有限責任公司76.721.430-8

Ignacio Errazuriz Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 2018年1月5日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
Antonio Varas 979 oficina 901

資本

總資本

$2.000.000

實繳資本

$2.000.000

待繳資本

$0

股東(4)

姓名持股比例

IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ

Socio

10.xxx.xxx-4

40%

CONSTANZA INES COX ARAY

Socio

8.xxx.xxx-0

20%

TRINIDAD ERRAZURIZ RODRIGUEZ

Socio

15.xxx.xxx-5

20%

CAMILA ERRAZURIZ COX

Socio

20.xxx.xxx-2

20%

法定代理(1)

公報所載公司沿革

  1. 權益轉讓

    IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ cede el 20% de sus derechos sociales a CAMILA ERRAZURIZ COX, quien se incorpora como socia.

    IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ · CAMILA ERRAZURIZ COX

摘要官方正文

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha 22 de Diciembre de 2017, ante mí, don IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos treinta y cinco mil quinientos setenta guión cuatro; doña CONSTANZA INES COX ARAY, chilena, secretaria ejecutiva bilingüe, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos dos mil seiscientos guión cero, casada y separada totalmente de bienes; doña TRINIDAD ERRAZURIZ RODRIGUEZ, chilena, empresaria, casada bajo régimen de participación en los gananciales, cédula nacional de identidad número 15.935.701-5, quien comparece representada por don IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ, ya individualizado; y doña CAMILA ERRAZURIZ COX, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número veinte millones ochenta y un mil ciento setenta y uno guión dos; todos los comparecientes mayores de edad domiciliados para estos efectos en Antonio Varas 979 oficina 901 de la ciudad y comuna de Temuco, modificaron la sociedad IGNACIO ERRAZURIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, inscrita a fojas 1.097 vuelta Nº 959 del Registro de Comercio del año 2006 del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, en el siguiente sentido: Cesión de Derechos Sociales e Incorporación de Socia.- Don IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ, titular del sesenta por ciento del capital social, con la anuencia de las otras socias, vende, cede y transfiere el veinte por ciento de sus derechos sociales a doña CAMILA ERRAZURIZ COX quien compra, acepta y adquiere para sí, incorporándose como socia en la sociedad IGNACIO ERRAZURIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA. Por consiguiente, quedan como únicos y actuales socios de IGNACIO ERRAZURIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA don IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ con el cuarenta por ciento del total; doña CONSTANZA INES COX ARAY, con el veinte por ciento del total; doña TRINIDAD ERRAZURIZ RODRIGUEZ, con el veinte por ciento del total y doña CAMILA ERRAZURIZ COX con el veinte por ciento del total.- Conforme con lo anterior, los mencionados únicos y actuales socios de IGNACIO ERRAZURIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA acuerdan reemplazar la cláusula Sexta de los estatutos sociales por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $2.000.000.-, el cual se encuentra íntegramente pagado de la siguiente forma: Uno.- Don IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ aportó la suma de ochocientos mil pesos, equivalente al cuarenta por ciento del capital total, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los cuales ingresaron en arcas de la sociedad.- Dos.- Doña CONSTANZA INES COX ARAY aportó la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalente al veinte por ciento del capital total, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los cuales ingresaron en arcas de la sociedad; Tres.- Doña TRINIDAD ERRAZURIZ RODRIGUEZ aportó la suma de cuatrocientos mil pesos, que representan el veinte por ciento del total, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los cuales ingresaron en arcas de la sociedad; y Cuatro.- Doña CAMILA ERRAZURIZ COX aportó la suma de cuatrocientos mil pesos, que representan el veinte por ciento del total, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los cuales ingresaron en arcas de la sociedad. La sociedad se da por recibida del capital suscrito, pagado y enterado, en la forma y por las personas señaladas en esta cláusula.” Asimismo, los socios acuerdan modificar y reemplazar íntegramente la cláusula Octava de los estatutos sociales, por la del siguiente tenor: “OCTAVO: Las utilidades y pérdidas que arroje cada ejercicio se repartirán entre los socios en las siguientes proporciones: En un diez por ciento para el socio don IGNACIO ERRAZURIZ RODRIGUEZ; un treinta por ciento para la socia doña CONSTANZA INES COX ARAY; un treinta por ciento para la socia doña TRINIDAD ERRAZURIZ RODRIGUEZ; y un treinta por ciento para la socia CAMILA ERRAZURIZ COX. Sin perjuicio de lo anterior, los socios podrán de común acuerdo efectuar toda clase de retiros, distribuir las utilidades y soportar las pérdidas en una proporción y forma distinta a la establecida en esta cláusula.” Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 28 de diciembre de 2017.-

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