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Sociedad de Responsabilidad LimitadaDisuelta76.602.150-6

Reciclajes Tecnológicos Limitada

MODIFICACIÓN — 23 ago 2023Absorbida por Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-08-23Ver PDF (CVE 2364692)

Información societaria

Ltda
Avenida Apoquindo N° 4800, piso 6

Texto oficial del extracto

Hernán Cuadra Gazmuri, abogado, Notario Público de la Primera Notaria de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos mil cientos sesenta, oficinas ciento uno y ciento dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 17 de julio de 2023, bajo el Repertorio Nº 9.302 de 2023, ante mi suplente don Rodrigo Andrés Farías Picón, Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA, Rut N° 76.395.756-K, Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA, Rut N° 76.416.769-4, y Procesos Sanitarios SpA, Rut N° 96.697.710-8, todas con domicilio en Avenida Apoquindo N° 4800, piso 6, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad RECICLAJES TECNOLÓGICOS LIMITADA, Rut 76.602.150-6, inscrita a Fs. 780 vuelta N° 618 del Registro de Comercio de Antofagasta del año 2006, en los siguientes términos: Cesiones de derechos sociales. Uno) Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA, vendió, cedió y transfirió la totalidad de su participación en la sociedad equivalente al 14% de los derechos sociales a Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA. El precio de la cesión, detallado en la escritura extractada se pagó al contado y en dinero efectivo. De esta forma, Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA, se retiró de la sociedad Reciclajes Tecnológicos Limitada. Dos) Procesos Sanitarios SpA vendió, cedió y transfirió la totalidad de su participación en la sociedad equivalente al 6% de los derechos sociales a Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA. El precio de la cesión, detallado en la escritura extractada, se pagó al contado y en dinero efectivo. De esta forma, Procesos Sanitarios SpA se retiró de la sociedad Reciclajes Tecnológicos Limitada. Disolución y fusión. En mérito de las cesiones de derechos recién descritas, la totalidad de los derechos sociales de Reciclajes Tecnológicos Limitada se reunieron, a partir de la fecha de la escritura, en la sociedad Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA, produciéndose, por tanto, la disolución de Reciclajes Tecnológicos Limitada y su absorción por la sociedad Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA, la que adquirió, a consecuencia de la fusión, la totalidad de sus activos y pasivos y le sucede en todos sus derechos y obligaciones, siendo continuadora legal de la misma para todos los efectos legales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 02 de agosto de 2023. H. Cuadra G.

ModificaciónDiario Oficial · 2023-01-30Ver PDF (CVE 2263298)

Información societaria

Ltda

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA

Socio

76.395.756-K

80%

Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA

Socio

76.416.769-4

14%

Procesos Sanitarios SpA

Socio

96.697.710-8

6%

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 5 de julio de 2017

    Christian Edmundo Bello Coral cede el 6% de sus derechos sociales a Procesos Sanitarios SpA y se retira de la sociedad.

    Christian Edmundo Bello Coral · Procesos Sanitarios SpA

  2. Cambio de nombre· 4 de febrero de 2020

    Stericycle Minería SpA cambia su razón social a Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA.

    Stericycle Minería SpA · Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA

  3. Cambio de nombre· 4 de febrero de 2020

    Stericycle Urbano SpA cambia su razón social a Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA.

