Concreces Servicios II Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios profesionales o técnicos a clientes y empresas, en las áreas jurídicas o de asesoría legal; servicios de externalización de procesos en general; soluciones tecnológicas focalizadas en eficiencia de procesos; originación, evaluación y administración de activos; procedimientos y operaciones; sistemas de trabajo, implementaciones y similares; elaborar informes; prestación de servicios habitacionales, gestiones de tramitación de escrituras de compraventa y/o mutuos hipotecarios, pre-cobranza o cobranza extrajudicial, suscripción de convenios de pago, estudios de títulos, alzamientos de garantías y demás actuaciones relacionadas directa o indirectamente.
Capital
Capital total
$45.000.000
Capital pagado
$14.843.401
Capital pendiente
$30.156.599
Acciones
1000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA Socio | - | 50% | $22.500.000 |
GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA Socio | - | 50% | $22.500.000 |
Administradores (4)
Representación legal (5)
Daniel Sebastián Mas Valdés
María Alejandra Mas Valdés
Iván Humberto Araos
Historia societaria relatada
- Constitución· 16 de septiembre de 2016
Se constituyó Concreces Servicios II Limitada.
- Cesión de derechos· 30 de noviembre de 2016
Se ceden derechos sociales y luego se modifica la sociedad, transformándola en Servicios Externos XT Servicer SpA.
INVERSIONES ECOMAC S.A. · INVERSIONES ALEDAN LIMITADA · SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H DOS LIMITADA · INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA · GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA
- Transformación· 20 de enero de 2017
Se sanea la modificación y transformación de Concreces Servicios II Limitada a Servicios Externos XT Servicer SpA, con aumento de capital y cambio de razón social.
INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA · GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA
Texto oficial del extracto
COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular 4 Notaría de Santiago, Paseo Ahumada 341, 4º piso, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 20/01/2017, Repertorio 1.263/2017, ante mí, INVERSIONES ECOMAC S.A., representada por don Daniel Sebastián Mas Valdés, ambos con domicilio en calle Matta Nº221, La Serena; INVERSIONES ALEDAN LIMITADA, representada por doña María Alejandra Mas Valdés, ambos con domicilio en calle Matta Nº221, La Serena; SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H DOS LIMITADA, representada por don Iván Humberto Araos, ambos con domicilio en calle Gabriela Mistral Nº1.691, La Serena; todos de paso en esta ciudad; INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA, representada por don Rafael Charún Gutiérrez, ambos domiciliados en José Miguel de la Barra Nº 412, segundo piso, ciudad y comuna de Santiago; y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA, representada por don Guillermo Fauré Cañas, ambos domiciliados en Roberto Peragallo Nº 6.176, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, sanean conforme Ley 19.499 escritura de fecha 30 de Noviembre de 2016, otorgada en la Notaría de Coquimbo de don Claudio Barrena Eyzaguirre, Repertorio Nº 3.211-2016, de cesión de derechos sociales, modificación de la sociedad “Concreces Servicios II Limitada” y transformación en “Servicios Externos XT Servicer SpA”, no inscrita ni publicada en plazo legal. Escritura citada inserta cláusulas de escritura anterior que se sanea cuyo extracto es el siguiente: “INVERSIONES ECOMAC S.A., representada por don Daniel Sebastián Mas Valdés, ambos con domicilio en calle Matta Nº221, La Serena; INVERSIONES ALEDAN LIMITADA, representada por doña María Alejandra Mas Valdés, ambos con domicilio en calle Matta Nº221, La Serena; SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H DOS LIMITADA, representada por don Iván Humberto Araos, ambos con domicilio en calle Gabriela Mistral Nº1.691, La Serena; INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA, representada por don Rafael Charún Gutiérrez, ambos domiciliados en José Miguel de la Barra Nº 412, segundo piso, ciudad y comuna de Santiago; y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA, representada por don Guillermo Fauré Cañas, ambos domiciliados en Roberto Peragallo Nº 6.176, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; modificaron la sociedad “CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA”, constituida escritura pública 16 de Septiembre de 2016, Notaría de Coquimbo de Claudio Barrena Eyzaguirre, inscrita a fs. 1.180 Nº 504 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de La Serena año 2016, consistente en: I. