Sociedad Inmobiliaria San Martín & Otárola Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$20.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Helga Ceretade San Martin Peña Socio 8.xxx.xxx-3 | 8.xxx.xxx-3 | 75% | $15.000.000 |
Ramón Raúl Hernández Navarrete Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | 25% | $5.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 19 mai 2017
Se constituyó la sociedad Sociedad Inmobiliaria San Martín & Otárola Limitada por Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda y Helga Ceretade San Martín Peña.
Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda · Helga Ceretade San Martín Peña
- Cession de droits· 8 mars 2022
Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda cede la totalidad de sus derechos sociales a Helga Ceretade San Martín Peña y a Ramón Raúl Hernández Navarrete.
Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda · Helga Ceretade San Martín Peña · Ramón Raúl Hernández Navarrete
- Changement de capital· 8 mars 2022
Se modifica el capital social, fijándolo en $20.000.000 y redistribuyéndolo entre Helga Ceretade San Martín Peña y Ramón Raúl Hernández Navarrete.
Helga Ceretade San Martín Peña · Ramón Raúl Hernández Navarrete
Texte officiel de l’extrait
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha ocho de Marzo de dos mil veintidós, ante mí, doña YOLANDA LUISA OTÁROLA SEPÚLVEDA, chilena, Ingeniero comercial, casada, cédula de identidad número ocho millones seiscientos dieciocho mil novecientos sesenta y ocho guion dos, con domicilio en calle Guillermo Mac Donald número cero dos mil quinientos sesenta y uno, de la comuna de Temuco, y doña HELGA CERETADE SAN MARTIN PEÑA, chilena, Profesora, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número ocho millones quinientos sesenta y cuatro mil novecientos sesenta y seis guion tres, con domicilio en Pasaje Liverpool número mil doscientos treinta y uno, de la comuna de Temuco, y don RAMÓN RAÚL HERNÁNDEZ NAVARRETE, chileno, Médico cirujano, casado y separado totalmente de bienes, según se acreditará, cédula de identidad número ocho millones cien mil trescientos guion nueve, con domicilio en Pasaje Liverpool número mil doscientos treinta y uno, de la comuna de Temuco, expusieron: De la Constitución: Doña Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda, en conjunto con doña Helga Ceretade San Martin Peña, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es Sociedad Inmobiliaria San Martín & Otárola Limitada, rol único tributario numero setenta y seis millones setecientos cincuenta y un mil quinientos veintitrés guion cinco, según consta en escritura pública de constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada de fecha diecinueve de mayo del año dos mil diecisiete, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en el repertorio de instrumentos públicos de dicha Notaría con el número cuatro mil veintiuno del año dos mil diecisiete. Un extracto de la constitución de sociedad fue publicado en la edición número cuarenta y un mil setecientos sesenta y siete del Diario Oficial de la República de Chile del día treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete; inscrito a Fojas setecientos cincuenta y nueve vuelta, bajo el número quinientos trece, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil diecisiete.- De Los Derechos Sociales: En consecuencia y en virtud de la cláusula quinta de la escritura de constitución, las socias son actualmente propietarias del cincuenta por ciento, cada una, de las acciones y derechos sociales en la sociedad. Por el presente acto doña YOLANDA LUISA OTÁROLA SEPÚLVEDA, vende, cede y transfiere la totalidad de sus acciones y derechos sociales equivalentes al cincuenta por ciento de las acciones y derechos sociales en la Sociedad Inmobiliaria San Martín & Otárola Limitada, a los cesionarios y adquirentes, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí, según se detalla a continuación: a) Doña Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda, vende, cede y transfiere a doña Helga Ceretade San Martín Peña, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cincuenta por ciento de sus acciones y derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al veinticinco por ciento de su participación en la referida sociedad; y, b) Doña Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda, vende, cede y transfiere a don Ramón Raúl Hernández Navarrete, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cincuenta por ciento de sus acciones y derechos sociales en la sociedad, equivalentes al veinticinco por ciento de su participación en la referida sociedad.- El precio de la cesión de acciones y derechos sociales es la suma única y total, en moneda legal y de curso nacional de doce millones de pesos; precio que la parte cesionaria, paga a la cedente y vendedora al contado y en dinero efectivo, en acto escritura, y que se desglosa de la siguiente manera: a) Con la suma de seis millones de pesos, por el cincuenta por ciento de las acciones y derechos sociales de propiedad de la cedente, porcentaje que equivale al veinticinco por ciento de participación de la cedente en la sociedad; que doña Helga Ceretade San Martín Peña paga en acto escritura, mediante dinero en efectivo y al contado, a la cedente o vendedora doña Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda, declarando ésta última haberlo recibido a su entera satisfacción y conformidad; y, b) Con la suma de seis millones de pesos, por el cincuenta por ciento de las acciones y derechos sociales de propiedad de la cedente, porcentaje que equivale al veinticinco por ciento de participación de la cedente en la sociedad; que don Ramón Raúl Hernández Navarrete, paga en acto escritura, mediante dinero en efectivo y al contado, a la cedente o vendedora doña Yolanda Luisa Otárola Sepúlveda, declarando ésta última haberlo recibido a su entera satisfacción y conformidad.