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Sociedad por AccionesDisuelta76.611.491-1

Inversiones San José Rafael SpA

DISOLUCIÓN — 16 feb 2026

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2026-02-16Ver PDF (CVE 2771017)

Información societaria

SpA
Avenida Las Hualtatas número 5.270

Capital

Capital total

$200.000

Socios (1)

NombreParticipación

MATÍAS DE LA JARA MATTE

Accionista

-

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Interino de la 40ª Notaría Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos número 332, Comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 07 de enero del año 2026, ante mí, don MATÍAS DE LA JARA MATTE, domiciliado en Avenida Las Hualtatas número 5.270, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de único y actual accionista de la sociedad “INVERSIONES SAN JOSÉ RAFAEL SpA” (la “Sociedad”) inscrita a fojas 73.431, numero 39.547, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016, resolvió disolver dicha Sociedad de manera anticipada y liquidar su haber social, de conformidad con los términos expuestos en la escritura extractada. Capital vigente: $200.000. Compareció el único y actual accionista de la Sociedad, según el Registro de Accionistas que tuve a la vista. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2026. Rodrigo Sotomayor G.

ModificaciónDiario Oficial · 2023-11-23Ver PDF (CVE 2410471)

Información societaria

SpA
Avenida las Hualtatas N°5.270

Objeto social

La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, pudiendo por cuenta propia o ajena, comprar, vender, gravar, arrendar y administrar toda clase de bienes raíces, así como efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio y/o accionista en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; pudiendo al efecto, respecto de sus sociedades relacionadas además, prestar los servicios de administración, gerenciamiento, contabilidad, o cualquier otro que acuerden los accionistas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma, cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formas sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$200.000

Socios (1)

NombreParticipación

MATÍAS DE LA JARA MATTE

Accionista

-

Texto oficial del extracto

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: que por escritura pública fecha 06 de noviembre del año 2023, ante mí, don MATÍAS DE LA JARA MATTE, domiciliado en Avenida las Hualtatas N°5.270, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de único y actual accionista de INVERSIONES SAN JOSÉ RAFAEL SpA, sociedad inscrita a fojas 73.431, número 39.547 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016, modificó el estatuto social en el siguiente sentido: I. Modificación de objeto: Modificó el objeto social, reemplazando el artículo correspondiente por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, pudiendo por cuenta propia o ajena, comprar, vender, gravar, arrendar y administrar toda clase de bienes raíces, así como efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio y/o accionista en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; pudiendo al efecto, respecto de sus sociedades relacionadas además, prestar los servicios de administración, gerenciamiento, contabilidad, o cualquier otro que acuerden los accionistas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma, cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formas sociedades o ingresar a ellas” II. Modificación del nombre: Modificó el nombre de la sociedad, reemplazando el artículo primero de los estatutos, así como cualquier otra referencia en el mismo al antiguo nombre de la Sociedad debiendo entenderse como hecha a INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN JOSÉ RAFAEL SpA, conforme a la modificación efectuada. Se tuvo a la vista el Registro de Accionistas. Capital de la sociedad: 200.000 pesos. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 15 de noviembre de 2023. M. Medina R. Notario Público.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-08-12Ver PDF (CVE 1256689)

Información societaria

SpA
Administración: Administración indistinta por dos administradores

Administradores (2)

