有限責任公司76.758.140-8

Transportes y Servicios Vargas Aguilera Limitada

MODIFICACIÓN — 2024年6月10日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2024-06-10查看 PDF(CVE 2504273)

公司資料

Ltda
La Pirámide Nº 400

資本

總資本

$6.000.000

實繳資本

$6.000.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

Ingrid Jessica Aguilera Araya

Socio

50%

Julio César Vargas Cordero

Socio

1%

Pamela Elizabeth Vargas Aguilera

Socio

49%

公報所載公司沿革

  1. 權益轉讓· 2024年6月10日

    Julio César Vargas Cordero cede el 98% de sus derechos sociales a Pamela Elizabeth Vargas Aguilera.

    Julio César Vargas Cordero · Pamela Elizabeth Vargas Aguilera

摘要官方正文

Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez, abogado, Notario Público, Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, titular de la 16ª Notaría y Conservador de Minas de Santiago, oficio San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio Nº 2153/2024: Ingrid Jessica Aguilera Araya, Julio César Vargas Cordero y Pamela Elizabeth Vargas Aguilera, todos calle La Pirámide Nº 400, San Joaquín, Santiago celebraron cesión de derechos sociales y modificaron sociedad TRANSPORTES Y SERVICIOS VARGAS AGUILERA LIMITADA, inscrita a fojas 50290 número 35.949 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago 2006 de lo que extracto. I. Cesión de Derechos: don Julio César Vargas Cordero vendió, cedió y transfirió 98% de sus derechos en la Sociedad el equivalente a 49% del total de la participación social a doña Pamela Elizabeth Vargas Aguilera quien compro, aceptó y adquirió para sí. II. Nueva distribución interés social. Como consecuencia de cesión, quedan como socios: Ingrid Jessica Aguilera Araya 50% del haber social íntegramente pagado Julio Cesar Vargas Cordero 1% del haber social íntegramente pagado; y Pamela Elizabeth Vargas Aguilera 49% del haber social íntegramente pagado. III. Modificación estatutos. Nuevos socios acuerdan modificar estatutos de la sociedad modificando artículo quinto por el siguiente: “Artículo Quinto. Capital. $6.000.000, que socios aportan y enteran: a) Ingrid Jessica Aguilera Araya, $3.000.000, que corresponde 50% del haber social íntegramente pagado; b) Julio César Vargas Cordero $60.000, que corresponde al 1% del haber social, íntegramente pagado; y, c) Pamela Elizabeth Vargas Aguilera $2.940.000, que corresponde al 49% del haber social, íntegramente pagado”. Demás disposiciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de Junio de 2024.

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