Sociedad de Responsabilidad Limitada76.736.775-2

Constructora Trizano Limitada

MODIFICACIÓN — 7 dic 2023

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-12-07Ver PDF (CVE 2417825)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía
Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a GERMAN RICARDO MEHR SCHLAEGER; también a RICARDO ANDRES MEHR CERDA, PABLO GERMAN MEHR CERDA y FELIPE SERGIO MEHR CERDA, separada e indistintamente, requiriéndose al menos dos de los tres socios administradores para ciertos actos.

Capital

Capital total

$500.000.000

Capital pagado

$500.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

INMOBILIARIA ARTEX LIMITADA

Socio

84.568.000-0

50%

RICARDO ANDRES MEHR CERDA

Socio

16.xxx.xxx-8

16.6666666667%

PABLO GERMAN MEHR CERDA

Socio

12.xxx.xxx-3

16.6666666667%

FELIPE SERGIO MEHR CERDA

Socio

12.xxx.xxx-9

16.6666666667%

Administradores (4)

GERMÁN RICARDO MEHR SCHLAEGER

50.001.314-6Administrador

RICARDO ANDRES MEHR CERDA

16.xxx.xxx-8Administrador

PABLO GERMAN MEHR CERDA

12.xxx.xxx-3Administrador

FELIPE SERGIO MEHR CERDA

12.xxx.xxx-9Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 10 de enero de 2014

    Se constituyó la sociedad CONSTRUCTORA TRIZANO LIMITADA.

    INMOBILIARIA ARTEX LIMITADA · RICARDO ANDRES MEHR CERDA · PABLO GERMAN MEHR CERDA · FELIPE SERGIO MEHR CERDA · THOMAS MEHR CERDA

  2. Fallecimiento· 29 de septiembre de 2014

    Fallece THOMAS MEHR CERDA y se adecúan los estatutos de la sociedad.

