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Sociedad por Acciones76.710.998-9

Inversiones El Canelo SpA

MODIFICACIÓN — 27 feb 2025

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2025-02-27Ver PDF (CVE 2616124)

Información societaria

SpA
Administración: Administrador o administradores o gerente general designado por el 51% al menos de las acciones suscritas y pagadas

Socios (1)

NombreParticipación

FELIPE JAVIER SILVA QUINCHERO

Accionista

13.xxx.xxx-2

-

Administradores (1)

Representantes ante el SII (1)

FELIPE JAVIER SILVA QUINCHERO

13.xxx.xxx-2Representante

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 30 de octubre de 2023

    Se constituye la sociedad por acciones INVERSIONES EL CANELO SpA.

    FELIPE JAVIER SILVA QUINCHERO

Texto oficial del extracto

ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría Santiago, Avenida Apoquindo 3001, 2° piso, Las Condes, certifica : Por escritura pública de fecha 05 de Febrero del 2025, ante mí: don FELIPE JAVIER SILVA QUINCHERO, químico farmacéutico, Rut 13.881.894-2, domiciliado en profesor Juan Gómez Millas 2900, depto. 41, Ñuñoa, SANEO, COMPLEMENTO Y RECTIFICO CONSTITUCION DE SOCIEDAD denominada INVERSIONES EL CANELO SpA expone que por escritura pública de fecha 30 de octubre del año 2023, otorgada en esta misma Notaria, constituyo Sociedad por acciones denominada INVERSIONES EL CANELO SpA, rol único tributario número 76.710.998-9, cuyo extracto, se inscribió a fojas 95175 número 40567 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2023 y publicada en el Diario Oficial número 43693, de fecha 6 de Noviembre del año 2023. viene en sanear y rectificar el extracto ya citado en el siguiente sentido: en la individualización de la escritura de constitución de la sociedad por un error de transcripción DONDE DICE: treinta y uno de Octubre de dos mil veintitrés,” DEBIENDO DECIR “treinta de octubre del dos mil veintitrés,”. Certificado, el Notario que suscribe certifica que efectivamente, por un error involuntario en el extracto de constitución de la sociedad ya antes citada; DONDE DICE: “treinta y uno de Octubre de dos mil veintitrés,” DEBIENDO DECIR “treinta de Octubre de dos mil veintitrés,”. Por este acto viene en complementar la cláusula décimo cuarta de dicha Sociedad en relación a los estatutos sociales quedando en el sentido que indica: La administración de la sociedad la ejercerá un administrador o administradores o gerente general que será designado por el cincuenta y un por ciento al menos de las acciones suscritas y pagadas. Este administrador podrá no ser accionista y la duración en su cargo será anual. El administrador o gerente estará facultado para otorgar mandatos generales o especiales por la sociedad. En cualquier momento los accionistas que representen el quórum necesario podrán reemplazar al administrador o gerente, mediante escritura pública de declaración en tal sentido la que será inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo y anotada al margen de la inscripción social.- Por el presente acto don Felipe Silva Quinchero se designa como gerente general y representante legal de la misma, con las más amplias facultades quien podrá actuar en el territorio nacional y/o extranjero, otorgándose las siguientes facultades: UNO) Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias de depósito y de crédito, en moneda nacional o extranjera; contratar cuentas especiales; girar y sobregirar en cuenta corriente y dar órdenes de cargo en cuenta corriente, mediante procedimientos cibernéticos y/o telefónicos; depositar cheques, dinero o valores; girar, depositar, anular, endosar, cobrar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago y protestar cheques y retirar cheques protestados; retirar talonarios o libretas de cheques; solicitar, impugnar, reconocer y aprobar saldos; abrir y cerrar cuentas de ahorro a la vista o a plazo y realizar depósitos y retiros o giros en las mismas; cancelar y endosar depósitos y retiros o giros en las mismas; cancelar y endosar depósitos a plazo o a la vista. DOS) Girar, endosar en dominio, endosar en cobranza, endosar en garantía, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, revalidar, anular, avalar, afianzar, cobrar, descontar, cancelar, prorrogar y protestar letras de cambio, libranzas o pagarés, instrumentos negociables, documentos bancarios y mercantiles y cualquier otro efecto de comercio, pudiendo ejercer las acciones que a la empresa correspondan respecto de tales documentos.