Agrícola JL Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada, ante mí, con fecha 22 de septiembre de 2025, José Patricio Labbé Cereceda, domiciliado en Condominio las Araucarias, Parcela número noventa y seis, comuna de Buin, la sociedad Inversiones San José Limitada y la sociedad Inversiones San José II SpA, ambas domiciliadas en avenida El Golf número 99, oficina 701, Las Condes, modificaron Agrícola JL Limitada, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 103 número 90 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando correspondiente al año 2017, dejando constancia del cambios de socios, ingresando Inversiones San José II SpA en reemplazo de Inversiones San José Limitada, producto de la división de esta última y del traspaso y asignación de sus derechos, lo que Inversiones San José II SpA aceptó y tomó para sí. Como consecuencia de la división, los comparecientes aceptan el ingreso de Inversiones San José II SpA a la Sociedad, en reemplazo de Inversiones San José Limitada y declaran que los únicos y actuales socios de la Sociedad son José Patricio Labbé Cereceda e Inversiones San José II SpA. Asimismo, los comparecientes acordaron reemplazar el artículo quinto del estatuto social por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de diez millones de pesos, que los socios han aportado de la siguiente forma: /a/ José Patricio Labbé Cereceda ha aportado y pagado la cantidad de cinco millones de pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital e interés social; e /b/ Inversiones San José II SpA ha aportado y pagado la cantidad de cinco millones de pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital e interés social.”. En todo lo no modificado por este instrumento, quedan íntegramente subsistentes los estatutos de la Sociedad, en especial, en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 23 de septiembre de 2025.
Información societaria
Objeto social
todo lo que diga relación con la actividad agrícola en su más amplia acepción, para lo cual y sin que la enunciación sea taxativa, podrá: a) Explotar y administrar toda clase de predios agrícolas o de otro tipo. En ejercicio de esta actividad, la sociedad podrá participar en la compra o arrendamiento de inmuebles; la subdivisión y posterior enajenación de los lotes resultantes de la subdivisión; su eventual arrendamiento, subarrendamiento o cualquiera otra forma de explotación de bienes raíces adquiridos, arrendados o comodatados; lo que hará la sociedad ya sea por cuenta propia o ajena, pudiendo prestar servicios anexos o relacionados. Podrá comercializar, explotar y administrar toda clase de predios agrícolas, ganaderos o forestales, comercializar, comisionar la venta de toda clase de productos provenientes de los inmuebles adquiridos, provengan estos del suelo o del subsuelo; y por tanto podrá comercializar los áridos que pudieran extraerse en los predio adquiridos, arrendados o comodatados, conforme los permisos ambientales correspondientes. Concordante con lo anterior podrá adquirir la maquinaria necesaria para la explotación de los predios, maquinaria que posteriormente podrá arrendar para la ejecución de otras faenas, ahora como prestador de servicio. Las actividades antes enumeradas las podrá ejecutar en calidad de propietario, arrendatario, subarrendatario, concesionario, comodatario, como socio, comunero, por cuenta de terceros, con bienes propios o ajenos y mediante cualesquiera otra forma de regulación convencional que la sociedad establezca; b) prestar servicios aeronáuticos de control de heladas, fumigaciones, fertilizaciones, producción de aire turbulento, disecación de frutas y secamientos de campos; control de heladas, taxi aéreo; vuelo de montaña; tendidos de perlón; rescate aéreo; geología y sísmica; filmación y fotografía aérea; mantenimiento de aeronaves; distribución de combustibles y derivados, así como la distribución y venta de partes y piezas de aeronaves; c) efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, y en especial adquirir, explotar, administrar, percibir sus frutos, enajenar, prendar y gravar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, todo tipo de bienes muebles, derechos o acciones en cualquier tipo de sociedades, civiles o comerciales, productos, monedas, acciones, opciones, bonos, debentures y efectos públicos o de comercio; y d) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 77.283.030-0 | 77.283.030-0 | 50% | $5.000.000 |