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Uno) INVERSIONES ECOMAC S.A, vende cede y transfiere un porcentaje equivalente al 50% de los derechos sociales a la sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA”, la que compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante ya individualizado, en la suma total de $25.000.000, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Con la suma de $12.500.000, que paga en este acto en dinero efectivo a la Cedente señalada, la que a través de su representante declara recibir dicha suma en este acto, sin cargo alguno que formular otorgando conformidad y finiquito respecto al pago de dicho monto. b) Con la suma de $12.500.000 que pagará en dinero efectivo a la Cedente, en el primer aniversario de la firma del presente contrato de Cesión de Derechos, contra la firma por la Cedente de una escritura de pago del total del saldo del precio, otorgando conformidad y finiquito a su respecto. De esta forma, cumplido el pago de esta segunda cuota, el precio de la Cesión de Derechos quedará íntegramente pagado; Dos) INVERSIONES ECOMAC S.A, vende cede y transfiere un porcentaje equivalente al 48% de los derechos sociales a la sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA”, la que compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante ya individualizado, en la suma total de $24.000.000, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Con la suma de $12.000.000, que paga en este acto en dinero efectivo a la Cedente señalada, la que a través de su representante declara recibir dicha suma en este acto, sin cargo alguno que formular otorgando conformidad y finiquito respecto al pago de dicho monto. b) Con la suma de $12.000.000 que pagará en dinero efectivo a la Cedente, en el primer aniversario de la firma del presente contrato de Cesión de Derechos, contra la firma por la Cedente de una escritura de pago del total del saldo del precio, otorgando conformidad y finiquito a su respecto. De esta forma, cumplido el pago de esta segunda cuota, el precio de la Cesión de Derechos quedará íntegramente pagado; Tres) INVERSIONES ALEDAN LIMITADA vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 1,54% de los derechos sociales a la sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA”, la que compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante ya individualizado, en la suma total de $770.000, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Con la suma de $385.000 que paga en este acto en dinero efectivo a la Cedente señalada, la que a través de su representante declara recibir dicha suma en este acto, sin cargo alguno que formular otorgando conformidad y finiquito respecto al pago de dicho monto. b) Con la suma de $385.000 que pagará en dinero efectivo a la Cedente, en el primer aniversario de la firma del presente contrato de Cesión de Derechos, contra la firma por la Cedente de una escritura de pago del total del saldo del precio, otorgando conformidad y finiquito a su respecto. De esta forma, cumplido el pago de esta segunda cuota, el precio de la Cesión de Derechos quedará íntegramente pagado; Cuatro) SOCIEDAD DE INVERSIONES A y H DOS LIMITADA, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 0,46% de los derechos sociales a la sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA”, la que compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante ya individualizado en la suma total de $230.000, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Con la suma de $115.000 que paga en este acto en dinero efectivo a la Cedente señalada, la que a través de su representante declara recibir dicha suma en este acto, sin cargo alguno que formular otorgando conformidad y finiquito respecto al pago de dicho monto. b) Con la suma de $115.000 que pagará en dinero efectivo a la Cedente, en el primer aniversario de la firma del presente contrato de Cesión de Derechos, contra la firma por la Cedente de una escritura de pago del total del saldo del precio, otorgando conformidad y finiquito a su respecto. De esta forma, cumplido el pago de esta segunda cuota, el precio de la Cesión de Derechos quedará íntegramente pagado. Como consecuencia de las cesiones, los únicos socios de “CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA” son: Uno. INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA es dueña del 50% del total de los derechos sociales equivalentes a la suma de $7.421.700; y Dos. GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA es dueña del 50% del total de los derechos sociales equivalentes a la suma de $7.421.701. II. MODIFICACIÓN SOCIEDAD. Únicos socios, INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA acuerdan modificar los estatutos sociales en los siguientes sentidos: Uno) Nombre o Razón Social. El nuevo nombre o razón social será “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA”, sin perjuicio de poder contratar, actuar y operar ante toda clase de autoridades administrativas, organismos o servicios del Estado, bancos, empresas de todo tipo, y para efectos publicitario, comerciales y de negocios, usando el nombre de fantasía “XT SERVICER LTDA.” Dos) Domicilio: La sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales oficinas o agencias que pueda abrir y mantener en otros lugares del país o del extranjero. Tres) Capital Social. El capital de la sociedad es la suma de $14.843.401 suscrito y pagado íntegramente por los socios en la siguiente proporción: i). La sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” ha suscrito y pagado el 50% del total de los derechos sociales en “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA”, equivalentes a la suma de $7.421.700; ii). La sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA” ha suscrito y pagado el 50% del total de los derechos sociales en “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA” equivalentes a la suma de $7.421.701. El total del capital se encuentra enterado en caja social. En consecuencia el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios. Cuatro). Aumento de Capital. En este acto, los socios acuerdan aumentar el capital social, que actualmente asciende a la suma de $14.843.401, en la cantidad de $30.156.599, de manera que el capital final ascenderá a la cantidad de $45.000.000. El aumento de capital de $30.156.599 se suscribe y pagará por los socios de la siguiente manera: Uno) La sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” suscribe y pagará la suma de $15.078.300 ascendente al 50% del aumento del capital, en dinero efectivo, o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. En caso de pago del saldo mediante aporte de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser evaluados y aprobados por la unanimidad de los socios por escritura pública otorgada ante Notario Público. Dos) La sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA” suscribe y pagará la suma de $15.078.299 ascendente al 50% del aumento del capital, en dinero efectivo, o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. En caso de pago del saldo mediante aporte de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser evaluados y aprobados por la unanimidad de los socios por escritura pública otorgada ante Notario Público. De esta forma queda aumentado el capital social a la suma de $45.000.000 íntegramente suscrito y parcialmente pagado por los socios, manteniendo una participación del 50% cada uno de ellos en el capital social. El saldo de capital, se pagará de la forma y con las aprobaciones ya mencionadas. Cinco) Como consecuencia del acuerdo de aumento de capital. La nueva cláusula de capital de la sociedad queda como sigue: Del Capital: El capital social asciende a la suma de $45.000.000 íntegramente suscrito y parcialmente pagado por los socios, de la siguiente manera: Uno. El socio “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” suscribe el 50% del capital social, esto es la suma de $22.500.000, del cual ha pagado la suma de $7.421.700. El saldo de $15.078.300 lo pagará en dinero efectivo, o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. Dos. El socio “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA”, suscribe el 50% del capital social, esto es la suma de $22.500.000, del cual ha pagado la suma de $7.421.701. El saldo de $15.078.299 lo pagará en dinero efectivo, o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contados desde la presente fecha. De esta forma el capital social se encuentra íntegramente suscrito y parcialmente pagado por los socios, correspondiendo a cada uno de ellos una participación del 50% en el total del capital. Seis) En caso de aporte de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser ellos deberán ser evaluados y aprobados por la unanimidad de los socios por escritura pública otorgada ante Notario Público. Siete) Administración. La administración y representación de la sociedad será ejercida conjuntamente por un representante de cada uno de los socios de la sociedad, cada uno de los cuales tendrá a su vez un suplente específico, que podrá actuar en caso de ausencia o impedimento de su respectivo titular, sin necesidad de acreditar este hecho ante terceros, pudiendo incluso actuar dos suplentes conjuntamente, pero no un titular y su suplente específico, todos los administradores, titulares y suplentes, se designarán y/o revocarán por unanimidad de los socios, mediante escritura pública de la cual deberá dejarse constancia en la inscripción social o a su margen, y gozarán de todas las facultades que a título ejemplar se señalan en la cláusula Octava de la escritura de división, artículo tercero del pacto social de “Concreces Servicios II Limitada”, hoy día “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA”, pudiendo incluso autocontratar, y todas las cuales se dan por reproducidas en su integridad. Ocho) Designación de Administradores Titulares y Suplentes. Sin que constituya cláusula esencial de la sociedad, los socios designan por unanimidad como administradores titulares a don GUILLERMO FAURÉ CAÑAS y como su suplente a doña MARCELA GUERRA SÁNCHEZ, y también como titular