- TRES) Contratar toda clase de operaciones de crédito con Bancos e Instituciones Financieras, públicos o privados, nacionales o extranjeros, incluso con el Banco del Estado de Chile y Corporación de Fomento de la Producción, bajo cualquier modalidad y en especial las que establece la Ley número dieciocho mil diez, sea bajo la forma de apertura de líneas de crédito, préstamos o mutuos, préstamos con letras o avances contra aceptación o contra valores, descuentos, créditos o avances en cuenta corriente, con garantías o sin ellas, con o sin reajustes, en moneda nacional o extranjera; abrir créditos simples o documentarios, revocables e irrevocables, divisibles e indivisibles; autorizar cargos en cuenta corriente; realizar toda clase de depósitos bancarios, simples o en cuenta corriente, para boletas bancarias de garantía o cualquier otro. CUATRO) Operar en forma amplia en el mercado de capitales y de inversiones; adquirir derechos en fondos mutuos de cualquier tipo. CINCO) Cobrar y percibir judicial o extrajudicialmente cuanto se adeude a la empresa; otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones. SEIS) Entregar y retirar documentos en custodia abierta o cerrada, cobranza o garantía. SIETE) Arrendar cajas de seguridad, retirar lo que en ellas se encuentre y poder término a su arrendamiento. OCHO) Realizar toda clase de operaciones de comercio exterior, importaciones y exportaciones de toda clase de bienes; abrir y modificar registros e informes de importación y anexos a los mismos y cartas explicativas, contratar acreditivos y abrir cartas de crédito. Retirar efectos y mercaderías de Aduana. Representar a la empresa ante el Banco Central, Banco del Estado de Chile y demás bancos comerciales en todo lo relativo a comercio exterior con amplias e ilimitadas facultades, pudiendo hacer toda clase de presentaciones, declaraciones y suscribir cualquier clase de documentación relacionada con ello. Celebrar convenios y contratos de inversión extranjera con el Fisco de Chile y/o el Comité de Inversiones Extranjeras, Empresas Fiscales de Administración Autónoma e incluso Empresas Fiscales de Estados extranjeros de acuerdo al Derecho Internacional, y demás organismos pertinentes y conforme a las disposiciones del Decreto Ley número seiscientos o de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica del Banco Central y al Compendio de Normas sobre Cambios Internacionales de dicho Banco Central, y, en general, en conformidad a cualquier disposición legal o reglamentaria actual o futura que regule la materia. NUEVE) Firmar, entregar, negociar, retirar, cancelar y endosar conocimientos de embarque, cartas de porte o cartas guías relativas al transporte marítimo, aéreo o terrestre. Realizar toda clase de operaciones de cambios internacionales, pudiendo en especial comprar y vender y, en general, enajenar divisas, al contado o a futuro, provengan del comercio exterior visible o invisible. DIEZ) Celebrar, otorgar y suscribir, por instrumento público o privado, toda clase de actos jurídicos, convenciones y contratos de cualquiera naturaleza, sin excepción ni limitación alguna, pudiendo modificarlos, dejarlos sin efecto, anularlos, resciliarlos, rescindirlos, resolverlos, revocarlos, disolverlos, renovarlos, prorrogarlos y terminarlos. ONCE) Comprar, vender, permutar, adjudicar, transferir, dar en pago, donar, aportar, ceder, depositar y, en general, enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, bonos, debentures y acciones, pactando precios, condiciones, plazos y demás cláusulas, estipulaciones y modalidades, con o sin pacto de retroventa, actos que pueden tener por objeto el dominio, el usufructo o derechos personales sobre los mismos, o sobre una cuota o parte de ellos. DOCE) Contratar leasing mobiliarios e inmobiliarios, knowhow y todo tipo de contratos de transferencia tecnológica. Celebrar contratos preparatorios entre ellos el contrato de promesa de compraventa y contrato de opción de leasing, respecto de toda clase de bienes. TRECE) Dar y tomar en arriendo toda clase de bienes, con o sin opción de compra. CATORCE) Depositar mercaderías o bienes