Comercializadora MAD S.A.
Diario Oficial
公司資料
公司目的
la comercialización y manufactura de materiales de insumos para la minería y el diseño industrial; importar, exportar y comercializar, en el país o en el extranjero, toda clase de materias primas, insumos; fabricar, comprar y vender artículos relacionados con la minería, o del cualquier tipo, dar y tomar en arrendamiento, distribuir y comerciar, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinarias, herramientas, vehículos u otros elementos afines, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro, para cumplir con el giro social; la representación en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil y asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; el arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de vehículos motorizados, con o sin conductor, propios o ajenos y la reparación, restauración y mantenimiento de toda clase de vehículos; la prestación de servicios de transporte aéreo y/o trabajos aéreos con fines de lucro
資本
總資本
$104.000.000
實繳資本
$104.000.000
股份
320
股東(6)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
ÁLVARO ALEJANDRO RAMÍREZ PARRA Accionista 13.xxx.xxx-9 | 13.xxx.xxx-9 | - | - |
JAVIERA ALEJANDRA RAMÍREZ UGALDE Accionista 20.xxx.xxx-3 | 20.xxx.xxx-3 | - | - |
Accionista 13.xxx.xxx-k | 13.xxx.xxx-k | - | - |
Accionista 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | - | - |
Accionista 20.xxx.xxx-7 | 20.xxx.xxx-7 | - | - |
公報所載公司沿革
- 設立· 2009年4月3日
Constitución original de la sociedad
- 資本變更· 2025年7月22日
Se modifica el capital a $104.000.000 dividido en 320 acciones
ÁLVARO ALEJANDRO RAMÍREZ PARRA · JAVIERA ALEJANDRA RAMÍREZ UGALDE · HÉCTOR ANTONIO RAMÍREZ PARRA · DIEGO ALONSO RAMÍREZ PARRA · CLAUDIA ANDREA RAMÍREZ PARRA · MARIA FERNANDA PARRA PARRA
- 名稱變更· 2025年7月22日
Se modifican disposiciones estatutarias manteniéndose la razón social Comercializadora MAD S.A
摘要官方正文
Ministerio del Interior JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público, de la Primera Notaría de Quillota, con oficio en calle Pudeto Número 398, Quillota certifica que, por escritura pública de fecha 22 de julio de 2025, Repertorio N°1181-2025, ante mí, ÁLVARO ALEJANDRO RAMÍREZ PARRA, cédula de identidad y Rut número trece millones novecientos noventa y cuatro mil ochocientos setenta y seis guion nueve, domiciliado en parcela Santa Amalia, lote seis B cuatro, comuna de Quillota; JAVIERA ALEJANDRA RAMÍREZ UGALDE, cédula de identidad y Rut número veinte millones trescientos diecinueve mil seiscientos veinticinco guion tres, domiciliada en Los Ponchos 1750, barrio Los Maitenes, comuna de Quillota; HÉCTOR ANTONIO RAMÍREZ PARRA, cédula de identidad y RUT número trece millones doscientos treinta mil cuatrocientos ochenta y cuatro guion K, domiciliado en calle Los Queltehues, parcela treinta y cuatro, parcelación Santa Amalia, La Palma, comuna de Quillota; DIEGO ALONSO RAMÍREZ PARRA, cédula de identidad y Rut número dieciocho millones doscientos dos mil ciento catorce guion ocho, domiciliado en calle pintora Mariana Acuña número seiscientos sesenta y siete, población Las Tinajas, comuna de Quillota; CLAUDIA ANDREA RAMÍREZ PARRA, cédula de identidad y Rut número diecisiete millones doscientos tres mil quinientos treinta y dos guion nueve, domiciliada en calle Emilio Ceriani mil seiscientos cuarenta y cinco, población Las Lilas, comuna de Quillota y doña MARIA FERNANDA PARRA PARRA, cédula de identidad y Rut número veinte millones ciento setenta y dos mil doscientos cincuenta y dos guion siete, domiciliada en calle Alfredo Rebolar ochocientos setenta y uno, población Rebolar, comuna de Quillota, “Comercializadora MAD S.A, RUT N°76.648.270-8, modificaron la referida sociedad, en lo siguiente: 1.