a don RAFAEL CHARUN GUTIERREZ, y como su suplente a don RODRIGO ARROYO PARDO, actuando de la manera señalada en Siete) precedente, y con las facultades descritas en el pacto social de la sociedad modificada, que se dan por reproducidas en su integridad. Los Cesionarios, como nuevos socios de “CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA”, declaran que limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes. III. TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA” EN UNA SOCIEDAD POR ACCIONES BAJO EL NOMBRE DE “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER SpA. Únicos socios, INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA acuerdan transformar la naturaleza de la persona jurídica, de sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, regida por el artículo 424 a 426 y 428 del Código de Comercio y demás artículos y leyes pertinentes y supletoriamente por las normas de las sociedades anónimas cerradas en todo lo que no fuere contrario a estos estatutos, los que prevalecerán sobre cualquier otro texto anterior, entendiéndose modificada la sociedad en todo aquello que no coincida con los nuevos estatutos y, cuyo extracto es el siguiente: “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA, representada por don Rafael Charún Gutiérrez; y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA, representada por don Guillermo Fauré Cañas; constituyen una sociedad por acciones. RAZON SOCIAL: SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER SpA”, sin perjuicio de poder actuar, contratar y operar, inclusive con bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía de “XT SERVICER SpA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales o técnicos a clientes y empresas, en las áreas jurídicas o de asesoría legal; servicios de externalización de procesos en general; soluciones tecnológicas focalizadas en eficiencia de procesos; originación, evaluación y administración de activos; procedimientos y operaciones; sistemas de trabajo, implementaciones y similares, en las que prime la labor intelectual; elaborar informes; prestación de servicios habitacionales, esto es, todas las gestiones inherentes a la tramitación de escrituras de compraventa y/o mutuos hipotecarios hasta sus correspondientes inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, pudiendo realizar para sí o en representación de terceros todos los actos, contratos, asesorías y gestiones de cualquier tipo relacionadas con dicha prestación, así como gestiones de pre-cobranza o cobranza extrajudicial, suscripción de convenios de pago con clientes de empresas, estudios de títulos de toda clase, alzamientos de garantías y registro de las mismas, y todas las demás actuaciones que tengan relación directa o indirecta con lo señalado. DOMICILIO: La sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales oficinas o agencias que pueda abrir y mantener en otros lugares del país o del extranjero. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de 5 años, plazo que se entenderá renovado tácita y sucesivamente, por períodos iguales de 3 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración contenida en escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación a la fecha de expiración del respectivo período. CAPITAL: El capital es la suma de $45.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal. El capital social se suscribe íntegramente, y se paga y pagará dentro del plazo de un año, en la siguiente forma: Uno) La sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” ha pagado la suma de $7.421.700 por la cantidad de 165 acciones, que se encuentra enterado en caja social. En este acto, suscribe la cantidad de 335 acciones, que pagará con la suma de $15.078.300 o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. En caso de pago mediante aporte, con bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser aprobados y evaluados de la forma como se señala en el pacto social. Como consecuencia de lo anterior, la sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” ha suscrito 500 acciones de la sociedad. Dos) La sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA” ha pagado la suma de $7.421701 por la cantidad de 165 acciones, que se
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios profesionales o técnicos a clientes y empresas, en las áreas jurídicas o de asesoría legal; servicios de externalización de procesos en general; soluciones tecnológicas focalizadas en eficiencia de procesos; originación, evaluación y administración de activos; procedimientos y operaciones; sistemas de trabajo, implementaciones y similares, en las que prime la labor intelectual; elaborar informes; prestación de servicios habitacionales; gestiones de pre-cobranza o cobranza extrajudicial; suscripción de convenios de pago; estudios de títulos; alzamientos de garantías y demás actuaciones relacionadas directa o indirectamente con lo señalado.