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Representación legal (1)
GUILLERMO JÜNEMANN NUÑEZ
Texto oficial del extracto
JORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público Titular Segunda Notaría Santa Cruz, C. Cancino 60, Pasaje Marcel, certifico: por escritura de hoy, ante mí, GUILLERMO JÜNEMANN NUÑEZ, en representación de INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA, R.U.T. N° 77.283.030-0, ambos domiciliados en San Gregorio sin número. Comuna de Nancagua, Sexta Región, y de paso en ésta; y JOSÉ PATRICIO LABBÉ CERECEDA, domiciliado en Condominio Las Araucarias, Parcela número 96, comuna de Buin, de paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a montos respectivos aportes. Razón Social: "AGRÍCOLA JL LIMITADA" con nombre fantasía: "AGRÍCOLA JL LTDA.". Objeto: todo lo que diga relación con la actividad agrícola en su más amplia acepción, para lo cual y sin que la enunciación sea taxativa, podrá: a) Explotar y administrar toda clase de predios agrícolas o de otro tipo. En ejercicio de esta actividad, la sociedad podrá participar en la compra o arrendamiento de inmuebles; la subdivisión y posterior enajenación de los lotes resultantes de la subdivisión; su eventual arrendamiento, subarrendamiento o cualquiera otra forma de explotación de bienes raíces adquiridos, arrendados o comodatados; lo que hará la sociedad ya sea por cuenta propia o ajena, pudiendo prestar servicios anexos o relacionados. Podrá comercializar, explotar y administrar toda clase de predios agrícolas, ganaderos o forestales, comercializar, comisionar la venta de toda clase de productos provenientes de los inmuebles adquiridos, provengan estos del suelo o del subsuelo; y por tanto podrá comercializar los áridos que pudieran extraerse en los predio adquiridos, arrendados o comodatados, conforme los permisos ambientales correspondientes. Concordante con lo anterior podrá adquirir la maquinaria necesaria para la explotación de los predios, maquinaria que posteriormente podrá arrendar para la ejecución de otras faenas, ahora como prestador de servicio. Las actividades antes enumeradas las podrá ejecutar en calidad de propietario, arrendatario, subarrendatario, concesionario, comodatario, como socio, comunero, por cuenta de terceros, con bienes propios o ajenos y mediante cualesquiera otra forma de regulación convencional que la sociedad establezca; b) prestar servicios aeronáuticos de control de heladas, fumigaciones, fertilizaciones, producción de aire turbulento, disecación de frutas y secamientos de campos; control de heladas, taxi aéreo; vuelo de montaña; tendidos de perlón; rescate aéreo; geología y sísmica; filmación y fotografía aérea; mantenimiento de aeronaves; distribución de combustibles y derivados, así como la distribución y venta de partes y piezas de aeronaves; c) efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, y en especial adquirir, explotar, administrar, percibir sus frutos, enajenar, prendar y gravar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, todo tipo de bienes muebles, derechos o acciones en cualquier tipo de sociedades, civiles o comerciales, productos, monedas, acciones, opciones, bonos, debentures y efectos públicos o de comercio; y d) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Administración y uso razón social: le corresponderá en conjunto a ambos socios. Capital Social: es la suma de $10.000.000, que serán aportados por los socios de la siguiente forma: a) INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA, aporta $5.000.000, que paga en este acto en dinero efectivo ingresándolos en caja social, equivalentes 50% del capital social; y b) JOSÉ PATRICIO LABBÉ CERECEDA, aporta $5.000.000, que paga en este acto en dinero efectivo ingresándolos en caja social, equivalentes al 50% por ciento del capital social. Domicilio: San Fernando, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 20 años desde esta fecha, renovable periodos de 5 años según estipula pacto social. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santa Cruz, 17 de Abril de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Agrícola JL Limitada
CVE 2717855
- CONSTITUCIÓN
AGRÍCOLA JL LIMITADA
CVE 1207797