- Se modificó el título Primero del pacto social, de tres de abril del año dos mil nueve, en su artículo Tercero, relativo al Objeto de la Sociedad en cuanto se agregó al mismo, la prestación de servicios de transporte aéreos y/o trabajos aéreos con fines de lucro.En consecuencia, el artículo tercero del título Primero del actual pacto social, Objeto de la Sociedad, queda como sigue, “ el objeto de la sociedad es la comercialización y manufactura de materiales de insumos para la minería y el diseño industrial; importar, exportar y comercializar, en el país o en el extranjero, toda clase de materias primas, insumos; fabricar, comprar y vender artículos relacionados con la minería, o del cualquier tipo, dar y tomar en arrendamiento, distribuir y comerciar, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinarias, herramientas, vehículos u otros elementos afines, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro, para cumplir con el giro social; la representación en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil y asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; el arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de vehículos motorizados, con o sin conductor, propios o ajenos y la reparación, restauración y mantenimiento de toda clase de vehículos; la prestación de servicios de transporte aéreo y/o trabajos aéreos con fines de lucro”.2.- Asimismo, se modificó el Titulo Segundo, en su artículo Quinto en lo referido al Capital y acciones, por el siguiente: El capital de la sociedad es la suma de ciento cuatro millones de pesos ($104.000.000), dividido en trescientas veinte acciones nominativas, sin valor nominal, las cuales han sido suscritas y pagadas íntegramente por los accionistas. 3.- Se modificó, asimismo el Título Cuarto del pacto social, en su artículo décimo octavo, De la Presidencia y Gerencia, en cuanto a que el plazo del cargo de Gerente de la sociedad, será de duración indefinida. En consecuencia, el artículo décimo octavo del título cuarto, del Estatuto Social, quedó como sigue: “De la Presidencia y Gerencia. Artículo Décimo Octavo: En su primera reunión el Directorio, por mayoría absoluta de votos, elegirá al presidente, que lo será también, de la sociedad. El Presidente durará un año en sus funciones, pudiendo ser reelegido indefinidamente. En esta primera reunión, el Directorio elegirá, por mayoría de sus miembros, al Gerente, cargo que será compatible con el de Director, pero no con el de Presidente de la sociedad. El Gerente durará en su cargo de manera indefinida.4.- Se modificó, asimismo el Título Quinto del Estatuto Social, en su artículo vigésimo primero, referido a las Juntas de Generales de Accionistas, en el sentido que las Juntas Ordinarias, convocadas por el Directorio, se realizarán el primer cuatrimestre siguiente al balance de cada año tributario, con el fin de conocer los asuntos de su competencia, a contar del próximo año dos mil veintiséis.En consecuencia, el artículo vigésimo primero, del título Quinto del Pacto Social, quedó como sigue: “Las Juntas serán convocadas por el Directorio de la sociedad. El Directorio deberá convocar a uno) Junta Ordinaria, que deberá efectuarse dentro del primer cuatrimestre de cada año, siguiente al balance del año tributario anterior, con el fin de conocer de todos los asuntos de su competencia; dos) Junta Extraordinaria, siempre que, a su juicio, los intereses de la sociedad lo justifiquen; tres) Junta Ordinaria o Extraordinaria, según sea el caso, cuando así lo soliciten accionistas que representen, a lo menos, el diez por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto, expresando, en la solicitud, los asuntos por tratar en la Junta. Las Juntas convocadas en virtud de la solicitud de accionistas, deberán celebrarse dentro del plazo de treinta días a contar de la fecha de la respectiva petición”. En lo no modificado por esta escritura, se conserva en todas sus partes el pacto social. Quillota, a 30 de Julio de 2025.
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- MODIFICACIÓN
Comercializadora MAD S.A.
CVE 2680735