Capital
Capital total
$45.000.000
Capital pagado
$14.843.401
Capital pendiente
$30.156.599
Acciones
1000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA Socio | - | 50% | $7.421.700 |
GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA Socio | - | 50% | $7.421.701 |
Administradores (4)
Representación legal (7)
Daniel Sebastián Mas Valdés
María Alejandra Mas Valdés
Iván Humberto Araos
Historia societaria relatada
- Constitución· 16 de septiembre de 2016
Se constituyó CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA.
- Cesión de derechos· 30 de noviembre de 2016
INVERSIONES ECOMAC S.A. cede 50% de sus derechos a INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA; INVERSIONES ECOMAC S.A. cede 48% de sus derechos a GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA; INVERSIONES ALEDAN LIMITADA cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 1,54% a GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA; SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H DOS LIMITADA cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 0,46% a GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA.
INVERSIONES ECOMAC S.A. · INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA · GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA · INVERSIONES ALEDAN LIMITADA · SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H DOS LIMITADA
- Cambio de nombre· 30 de noviembre de 2016
CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA cambia su razón social a SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA.
CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA
- Cambio de capital· 30 de noviembre de 2016
Se aumenta el capital de $14.843.401 a $45.000.000.
INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA · GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA
- Cambio de administrador· 30 de noviembre de 2016
Se modifica la administración y se designan administradores titulares y suplentes.
GUILLERMO FAURÉ CAÑAS · MARCELA GUERRA SÁNCHEZ · RAFAEL CHARUN GUTIERREZ · RODRIGO ARROYO PARDO
- Transformación· 30 de noviembre de 2016
SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA se transforma en SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER SpA.
INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA · GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA
Texto oficial del extracto
Claudio Barrena Eyzaguirre, Notario Titular de la Primera Notaría de Coquimbo, con oficio en Melgarejo 1.030, certifica: Por escritura de fecha 30 de noviembre de 2016, ante mí, INVERSIONES ECOMAC S.A., representada por don Daniel Sebastián Mas Valdés, ambos con domicilio en calle Matta Nº221, La Serena; INVERSIONES ALEDAN LIMITADA, representada por doña María Alejandra Mas Valdés, ambos con domicilio en calle Matta Nº221, La Serena; SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H DOS LIMITADA, representada por don Iván Humberto Araos, ambos con domicilio en calle Gabriela Mistral Nº1.691, La Serena; INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA, representada por don Rafael Charún Gutiérrez, ambos domiciliados en José Miguel de la Barra Nº 412, segundo piso, ciudad y comuna de Santiago; y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA, representada por don Guillermo Fauré Cañas, ambos domiciliados en Roberto Peragallo Nº 6.176, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; modificaron la sociedad “CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA”, constituida escritura pública 16 de Septiembre de 2016, Notaría de Coquimbo de Claudio Barrena Eyzaguirre, inscrita a fs. 1.180 Nº 504 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de La Serena año 2016, consistente en: I. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Uno) INVERSIONES ECOMAC S.A, vende cede y transfiere un porcentaje equivalente al 50% de los derechos sociales a la sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA”, la que compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante ya individualizado, en la suma total de $25.000.000, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Con la suma de $12.500.000, que paga en este acto en dinero efectivo a la Cedente señalada, la que a través de su representante declara recibir dicha suma en este acto, sin cargo alguno que formular otorgando conformidad y finiquito respecto al pago de dicho monto. b) Con la suma de $12.500.000 que pagará en dinero efectivo a la Cedente, en el primer aniversario de la firma del presente contrato de Cesión de Derechos, contra la firma por la Cedente de una escritura de pago del total del saldo del precio, otorgando conformidad y finiquito a su respecto. De esta forma, cumplido el pago de esta segunda cuota, el precio de la Cesión de Derechos quedará íntegramente pagado; Dos) INVERSIONES ECOMAC S.A, vende cede y transfiere un