Aguerrea & Compañía Abogados Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $500.000 |
Socio | - | - | $500.000 |
Texto oficial del extracto
Juan Ricardo San Martín Urrejola, notario público titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 14 de octubre de 2024, ante mí, Pedro Gregorio Aguerrea Mella, y Javier Antonio Aguerrea Mella, todos con domicilio para estos efectos en Huérfanos 4310, comuna de Santiago; acordaron la fusión de la sociedad denominada Inversiones Bearzun SpA con la sociedad denominada Aguerrea & Compañía Abogados Limitada, mediante la absorción de la primera compañía por la segunda de ellas, como sigue: Uno) Se acordó fusionar ambas sociedades, absorbiendo Aguerrea & Compañía Abogados Limitada a Inversiones Bearzun SpA, que por lo tanto se extingue, aportando todo su activo y pasivo a la primera, los que se traspasan a la sociedad absorbente al valor que ellos están registrados en la contabilidad de la sociedad absorbida. Dos) Producto de lo anterior, y a fin de hacer constar el nuevo capital social resultante de la fusión referida, se reemplazó el texto de la cláusula cuarta de su estatuto social vigente, por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, totalmente enterado al contado y en dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Pedro Gregorio Aguerrea Mella, la suma de quinientos mil pesos; y b) a don Javier Antonio Aguerrea Mella, la suma de quinientos mil pesos.”. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de octubre de 2024.-
Información societaria
Capital
Capital total
$313.760
Capital pagado
$313.760
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $156.880 |
Socio | - | 50% | $156.880 |
Historia societaria relatada
- Constitución· 23 de marzo de 2022
Se deja sin efecto una escritura posterior y rige íntegramente la constitución original de la sociedad.
PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA · MARGARITA RUTH DEL CARMEN PACHECO HUENCHUMÁN · FELIPE ANDRÉS MARÍA AGUERREA PACHECO · SANTIAGO TOMÁS MARÍA AGUERREA PACHECO · JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA
- Otro acto· 22 de diciembre de 2022
Se otorgó una escritura posterior que fue resciliada y dejada sin efecto.
PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA · MARGARITA RUTH DEL CARMEN PACHECO HUENCHUMÁN · FELIPE ANDRÉS MARÍA AGUERREA PACHECO · SANTIAGO TOMÁS MARÍA AGUERREA PACHECO · JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA
Texto oficial del extracto
HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público Titular 26ª Notaría Santiago, Av. Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 17 de abril de 2023, Repertorio N° 3.163-2.023, ante mí, don PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA; doña MARGARITA RUTH DEL CARMEN PACHECO HUENCHUMÁN; don FELIPE ANDRÉS MARÍA AGUERREA PACHECO; don SANTIAGO TOMÁS MARÍA AGUERREA PACHECO; y don JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA; todos domiciliados para estos efectos en calle Jorge Matte Gormaz N° 1.615, departamento 202, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”, (Fj.63.041, N°34.086 del Registro de Comercio del CBRS de 2016). Los comparecientes, como únicos y actuales socios de la sociedad acordaron resciliar y dejar sin efecto, en todas sus partes la escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, repertorio N° 19.016-2.022, rigiendo, en consecuencia, íntegramente lo establecida en la escritura pública, de fecha 23 de marzo de 2.022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, repertorio N° 6.891-2.022, cuyo extracto se inscribió a Fj. 27.486, N° 12.688 del Registro de Comercio de CBRS de 2.022. Por consiguiente, para todos los efectos legales, los socios son exclusivamente don PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA y don JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, mientras que el capital social asciende a la suma de $313.760, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) don PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA, en la suma de $156.880; y b) don JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, en la suma de $156.880. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de abril de 2023. HQM. Not. Pub.
Información societaria
Objeto social
a) la elaboración, prestación y ejecución de asesorías, consultorías, informes, proyectos, estudios y servicios jurídicos, ya sean de tipo judicial o extrajudicial, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas en materia de orden legal y jurídico; b) realizar toda otra actividad, industria, asesorías, servicios y negocios relacionados directa o indirectamente y accesorios con el giro social antes señalado y con cualquiera otro, que los socios de común acuerdo dispongan, por cuenta propia o ajena sin que la descripción de éste, signifique limitación alguna, para todo lo cual podrá celebrar los actos, convenios y contratos que sean necesarios y convenientes para su desarrollo comercial, con toda clase de personas; debiendo solamente la sociedad sujetarse a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes; y c) la adquisición de bienes raíces, muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles.