en almacenes generales, dejar mercaderías en consignación y otorgar mandatos al efecto, endosar vales de depósito y prenda. Dar y recibir especies en comodato, depósito, mutuo y anticresis y convenir intereses y multas. - QUINCE) Contratar y modificar seguros que caucionen toda clase de riesgos, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas. Realizar toda clase de operaciones de bolsa y corretaje. DIECISEIS) Celebrar toda clase de contratos de cuentas en participación, ya sea como socio activo, o bien, en carácter de socio invisible. DIECISIETE) Comprar y vender bonos, acciones y valores mobiliarios en general, con o sin garantía, con o sin pacto de retroventa o recompra; suscribir bonos, letras de crédito y acciones. DIECIOCHO) Ceder y aceptar cesiones de toda clase de bienes y de derechos. Ceder y aceptar a cualquier título toda clase de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador. DIECINUEVE) Contratar, desahuciar y, en general, poner término a prestación de servicios profesionales, contratos de trabajo y prestaciones de servicios, pactando honorarios, sueldos, salarios, remuneraciones, regalías e indemnizaciones; celebrar contratos colectivos y modificarlos, firmar actas de avenimiento; otorgar finiquitos. VEINTE) En general, en todos los contratos y convenciones que celebre podrá fijar, pagar, cobrar y percibir precios, saldos de precios, intereses y reajustes, plazos, garantías y condiciones, y demás cláusulas y modalidades que procedan; fijar cabidas y deslindes y demás elementos de determinación de inmuebles; requerir y firmar inscripciones ante el Conservador de Bienes Raíces, o facultar para ello. VEINTIUNO) Renunciar a todo derecho o acción derivado de los contratos celebrados. Renunciar a las acciones resolutorias que emanen de cualquier contrato. VEINTIDOS) Gratificar, donar y novar. VEINTITRES) Realizar y pactar la extinción de toda clase de obligaciones, por pago, novación, remisión, compensación, renuncia, por dación en pago o por cualquier otra forma de extinguir obligaciones. VEINTICUATRO) Pedir y otorgar rendiciones de cuentas. VEINTICINCO) Convenir, aceptar y pactar estimaciones de perjuicios, cláusulas penales y multas. VEINTISEIS) Celebrar toda clase de transportes y fletamentos, sea como fletante, fletador o beneficiario. VEINTISIETE) Ingresar a sociedades ya constituidas, y representar a la empresa en aquella de la que ya fuere socia, constituir sociedades de cualquier tipo, cooperativas, asociaciones gremiales, asociaciones o cuentas en participación, sociedades anónimas, modificarlas, prorrogarlas, disolverlas, repactarlas, liquidarlas, dividirlas, fusionarlas, absorberlas, aceptar y suscribir aumentos de capital, ceder y aceptar cesiones de derechos de socio; designar liquidadores, peritos, jueces compromisarios, depositarios, síndicos administradores y demás funcionarios o personas que fueren necesarios; formar comunidades, pactar indivisión, designar administradores pro indiviso. Representar a la empresa con derecho a voz y voto en las juntas ordinarias o extraordinarias, o especiales de las sociedades, comunidades, cooperativas o asociaciones de que forme parte. VEINTIOCHO) Dar y tomar bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, sea para caucionar obligaciones propias o ajenas, posponer, alzar y cancelar tales hipotecas. Dar y recibir bienes en anticresis. Dar y recibir bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil o comercial o de cualquier tipo, o mediante prenda agraria, industrial, de compraventa de cosa mueble a plazo y otras prendas de leyes especiales y posponerlas y cancelarlas. Constituir y aceptar prohibiciones de enajenar o gravar toda clase de bienes, y cualquiera otra prohibición. Constituir a la empresa en codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, sea para garantizar obligaciones propias o ajenas. Constituir, aceptar, posponer, alzar y cancelar toda clase de garantías. Conceder quitas o esperas. VEINTINUEVE) Nombrar agentes, representantes, comisionistas, distribuidores y concesionarios; celebrar contratos de corretaje o mediación, distribución y comisiones para comprar y vender. TREINTA) Constituir y aceptar usufructos, fideicomisos, servidumbres y censos. TREINTA Y UNO) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación o por cesión