porcentaje equivalente al 48% de los derechos sociales a la sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA”, la que compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante ya individualizado, en la suma total de $24.000.000, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Con la suma de $12.000.000, que paga en este acto en dinero efectivo a la Cedente señalada, la que a través de su representante declara recibir dicha suma en este acto, sin cargo alguno que formular otorgando conformidad y finiquito respecto al pago de dicho monto. b) Con la suma de $12.000.000 que pagará en dinero efectivo a la Cedente, en el primer aniversario de la firma del presente contrato de Cesión de Derechos, contra la firma por la Cedente de una escritura de pago del total del saldo del precio, otorgando conformidad y finiquito a su respecto. De esta forma, cumplido el pago de esta segunda cuota, el precio de la Cesión de Derechos quedará íntegramente pagado; Tres) INVERSIONES ALEDAN LIMITADA vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 1,54% de los derechos sociales a la sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA”, la que compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante ya individualizado, en la suma total de $770.000, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Con la suma de $385.000 que paga en este acto en dinero efectivo a la Cedente señalada, la que a través de su representante declara recibir dicha suma en este acto, sin cargo alguno que formular otorgando conformidad y finiquito respecto al pago de dicho monto. b) Con la suma de $385.000 que pagará en dinero efectivo a la Cedente, en el primer aniversario de la firma del presente contrato de Cesión de Derechos, contra la firma por la Cedente de una escritura de pago del total del saldo del precio, otorgando conformidad y finiquito a su respecto. De esta forma, cumplido el pago de esta segunda cuota, el precio de la Cesión de Derechos quedará íntegramente pagado; Cuatro) SOCIEDAD DE INVERSIONES A y H DOS LIMITADA, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 0,46% de los derechos sociales a la sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA”, la que compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante ya individualizado en la suma total de $230.000, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Con la suma de $115.000 que paga en este acto en dinero efectivo a la Cedente señalada, la que a través de su representante declara recibir dicha suma en este acto, sin cargo alguno que formular otorgando conformidad y finiquito respecto al pago de dicho monto. b) Con la suma de $115.000 que pagará en dinero efectivo a la Cedente, en el primer aniversario de la firma del presente contrato de Cesión de Derechos, contra la firma por la Cedente de una escritura de pago del total del saldo del precio, otorgando conformidad y finiquito a su respecto. De esta forma, cumplido el pago de esta segunda cuota, el precio de la Cesión de Derechos quedará íntegramente pagado. Como consecuencia de las cesiones, los únicos socios de “CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA” son: Uno. INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA es dueña del 50% del total de los derechos sociales equivalentes a la suma de $7.421.700; y Dos. GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA es dueña del 50% del total de los derechos sociales equivalentes a la suma de $7.421.701. II. MODIFICACIÓN SOCIEDAD. Únicos socios, INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA acuerdan modificar los estatutos sociales en los siguientes sentidos: Uno) Nombre o Razón Social. El nuevo nombre o razón social será “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA”, sin perjuicio de poder contratar, actuar y operar ante toda clase de autoridades administrativas, organismos o servicios del Estado, bancos, empresas de todo tipo, y para efectos publicitario, comerciales y de negocios, usando el nombre de fantasía “XT SERVICER LTDA.” Dos) Domicilio: La sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales oficinas o agencias que pueda abrir y mantener en otros lugares del país o del extranjero. Tres) Capital Social. El capital de la sociedad es la suma de $14.843.401 suscrito y pagado íntegramente por los socios en la siguiente proporción: i). La sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” ha suscrito y pagado el 50% del total de los derechos sociales en “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA”, equivalentes a la suma de $7.421.700; ii). La sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA” ha suscrito y pagado el 50% del total de los derechos sociales en “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA” equivalentes a la suma de $7.421.701. El total del capital se encuentra enterado en caja social. En consecuencia