Société par actions76.616.555-9

Dubi Wellness SpA

MODIFICACIÓN — 26 juil. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-07-26Voir le PDF (CVE 1983309)

Informations sociétaires

SpA

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$2.000.000

Actions

30 000

Associés (1)

NomParticipation

Allan Libedinsky Sitnisky

Accionista

-

Texte officiel de l’extrait

GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Reemplazante de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 5 de julio de 2021, Repertorio N° 10057-2021, ante mí, Allan Libedinsky Sitnisky, en su calidad de único accionista, según el registro de accionistas que tuve a la vista, modificó la sociedad por acciones Dubi Wellness SpA, inscrita a fojas 81613 N° 43966 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, en adelante, la “Sociedad”. El accionista modificó la Sociedad en el siguiente sentido: (i) aumenta el capital de la Sociedad, ascendente a $1.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de $3.000.000, mediante la emisión de 20.000 nuevas acciones de pago, de iguales características a las ya existentes, a un valor de colocación de $100 pesos por acción, lo que representa un aumento del capital social por la suma de $2.000.000, el que será pagadero en dinero; (ii) En consideración del aumento de capital se modifican los estatutos sociales reemplazando sus artículo quinto permanente y primero transitorio por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de tres millones de pesos, dividido en treinta mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal. Se acuerda que las acciones cuyo valor no se encuentre íntegramente pagado, conservarán todos los derechos inherentes a ellas, mientras se encuentre pendiente el plazo para su pago. La administración de la Sociedad, podrá, bastando autorización escrita de parte de todos los accionistas de la Sociedad, aumentar el capital social con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o los fines específicos que estime convenientes.”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital social, ascendente a la suma de tres millones de pesos, dividido en treinta mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: (a) con la suma de un millón de pesos, equivalente a diez mil acciones, íntegramente suscritas y pagadas en dinero, con anterioridad a este acto; y (b) con la suma de dos millones de pesos representados por veinte mil acciones, nominativas, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal, que serán pagadas por los accionistas que las suscriban, en el plazo no superior a cinco años desde fecha escritura de aumento de capital.”; y, (iii) otras modificaciones que no son materia de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó portador de extracto para su legalización. Santiago, 14 de julio de 2021.

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