Capital
Capital total
$300.692
Capital pagado
$300.692
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $156.880 |
Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán Socio | - | - | $71.906 |
Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco Socio | - | - | $35.953 |
Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco Socio | - | - | $35.953 |
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 22 de diciembre de 2022
Se disminuye y luego se aumenta el capital, culminando en $300.692
Pedro Gregorio Aguerrea Mella · Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán · Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco · Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco · Javier Antonio Aguerrea Mella
- Incorporación de socio· 22 de diciembre de 2022
Ingresan como socios Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán, Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco y Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco
Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán · Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco · Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco
- Retiro de socio· 22 de diciembre de 2022
Javier Antonio Aguerrea Mella deja de ser socio de la compañía
- Cambio de nombre· 22 de diciembre de 2022
Se modifica el objeto social de la compañía
Pedro Gregorio Aguerrea Mella · Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán · Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco · Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco · Javier Antonio Aguerrea Mella
Texto oficial del extracto
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 669, piso 8, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 22 de diciembre de 2022, ante mí, don Pedro Gregorio Aguerrea Mella, doña Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán, don Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco, don Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco y don Javier Antonio Aguerrea Mella, todos los anteriores con domicilio para estos efectos en esta ciudad, en calle Jorge Matte Gormaz número mil seiscientos quince, departamento doscientos dos, comuna de Providencia, modificaron la sociedad denominada AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA, inscrita a fojas sesenta y tres mil cuarenta y uno, número treinta y cuatro mil ochenta y seis del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, como sigue: Uno. Se acordó disminuir el capital social de la compañía desde la suma de trescientos trece mil setecientos sesenta pesos a la suma de ciento cincuenta y siete mil ochocientos ochenta pesos, mediante la disminución de la parte o cuota que en el capital social le corresponde a don Javier Antonio Aguerrea Mella por ese mismo monto, esto es, por la suma de ciento cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta pesos. Dos. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar íntegramente el texto de la cláusula cuarta del estatuto social vigente, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de ciento cincuenta y siete mil ochocientos ochenta pesos, íntegramente suscrito y pagado por los actuales socios o sus antecesores, y que les corresponde como sigue: a) don Pedro Gregorio Aguerrea Mella, en la suma de ciento cincuenta y seis mil ochocientos ochenta pesos; y b) a don Javier Antonio Aguerrea Mella, en la suma de mil pesos.”. Tres. Acto seguido, se acordó aumentar el capital social desde la suma de ciento cincuenta y siete mil ochocientos ochenta pesos a la nueva suma de trescientos un mil seiscientos noventa y dos pesos. Asimismo, se acordó que dicho aumento, ascendente a la suma de ciento cuarenta y tres mil ochocientos doce pesos, sea suscrito y enterado íntegramente, en ese acto y en dinero efectivo, por las personas y cantidades que se indican a continuación: a) por doña Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán, en la suma de setenta y un mil novecientos seis pesos; b) por don Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco, en la suma de treinta y cinco mil novecientos cincuenta y tres pesos; y c) por don Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco, en la suma de treinta y cinco mil novecientos cincuenta y tres pesos. De este modo, ingresaron como socios en la sociedad doña Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán, don Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco y don Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco. Cuatro. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar íntegramente el texto de la cláusula cuarta de los estatutos sociales, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de trescientos un mil seiscientos noventa y dos pesos, íntegramente suscrito y pagado por los actuales socios o sus antecesores, y que les corresponde como sigue: a) don Pedro Gregorio Aguerrea Mella, en la suma de ciento cincuenta y seis mil ochocientos ochenta pesos; b) a don Javier Antonio Aguerrea Mella, en la suma de mil pesos; c) a doña Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán, en la suma de setenta y un mil novecientos seis pesos; d) a don Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco, en la suma de treinta y cinco mil novecientos cincuenta y tres pesos; y e) a don Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco, en la suma de treinta y cinco mil novecientos cincuenta y tres pesos.”. Cinco. Acto seguido, se acordó volver a disminuir el capital social de la compañía desde la suma de trescientos un mil seiscientos noventa y dos pesos a la suma de trescientos mil seiscientos noventa y dos pesos, mediante la disminución de la parte o cuota que en el capital social le corresponde a don Javier Antonio Aguerrea Mella por ese mismo monto, esto es, por la suma de mil pesos. De este modo, dejó de ser socio de la compañía don Javier Antonio Aguerrea Mella. Seis. