Sociedade por Ações76.693.306-8

Merp Seguros Y Asesorías SpA

MODIFICACIÓN — 19 de fev. de 2018

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2018-02-19Ver PDF (CVE 1355846)

Informações societárias

SpA

Capital

Capital total

$3.000.000

Representação legal (1)

RENATO ANTONIO PINO ZAMORA

Em representação de MERP SEGUROS Y ASESORÍAS S.P.A.76.693.306-8

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 22 de fevereiro de 2017

    Constitución de MERP SEGUROS Y ASESORÍAS S.P.A. con capital de $3.000.000.

  2. Outro ato· 6 de novembro de 2017

    Se modificó la sociedad mediante acta de junta general extraordinaria de accionistas, sin inscripción en plazo legal.

Texto oficial do extrato

MARCOS ANDRÉS DIAZ LEON, Abogado, Notario Público, titular de la Sexta Notaria de esta ciudad, con oficio en calle Prat 612, certifico por escritura hoy ante mí, RENATO ANTONIO PINO ZAMORA, viene a rectificar y sanear “MERP SEGUROS Y ASESORÍAS S.P.A.”, constituida ante el ministerio del Notario Marcos Andrés Díaz León, con un capital de $3.000.000, según escritura pública repertorio 921/2017, a fojas 35 número 30 del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, publicada en Diario Oficial bajo N°41.691, del 22 de febrero 2017, y modificada ante el mismo ministerio, según consta en Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas, por instrumento público N° 5.809/2017, extractada y publicada en Diario Oficial, el 6 de noviembre de 2017, N°41.900, sin inscripción en plazo legal, en Registro de Comercio. Se rectifica omisiones involuntarias del extracto publicado del instrumento de modificación, las que comprenden: artículo OCTAVO, Número CUARENTA Y CINCO: Tratándose de las actividades propias del corretaje de seguros, el administrador podrá conferir mandatos y poderes generales o especiales, exclusivamente a personas específicas que reúnan los mismos requisitos que este tiene, en calidad de corredor de seguros, establecidos en la letra e) del artículo cincuenta y ocho del D.F.L. Número doscientos cincuenta y uno. De igual forma, en caso de fallecimiento de él o los administradores, quien le reemplace, deberá cumplir los mismos requisitos antes indicados, para ejercer la actividad de corredor de seguros; artículo DÉCIMO SEGUNDO: El administrador determinará la forma y modo de fiscalizar su administración y proponerla al directorio o junta de accionistas, en los casos que esta se forme, sin perjuicio de los requerimientos de la autoridad. Si no lo hiciere, los accionistas que representen la mayoría de las acciones podrán solicitar una Junta General de Accionistas, en la que se designará por mayoría absoluta de votos a UN INSPECTOR DE CUENTAS y UN SUPLENTE, los que tendrán una duración de un año en sus funciones. Del mismo modo, los accionistas que representen a la mayoría absoluta de las acciones, podrán solicitar que en una Junta General se designe a Empresas de Auditoría u Auditores Externos independientes, con el objeto de examinar la contabilidad, inventario, balance y otros Estados Financieros, debiendo informar por escrito a la próxima Junta Ordinaria sobre el cumplimiento de su mandato. Los inspectores de Cuentas podrán, además, vigilar las operaciones sociales y fiscalizar las actuaciones del administrador y el fiel cumplimiento de sus deberes legales, reglamentarios y estatutarios. Con todo, estos terceros designados, sean Inspectores de Cuentas, Empresas de Auditoría o profesionales auditores, deberán encontrarse inscritos en el Registro de Auditores Externos (AE) de la Superintendencia de Valores y Seguros o en el Registro de Empresas de Auditoría (REAE), de la misma superintendencia. Se viene por el compareciente a sanear los vicios formales según ley N°19.499, consistente en la no inscripción en el registro de comercio del extracto de la mencionada escritura pública, dentro del plazo legal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado quedan vigentes estipulaciones del pacto social constitutivo, RUT: 76.693.306-8. Se faculta al portador para su completa legalización. VALPARAISO, 05 de febrero de 2018.

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