JOSE MANUEL BARAYÓN VIAL

Administrador

MATÍAS DE LA JARA MATTE

Administrador

Texto oficial del extracto

ALBERTO EDUARDO ROJAS LÓPEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, calle Compañía 1085, piso 14, certifica: que en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INVERSIONES SAN JOSÉ RAFAEL SpA, de fecha 19 de julio de 2017, celebrada en mi presencia y en mi oficio, cuya acta se redujo a escritura pública ante mí, con fecha 09 de agosto de 2017, se acordó modificar el artículo décimo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “TÍTULO TERCERO: ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. Décimo Quinto: La Sociedad será administrada por los señores JOSE MANUEL BARAYÓN VIAL y MATÍAS DE LA JARA MATTE, quienes actuando individualmente cualquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y en especial, los siguientes: a) Representar a la sociedad, ante toda persona natural o jurídica, empresa, institución, corporación, fundación, servicio u organismos del sector público o privado, en todas las diligencias, trámites, asuntos o negocios de cualquier especie o naturaleza, sin limitación alguna; b) Representar a la sociedad ante cualquier autoridad, sea administrativa, semifiscal, municipal, o cualquiera otras, como también, ante toda clase de personas naturales o jurídicas, formulando toda clase de solicitudes, presentaciones, ofertas, aceptaciones y reclamos; c) Ejecutar, suscribir y convenir todos los actos, contratos y convenios que fuera necesario y conducentes al objeto social, sean éstos nominados, innominados, típicos, atípicos, civiles comerciales, mercantiles o administrativos, pudiendo pactar y estipular el objeto, modalidades, precio, cláusulas penales y todas las demás formas y cláusulas que estimaren pertinentes, convenientes o necesarias, sean de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales; d) Celebrar contratos de propaganda o publicidad en general, sea a través de impresos fijos, afiches, publicaciones periódicas, o a través de cualquier medio de comunicación social audiovisual existente o que exista en el futuro; e) Representar a la sociedad en las cuentas corrientes que mantenga la Sociedad o que abra en el futuro, quedando facultados para abrir y cerrar cuentas corrientes en Bancos e Instituciones Financieras, sean nacionales, extranjeras o internacionales; girar o sobregirar en cuentas corrientes bancarias, de crédito, depósito o ahorro; cobrar, revalidar, cancelar, endosar o protestar cheques; retirar talonarios de cheques; solicitar, aprobar o impugnar saldos de las cuentas corrientes bancarias de la Sociedad; abrir, modificar y anular acreditivos como también créditos documentarios; ceder créditos nominativos de la sociedad, pudiendo al efecto suscribir, otorgar los actos y contratos que sean necesarios, suscribir los documentos y facturas que se requieran, operar con amplias facultades dentro del mercado de capitales y realizar toda otra operación bancaria, comercial o de otra índole ante Bancos e Instituciones Financieras; f) Contratar créditos en cuentas corrientes, líneas de créditos, y en general, contratar préstamos y mutuos de toda especie; y suscribir, tomar, girar, aceptar, reaceptar, endosar en dominio, con o sin recurso, en cobranza, en garantía y sin restricciones, descontar, avalar, hacer protestar y negociar letras de cambio, vales, pagarés y toda clase de efectos e comercio y demás documentos. Se excluye dentro de esta facultad garantizar o avalar obligaciones de terceros; g) Pagar en efectivo y extinguir obligaciones, por dación en pago, por consignación, por subrogación, por cesión de bienes, o de otro modo, todo lo que la sociedad adeude, a cualquier título, y en general, extinguir toda clase de obligaciones a través de todos los medios que la ley contemple; h) Cobrar y percibir cuanto se adeude a la sociedad, a cualquier título que sea y por cualquier persona natural o jurídica, incluso el fisco, en dinero o en otra clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles; conceder quitas o esperas; suscribir y firmar recibos, finiquitos y cancelaciones; i) Prestar y contratar asesoría técnica y profesional de cualquier clase; j) Celebrar contratos de seguro, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros, y otras acciones y actos en esta materia; k) Solicitar e inscribir propiedad intelectual e industrial, nombres, marcas comerciales y modelos industriales, solicitar patentes de invención, deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en esta materia; l) Representar a la sociedad en todos los juicios o gestiones judiciales ante cualquier tribunal, ordinario, especial, arbitral, tributario, aduanero, administrativo o de cualquier otra clase, así intervenga la sociedad como demandante, demandada o, ejerciendo tercerías de cualquier especie, pudiendo ejercitar toda clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción contenciosa o no contenciosa o de cualquier otra naturaleza. En el ejercicio de esta representación judicial, los administradores estarán facultados para designar abogados patrocinantes y conferirles poder, y podrán actuar por la sociedad con todas las facultades ordinarias del mandato judicial. En el ejercicio de la representación judicial, los mandatarios que posean esta facultad podrán actuar para la sociedad adicionalmente con todas las facultades extraordinarias del mandato judicial en los términos previstos en los artículos séptimo y octavo del Código de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, cobrar y percibir; m) Renunciar a cualquier tipo de acciones, tales como la de nulidad, resolución, evicción, lesión enorme, o de otro tipo; y aceptar la renuncia de derechos y acciones; n) representar a la sociedad, ante todo tipo de instituciones laborales, Inspección del Trabajo, Administradoras de Fondos de Pensiones, Isapres, Servicio de Seguridad Social, Superintendencia de Administradora de Fondos de Pensiones y ante las Municipalidades y autoridades policiales y Carabineros de Chile, pudiendo contratar y despedir personal, convenir todas las condiciones y cláusulas de los contratos de trabajo y suscribir finiquitos ante Notario o la Inspección del Trabajo; o) representar a la sociedad ante las Municipalidades de todo el país, pudiendo al efecto solicitar información, retirar y firmar documentos y realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento de su mandato; p) realizar toda clase de gestiones, trámites y actuaciones ante el Servicio de Impuestos Internos y Aduanas. En relación al Servicio de Impuestos Internos, cualquiera de ellos actuando individualmente podrá realizar el trámite de Inicio de actividades, timbraje de facturas y toda clase de documentos, solicitar clave de Internet y en general efectuar todas las diligencias necesarias ante este Organismo; q) representar a la sociedad en todos los trámites y actuaciones y celebrar todos los actos y contratos conducentes a la importación y/o exportación de toda clase de bienes y /o la celebración de cualquier operación de comercio exterior, extender, endosar o firmar conocimientos, manifiestos, recibos, pases libres, guías de tránsito, pagarés u órdenes de entrega de aduana o de intercambio de mercaderías o productos; y ejecutar, en general, toda clase de operaciones aduaneras, presentar y firmar registros de importación y exportación, solicitudes anexas, cartas explicativas, y toda clase de documentos que fueren exigibles por el Banco Central de Chile, tomar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía en los casos que tales cauciones fueren procedentes y pedir la devolución de dichos documentos; endosar conocimientos de embarques, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación y, r) Conferir mandatos especiales, judiciales o extrajudiciales y revocarlos, y delegar en todo o parte las facultades aquí contenidas mediante poderes especiales, aceptar o rechazar rendiciones de cuenta del mandatario y relevarlo de tal obligación; y en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las actuaciones que fueren conducentes al objeto social.” En todo lo demás no modificado se mantendrán inalterables los estatutos sociales. En Santiago, a 09 de agosto de 2017.

