Morales Cohen SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS Accionista | - | 30% | - |
PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO Accionista | - | 70% | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 26 de diciembre de 2017
Se constituye MORALES COHEN SpA con distribución inicial de participaciones entre Antonio Alejandro Morales Rojas y Paz Alejandra Cohen Soto.
ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS · PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO
- Cambio de capital· 11 de enero de 2018
Se rectifica la distribución de participaciones: Antonio Alejandro Morales Rojas pasa de 70% a 30% y Paz Alejandra Cohen Soto de 30% a 70%; se mantiene el capital social.
ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS · PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO
Texto oficial del extracto
JAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Público Titular 2 Notaría Rancagua, con oficio en Bueras 359 Of. 102, certifica: Por escritura pública de fecha 11-01-2018, ante mí, Rep. N° 118-2018, se rectifica escritura pública de modificación de sociedad MORALES COHEN SpA, R. U. T. Nº 76.743.741-2, de fecha 26 de diciembre de 2017, otorgada en la Notaria de Rancagua de don Jaime Bernales Valenzuela, anotada bajo el repertorio Nº 6.947 del 2017, en el sentido que en la cláusula cuarta de la misma en la parte pertinente dice: “a) don ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS, el setenta por ciento del total de las mismas; y b) doña PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO el treinta por ciento restante.” debe decir: “a) don ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS, el treinta por ciento del total de las mismas; y b) doña PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO, el setenta por ciento restante.”. Se rectifica además su extracto en el sentido que en la cláusula segunda del mismo en la parte pertinente dice: “a) don ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS, el setenta por ciento del total de las mismas; y b) doña PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO el treinta por ciento restante.” debe decir: “a) don ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS, el treinta por ciento del total de las mismas; y b) doña PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO, el setenta por ciento restante.”. Se mantiene el capital social en la suma de $2.000.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 15 de enero de 2018.
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS Accionista 15.xxx.xxx-0 | 15.xxx.xxx-0 | 70% | - |
PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO Accionista 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 30% | - |
Administradores (2)
ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS
PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO
Historia societaria relatada
- Constitución· 12 de abril de 2017
Constitución de MORALES COHEN SpA.
ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS · PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO
Texto oficial del extracto
FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Público Suplente del Titular 2 Notaría Rancagua JAIME BERNALES VALENZUELA, con oficio en Bueras 359 Of. 102, certifico: Por escritura pública de fecha 26-12-2017, ante mí, don ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS, chileno, casado en régimen de participación en los gananciales, médico cirujano, C. I. Nº 15.125.691-0, y doña PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO, chilena, casada en régimen de participación en los gananciales, psicóloga, C. I. Nº 15.738.935-1; ambos domiciliados en Pueblo de Naturales Nº 580, casa 12, Condominio Santa María de Triana, comuna y ciudad de Rancagua; declaran lo siguiente: los comparecientes, son los únicos y actuales accionistas de la sociedad MORALES COHEN SpA, R.U.T. Nº 76.743.741-2, constituida por escritura pública el 12 de abril de 2017, en Notaría de Rancagua de don Jaime Bernales Valenzuela, repertorio Nº 2.120, del año 2017, e inscrita a Fs. 449, Nº 344 del Registro de Comercio del año 2017, del Conservador Comercio Rancagua, y publicada Diario Oficial Edición Nº 41.751, de 08 de mayo de 2017, vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: PRIMERO. Los accionistas de común acuerdo modifican el artículo trigésimo de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO TRIGÉSIMO. Las utilidades que arroje el balance, deducidas las reservas legales, y las que acuerde la junta de accionistas, serán atribuidas como dividendos entre los accionistas. En consideración a lo anterior y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo dos mil sesenta y seis del Código Civil, el artículo trescientos ochenta y dos del Código de Comercio, la letra a) del número tres de la letra A) del artículo catorce de la Ley de Impuesto a la Renta, y teniendo en especial consideración la voluntad de las partes, dichas utilidades serán atribuidas a cada accionista en las siguientes proporciones: a) don ANTONIO ALEJANDRO MORALES ROJAS, el setenta por ciento del total de las mismas; y b) doña PAZ ALEJANDRA COHEN SOTO el treinta por ciento restante. Los accionistas de común acuerdo declaran y establecen que las proporciones antes señaladas tienen directa relación con las obligaciones personales que cada accionista tendrá en el desarrollo del giro de la sociedad, de conformidad a los servicios y trabajo personal que cada uno de ellos realizará en la actividad social. Sí, la razonabilidad de los criterios mencionados y/o el porcentaje de las atribuciones expresamente asignadas, se ve alterada por circunstancias en el futuro, los accionistas de común acuerdo podrán modificarlo cumpliendo las solemnidades respectivas. Las pérdidas que pudieren sufrir la sociedad y los haberes que pudieren corresponder a los accionistas por la liquidación de la misma, se distribuirán entre ellos a prorrata de sus respectivos aportes en el capital social. Los dividendos podrán ser distribuidos anual o mensualmente. En éste último caso, serán repartidos de manera provisoria y con cargo a las utilidades obtenidas por la sociedad en el respectivo ejercicio, sin necesidad de junta de accionistas para la determinación de su fecha de reparto ni de su monto, siempre que guarde relación con los porcentajes de atribución antes señalados”.- SEGUNDO. Se mantiene el capital social en la suma de $2.000.000.-. La administración seguirá a cargo de ambos accionistas en la forma señalada en la escritura de constitución.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 27 de diciembre de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
MORALES COHEN SpA
CVE 1342318
- MODIFICACIÓN
MORALES COHEN SpA
CVE 1329149