- De esta forma y por este acto queda extinguida la obligación del pago del precio por las partes, por lo que declaran íntegramente pagado el precio de la presente cesión de acciones y derechos sociales. La cedente, declara no tener cargo alguno en contra de la sociedad ni de los socios que quedan en ella y los socios que quedan tampoco respecto a la cedente otorgándose recíproco y total finiquito.- De la Modificación de la sociedad: A consecuencia de la cesión de acciones y derechos sociales; doña Helga Ceretade San Martín Peña y don Ramón Raúl Hernández Navarrete, quedan como únicos socios en la sociedad. Los socios acuerdan y vienen en introducir las siguientes modificaciones al pacto social y a su modificatoria: Del Capital Social: Los socios han acordado modificar la CLÁUSULA QUINTO: DEL CAPITAL, del pacto social, quedando como sigue: “CLÁUSULA QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de veinte millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: A) La socia Helga Ceretade San Martín Peña, aporta la suma de quince millones de pesos, esto es el setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, capital que la socia entera y paga en acto escritura al contado, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad, suma que se da por ingresada a la arcas de la Sociedad de Responsabilidad Limitada; y, B) El socio Ramón Raúl Hernández Navarrete, aporta la suma de cinco millones de pesos, esto es el veinticinco por ciento de los derechos sociales, capital que el socio entera y paga en acto escritura al contado, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad, suma que se da por ingresada a la arcas de la Sociedad de Responsabilidad Limitada”.- En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. En todo lo que no se modifica seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 18 de marzo de 2022.
Informations sociétaires
Objet social
a) La compra y venta; arrendamiento; y en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, sea por cuenta propia o ajena; b) Invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; c) La prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte; d) La Inversión inmobiliaria; compra y venta; arriendo, con o sin opción de compra y corretaje de bienes raíces; e) Realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que las socias determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$20.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
YOLANDA LUISA OTÁROLA SEPÚLVEDA Socio | - | 50% | $10.000.000 |
HELGA CERETADE SAN MARTÍN PEÑA Socio | - | 50% | $10.000.000 |
Administrateurs (2)
YOLANDA LUISA OTÁROLA SEPÚLVEDA
HELGA CERETADE SAN MARTÍN PEÑA
Texte officiel de l’extrait
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 19 de mayo de 2017, otorgada ante mí, Doña YOLANDA LUISA OTÁROLA SEPÚLVEDA, domiciliada en calle Guillermo Mac Donald número cero dos mil quinientos sesenta y uno, de la comuna de Temuco; y doña HELGA CERETADE SAN MARTÍN PEÑA, domiciliada en pasaje Liverpool número mil doscientos treinta y uno, de la comuna de Temuco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social de: “SOCIEDAD INMOBILIARIA SAN MARTÍN & OTÁROLA LIMITADA”, pudiendo además actuar con la razón social abreviada “INMOBILIARIA SAN MARTÍN Y OTÁROLA LTDA.” y/o bajo el nombre de fantasía “S&O LTDA.”. Objeto: a) La compra y venta; arrendamiento; y en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, sea por cuenta propia o ajena; b) Invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; c) La prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte; d) La Inversión inmobiliaria; compra y venta; arriendo, con o sin opción de compra y corretaje de bienes raíces; e) Realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que las socias determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.- Administración: representación y uso de la razón social corresponderá a ambas socias conjunta, separadamente e indistintamente.- Facultades en escritura. Capital: VEINTE MILLONES DE PESOS, que socias aportan y enteran siguiente manera: A) doña YOLANDA LUISA OTÁROLA SEPÚLVEDA, aporta suma de diez millones pesos, esto es el cincuenta por ciento de los derechos sociales, capital que socia entera y paga en acto escritura al contado, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad, suma que se da por ingresada a la arcas de la sociedad de responsabilidad limitada; y, B) doña HELGA CERETADE SAN MARTÍN PEÑA, aporta suma de diez millones pesos, esto es el cincuenta por ciento de los derechos sociales, capital que socia entera y paga en acto escritura al contado, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad, suma que se da por ingresada a la arcas de la sociedad de responsabilidad limitada.- Socios limitan responsabilidad al monto de aportes.- Duración: Sociedad empezará a regir con fecha escritura extractada y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, en forma que indica estatuto social.- Domicilio: ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales o agencia que se establezcan en el resto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 23 de mayo de 2017.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Sociedad Inmobiliaria San Martín & Otárola Limitada
CVE 2102237
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA SAN MARTÍN & OTÁROLA LIMITADA
CVE 1220214