de bienes todo lo que la empresa adeudare, y en general extinguir cualquiera obligación, pudiendo asumir deudas de terceros. TREINTA Y DOS) Constituir y pactar domicilios especiales. TREINTA Y TRES) Solicitar propiedad comercial sobre marcas comerciales, modelos industriales, patentes de invención, pudiendo oponerse a inscripciones y registros ante los organismos pertinentes, y adquirir y transferir las mismas. Celebrar contratos de royalties o licencias sobre toda clase de propiedad intelectual o industrial, y procedimientos industriales. Solicitar concesiones administrativas de cualquiera naturaleza u objeto. TREINTA Y CUATRO) Convenir con el Fisco o las Municipalidades u otras corporaciones públicas o privadas todo lo concerniente a expropiaciones por causa de utilidad pública. TREINTA Y CINCO) Ceder y adquirir derechos de suscripción en empresas de comunicaciones y telefónicas de servicio público, como asimismo celebrar con dichas empresas cualquier tipo de contrato relacionado con los suministros de los servicios telefónicos, o digitales y otros que proporcionen esas empresas, pudiendo comprar, vender, arrendar, transferir y en general, adquirir y enajenar a cualquier título, derechos en líneas telefónicas, pudiendo también celebrar los contratos respectivos tanto con las mencionadas empresas como con otras personas, naturales o jurídicas, de Derecho público o privado, y ante cualquier organismo o institución pública, fiscal, semifiscal, estatal, municipal o de administración autónoma. TREINTA Y SEIS) Representar a la empresa ante autoridades políticas o administrativas, nacionales o regionales, municipales o locales, entre ellas el Instituto de Normalización Previsional y la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, Servicio Nacional de Salud, Instituciones de Salud Previsional o ISAPRES, Instituto de Salud Publica, y los Seremis correspondientes, inspección del Trabajo, Administradoras de Fondos Mutuos, Superintendencia de Valores y Seguros, Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Tesorerías Fiscales o Municipales, Servicio de Aduanas, Servicio de Vivienda y Urbanización, Banco del Estado de Chile, y con las más amplias facultades, pudiendo presentar y suscribir todo tipo de peticiones, solicitudes, reclamaciones, y realizar cualquier trámite, diligencia y gestión. TREINTA Y SIETE) Inscribir, adquirir y enajenar propiedad intelectual. TREINTA Y OCHO) Retirar y recibir de la Empresa de Correos de Chile u otras empresas postales, Servicios de Aduanas, Líneas Aéreas y de transporte en general, toda clase de correspondencia, certificada o no, giros, encomiendas, paquetes postales y, en general cuanta especie, bien, pieza o artículo venga destinado a nombre de la empresa. TREINTA Y NUEVE) Celebrar toda clase de contrato de construcción por suma alzada o administración. CUARENTA) Conferir mandatos generales o especiales, modificarlos y revocarlos; delegar en todo o en parte sus atribuciones o representaciones a terceros; otorgar a los mandatarios la facultad a su vez de conferir mandatos y revocarlos. CUARENTA Y UNO) En el orden judicial, representar a la empresa en todo tipo de juicios, de cualquier clase y naturaleza y ante cualquier Tribunal, sea ordinario, especial, arbitral, administrativo o de otro carácter, sea como demandante, denunciante, querellante o como demandado, denunciado o querellado y con las facultades contenidas en ambos incisos del artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil, y especialmente las de desistirse en primera instancia de la demanda o acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos y términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, solicitar quiebras, aprobar convenios judiciales y extrajudiciales, celebrar avenimientos, percibir, otorgar quitas y esperas, y absolver posiciones. La facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial. Designar abogados patrocinantes y revocar y dejar sin efecto estas designaciones y delegar en todo o en parte las atribuciones judiciales y revocar estas delegaciones.-se suprime el contenido del artículo segundo transitorio y en su lugar se inserta el contenido del artículo tercero transitorio, quedando el artículo tercero transitorio eliminado. Demás estipulaciones extractadas. Santiago 07 de Febrero del 2025.

