Inversiones Mariita Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$405.982.308
Capital libéré
$405.982.308
Capital restant dû
$0
Associés (5)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MARÍA DEL CARMEN DOMÍNGUEZ VALDÉS Socio | - | 24.87% | $100.959.436 |
EDUARDO ARTURO JUSTINIANO RODRÍGUEZ Socio | - | 0.13% | $536.141 |
JUAN EDUARDO JUSTINIANO DOMÍNGUEZ Socio | - | 25% | $101.495.577 |
MARÍA CARMEN JUSTINIANO DOMÍNGUEZ Socio | - | 25% | $101.495.577 |
JOSÉ ANDRÉS JUSTINIANO DOMÍNGUEZ Socio | - | 25% | $101.495.577 |
Administrateurs (3)
JUAN EDUARDO JUSTINIANO DOMÍNGUEZ
MARÍA CARMEN JUSTINIANO DOMÍNGUEZ
JOSÉ ANDRÉS JUSTINIANO DOMÍNGUEZ
Texte officiel de l’extrait
COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 02/11/2022, Repertorio 12.690/2022, ante mí, los señores MARÍA DEL CARMEN DOMÍNGUEZ VALDÉS, con domicilio en calle La Cabaña trescientos dieciséis - C; comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; don EDUARDO ARTURO JUSTINIANO RODRÍGUEZ, con domicilio en calle La Cabaña trescientos dieciséis - C, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; don JUAN EDUARDO JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, con domicilio en Camino a Farellones catorce mi cuatrocientos departamento cuatrocientos cuatro, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana; doña MARÍA CARMEN JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, con domicilio en calle Camino San Antonio trescientos noventa y uno - B, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; y don JOSÉ ANDRÉS JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, con domicilio en calle La Cabaña trescientos dieciséis - C, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la sociedad Inversiones Mariita Limitada, acordaron aumentar el capital de la Sociedad en la cantidad de trescientos dos millones ochocientos setenta y ocho mil trescientos ocho pesos, a través de un aporte a la misma por dicha suma, que es enterado íntegramente en este acto, al contado y en dinero efectivo y con la plena conformidad de todos los socios de la Sociedad, por los socios JUAN EDUARDO JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, MARÍA CARMEN JUSTINIANO DOMÍNGUEZ y JOSÉ ANDRÉS JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, quienes enteran dicha suma por iguales partes, esto es la cantidad de cien millones novecientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos treinta y seis pesos cada uno de ellos, aumentando de esta forma y como consecuencia de dicho aporte el capital de la Sociedad desde la suma de ciento tres millones ciento cuatro mil pesos a la cantidad de cuatrocientos cinco millones novecientos ochenta y dos mil trescientos ocho pesos. Asimismo, los únicos socios de la sociedad Inversiones Aventura Limitada en la misma escritura acordaron introducir diversas modificaciones a los estatutos sociales de la Sociedad, entre ellas: UNO. i) Modificar el encabezamiento del artículo CUARTO de los estatutos sociales en el sentido que la administración y el uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a los socios JUAN EDUARDO JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, MARÍA CARMEN JUSTINIANO DOMÍNGUEZ y JOSÉ ANDRÉS JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, quienes actuando necesariamente en conjunto dos cualesquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus nombres y firmas, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican en el artículo cuarto del texto refundido de los estatutos sociales que constan de la escritura pública del doce de diciembre de dos mil ocho, otorgada ante el notario de Santiago don Néstor Riquelme Contreras, suplente del titular de la décimo novena notaría de Santiago don Pedro Ricardo Revecco Hormazábal. ii) Modificar la actual parte final del artículo CUARTO de los estatutos sociales en el sentido de que en el evento de fallecimiento de alguno de los socios administradores, la administración de la Sociedad corresponderá a dos cualquiera de los socios, actuando necesariamente en conjunto, con las más amplias facultades y especialmente con las que a título meramente ilustrativo y no taxativo se indican en el citado artículo CUARTO del texto refundido de los estatutos sociales. iii) Agregar como parte final del artículo CUARTO de los estatutos sociales, que la designación de los socios como administradores de la Sociedad no constituye una cláusula esencial del contrato de sociedad, de tal forma que la resolución que declare la liquidación concursal de cualquiera de los socios designados administradores, así como su fallecimiento, incapacidad, renuncia o revocación de su designación no provoca la disolución de la Sociedad. DOS. Sustituir el artículo QUINTO de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de cuatrocientos cinco millones novecientos ochenta y dos mil trescientos ocho pesos que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo a la caja social, en las siguientes cantidades y proporciones: a) La socia doña MARÍA DEL CARMEN DOMÍNGUEZ VALDÉS, ha aportado la cantidad de cien millones novecientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos treinta y seis pesos, esto es un veinticuatro coma ochenta y siete por ciento por ciento del capital social; el socio don EDUARDO ARTURO JUSTINIANO RODRÍGUEZ ha aportado la cantidad de quinientos treinta y seis mil ciento cuarenta y un pesos, esto es un cero coma trece por ciento del capital social; el socio don JUAN EDUARDO JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, ha aportado la cantidad de ciento un millones cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos setenta y siete pesos, esto es un veinticinco por ciento del capital social; la socia doña MARÍA CARMEN JUSTINIANO DOMÍNGUEZ ha aportado la cantidad de ciento un millones cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos setenta y siete pesos, esto es un veinticinco por ciento del capital social; y el socio don JOSÉ ANDRÉS JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, ha aportado la cantidad de ciento un millones cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos setenta y siete pesos, esto es un veinticinco por ciento del capital social”.- DOS. Sustituir el artículo QUINTO de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de cuatrocientos cinco millones novecientos ochenta y dos mil trescientos ocho pesos que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo a la caja social, en las siguientes cantidades y proporciones: a) La socia doña MARÍA DEL CARMEN DOMÍNGUEZ VALDÉS, ha aportado la cantidad de cien millones novecientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos treinta y seis pesos, esto es un veinticuatro coma ochenta y siete por ciento por ciento del capital social; el socio don EDUARDO ARTURO JUSTINIANO RODRÍGUEZ ha aportado la cantidad de quinientos treinta y seis mil ciento cuarenta y un pesos, esto es un cero coma trece por ciento del capital social; el socio don JUAN EDUARDO JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, ha aportado la cantidad de ciento un millones cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos setenta y siete pesos, esto es un veinticinco por ciento del capital social; la socia doña MARÍA CARMEN JUSTINIANO DOMÍNGUEZ ha aportado la cantidad de ciento un millones cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos setenta y siete pesos, esto es un veinticinco por ciento del capital social; y el socio don JOSÉ ANDRÉS JUSTINIANO DOMÍNGUEZ, ha aportado la cantidad de ciento un millones cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos setenta y siete pesos, esto es un veinticinco por ciento del capital social”.- Demás estipulaciones y modificaciones constan en escritura extractada.- amna.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Inversiones Mariita Limitada
CVE 2227079
