Inversiones Rey Moro Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$4.167.354
Capital pagado
$1.219.179
Capital pendiente
$2.948.175
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LUIS VÍCTOR DE URRUTICOECHEA SARTORIUS Socio | - | 20% | $833.471 |
Socio | - | 10% | $416.735 |
MARÍA PAZ DE URRUTICOECHEA VIAL Socio | - | 10% | $416.735 |
LUIS JOSE DE URRUTICOECHEA VIAL Socio | - | 10% | $416.735 |
Socio | - | 10% | $416.735 |
INVERSIONES SABISABI LIMITADA Socio 76.630.072-3 | 76.630.072-3 | 40% | $1.666.943 |
Historia societaria relatada
- Constitución· 28 de diciembre de 2023
División y modificación de INVERSIONES FÉLIX LIMITADA que da origen a INVERSIONES REY MORO LIMITADA.
INVERSIONES FÉLIX LIMITADA · INVERSIONES REY MORO LIMITADA
Texto oficial del extracto
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Cédula de Identidad Número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos, Notario Público Titular, de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna Las Condes, Certifica: que por escritura pública de fecha 2 de septiembre del año 2024, repertorio N°40.962-2024, ante mí LUIS VICTOR DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, ANA MARÍA VIAL YUNGE, MARÍA PAZ DE URRUTICOECHEA VIAL, LUIS JOSÉ DE URRUTICOECHEA VIAL, MANUEL DE URRUTICOECHEA VIAL, e INVERSIONES SABISABI LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la sociedad INVERSIONES FÉLIX LIMITADA, Rol Único Tributario N°77.588.310-3, inscrita a Fojas 31894, Número 25477 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2000, y como únicos socios de la sociedad INVERSIONES REY MORO LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.630.072-3, inscrita a Fojas 16086, Número 7107 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, rectificaron y sanearon por vicios de forma relacionados con los aportes de los socios al capital de INVERSIONES REY MORO LIMITADA en la escritura pública de DIVISIÓN Y MODIFICACIÓN DE INVERSIONES FÉLIX LIMITADA de fecha 28 de diciembre del año 2023, repertorio N°65.003-2023, otorgada en la Trigésima Octava Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en el sentido de subsanar errores numéricos existentes en las cifras de los aportes que realizan algunos de los socios de INVERSIONES REY MORO LIMITADA, específicamente en montos pendientes de pago, contenidos en la cláusula sexta, sobre Estatuto social de INVERSIONES REY MORO LIMITADA. Se rectifican y sanean los aportes de los socios en el capital con el que se constituyó INVERSIONES REY MORO LIMITADA, bajo el siguiente tenor literal: “Respecto del artículo SEXTO, en cuanto al estatuto social de INVERSIONES REY MORO LIMITADA, de conformidad a la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de Saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, de la siguiente manera: DONDE DICE: “CUARTO: El capital social asciende a la suma de cuatro millones ciento sesenta y siete mil trescientos cincuenta y cuatro pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don LUIS VÍCTOR DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta y un pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; b) doña ANA MARÍA VIAL YUNGE, con la suma de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, de los cuales ha pagado treinta y siete mil doscientos ochenta pesos con anterioridad a esta fecha, y pagará la suma de un trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos en el plazo de tres años, contados desde la fecha del presente instrumento; c) doña MARÍA PAZ DE URRUTICOECHEA VIAL, con la suma de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, de los cuales ha pagado treinta y siete mil doscientos ochenta pesos con anterioridad a esta fecha, y pagará la suma de un trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos con anterioridad a esta fecha, y pagará la suma de un millón catorce mil trescientos treinta y cinco pesos en el plazo de tres años, contados desde la fecha del presente instrumento; d) don LUIS JOSE DE URRUTICOECHEA VIAL, con la suma de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, de los cuales ha pagado treinta y siete mil doscientos ochenta pesos con anterioridad a esta fecha, y pagará la suma de un trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos en el plazo de tres años, contados desde la fecha del presente instrumento; e) don MANUEL DE URRUTICOECHEA VIAL, con la suma de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, de los cuales ha pagado treinta y siete mil doscientos ochenta pesos con anterioridad a esta fecha, y pagará la suma de un trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos en el plazo de tres años, contados desde la fecha del presente instrumento; y, f) y la sociedad INVERSIONES SABISABI LIMITADA, con la suma de un millón seiscientos sesenta y seis mil novecientos cuarenta y tres pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social, de los cuales ha pagado ciento cuarenta y nueve mil ciento diecinueve pesos con anterioridad a esta fecha, y pagará la suma de un millón quinientos diecisiete mil ochocientos veinticuatro pesos en el plazo de tres años, contados desde la fecha del presente instrumento.”, DEBE DECIR: “CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de cuatro millones ciento sesenta y siete mil trescientos cincuenta y cuatro pesos, que se ha pagado y pagará por los socios como sigue: a) LUIS VÍCTOR DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta y un pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital y derechos sociales, íntegramente aportado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; b) ANA MARÍA VIAL YUNGE, con la suma de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalentes al diez por ciento del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de treinta y siete mil doscientos ochenta pesos y pagará la suma de trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos en el plazo de tres años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; c) MARÍA PAZ DE URRUTICOECHEA VIAL, con la suma de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalentes al diez por ciento del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de treinta y siete mil doscientos ochenta pesos y pagará la suma de trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos en el plazo de tres años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; d) LUIS JOSE DE URRUTICOECHEA VIAL, con la suma de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalentes al diez por ciento del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de treinta y siete mil doscientos ochenta pesos y pagará la suma de trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos en el plazo de tres años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; e) MANUEL DE URRUTICOECHEA VIAL, con la suma de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalentes al diez por ciento del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de treinta y siete mil doscientos ochenta pesos y pagará la suma de trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos en el plazo de tres años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; y f) INVERSIONES SABISABI LIMITADA, con la suma de un millón seiscientos sesenta y seis mil novecientos cuarenta y tres pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de ciento cuarenta y nueve mil ciento diecinueve pesos, y pagará la suma de un millón quinientos diecisiete mil ochocientos veinticuatro pesos en el plazo de tres años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes”.”. Además se modificaron materias no extractables. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago 02 de Septiembre de 2024.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES REY MORO LIMITADA
CVE 2553340