ConstituciónDiario Oficial · 2024-06-12Ver PDF (CVE 2504545)

Información societaria

SpA
Talca, Maule
Duración: indefinida
Administración: corresponderá a don VÍCTOR ANDRÉS HERNÁNDEZ ORÓSTICA, con facultades escritura extractada

Objeto social

1.- Arrendamiento, compra y venta y, en general, adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; 2.- Además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. 3.- Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, de servicios de aseo y de transporte y de hospedaje y alojamiento. 4.- Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado. 5.- Podrá también realizar cualquier actividad que los socios determinen de común acuerdo.

Capital

Capital total

$50.000.000

Capital pagado

$50.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (2)

NombreParticipación

CLAUDIO ANDRÉS ABACA OLIVARES

Accionista

98%

VÍCTOR ANDRÉS HERNÁNDEZ ORÓSTICA

Accionista

2%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 07 de junio de 2024, Repertorio Nº 3.256-2024, don CLAUDIO ANDRÉS ABACA OLIVARES, domiciliado en Aldea Campesina, sitio 18, Talca, y don VÍCTOR ANDRÉS HERNÁNDEZ ORÓSTICA, domiciliado en Villa Río Claro, 25½ Sur B Nº 493, Talca; constituyeron sociedad por acciones: Razón social: “INVERSIONES EL CANELO SpA”. Objeto social: 1.- Arrendamiento, compra y venta y, en general, adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; 2.- Además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. 3.- Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, de servicios de aseo y de transporte y de hospedaje y alojamiento. 4.- Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado. 5.- Podrá también realizar cualquier actividad que los socios determinen de común acuerdo. Capital: $50.000.000.-, dividido en 100 acciones, nominativas de valor $500.000.- cada una, que accionistas constituyentes suscriben y pagan en su totalidad, en este acto, a razón de 98 acciones para don Claudio Andrés Abaca Olivares, por valor total $49.000.000.-; y 2 acciones para don Víctor Andrés Hernández Oróstica, por valor total de $1.000.000.-, mediante aportes singularizados escritura extractada. Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: corresponderá a don VÍCTOR ANDRÉS HERNÁNDEZ ORÓSTICA, con facultades escritura extractada. Duración: indefinida. Domicilio: Talca, sin perjuicio sucursales país o extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 07 de junio de 2024.

ConstituciónDiario Oficial · 2021-06-25Ver PDF (CVE 1967775)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$806.000.000

Acciones

806.000

Texto oficial del extracto

EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, certifica: Por escritura pública 7 Junio 2021, ante mí, EDUARDO OVALLE RODRÍGUEZ, en representación de CAROLINA EMHART GARCÍA, MARIA TERESA MATILDE GARCIA BONILLA, MARÍA JOSEFINA EMHART GARCÍA y de CRISTIÁN EMHART GARCIA, rectifica escritura pública de fecha 5 de mayo de 2021, otorgada en la Notaria de Santiago de don Eduardo Diez Morello y su extracto de constitución de INVERSIONES EL CANELO SpA, inscrito a fojas 35.271 número 16.287 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021 y publicado en el Diario Oficial de fecha 10 de mayo de 2021, toda vez que en el extracto antes citado se señaló que el capital de la sociedad ascendía a $860.000.000 dividido en 860.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie, siendo que el monto correcto del capital es de $806.000.000 dividido en 806.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie , error que por el presente instrumento se viene en enmendar, para todos los efectos a que haya lugar. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 Junio 2021.

