Granifo Y Olivares Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE Socio | - | 40% | $400.000 |
FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO Socio | - | 40% | $400.000 |
ELIAS ALEJANDRO FIGUEROA MARTINEZ Socio | - | 20% | $200.000 |
Administradores (2)
ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE
FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO
Historia societaria relatada
- Constitución· 3 de febrero de 2017
Constitución original de la sociedad GRANIFO Y OLIVARES LIMITADA.
ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE · FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO
- Cesión de derechos· 26 de abril de 2019
Arturo Aníbal Granifo Roudergue cede 10% de sus derechos sociales a Elías Alejandro Figueroa Martínez.
ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE · ELIAS ALEJANDRO FIGUEROA MARTINEZ
- Cesión de derechos· 26 de abril de 2019
Felipe Robinson Olivares Guajardo cede 10% de sus derechos sociales a Elías Alejandro Figueroa Martínez.
FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO · ELIAS ALEJANDRO FIGUEROA MARTINEZ
- Cambio de nombre· 26 de abril de 2019
La sociedad cambia su razón social a GRANIFO, OLIVARES Y COMPAÑÍA LIMITADA y usa el nombre de fantasía HORA MEDICO LTDA.
ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE · FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO · ELIAS ALEJANDRO FIGUEROA MARTINEZ
- Cambio de administrador· 26 de abril de 2019
La administración y representación queda a cargo, separada e indistintamente, de Arturo Aníbal Granifo Roudergue y Felipe Robinson Olivares Guajardo.
ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE · FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO
- Cambio de capital· 26 de abril de 2019
Se fija capital social en $1.000.000, aportado por los tres socios en proporción 40%, 40% y 20%.
ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE · FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO · ELIAS ALEJANDRO FIGUEROA MARTINEZ
Texto oficial del extracto
Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con Oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren Nº 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE, domiciliado en Avenida Club Hípico 1528, departamento 1021, comuna y ciudad de Santiago; don FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO, domiciliado en Avenida Nueva Providencia 1372, departamento 602 B, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; y don ELIAS ALEJANDRO FIGUEROA MARTINEZ, domiciliado en calle Río Backer 1228, Quilpué, Quinta Región; modifican sociedad de responsabilidad limitada "GRANIFO Y OLIVARES LIMITADA", constituida 03/02/2017, ante Notario Santiago don Manuel Ramírez Escobar, Suplente del Titular don Eduardo Javier Diez Morello, inscrita fojas 13841 Nº 7684, Registro Comercio Santiago año 2017, publicada Diario Oficial 10/02/2017. Modificación consiste: Uno) Don Arturo Aníbal Granifo Roudergue, vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalentes al 10% de los derechos totales de la sociedad a don Elías Alejandro Figueroa Martínez, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada; y Dos) Don Felipe Robinson Olivares Guajardo, vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalentes al 10% de los derechos totales de la sociedad a don Elías Alejandro Figueroa Martínez, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada. Quedan como únicos socios don Arturo Aníbal Granifo Roudergue, con el 40% de los derechos sociales; don Felipe Robinson Olivares Guajardo, con el 40% de los derechos sociales y don Elías Alejandro Figueroa Martínez, con el 20% de los derechos sociales, quienes modifican cláusulas 2ª; 5ª y 6ª del pacto social primitivo por las siguientes: "SEGUNDO: El nombre o razón social será “GRANIFO, OLIVARES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar en todas sus relaciones comerciales, con bancos, instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorerías y otras, incluso para fines comerciales y de propaganda con los siguientes nombres de fantasía “HORA MEDICO LTDA.”; Se ratifica la cláusula quinta, del pacto social primitivo, referente a la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, quedando como sigue: QUINTO: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá en forma separada e indistintamente a los señores ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE y FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO, con amplias facultades.”; y "SEXTO: Capital $1.000.000, que socios aportan y enteran siguiente forma: a) Don Arturo Aníbal Granifo Roudergue, aporta y entera la suma de $400.000, equivalentes al 40% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; a) Don Felipe Robinson Olivares Guajardo, aporta y entera la suma de $400.000, equivalentes al 40% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; y, c) Don Elías Alejandro Figueroa Martínez, aporta y entera la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social.”.- Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 26 de Abril de 2019.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.