    THOMAS MEHR CERDA

Texto oficial del extracto

ALVARO JAVIER VALDEBENITO SALGADO, Abogado, Notario Público de la Primera Notaría de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Hochstetter N° 560, certifico: por escritura pública de Repertorio N° 5660-2023 de fecha 16 de Noviembre de 2023, ante mí, don GERMÁN RICARDO MEHR SCHLAEGER, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número cinco millones un mil trescientos catorce guión seis, domiciliado en Temuco calle Vicuña Mackenna número doscientos cincuenta y ocho, en representación, según se acreditará al final, de INMOBILIARIA ARTEX LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, rol único tributario número ochenta y cuatro millones quinientos sesenta y ocho mil guión cero; don RICARDO ANDRES MEHR CERDA, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos quince mil trescientos cuarenta y ocho guión ocho, domiciliado en calle Trizano número doscientos noventa de la ciudad de Temuco; don PABLO GERMAN MEHR CERDA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, cédula de identidad número doce millones ciento noventa y cuatro mil doscientos catorce guión tres, domiciliado en calle Vicuña Mackenna doscientos sesenta, oficina siete de la ciudad de Temuco; y don FELIPE SERGIO MEHR CERDA, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número doce millones cuarenta y seis mil sesenta guión nueve, domiciliado en calle Vicuña Mackenna doscientos cincuenta y ocho de la ciudad de Temuco, modifican pacto social, CONSTRUCTORA TRIZANO LIMITADA. Constituida por escritura pública de fecha diez de enero de dos mil catorce otorgada en la Notaría de Temuco de don Juan Antonio Loyola Opazo. Extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas ciento sesenta vuelta número ciento dieciséis del año dos mil catorce. Se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil setecientos sesenta y siete de veintisiete de enero de dos mil catorce. El capital social es la suma de quinientos millones de pesos. El rol único tributario número setenta y seis millones trescientos setenta y seis mil setecientos setenta y cinco guión dos. Modificaciones consisten: 1) Los socios primitivos de la sociedad fueron, INMOBILIARIA ARTEX LIMITADA, don RICARDO ANDRES MEHR CERDA, don PABLO GERMAN MEHR CERDA, don FELIPE SERGIO MEHR CERDA, y don THOMAS MEHR CERDA. Habiendo fallecido éste último, la sociedad fue modificada y adecuados sus estatutos mediante escritura pública de fecha veintinueve de septiembre de dos mil catorce, otorgada en la notaría de Temuco de don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto se inscribió a fojas mil seiscientos sesenta y cuatro vuelta número mil doscientos cincuenta y cuatro en el Registro de Comercio de Temuco del año dos mil catorce. De esta forma, los actuales socios de la sociedad son INMOBILIARIA ARTEX LIMITADA, don RICARDO ANDRES MEHR CERDA, don PABLO GERMAN MEHR CERDA, don FELIPE SERGIO MEHR CERDA. 2) Los socios de la compañía, individualizados anteriormente, actuando don GERMÁN RICARDO MEHR SCHLAEGER, en representación de la socia INMOBILIARIA ARTEX LIMITADA, modificaron los estatutos de la siguiente forma: A) La cláusula CUARTA del pacto social en el sentido que: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don GERMAN RICARDO MEHR SCHLAEGER, con todas y cada una de las facultades descritas en la cláusula cuarta que por este acto se modifica. Sin perjuicio de lo anterior, la administración, representación y uso de la razón social también corresponderá a los socios don PABLO GERMAN MEHR CERDA, don FELIPE SERGIO MEHR CERDA, y don RICARDO ANDRES MEHR CERDA, separada e indistintamente, con todas las facultades descritas en la cláusula cuarta del estatuto primitivo, pero éstos, para “vender y enajenar bienes raíces, hipotecarlos, dar en prenda, formar parte en sociedades, contratos de sociedad de cualquier clase u objeto y formar comunidades y asociaciones, modificar, liquidar y disolver sociedades; contratar préstamos en cualquier forma, con toda clase de organismos o instituciones de crédito y/o fomento, de derecho público o privado, sociedades civiles o comerciales, Bancos e Instituciones Financieras y, en general, con cualquier persona, natural o jurídica, nacional o extranjera, para la sociedad y no para terceras personas, constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, para caucionar obligaciones propias de la sociedad, de los socios o de terceros; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto y formar comunidades y asociaciones, modificar, liquidar y disolver sociedades; representar a la sociedad, con voz y voto, en las sociedades, comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho y organizaciones de cualquiera especie de que forme parte o en que tenga interés”; requerirán de la concurrencia de al menos dos de los tres socios administradores.- B) La cláusula QUINTA del pacto social, en cuanto al capital, el sentido aclarar y complementar dicha cláusula en virtud de la modificación individualizada en la cláusula segunda estos estatutos, y establecer que el capital social es la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS, los cuales han sido aportados por los socios de la siguiente forma: A) INMOBILIARIA ARTEX LIMITADA, con la suma de doscientos cincuenta millones de pesos, ya enterados, en la forma señalada en la escritura de constitución de la sociedad; B) RICARDO ANDRES MEHR CERDA, con la suma de ochenta y tres millones trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, ya enterados en caja social. C) PABLO GERMAN MEHR CERDA, con la suma de ochenta y tres millones trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, ya enterados en caja social. Y D) FELIPE SERGIO MEHR CERDA, con la suma de ochenta y tres millones trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y cuatro pesos, ya enterados en caja social. C) La cláusula SEXTA del pacto social en el sentido que las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en la misma proporción que su participación en el capital social. D) La cláusula DECIMO TERCERO del pacto social, la que se reemplaza por la siguiente: “DECIMO TERCERO: Las dificultades que surjan durante la vigencia de la sociedad, serán resueltas por un árbitro arbitrador, en única instancia, que será designado por las partes de mutuo consenso y si éstas no lo acordaren, cualquiera de ellas podrá recurrir a la justicia ordinaria, para la designación del árbitro, el que tendrá las facultades de arbitrador.- El árbitro podrá declarar la terminación anticipada, la rescisión, resolución o nulidad de la compañía.” En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 29 de Noviembre de 2023.-

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    CONSTRUCTORA TRIZANO LIMITADA

    CVE 2417825

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)