ConstituciónDiario Oficial · 2021-05-10Ver PDF (CVE 1941421)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El desarrollo de las siguientes actividades: a) la realización de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles de toda índole, particularmente acciones, derechos sociales, cuotas de inversión de toda clase de fondos, compra y venta de bienes raíces y el desarrollo de proyectos inmobiliarios, ya sean habitacionales o comerciales, así como el arrendamiento, subarrendamiento y cesión del uso y goce de inmuebles de carácter turístico, tales como cabañas, hoteles, camping, etcétera; b) La prestación de toda clase de servicios turísticos y la explotación de restaurantes, cafés, y toda clase de establecimientos de comercio; c) la percepción de los frutos civiles de sus inversiones y la gestión de ellas; d) La adquisición, enajenación, compra, venta, representación, distribución, importación, exportación y, en general, la comercialización de toda clase de productos, materias primas y mercaderías; e) la adquisición y enajenación, al por mayor y al detalle, así como la comercialización, abastecimiento, distribución, importación, exportación, transporte y almacenaje por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes de consumo, productos, subproductos alimenticios en general, tanto del reino vegetal como animal y demás mercancías similares o complementarias; f) la prestación de toda clase de servicios y asesorías, de carácter comercial, financiero, legal, de contabilidad y auditorias, de carácter gerencial y administrativo, inmobiliario, agrícola, servicios de ingeniería y otros servicios de carácter profesional o técnico; así como la prestación de todo tipo de servicios personales y aprovisionamiento de recurso humano a empresas, ya sea con personal propio, dependiente o independiente, o de terceros; g) el desarrollo de todo tipo de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en predios propios o ajenos, la explotación de dichos predios agrícolamente, su forestación y reforestación, comercialización de sus productos y en general efectuar todas aquellas actividades relacionadas con el giro de la sociedad; h) la realización de toda clase de actividades de exploración o extracción de áridos y minerales, así como el arrendamiento y explotación de concesiones mineras de cualquier tipo o denominación, incluidos los establecimientos de beneficios y residuos mineros; e i) en general la realización de toda clase de actividades civiles o comerciales que los accionistas acuerden.

Capital

Capital total

$860.000.000

Capital pagado

$860.000.000

Acciones

860.000

Socios (4)

NombreParticipación

CAROLINA EMHART GARCÍA

Accionista

-

MARIA TERESA MATILDE GARCIA BONILLA

Accionista

-

MARIA JOSEFINA EMHART GARCÍA

Accionista

-

CRISTIAN EMHART GARCÍA

Accionista

-

Texto oficial del extracto

EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, certifica: por escritura pública 5 Mayo 2021, ante mí, CAROLINA EMHART GARCÍA, MARIA TERESA MATILDE GARCIA BONILLA, MARIA JOSEFINA EMHART GARCÍA, y CRISTIAN EMHART GARCÍA, constituyeron una sociedad por acciones denominada INVERSIONES EL CANELO SpA. Objeto Social: El objeto de la sociedad será el desarrollo de las siguientes actividades: a) la realización de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles de toda índole, particularmente acciones, derechos sociales, cuotas de inversión de toda clase de fondos, compra y venta de bienes raíces y el desarrollo de proyectos inmobiliarios, ya sean habitacionales o comerciales, así como el arrendamiento, subarrendamiento y cesión del uso y goce de inmuebles de carácter turístico, tales como cabañas, hoteles, camping, etcétera; b) La prestación de toda clase de servicios turísticos y la explotación de restaurantes, cafés, y toda clase de establecimientos de comercio; c) la percepción de los frutos civiles de sus inversiones y la gestión de ellas; d) La adquisición, enajenación, compra, venta, representación, distribución, importación, exportación y, en general, la comercialización de toda clase de productos, materias primas y mercaderías; e) la adquisición y enajenación, al por mayor y al detalle, así como la comercialización, abastecimiento, distribución, importación, exportación, transporte y almacenaje por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes de consumo, productos, subproductos alimenticios en general, tanto del reino vegetal como animal y demás mercancías similares o complementarias; f) la prestación de toda clase de servicios y asesorías, de carácter comercial, financiero, legal, de contabilidad y auditorias, de carácter gerencial y administrativo, inmobiliario, agrícola, servicios de ingeniería y otros servicios de carácter profesional o técnico; así como la prestación de todo tipo de servicios personales y aprovisionamiento de recurso humano a empresas, ya sea con personal propio, dependiente o independiente, o de terceros; g) el desarrollo de todo tipo de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en predios propios o ajenos, la explotación de dichos predios agrícolamente, su forestación y reforestación, comercialización de sus productos y en general efectuar todas aquellas actividades relacionadas con el giro de la sociedad; h) la realización de toda clase de actividades de exploración o extracción de áridos y minerales, así como el arrendamiento y explotación de concesiones mineras de cualquier tipo o denominación, incluidos los establecimientos de beneficios y residuos mineros; e i) En general la realización de toda clase de actividades civiles o comerciales que los accionistas acuerden.- Domicilio: la ciudad de Santiago.- Capital: $860.000.000.- dividido en 860.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie. Capital íntegramente suscrito, será pagado por los accionistas, dentro del plazo de 3 años en dinero en efectivo o mediante el aporte de bienes de cualquiera especie, corporales e incorporales y especialmente, mediante el aporte de créditos nominativos en contra de terceros o derechos que emanen de promesas de compraventas de inmuebles.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 Mayo 2021.

