Pelayo Obras y Reformas SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario titular de Octava Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°941, Lc 302, certifica: Con fecha veintitrés de septiembre de dos mil veinte, ante mi, don JORGE ALBERTO SALINAS ÁLVAREZ, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos treinta y seis mil novecientos cuarenta y cinco guion tres, redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “PELAYO OBRAS Y REFORMAS SpA”, de fecha veintiuno de septiembre de dos mil veinte. La sociedad, que consta inscrita a fojas treinta mil cuatrocientos quince número dieciséis mil setecientos treinta y tres del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil diecisiete, acordó modificar la administración social en la forma indicada escritura extractada. Debido a lo acordado se reemplaza parcialmente el Artículo Decimo de los estatutos sociales, manteniendo la descripción de facultades del Uno) al Treinta y Tres) del mismo artículo, siendo modificado la primera parte del Articulo Decimo por el siguiente: “TITULO TERCERO. De la Administración. Articulo Decimo: La administración total de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un Gerente General, cuyo ejercicio recaerá en don Vitali Ivanov Kremeski, casado, cedula nacional de identidad para extranjeros número veinticuatro millones ochocientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y nueve guion uno, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y ejercer todas y cada una de las facultades indicadas desde el Uno) al Treinta y tres) del Articulo Decimo de la Escritura de Constitución de la Sociedad, quedando en consecuencia sin efecto la designación y poderes conferidos con anterioridad para la administración y representación de la sociedad.” En lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de Octubre de 2020.-
Informações societárias
Representação legal (1)
JORGE ALBERTO SALINAS ÁLVAREZ
Histórico societário relatado
- Mudança de nome· 25 de março de 2019
Se acordó modificar los estatutos sociales en cuanto al domicilio de la sociedad, según junta extraordinaria anterior.
- Outro ato· 18 de abril de 2019
Se redujo a escritura pública la junta extraordinaria de accionistas de 25 de marzo de 2019.
Texto oficial do extrato
MARCO URENDA BILICIC, Notario Suplente de la Octava Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°941, Local 302, Santiago, Certifica: Que mediante escritura pública otorgada ante el Notario Titular de esta Notaria don Luis Ignacio Manquehual Mery, con fecha 14 de Agosto de 2019, don JORGE ALBERTO SALINAS ÁLVAREZ, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos treinta y seis mil novecientos cuarenta y cinco guion tres, domiciliado para estos efectos en Tobalaba doscientos ochenta y uno, local ciento uno, comuna de Providencia, Santiago; redujo a escritura pública acta de junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad PELAYO OBRAS Y REFORMAS SpA, RUT 76.748.811-4, celebrada el día ocho de agosto de dos mil diecinueve, mediante la cual se acordó lo siguiente: I) Conforme acordaron los socios en la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha veinticinco de marzo de dos mil diecinueve, reducida a escritura pública con fecha dieciocho de abril de dos mil diecinueve, en la notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, se modificaron los estatutos sociales en cuanto al domicilio de la sociedad. II) Por un error involuntario, no se dio cumplimiento oportuno y dentro del plazo previsto en la ley, para la inscripción y publicación del extracto de la escritura, en la que se redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha veinticinco de marzo de dos mil diecinueve que modificó los estatutos sociales en los términos señalados en la cláusula anterior. Pues bien, conforme lo dispuesto en el artículo 1 y 3 de la Ley 19.499, por el presente instrumento los accionistas vienen en sanear el vicio formal de falta de publicación e inscripción de la reducción a escritura pública de la Junta extraordinaria de accionistas por este acto y con esta fecha, por medio de la cual se reemplazó el artículo segundo del título primero del estatuto social, siendo reemplazada por el siguiente tenor literal: “El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados”.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 03 de Septiembre de 2019.- Marco Urenda Bilicic.- Notario Suplente.-
Atuações recentes
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CVE 1827873
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CVE 1655038