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar íntegramente el texto de la cláusula cuarta del estatuto social vigente, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de trescientos mil seiscientos noventa y dos pesos, íntegramente suscrito y pagado por los actuales socios o sus antecesores, y que les corresponde como sigue: a) don Pedro Gregorio Aguerrea Mella, en la suma de ciento cincuenta y seis mil ochocientos ochenta pesos; b) a doña Margarita Ruth Del Carmen Pacheco Huenchumán, en la suma de setenta y un mil novecientos seis pesos; c) a don Felipe Andrés María Aguerrea Pacheco, en la suma de treinta y cinco mil novecientos cincuenta y tres pesos; y d) a don Santiago Tomás María Aguerrea Pacheco, en la suma de treinta y cinco mil novecientos cincuenta y tres pesos.”. Siete. Asimismo, se acordó modificar el objeto de la sociedad. Ocho. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar íntegramente el texto de la cláusula quinta de los estatutos sociales, por el que sigue: “El objeto de la sociedad es: a) la elaboración, prestación y ejecución de asesorías, consultorías, informes, proyectos, estudios y servicios jurídicos, ya sean de tipo judicial o extrajudicial, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas en materia de orden legal y jurídico; b) realizar toda otra actividad, industria, asesorías, servicios y negocios relacionados directa o indirectamente y accesorios con el giro social antes señalado y con cualquiera otro, que los socios de común acuerdo dispongan, por cuenta propia o ajena sin que la descripción de éste, signifique limitación alguna, para todo lo cual podrá celebrar los actos, convenios y contratos que sean necesarios y convenientes para su desarrollo comercial, con toda clase de personas; debiendo solamente la sociedad sujetarse a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes; y c) la adquisición de bienes raíces, muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2022.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales; b) La ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario, en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación en cualquier forma, de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar y reparar bienes raíces, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos, dar y tomar en arrendamiento inmuebles, obtener frutos de ellos y administrarlos, y en general, el desarrollo de todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria; y c) Constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto, y en general, cualquier otro objeto que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$686.240
Capital pagado
$686.240
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $156.880 |
Socio | - | 50% | $156.880 |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Otro acto· 23 de marzo de 2022
La sociedad se divide en dos compañías, quedando una continuadora legal con la misma razón social y naciendo INVERSIONES BEARZUN SpA.
PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA · JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA
Texto oficial del extracto
FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritu ra pública de fecha 23 de marzo de 2022, Repertorio N° 6.891-2022, ante mí, PEDRO G REGORIO AGUERREA MELLA y JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Huérfanos N° 4310, comuna de Santi ago, Región Metropolitana; en sus calidades de únicos y actuales socios de “AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”, del giro de su denominación, RUT N° 76.609.713-8, inscrita a fs.63.041 número 34.086 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, efectuaron modificación de la sociedad, en la siguiente forma: A) División de la Sociedad: Los únicos y actuales socios de “AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”, acordaron dividir la sociedad en dos compañías, una de las cuales será la continuadora legal de la actual, con su misma razón social y personalidad jurídica, sin perjuicio de las modificaciones que más adelante se acuerden; y una segunda sociedad por acciones, que nacerá de la división de la actual sociedad y girará bajo la razón social “INVERSIONES BEARZUN SpA”, con el objeto, capital y demás elementos de la esencia, de la naturaleza y accidentales que se pactan en su estatuto. La división de la sociedad se realizará con vigencia y efectos al 23 de marzo de 2022. Los únicos y actuales socios de la sociedad que se divide serán también accionistas, con misma participación en el capital, de la sociedad que nace producto de la división. B) Disminución de Capital: Los únicos y actuales socios acordaron disminuir el capital de “AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”, por efecto y a consecuencia de la división, conviniendo modificar el artículo cuarto de los estatutos, referente al capital social y los aportes, cuyo texto se sustituye íntegramente por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de trescientos trece mil setecientos sesenta pesos, que ha sido aportado y pagado íntegramente por los socios de la siguiente forma: a) don PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA, aportó y enteró la suma de ciento cincuenta y seis mil ochocientos ochenta pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento de los derechos sociales; y b) don JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, aportó y enteró la suma de ciento cincuenta y seis mil ochocientos ochenta pesos equivalentes a un cincuenta por ciento de los derechos sociales. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente pagado y enterado por los socios en la caja social en los términos expuestos.” C) Se aprueban los estatutos de la sociedad constituida con motivo de la división, cuyos accionistas, PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA y JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Huérfanos N° 4310, comuna de Santiago, Región Metropolitana, ya individualizados, acuerdan lo que a continuación se extracta: Razón Social: “INVERSIONES BEARZUN SpA". Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales; b) La ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario, en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación en cualquier forma, de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar y reparar bienes raíces, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos, dar y tomar en arrendamiento inmuebles, obtener frutos de ellos y administrarlos, y en general, el desarrollo de todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria; y c) Constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto, y en general, cualquier otro objeto que los socios acuerden. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital social es la suma única y total de seiscientos ochenta y seis mil doscientos cuarenta pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual fue suscrito y pagado en su totalidad de la siguiente manera: a) don PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA, suscribió y pagó cincuenta acciones, por la cantidad de trescientos cuarenta y tres mil ciento veinte pesos; y b) don JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, suscribió y pagó cincuenta acciones, por la cantidad de trescientos cuarenta y tres mil ciento veinte pesos. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas en los términos expuestos y la sociedad lo da por recibido. Administración: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a PEDRO GREGORIO AGUERREA y JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, quienes actuando de forma conjunta o separada y anteponiendo la razón social a sus firmas,podrán ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social con las más amplias facultades, de acuerdo a lo señalado en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 23 de Marzo de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.
Información societaria
Objeto social
Será: a.- Elaboración, prestación y ejecución de asesorías, consultorías, informes, proyectos, estudios y servicios jurídicos, ya sean de tipo judicial o extrajudicial, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas en materia de orden legal y jurídico. b.- Realizar toda otra actividad, industria, asesorías, servicios y negocios relacionados directa o indirectamente y accesorios con el giro social antes señalado y con cualquiera otro, que los socios de común acuerdo dispongan, por cuenta propia o ajena sin que la descripción de éste, signifique limitación alguna, para todo lo cual podrá celebrar los actos, convenios y contratos que sean necesarios y convenientes para su desarrollo comercial, con toda clase de personas; debiendo solamente la sociedad sujetarse a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
Administradores (2)
Texto oficial del extracto
OSVALDO PEREIRA GONZÁLEZ, Notario Santiago. Teatinos 449, sexto piso, certifico: por escritura pública hoy, ante mí PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA y don JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, domiciliados en Huérfanos N° 4300, comuna de Santiago, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “ AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA ”, nombre de fantasía “AGUERREA & CÍA. LTDA”. Objeto: será: a.- Elaboración, prestación y ejecución de asesorías, consultorías, informes, proyectos, estudios y servicios jurídicos, ya sean de tipo judicial o extrajudicial, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas en materia de orden legal y jurídico. b.- Realizar toda otra actividad, industria, asesorías, servicios y negocios relacionados directa o indirectamente y accesorios con el giro social antes señalado y con cualquiera otro, que los socios de común acuerdo dispongan, por cuenta propia o ajena sin que la descripción de éste, signifique limitación alguna, para todo lo cual podrá celebrar los actos, convenios y contratos que sean necesarios y convenientes para su desarrollo comercial, con toda clase de personas; debiendo solamente la sociedad sujetarse a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes. Administración y Uso Razón Social: PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA y/o JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, en forma conjunta o separada indistintamente. Capital: $1.000.000.-, que se aporta de la siguiente forma: a.- socio PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA, la suma de $500.000.-, b.- socio JAVIER ANTONIO AGUERREA MELLA, la suma de $500.000.-, ya aportados e ingresados en caja social, socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Duración: Hasta 31 de Diciembre 2021, a contar de la fecha de celebración de este instrumento; prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales o sucesivos de 5 años cada uno. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 Agosto 2016.- O. Pereira G. Notario.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Aguerrea & Compañía Abogados Limitada
CVE 2566668
- MODIFICACIÓN
AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2308481
- MODIFICACIÓN
AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2246293
- MODIFICACIÓN
AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2112114
- CONSTITUCIÓN
AGUERREA & COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
CVE 1106008
