Nazar y Ossandón Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
compra, venta, construcción, remodelación, diseño de ambientes, decoración de interiores, reparación, restauración, arrendamiento, administración y explotación de bienes inmuebles y muebles; corretaje de bienes raíces; negocios inmobiliarios y de comercio internacional; contratación de seguros; inversión en activos fijos y financieros; participación, formación y constitución de sociedades y comunidades; y otras गतिविधades relacionadas
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Patricia Andrea Ossandón Rodríguez Socio | - | 91% | $1.820.000 |
Cristóbal Gamal Nazar Ossandón Socio | - | 9% | $180.000 |
Administradores (1)
Patricia Andrea Ossandón Rodríguez
Representación legal (1)
Luis Francisco Ossandón Medina
Historia societaria relatada
- Constitución· 29 de septiembre de 2006
Se constituyó la sociedad Nazar y Ossandón Limitada.
Patricia Andrea Ossandón Rodríguez · Cristóbal Gamal Nazar Ossandón
- Cesión de derechos· 18 de julio de 2019
Gamal Elías Nazar Satriani cede el 80% de sus derechos a Patricia Andrea Ossandón Rodríguez y el 20% restante a Cristóbal Gamal Nazar Ossandón; se retira de la sociedad.
Gamal Elías Nazar Satriani · Patricia Andrea Ossandón Rodríguez · Cristóbal Gamal Nazar Ossandón
- Cesión de derechos· 18 de julio de 2019
María Patricia Rodríguez Muñoz cede la totalidad de sus derechos a Patricia Andrea Ossandón Rodríguez y se retira de la sociedad.
María Patricia Rodríguez Muñoz · Patricia Andrea Ossandón Rodríguez · Luis Francisco Ossandón Medina
- Cambio de administrador· 18 de julio de 2019
Se modifica la administración para que corresponda exclusivamente a Patricia Andrea Ossandón Rodríguez.
Texto oficial del extracto
Margarita Moreno Zamorano, Abogado, Notario Público interino de la 27° Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, repertorio N° 12439/2019, los socios Gamal Elías Nazar Satriani, domiciliado en Bello Horizonte 920, departamento 123, Las Condes, Santiago; María Patricia Rodríguez Muñoz, domiciliada en El Vergel 2.271, departamento 702, Providencia, Santiago, debidamente autorizada por su cónyuge Luis Francisco Ossandón Medina, domiciliado en Avenida Cachapoal 370, casa 6, Rancagua; Patricia Andrea Ossandón Rodríguez, modificaron la sociedad Nazar y Ossandón Limitada, RUT N° 76.691.310-5, inscrita a Fojas 246 vuelta N° 199 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla del año 2006, en el siguiente sentido: Uno) El socio Gamal Elías Nazar Satriani vende, cede y transfiere el 80% de sus derechos, equivalentes al 36% de los derechos sociales a la socia Patricia Andrea Ossandón Rodríguez, quien compra y adquiere para sí en la suma de $720.000, declarando el cedente recibirla a su entera y total satisfacción. Enseguida, vende, cede y transfiere el 20% de sus derechos restantes, equivalentes al 9% de los derechos sociales a Cristóbal Gamal Nazar Ossandón, que pasa a ser socio de la sociedad, quien los compra y adquiere para sí en la suma de $180.000, declarando el cedente recibirla a su entera y total satisfacción, retirándose Gamal Elías Nazar Satriani de la sociedad. Dos) La socia María Patricia Rodríguez Muñoz, expresamente autorizada por su cónyuge don Luis Francisco Ossandón Medina, según consta en la cláusula quinta de la escritura extractada, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, equivalentes al 45% de los derechos sociales a la socia Patricia Andrea Ossandón Rodríguez, quien los compra y adquiere para sí dichos en la suma de $900.000, declarando la cedente recibirla a su entera y total satisfacción, retirándose María Patricia Rodríguez Muñoz de la sociedad. Quedando como únicos y exclusivos socios de la sociedad Patricia Andrea Ossandón Rodríguez, con el 91% del capital social y Cristóbal Gamal Nazar Ossandón, con el 9% del capital social. Tres) A continuación los socios Patricia Andrea Ossandón Rodríguez y Cristóbal Gamal Nazar Ossandón modifican las clausulas cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto social, reemplazándolas por las siguientes: “SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, construcción, remodelación, diseño de ambientes, decoración de interiores, reparación, restauración, arrendamiento, administración y explotación de toda clase de bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, ya sea por cuenta propia o ajena y, en general, el corretaje de bienes raíces, ejercicio de los negocios inmobiliarios y de comercio internacional en su más amplio sentido, como asimismo, la contratación de seguros de incendio, de responsabilidad civil, de construcción, y seguros generales, para bienes inmuebles y muebles, por cuenta propia o de terceros. Asimismo, la sociedad estará facultada para invertir en toda clase de activos fijos y financieros, tales como bienes raíces, acciones, valores mobiliarios, valores bursátiles y toda clase de instrumentos financieros y de inversión, títulos, derechos y efectos de comercio, participar en sociedades, formar y constituir sociedades, comunidades, asociaciones, participar en ellas con derecho a voz y voto, podrá también administras las referidas sociedades o comunidades en que participe, percibiendo sus utilidades y frutos, actuando en todo lo anterior por cuenta propia o de terceros y en general cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los socios acuerden.”; “CUARTO: El capital de la sociedad será a suma de $2.000.000, que los socios enteran aportan y pagan de la siguiente forma: a/ doña PATRICIA ANDREA OSSANDÓN RODRÍGUEZ aporta la suma de $1.820.000, correspondiente al 91% del capital social, en dinero efectivo, ingresados en caja social con anterioridad a esta fecha; b/ don CRISTÓBAL GAMAL NAZAR OSSANDÓN aporta la suma de $180.000, correspondiente al 9% del capital social, en dinero efectivo, ingresados en caja social con anterioridad a esta fecha. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado.”; y “SEXTO: El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña PATRICIA ANDREA OSSANDÓN RODRÍGUEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura de constitución de la sociedad.”. En todo lo no modificado, continúan vigentes y rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en el pacto social constitutivo que consta en la escritura pública de fecha veintinueve de septiembre de dos mil seis. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada.Santiago 6 de junio de 2019.
