Jardín Infantil Mandarino Limitada
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La sociedad tendrá como objeto único la promoción y desarrollo educacional de los habitantes de la República de Chile, pudiendo abrir, mantener, sostener, administrar y explotar uno o más salas cunas, jardines infantiles, establecimientos o centros educacionales de enseñanza parvulario, en locales propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros.
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Raúl Undurraga Laso, Notario Público Titular de la 29° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac Iver N° 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de julio de 2019, otorgada ante mí, Cristián Esteban Izquierdo Echeverría y María Gabriela Laval Zaldívar, ambos domiciliados en calle Albacete N°4.539, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad Jardín Infantil Mandarino Limitada, modificando íntegramente el actual Artículo Segundo de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Segundo: La sociedad tendrá como objeto único la promoción y desarrollo educacional de los habitantes de la República de Chile, pudiendo abrir, mantener, sostener, administrar y explotar uno o más salas cunas, jardines infantiles, establecimientos o centros educacionales de enseñanza parvulario, en locales propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Se facultó portador este extracto para su legalización. Santiago, 30 de julio de 2019.
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Raúl Undurraga Laso, Notario Público Titular de la 29° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Enrique Mac Iver N° 225, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de Agosto de 2018, otorgada ante mí: Cristián Esteban Izquierdo Echeverría y María Gabriela Laval Zaldívar, ambos domiciliados en calle Albacete 4539, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad Jardín Infantil Mandarino Limitada (la “Sociedad”), en lo siguiente: /i/ Acordaron modificar la administración de la Sociedad en el sentido de que la representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a cualesquiera de los socios Cristián Esteban Izquierdo Echeverría o Gabriela Laval Zaldivar, quienes actuando conjunta o separadamente, podrán representar a la Sociedad con las facultades indicadas en la escritura extractada. Adicionalmente, se acordó limitar a las facultades de representación y administración del socio Cristián Esteban Izquierdo Echeverría en el sentido de que la administración y representación legal de la sociedad ante el Ministerio de Educación, corresponderá única y exclusivamente al socio María Gabriela Laval Zaldívar, quien actuando individualmente, tendrá las más amplias facultades y poderes de administración y disposición de bienes frente a dicha institución pública, con autoridad para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y acuerdos de cualquier naturaleza que sean; y /ii/ Como consecuencia de lo anterior, se modificó íntegramente el actual Artículo Séptimo de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Se facultó portador este extracto para su legalización. Santiago, 6 de Septiembre de 2018. Raúl Undurraga Laso.
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