas al por menor de alimentos para mascotas y animales en general , actividades empresariales relacionadas con veterinarias como ser peluquería canina, ventas de alimentos, accesorios y entretenimientos para mascotas. Podrá realizar también toda clase de negocios y actividades relacionados directa e indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Podrá igualmente realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro social y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. DOMICILIO: El domicilio social se encontrará ubicado en la Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero.; CAPITAL: El capital inicial de la Sociedad será la cantidad de cinco millones de pesos, siendo aportado por los socios de la siguiente forma a) don CRISTIAN ALBERTO ARCE CANTUARIA, la suma de dos millones quinientos cincuenta mil pesos, mediante el aporte en dinero efectivo, que representan el cincuenta y un porciento de los derechos sociales y b) Doña ELIZABETH FUENZALIDA FLORES, aporta la suma de dos millones cuatrocientos cincuenta mil pesos, en dinero, que representan el cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales. El aporte de los socios señalados precedentemente se hace mediante, la entrega el dinero efectivo en valor al día de la constitución de la presente escritura; RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes; ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CRISTIAN ALBERTO ARCE CANTUARIA y ELIZABETH FUENZALIDA FLORES, indistintamente a cualquiera de los socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, por lo que anteponiendo su firma al nombre o razón social, representaran a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales.; VIGENCIA DE LA SOCIEDAD: Comenzará a regir; desde esta fecha y la vigencia de la sociedad será de carácter indefinido, si ningún socio manifiesta su intención en contrario. Santiago, 28 de Junio de 2017.
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