ConstituciónDiario Oficial · 2019-05-27Ver PDF (CVE 1595891)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: La sociedad será administrada por quien sea designado, en calidad de administrador, por la unanimidad de los accionistas, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social.

Objeto social

A) a) la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales y su explotación y arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes; b) el ahorro en toda clase de instrumentos de inversión, para la obtención de rentas civiles; c) formar parte o tomar participación en otras sociedades existentes o que se constituyan en el futuro y, en general, de cualquier entidad con fines de lucro, sea en Chile o en el extranjero; d) la administración de las inversiones anteriores y la percepción de sus frutos y rentas y la reinversión de los mismos; y e) en general, la realización de cualquier otro negocio o actividad lícita, relacionada directa o indirectamente con lo anterior, que con posterioridad el o los accionistas de común acuerdo determinen.

Capital

Capital total

$10.000.000

Acciones

10.000

Socios (1)

NombreParticipación

LUIS MIGUEL ARROCHA BONILLA

Accionista

48.xxx.xxx-4

100%

Texto oficial del extracto

JUANA GODOY HERRERA, Abogado, Suplente de ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular 42a. Notaría Santiago, Agustinas 1070 2º piso, certifica: Por escritura de fecha 22 de mayo de 2019 otorgada ante mí, LUIS MIGUEL ARROCHA BONILLA, panameño, abogado, pasaporte de la República de Panamá N°0450141, RUT Inv. Extr. N°48.211.710-4, calle 78 C, San Francisco, ciudad de Panamá, República de Panamá y, para estos efectos, El Canelo 2730, departamento 902, Providencia, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones siguientes disposiciones: RAZON SOCIAL: INVERSIONES EL CANELO SpA, sin perjuicio frente a todo tipo de organismos, públicos o privados, incluso ante bancos e instituciones financieras, podrá utilizar nombre fantasía EL CANELO SpA. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse resto del país o extranjero y sin perjuicio de domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados OBJETO: A) a) la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales y su explotación y arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes; b) el ahorro en toda clase de instrumentos de inversión, para la obtención de rentas civiles; c) formar parte o tomar participación en otras sociedades existentes o que se constituyan en el futuro y, en general, de cualquier entidad con fines de lucro, sea en Chile o en el extranjero; d) la administración de las inversiones anteriores y la percepción de sus frutos y rentas y la reinversión de los mismos; y e) en general, la realización de cualquier otro negocio o actividad lícita, relacionada directa o indirectamente con lo anterior, que con posterioridad el o los accionistas de común acuerdo determinen. DURACION: indefinida. CAPITAL: $10.000.000 dividido en 10.000 acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, que suscribe íntegramente este acto accionista constituyente, LUIS MIGUEL ARROCHA BONILLA, cantidad que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro plazo 1 año a contar fecha este instrumento, en la medida que necesidades sociales lo requieran. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por quien sea designado, en calidad de administrador, por la unanimidad de los accionistas, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 23 de mayo de 2019.-

ConstituciónDiario Oficial · 2017-07-21Ver PDF (CVE 1244838)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administración: Administración, representación, uso del nombre y del nombre de fantasía corresponderá a doña CRISTINA ELIZABETH OLAVARRIETA GÓMEZ.

