Agrícola Magdalena Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Término de giro
21 de enero de 2021
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$100.000.000
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Doris María de las Nieves Montes Bollo Socio 3.xxx.xxx-k | 3.xxx.xxx-k | - | - |
Socio 8.xxx.xxx-2 | 8.xxx.xxx-2 | - | - |
Socio 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | - | - |
Paul Georges Jacou Triat Socio | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 28 de abril de 2006
Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA MAGDALENA LIMITADA.
Doris María de las Nieves Montes Bollo · Mónica Jacou Montes · María Marcela Jacou Montes · Paul Georges Jacou Triat
Texto oficial del extracto
GLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Público Titular de la Vigésima Quinta Notaria de Santiago, con domicilio en calle Amunategui 361, local 6, comuna de Santiago CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2022, ante mí comparecieron: Doris María de las Nieves Montes Bollo C.I. N° 3.353.910-K, Mónica Jacou Montes, C.I. N° 8.667.359-2, María Marcela Jacou Montes, C.I. N° 9.492.509-6, Paul Georges Jacou Triat, representado por sus herederos doña Doris María de las Nieves Montes Bollo, doña Mónica Jacou Montes, doña María Marcela Jacou Montes, todas ya individualizadas y esta última además en su calidad de curadora del heredero don Cristian Jacou Montes C.I. N° 7.929.633-3; todos con domicilio para estos efectos en calle Pedro Canisio Nº 1380, comuna de Vitacura y ciudad de Santiago; quienes acordaron la disolución y liquidación de la sociedad de responsabilidad limitada “AGRÍCOLA MAGDALENA LIMITADA”, sociedad constituida mediante escritura pública de fecha 28 de abril de 2006, otorgada en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie y se inscribió a fojas 12 número 13 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Llay Llay correspondiente al año 2006. Disolución anticipada. Los socios acordaron, en forma unánime, la disolución de la Sociedad, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2107 del Código Civil. Capital social:$100.000.000. Liquidación y demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2022.
Información societaria
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Doris María de las Nieves Montes Bollo Socio 3.xxx.xxx-k | 3.xxx.xxx-k | - | - |
Socio 8.xxx.xxx-2 | 8.xxx.xxx-2 | - | - |
Socio 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | - | - |
Paul Georges Jacou Triat Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
GLORIA ORTIZ CARMONA, abogada, Notario Público Titular Vigésimo Quinta Notaria de Santiago, con oficio en calle Amunategui 361, local 6, comuna de Santiago; certifico: Por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2022, comparecieron: Doris María de las Nieves Montes Bollo C.I. N° 3.353.920-K, Mónica Jacou Montes, C.I. N° 8.667.359-2, María Marcela Jacou Montes, C.I. N° 9.492.509-6, Paul Georges Jacou Triat, representado por sus herederos doña Doris María de las Nieves Montes Bollo, doña Mónica Jacou Montes, doña María Marcela Jacou Montes, todas ya individualizadas y esta última además en su calidad de curadora del heredero don Cristian Jacou Montes C.I. N° 7.929.633-3; todos con domicilio para estos efectos en calle Pedro Canisio Nº 1380, comuna de Vitacura y ciudad de Santiago; quienes acordaron la disolución y liquidación de la sociedad de responsabilidad limitada “AGRÍCOLA MAGDALENA LIMITADA”, sociedad constituida mediante escritura pública de fecha 28 de abril de 2006, otorgada en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie y se inscribió a fojas 12 número 13 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Llay Llay correspondiente al año 2006. Disolución anticipada. Los socios acordaron, en forma unánime, la disolución de la Sociedad, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2107 del Código Civil. Liquidación y demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de octubre de 2022.
Actuaciones recientes
- DISOLUCIÓN
AGRÍCOLA MAGDALENA LIMITADA
CVE 2236676
- DISOLUCIÓN
AGRÍCOLA MAGDALENA LIMITADA
CVE 2232536