Información societaria
Capital
Capital total
$.2.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Patricia Andrea Ossandón Rodríguez Socio | - | - | - |
María Patricia Rodríguez Muñoz Socio | - | - | - |
Representación legal (3)
María Patricia Rodríguez Muñoz
Patricia Andrea Ossandón Rodríguez
Historia societaria relatada
- Constitución· 29 de septiembre de 2006
Se constituyó Nazar y Ossandón Limitada con Gamal Elías Nazar Satriani, Patricia Andrea Ossandón Rodríguez y María Patricia Rodríguez Muñoz.
Gamal Elías Nazar Satriani · Patricia Andrea Ossandón Rodríguez · María Patricia Rodríguez Muñoz
- Cesión de derechos· 10 de mayo de 2014
María Patricia Rodríguez Muñoz cedió sus derechos a Patricia Andrea Ossandón Rodríguez; la modificación fue luego dejada sin efecto.
María Patricia Rodríguez Muñoz · Patricia Andrea Ossandón Rodríguez
- Cesión de derechos· 6 de diciembre de 2018
Gamal Elías Nazar Satriani cedió sus derechos a Patricia Andrea Ossandón Rodríguez y Cristóbal Gamal Nazar Ossandón; la modificación fue luego dejada sin efecto.
Gamal Elías Nazar Satriani · Patricia Andrea Ossandón Rodríguez · Cristobal Gamal Nazar Ossandón
Texto oficial del extracto
Margarita Moreno Zamorano, Abogado, Notario Público interino de la 27° Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, repertorio N° 12322/2019, Gamal Elías Nazar Satriani, domiciliado en Bello Horizonte 920, departamento 123, Las Condes, Santiago, en calidad de cedente de derechos y en representación de Nazar y Ossandón Limitada; María Patricia Rodríguez Muñoz, domiciliada en El Vergel 2.271, departamento 702, Providencia, Santiago, debidamente autorizada por su cónyuge Luis Francisco Ossandón Medina, domiciliado en Avenida Cachapoal 370, casa 6, Rancagua, en calidad de cedente de derechos y en representación de Nazar y Ossandón Limitada; Patricia Andrea Ossandón Rodríguez, en su calidad de cesionaria de derechos y en representación de Nazar y Ossandón Limitada y Cristobal Gamal Nazar Ossandón, en su calidad de cesionario de derechos, ambos domiciliados en El Vergel 2577, departamento 202, Providencia, Santiago, rescilian y dejan sin efecto en todas sus partes las siguientes modificaciones sociales de la sociedad NAZAR y OSSANDÓN LMITADA, RUT N° 76.691.310-5, inscrita a Fojas 246 vuelta N° 199 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla del año 2006: Uno) Modificación social y cesión de derechos de la socia doña María Patricia Rodríguez Muñoz a la socia doña Patricia Andrea Ossandón Rodríguez, así como las modificaciones a las cláusulas cuarta y sexta del pacto de constitución social, de escritura pública del 10 de mayo de 2014, otorgada ante el Notario Público y Conservador de Melipilla, René Alejandro Martínez Loaiza, Repertorio N° 666 de 2014, cuyo extracto se inscribió a fojas 260 N° 124 del año 2014 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla y se publicó en el Diario Oficial del 14 de mayo de 2014, por omitir autorización expresa del cónyuge de la Cedente, Luis Francisco Ossandón Medina, infringiendo artículo 1.754, inciso final del Código Civil de la República de Chile; Dos) Modificación social y cesión de derechos del socio Gamal Elías Nazar Satriani a la socia Patricia Andrea Ossandón Rodríguez y a Cristóbal Gamal Nazar Ossandón, así como las modificaciones a las cláusulas cuarta y sexta del pacto de constitución social, de escritura pública del 6 de diciembre de 2018, otorgada ante el Notario Titular de Melipilla, Rosemarie Mery Ricci, Repertorio N° 2.404 de 2018, cuyo extracto se inscribió a fojas 16 vuelta N° 10 del año 2019 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla y se publicó en el Diario Oficial del 15 de diciembre de 2018, atendido a que el Cedente y socio Gamal Elías Nazar Satriani y la Cesionaria y socia Patricia Andrea Ossandón Rodríguez se encontraban casados y separados totalmente de bienes, adoleciendo la mencionada venta, cesión y transferencia de derechos de nulidad absoluta en conformidad a lo dispuesto en el artículo 1.796 del Código Civil de la República de Chile, quedando compuesta la sociedad NAZAR y OSSANDON LIMITADA por los socios que la constituyeron por escritura pública del 29 de septiembre de 2006, ante el Notario Público de Paine, Luis Absalón Valencia Gumucio, Repertorio N° 389, de 2006, Gamal Elías Nazar Satriani, Patricia Andrea Ossandón Rodríguez y doña María Patricia Roddríguez Muñoz, con la misma participación social, y con un capital de $.2.000.000, la administración y demás estipulaciones constan en la escritura extractada.Santiago 6 de junio de 2019.
Actuaciones recientes
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