Información societaria
Objeto social
a) La prestación de servicios en todo tipo de páginas Web; b) La compra, venta, arrendamiento, mantención, comercialización, importación, instalación, fabricación, exportación, distribución, representación, servicio técnico a toda clase de bienes sean nuevos o usados, y en especial a los sistemas y equipos para la información, comunicación y computación; c) la prestación de servicios, confección de programas, incluso software, juegos educacionales, reproducción, compra a terceros, distribución al por mayor y menos, explotación de locales de venta al público; d) la comercialización de computadoras, incluyendo sus partes, repuestos, insumos, accesorios y todo elemento que se use en el rubro computacional; e) el proveer servicios de Internet, incluidos todos los servicios asociados a ésta, diseñar, desarrollar, publicitar, vender e implementar páginas Web, como asimismo, dar mantención periódica y/o alojamiento de sitios Web; f) la instalación y mantenimiento de redes computacionales; g) dictar y organizar cursos de adiestramiento y de capacitación, en cualquier rama del conocimiento, sea técnico o profesional; h) la prestación de todo tipo de consultorías y asesorías; y i) cualquier otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el anterior, pudiendo actuar la sociedad dentro de su giro por cuenta propia o de terceros
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Arturo Aníbal Granifo Roudergue Socio | - | 50% | $500.000 |
Felipe Robinson Olivares Guajardo Socio | - | 50% | $500.000 |
Administradores (2)
Arturo Aníbal Granifo Roudergue
Felipe Robinson Olivares Guajardo
Texto oficial del extracto
MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, Abogado, Notario Suplente de EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público, Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, CERTIFICO: que por escritura pública de hoy otorgada ante mi, ARTURO ANIBAL GRANIFO ROUDERGUE, Av. Club Hípico Nº1528, depto. 1021, Santiago, y FELIPE ROBINSON OLIVARES GUAJARDO, Av. Nueva Providencia Nº 1.372 Depto. 602 B, Providencia; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, bajo la RAZÓN SOCIAL: “GRANIFO Y OLIVARES LIMITADA”, sin embargo, y para fines profesionales, tributarios, bancarios y comerciales, podrá usar el nombre de fantasía de “HORA MEDICO Ltda.”. OBJETO: a) La prestación de servicios en todo tipo de páginas Web; b) La compra, venta, arrendamiento, mantención, comercialización, importación, instalación, fabricación, exportación, distribución, representación, servicio técnico a toda clase de bienes sean nuevos o usados, y en especial a los sistemas y equipos para la información, comunicación y computación; c) la prestación de servicios, confección de programas, incluso software, juegos educacionales, reproducción, compra a terceros, distribución al por mayor y menos, explotación de locales de venta al público; d) la comercialización de computadoras, incluyendo sus partes, repuestos, insumos, accesorios y todo elemento que se use en el rubro computacional; e) el proveer servicios de Internet, incluidos todos los servicios asociados a ésta, diseñar, desarrollar, publicitar, vender e implementar páginas Web, como asimismo, dar mantención periódica y/o alojamiento de sitios Web; f) la instalación y mantenimiento de redes computacionales; g) dictar y organizar cursos de adiestramiento y de capacitación, en cualquier rama del conocimiento, sea técnico o profesional; h) la prestación de todo tipo de consultorías y asesorías; y i) cualquier otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el anterior, pudiendo actuar la sociedad dentro de su giro por cuenta propia o de terceros.- CAPITAL: $1.000.000 que los socios enteran: i) Arturo Aníbal Granifo Roudergue, aporta $500.000, correspondientes al 50% de los derechos sociales, los que entera en este acto, en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales; ii) Felipe Robinson Olivares Guajardo, aporta la suma de $500.000, correspondientes al 50% de los derechos sociales, los que entera en este acto, en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales DOMICILIO: Santiago. ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social y administración de la sociedad corresponderá en forma separada e indistintamente a los señores Arturo Aníbal Granifo Roudergue y Felipe Robinson Olivares Guajardo, con facultades señaladas en el pacto social. DURACIÓN: 5 años contados desde esta fecha. Este plazo se entenderá renovado automática y sucesivamente por nuevos períodos de 3 años cada uno, forma señalada escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 03 de Febrero de 2017.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
GRANIFO Y OLIVARES LIMITADA
CVE 1610609
- CONSTITUCIÓN
GRANIFO Y OLIVARES LIMITADA
CVE 1181453