ConstituciónDiario Oficial · 2016-10-05Ver PDF (CVE 1120062)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: La Sociedad será administrada por los señores JOSE MANUEL BARAYÓN VIAL y MATÍAS DE LA JARA MATTE, quienes podrán actuar individualmente.

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) el desarrollo, creación, venta, distribución, intermediación y/o comercialización por internet de artículos o accesorios relacionados con la fotografía o el diseño de todo tipo y cualquier naturaleza; b) el desarrollo de toda clase de programas de computación, software, hardware y/o plataformas electrónicas por internet; c) la adquisición, enajenación, producción, comercialización, representación, prestación, inversión, exportación e importación de toda clase de bienes y productos relacionados con el rubro de la computación, imagen y sonido; d) la representación comercial de toda clase de personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, para la fabricación, creación, distribución y/o comercialización de todo tipo de productos relacionados con el rubro de la computación, imagen, sonido, telecomunicaciones, videoconferencias, telefonía y electrónicos en general. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto; celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines sociales.

Capital

Capital total

$200.000

Capital pagado

$200.000

Capital pendiente

$0

Acciones

200

Socios (2)

NombreParticipación

JOSÉ MANUEL BARAYÓN VIAL

Accionista

16.xxx.xxx-6

50%

MATÍAS DE LA JARA MATTE

Accionista

16.xxx.xxx-3

50%

Administradores (2)

JOSE MANUEL BARAYÓN VIAL

16.xxx.xxx-6Administrador

MATÍAS DE LA JARA MATTE

16.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial del extracto

GERMÁN ROUSSEAU DEL RÍO, Abogado, Notario reemplazante del titular de la vigésima segunda Notaría don HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI Avenida El Bosque Norte 047, Las Condes, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública otorgada con fecha 23 de septiembre de 2016, repertorio N°10.328-2.016, ante mí, JOSÉ MANUEL BARAYÓN VIAL, cédula nacional de identidad número 16.210.217-6, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea 3000, oficina 202, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago y MATÍAS DE LA JARA MATTE, cédula nacional de identidad número 16.365.568-3 con domicilio en Avenida Las Hualtatas número 5270, comuna de Vitacura, Santiago, constituyeron Sociedad por Acciones. Nombre: “Inversiones San José Rafael SpA”. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que se establezcan, en el país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será a) el desarrollo, creación, venta, distribución, intermediación y/o comercialización por internet de artículos o accesorios relacionados con la fotografía o el diseño de todo tipo y cualquier naturaleza; b) el desarrollo de toda clase de programas de computación, software, hardware y/o plataformas electrónicas por internet; c) la adquisición, enajenación, producción, comercialización, representación, prestación, inversión, exportación e importación de toda clase de bienes y productos relacionados con el rubro de la computación, imagen y sonido; d) la representación comercial de toda clase de personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, para la fabricación, creación, distribución y/o comercialización de todo tipo de productos relacionados con el rubro de la computación, imagen, sonido, telecomunicaciones, videoconferencias, telefonía y electrónicos en general. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto; celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines sociales. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Capital: $200.000.- pesos chilenos dividido en 200 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente manera: JOSÉ MANUEL BARAYÓN VIAL suscribe y paga 100 acciones equivalentes a $100.000.- pesos chilenos y MATÍAS DE LA JARA MATTE suscribe y paga 100 acciones equivalente a $100.000 pesos chilenos. De esta manera se encuentra suscrito y pagado el capital social. Administración: La Sociedad será administrada por los señores JOSE MANUEL BARAYÓN VIAL y MATÍAS DE LA JARA MATTE, quienes podrán actuar individualmente. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 30 de Septiembre de 2016.

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    INVERSIONES SAN JOSÉ RAFAEL SpA

    CVE 2771017

  2. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES SAN JOSÉ RAFAEL SpA

    CVE 2410471

  3. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES SAN JOSÉ RAFAEL SpA

    CVE 1256689

  4. CONSTITUCIÓN

    Inversiones San José Rafael SpA

    CVE 1120062

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)