el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios. Cuatro). Aumento de Capital. En este acto, los socios acuerdan aumentar el capital social, que actualmente asciende a la suma de $14.843.401, en la cantidad de $30.156.599, de manera que el capital final ascenderá a la cantidad de $45.000.000. El aumento de capital de $30.156.599 se suscribe y pagará por los socios de la siguiente manera: Uno) La sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” suscribe y pagará la suma de $15.078.300 ascendente al 50% del aumento del capital, en dinero efectivo, o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. En caso de pago del saldo mediante aporte de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser evaluados y aprobados por la unanimidad de los socios por escritura pública otorgada ante Notario Público. Dos) La sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA” suscribe y pagará la suma de $15.078.299 ascendente al 50% del aumento del capital, en dinero efectivo, o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. En caso de pago del saldo mediante aporte de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser evaluados y aprobados por la unanimidad de los socios por escritura pública otorgada ante Notario Público. De esta forma queda aumentado el capital social a la suma de $45.000.000 íntegramente suscrito y parcialmente pagado por los socios, manteniendo una participación del 50% cada uno de ellos en el capital social. El saldo de capital, se pagará de la forma y con las aprobaciones ya mencionadas. Cinco) Como consecuencia del acuerdo de aumento de capital. La nueva cláusula de capital de la sociedad queda como sigue: Del Capital: El capital social asciende a la suma de $45.000.000 íntegramente suscrito y parcialmente pagado por los socios, de la siguiente manera: Uno. El socio “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” suscribe el 50% del capital social, esto es la suma de $22.500.000, del cual ha pagado la suma de $7.421.700. El saldo de $15.078.300 lo pagará en dinero efectivo, o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. Dos. El socio “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA”, suscribe el 50% del capital social, esto es la suma de $22.500.000, del cual ha pagado la suma de $7.421.701. El saldo de $15.078.299 lo pagará en dinero efectivo, o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contados desde la presente fecha. De esta forma el capital social se encuentra íntegramente suscrito y parcialmente pagado por los socios, correspondiendo a cada uno de ellos una participación del 50% en el total del capital. Seis) En caso de aporte de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser ellos deberán ser evaluados y aprobados por la unanimidad de los socios por escritura pública otorgada ante Notario Público. Siete) Administración. La administración y representación de la sociedad será ejercida conjuntamente por un representante de cada uno de los socios de la sociedad, cada uno de los cuales tendrá a su vez un suplente específico, que podrá actuar en caso de ausencia o impedimento de su respectivo titular, sin necesidad de acreditar este hecho ante terceros, pudiendo incluso actuar dos suplentes conjuntamente, pero no un titular y su suplente específico, todos los administradores, titulares y suplentes, se designarán y/o revocarán por unanimidad de los socios, mediante escritura pública de la cual deberá dejarse constancia en la inscripción social o a su margen, y gozarán de todas las facultades que a título ejemplar se señalan en la cláusula Octava de la escritura de división, artículo tercero del pacto social de “Concreces Servicios II Limitada”, hoy día “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA”, pudiendo incluso autocontratar, y todas las cuales se dan por reproducidas en su integridad. Ocho) Designación de Administradores Titulares y Suplentes. Sin que constituya cláusula esencial de la sociedad, los socios designan por unanimidad como administradores titulares a don GUILLERMO FAURÉ CAÑAS y como su suplente a doña MARCELA GUERRA SÁNCHEZ, y también como titular a don RAFAEL CHARUN GUTIERREZ, y como su suplente a don RODRIGO ARROYO PARDO, actuando de la manera señalada en Siete) precedente, y con las facultades descritas en el pacto social de la sociedad modificada, que se dan por reproducidas en su integridad. Los Cesionarios, como nuevos socios de “CONCRECES SERVICIOS II LIMITADA”, declaran que limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes. III. TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER LIMITADA” EN UNA SOCIEDAD POR ACCIONES BAJO EL NOMBRE DE “SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER SpA. Únicos socios, INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA acuerdan transformar la naturaleza de la persona