Sociedade por Ações76.652.060-K

Cárcamo Ibaceta SpA

MODIFICACIÓN — 22 de dez. de 2017

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2017-12-22Ver PDF (CVE 1323770)

Informações societárias

SpA
Valdivia, Los Ríos

Sócios (2)

NomeParticipação

Carlos Enrique Cárcamo Ibaceta

Accionista

60%

Marcela Eugenia Cárcamo Ibaceta

Accionista

40%

Representação legal (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 21 de julho de 2006

    Constitución de CÁRCAMO Y MATAMALA LIMITADA o CÁRCAMO-MATAMALA LIMITADA.

  2. Cessão de direitos· 2 de novembro de 2007

    Cesión de derechos del 10% de derechos sociales.

  3. Transformação· 14 de setembro de 2016

    Venta, cesión y transformación de sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones, pasando a llamarse CÁRCAMO IBACETA SpA o CÁRCAMO-IBACETA SpA.

    Carlos Enrique Cárcamo Ibaceta · Marcela Eugenia Cárcamo Ibaceta

Texto oficial do extrato

CARMEN PODLECH MICHAUD, Abogado, Notario Público Titular de las comunas de Valdivia y Corral, con oficio en calle Independencia 648, Valdivia, certifica: por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2017, otorgada ante mí: doña LILIANA MARÍA PATRICIA IBACETA LIZANA, domiciliada en Avenida Prat mil quinientos cinco, comuna de Valdivia; don CARLOS ENRIQUE CÁRCAMO IBACETA, domiciliado en Los Robles número mil cien, departamento B quinientos cuatro, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, quien actúa por sí y en representación, como se acredita, de doña MARCELA EUGENIA CÁRCAMO IBACETA, domiciliada en calle Upsala número trescientos cincuenta, departamento ciento cuatro, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “CÁRCAMO Y MATAMALA LIMITADA” o “CÁRCAMO-MATAMALA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de julio del año dos mil seis, otorgada ante don Conrado Zülch Herrmann, abogado, Notario Suplente de la Titular doña Carmen Podlech Michaud, de las comunas de Valdivia y Corral, inscrita en el Registro de Comercio de la ciudad de Valdivia, a fojas trescientos diecisiete, número doscientos sesenta y cinco, el año dos mil seis, publicada en el Diario Oficial bajo la Edición número treinta y ocho mil quinientos treinta y seis, de diez de agosto del mismo año. Que fue modificada por escritura pública de fecha dos de noviembre de dos mil siete, ante doña Carmen Podlech Michaud, abogada, Notario Público Titular de las comunas de Valdivia y Corral, y consistió en la cesión de derechos un diez por ciento de derechos sociales, inscrita a fojas seiscientos dos, número cuatrocientos treinta y dos en el Registro de Comercio de Valdivia del año dos mil siete, publicada en el Diario Oficial, bajo la edición número treinta y ocho mil novecientos veinticuatro de fecha veintinueve de noviembre del mismo año; y luego, por escritura pública de fecha catorce de septiembre de dos mil dieciséis, ante doña Carmen Podlech Michaud, abogada, Notario Público Titular de las comunas de Valdivia y Corral, los socios realizan una nueva modificación, de venta, cesión y transformación de sociedad de responsabilidad limitada a una SOCIEDAD POR ACCIONES, cuya razón social es “CÁRCAMO IBACETA SpA” O “CÁRCAMO-IBACETA SpA”,76.652.060-k, inscrita a fojas cuatrocientos dieciséis, número doscientos setenta y dos, en el Registro de Comercio de Valdivia correspondiente al año dos mil dieciséis, del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, publicado en el Diario Oficial bajo la Edición número cuarenta y un mil quinientos sesenta y cinco de fecha veintidós de septiembre del mismo año. Socios modificaron ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO de los Estatutos Sociales de la SpA en los siguientes términos: “ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: Las utilidades que arroje el balance, deducidas las reservas legales, las que acuerde la Junta de Accionistas y absorbidas las eventuales pérdidas de ejercicios anteriores, serán atribuidas como dividendo entre los accionistas. En consideración a lo anterior y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo dos mil sesenta y seis del Código Civil, el artículo trescientos ochenta y dos del Código de Comercio, el número tres de la letra A) del artículo catorce de la Ley de Impuesto a la Renta, y teniendo en especial consideración la voluntad de las partes, dichos dividendos serán atribuidos a cada socio en las siguientes proporciones: a) don CARLOS ENRIQUE CÁRCAMO IBACETA sesenta por ciento del total de las mismas; y b) doña MARCELA EUGENIA CÁRCAMO IBACETA el cuarenta por ciento restante. Los socios de común acuerdo declaran y establecen que las proporciones antes señaladas tienen directa relación con las obligaciones personales que cada socio tendrá en el desarrollo del giro de la sociedad, de conformidad a los servicios y trabajo personal que cada uno de ellos realizará en la actividad social. Sí, la razonabilidad de los criterios mencionados y/o el porcentaje de las atribuciones expresamente asignadas, se ve alterada por circunstancias en el futuro, los socios de común acuerdo podrán modificarlo cumpliendo las solemnidades requeridas para el tipo societario. Las pérdidas que pudieren sufrir la sociedad y los haberes que pudieren corresponder a los socios por la liquidación de la misma, se distribuirán entre ellos a prorrata de sus respectivos aportes en el capital social.”.- En todo lo no modificado seguirán vigentes íntegramente las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. VALDIVIA, 15 de diciembre de 2017.-

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    CÁRCAMO IBACETA SpA

    CVE 1323770

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