Objeto social

a) Realización toda clase inversiones inmobiliarias y mobiliarias en general; en especial, compra y venta acciones, bonos, debentures, letras, pagarés y demás efectos de comercio o instrumentos financieros; b) Participación como socio o accionista otras sociedades,; c) Administrar inversiones mobiliarias toda clase, propias o de terceros y percibir rentas, repartirlas o reinvertirlas; d) Adquirir, explotar, arrendar, enajenar, lotear, subdividir y administrar toda clase bienes corporales e incorporales, raíces o muebles, cualquier clase o naturaleza, cuenta propia o ajena; e) Desarrollo negocios inmobiliarios toda clase ya forma directa o inversiones otras sociedades o comunidades adquiriendo bienes raíces y encargando la construcción de éstos a empresas constructoras; f) Arrendamiento y/o Leasing toda clase vehículos motorizados nuevos o usados; g) Importación, exportación, distribución, comercialización, producción, al por mayor o al detalle, de todo tipo de productos; h) La realización, ejecución y comercialización de todo tipo de servicios, en cualquier área de actividad; y i) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los anteriores y, en general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos, así como cualquier otro negocio que los socios acordaren en el futuro, y cualquier actividad conexa relacionada directa o indirectamente con los objetos sociales.

Capital

Capital total

$12.500.000

Capital pagado

$12.500.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

CRISTINA ELIZABETH OLAVARRIETA GÓMEZ

Accionista

6.xxx.xxx-3

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la 7 Notaría, Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 22 de junio de 2017, ante mí, Repertorio N° 10048-2017, doña CRISTINA ELIZABETH OLAVARRIETA GÓMEZ, chilena, casada y separado de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 6.866.020-3, domiciliada Huérfanos 1147, oficina 442, Santiago, Región Metropolitana, mayor de edad, acredita identidad cédula citada, constituyó sociedad por acciones denominada INVERSIONES EL CANELO SpA, cuyo objeto es: a) Realización toda clase inversiones inmobiliarias y mobiliarias en general; en especial, compra y venta acciones, bonos, debentures, letras, pagarés y demás efectos de comercio o instrumentos financieros; b) Participación como socio o accionista otras sociedades,; c) Administrar inversiones mobiliarias toda clase, propias o de terceros y percibir rentas, repartirlas o reinvertirlas; d) Adquirir, explotar, arrendar, enajenar, lotear, subdividir y administrar toda clase bienes corporales e incorporales, raíces o muebles, cualquier clase o naturaleza, cuenta propia o ajena; e) Desarrollo negocios inmobiliarios toda clase ya forma directa o inversiones otras sociedades o comunidades adquiriendo bienes raíces y encargando la construcción de éstos a empresas constructoras; f) Arrendamiento y/o Leasing toda clase vehículos motorizados nuevos o usados; g) Importación, exportación, distribución, comercialización, producción, al por mayor o al detalle, de todo tipo de productos; h) La realización, ejecución y comercialización de todo tipo de servicios, en cualquier área de actividad; y i) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los anteriores y, en general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos, así como cualquier otro negocio que los socios acordaren en el futuro, y cualquier actividad conexa relacionada directa o indirectamente con los objetos sociales. Capital: $12.500.000.-, doce millones quinientos mil pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, se suscribe y paga en la siguiente forma: a) Doña CRISTINA ELIZABETH OLAVARRIETA, aporta cien por ciento capital social, que equivale a la suma de doce millones quinientos mil pesos, mediante aporte en propiedad derechos inmueble correspondiente al lote siete de la subdivisión de la Parcela ciento seis del Proyecto de Parcelación Hacienda Lampa, comuna de Lampa, Región Metropolitana, que deslinda al Nororiente, con lote seis en ciento veintiún metros, al Suroriente, con parte lote cinco en cuarenta y cinco metros servidumbre de por medio, Surponiente, con lote ocho en ciento sesenta y un metros y al Norponiente con parte de parcela noventa y ocho en sesenta y un metros, inscritos a fojas setenta y seis mil seiscientos noventa y uno, número ciento doce mil setecientos sesenta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil quince, derechos que, convencionalmente, se avalúan en la suma de doce millones quinientos mil pesos, capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración de la sociedad, representación, uso del nombre y del nombre de fantasía corresponderá a doña CRISTINA ELIZABETH OLAVARRIETA GÓMEZ. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de Julio de 2017.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES EL CANELO SpA

    CVE 2616124

  2. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES EL CANELO SpA

    CVE 2504545

  3. CONSTITUCIÓN

    Inversiones El Canelo SpA

    CVE 1967775

  4. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES EL CANELO SpA

    CVE 1941421

  5. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES EL CANELO SpA

    CVE 1595891

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)