jurídica, de sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, regida por el artículo 424 a 426 y 428 del Código de Comercio y demás artículos y leyes pertinentes y supletoriamente por las normas de las sociedades anónimas cerradas en todo lo que no fuere contrario a estos estatutos, los que prevalecerán sobre cualquier otro texto anterior, entendiéndose modificada la sociedad en todo aquello que no coincida con los nuevos estatutos y, cuyo extracto es el siguiente: “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA, representada por don Rafael Charún Gutiérrez; y GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA, representada por don Guillermo Fauré Cañas; constituyen una sociedad por acciones. RAZON SOCIAL: SERVICIOS EXTERNOS XT SERVICER SpA”, sin perjuicio de poder actuar, contratar y operar, inclusive con bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía de “XT SERVICER SpA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales o técnicos a clientes y empresas, en las áreas jurídicas o de asesoría legal; servicios de externalización de procesos en general; soluciones tecnológicas focalizadas en eficiencia de procesos; originación, evaluación y administración de activos; procedimientos y operaciones; sistemas de trabajo, implementaciones y similares, en las que prime la labor intelectual; elaborar informes; prestación de servicios habitacionales, esto es, todas las gestiones inherentes a la tramitación de escrituras de compraventa y/o mutuos hipotecarios hasta sus correspondientes inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, pudiendo realizar para sí o en representación de terceros todos los actos, contratos, asesorías y gestiones de cualquier tipo relacionadas con dicha prestación, así como gestiones de pre-cobranza o cobranza extrajudicial, suscripción de convenios de pago con clientes de empresas, estudios de títulos de toda clase, alzamientos de garantías y registro de las mismas, y todas las demás actuaciones que tengan relación directa o indirecta con lo señalado. DOMICILIO: La sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales oficinas o agencias que pueda abrir y mantener en otros lugares del país o del extranjero. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de 5 años, plazo que se entenderá renovado tácita y sucesivamente, por períodos iguales de 3 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración contenida en escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación a la fecha de expiración del respectivo período. CAPITAL: El capital es la suma de $45.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal. El capital social se suscribe íntegramente, y se paga y pagará dentro del plazo de un año, en la siguiente forma: Uno) La sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” ha pagado la suma de $7.421.700 por la cantidad de 165 acciones, que se encuentra enterado en caja social. En este acto, suscribe la cantidad de 335 acciones, que pagará con la suma de $15.078.300 o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. En caso de pago mediante aporte, con bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser aprobados y evaluados de la forma como se señala en el pacto social. Como consecuencia de lo anterior, la sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NIVARA LIMITADA” ha suscrito 500 acciones de la sociedad. Dos) La sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA” ha pagado la suma de $7.421701 por la cantidad de 165 acciones, que se encuentra enterado en caja social. En este acto, suscribe la cantidad de 335 acciones, que pagará con la suma de $15.078.299 o en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluso créditos o derechos, dentro del plazo de un año contado desde la presente fecha. En caso de pago mediante aporte, con bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, o créditos, ellos deberán ser aprobados y evaluados de la forma como se señala en el pacto social. Como consecuencia de lo anterior, la sociedad “GUILLERMO FAURÉ C. Y CIA. LIMITADA” ha suscrito 500 acciones de la sociedad. ADMINISTRACION. La administración y representación de la sociedad será ejercida conjuntamente por un representante de cada uno de los socios de la sociedad, cada uno de los cuales tendrá a su vez un suplente específico, que podrá actuar en caso de ausencia o impedimento de su respectivo titular, sin necesidad de acreditar este hecho ante terceros, pudiendo incluso actuar dos suplentes conjuntamente, pero no un titular y su suplente específico, todos los administradores, titulares y suplentes, se designarán y/o revocarán por unanimidad de los socios, mediante escritura pública de la cual deberá dejarse constancia en la inscripción social o a su margen, y gozarán de todas las facultades que a títu
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