    Stericycle Urbano SpA · Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA

Texto oficial del extracto

HERNÁN CUADRA GAZMURI, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1.160, oficinas 101 y 102, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública fecha 20 de diciembre de 2022, Repertorio número 26.448, ante mí, Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA, Rut N° 76.395.756-K, Veolia Residuos Urba nos Valparaíso SpA, Rut N° 76.416.769-4, Procesos Sanitarios SpA, Rut N° 96.6 97.710-8, todas con domicilio en Avenida Apoquindo N° 5550, piso 13, com una de Las Condes, Santiago y don Christian Edmundo Bello Coral, cédula de identidad N° 13.891.230- 2, domiciliado en 13 Norte N° 853, piso 9, Viña del Mar, de paso en esta ciudad; sanearon vicio formal de nulidad de acuerdo a la Ley 19.499 incurrido en la escritura pública de cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad Reciclajes Tecnológicos Limitada, de fecha 5 de julio de 2017, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Marcos Díaz León, bajo el Repertorio N° 3.642 de 2017. El vicio consistió en que el extracto de dicha escritura, pese a haberse publicado en el Diario Oficial, no fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta en el plazo legal, y cuyo tenor es el siguiente: “MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público, con oficio en calle Prat 612, Valparaíso, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, CRISTÓBAL BRAVO FUENZALIDA, chileno, casado, periodista, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos cincuenta y dos mil doscientos sesenta y seis guion dos, y don JORGE HEMMELMANN SAINT-JEAN, chileno, casado, Ingeniero Civil Químico, cédula nacional de identidad número trece millones seiscientos cuarenta y tres mil novecientos noventa y dos guion nueve, ambos en representación, según se acreditará, de las sociedades (i) Stericycle Urbano SpA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos dieciséis mil setecientos sesenta y nueve guion cuatro, de (ii) Stericycle Minería SpA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos noventa y cinco mil setecientos cincuenta y seis guion K, y de (iii) Procesos Sanitarios SpA, Rol Único Tributario número noventa y seis millones seiscientos noventa y siete mil setecientos diez guion ocho, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Roble número nueve mil seiscientos sesenta y uno, comuna de Quilicura; y don CHRISTIAN EDMUNDO BELLO CORAL, chileno, casado, ingeniero civil químico, cédula nacional de identidad y Rol Único Tributario número trece millones ochocientos noventa y un mil doscientos treinta guion dos, domiciliado para estos efectos en Avenida Fundadores número cuatrocientos trece, Curauma, Valparaíso, convienen en modificar la sociedad “RECICLAJES TECNOLÓGICOS LIMITADA”, RUT. 76.602.150-6, en los siguientes términos: don CHRISTIAN EDMUNDO BELLO CORAL, vende, cede y transfiere el seis por ciento de sus derechos sociales, a PROCESOS SANITARIOS SPA, para quien compran, adquieren y aceptan sus representantes, por el precio de seiscientos setenta y dos mil trescientos setenta pesos, quedando por tanto el capital de la sociedad íntegramente pagado, que se divide del siguiente modo: Stericycle Minería SpA queda con el ochenta por ciento del total de los derechos sociales, la sociedad Stericycle Urbano SpA con el catorce por ciento del total de los derechos sociales y Procesos Sanitarios SpA con el seis por ciento de los derechos sociales. De esta forma, se retira de la sociedad el compareciente don CHRISTIAN EDMUNDO BELLO CORAL e ingresa Procesos Sanitarios SpA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 05 de julio de 2017.” Asimismo, se dejó constancia en la escritura de saneamiento, de que, entre la fecha de la escritura que se sanea y la fecha de la escritura de saneamiento, dos de las sociedades socias de Reciclajes Tecnológicos Limitada han modificado su nombre o razón social: a) Stericycle Minería SpA cambió su nombre o razón social a Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA, mediante escritura pública de fecha cuatro de febrero del año dos mil veinte, cuyo extracto se inscribió a fojas doce mil novecientos cuarenta y uno, bajo el número seis mil seiscientos setenta y nueve en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veinte, y se publicó en el Diario Oficial con fecha veintidós de febrero del año dos mil veinte; y b) Stericycle Urbano SpA cambió su nombre o razón social a Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA, mediante escritura pública de fecha cuatro de febrero del año dos mil veinte, cuyo extracto se inscribió a fojas trece mil ciento cuarenta y seis, bajo el número seis mil setecientos cincuenta y cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veinte, y se publicó en el Diario Oficial con fecha veintidós de febrero del año dos mil veinte. En consecuencia, toda referencia que los estatutos de la Sociedad hacen a las sociedades Stericycle Minería SpA y a Stericycle Urbano SpA, deben entenderse a la fecha de su respectiva modificación referidas a Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA y a Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA, respectivamente. Consecuentemente, tras el saneamiento, quedan como socias: (i) Stericycle Minería SpA con un ochenta por ciento del capital e interés social; (ii) Stericycle Urbano SpA con un catorce por ciento del capital e interés social; y (iii) Procesos Sanitarios SpA con un seis por ciento del capital e interés social. Así, el artículo Quinto del estatuto social queda de la siguiente forma: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, cantidad que los socios han aportado y enterado en dinero efectivo, e ingresado a la caja social, en la proporción de un ochenta por ciento la sociedad Veolia Servicios Mineros Integrales Chile SpA; de un catorce por ciento la sociedad Veolia Residuos Urbanos Valparaíso SpA y de un seis por ciento Procesos Sanitarios SpA”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 26 de Diciembre de 2022. H. Cuadra G.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-07-28Ver PDF (CVE 1249189)

Información societaria

Ltda
Cerro El Roble número 9661

Socios (3)

NombreParticipación

Stericycle Minería SpA

Socio

76.395.756-K

80%

Stericycle Urbano SpA

Socio

76.416.769-4

14%

Procesos Sanitarios SpA

Socio

96.697.710-8

6%

Representación legal (4)

CRISTÓBAL BRAVO FUENZALIDA

12.xxx.xxx-2En representación de Stericycle Urbano SpA76.416.769-4

JORGE HEMMELMANN SAINT-JEAN

13.xxx.xxx-9En representación de Stericycle Minería SpA76.395.756-K

CRISTÓBAL BRAVO FUENZALIDA

12.xxx.xxx-2En representación de Procesos Sanitarios SpA96.697.710-8

JORGE HEMMELMANN SAINT-JEAN

13.xxx.xxx-9En representación de Procesos Sanitarios SpA96.697.710-8

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 5 de julio de 2017

    Christian Edmundo Bello Coral cede el 6% de sus derechos sociales a Procesos Sanitarios SpA.

    CHRISTIAN EDMUNDO BELLO CORAL · Procesos Sanitarios SpA

  2. Retiro de socio· 5 de julio de 2017

    Se retira de la sociedad Christian Edmundo Bello Coral e ingresa Procesos Sanitarios SpA.

    CHRISTIAN EDMUNDO BELLO CORAL · Procesos Sanitarios SpA

Texto oficial del extracto

MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público, con oficio en calle Prat 612, Valparaíso, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, CRISTÓBAL BRAVO FUENZALIDA, chileno, casado, periodista, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos cincuenta y dos doscientos sesenta y seis guion dos, y don JORGE HEMMELMANN SAINT-JEAN, chileno, casado, Ingeniero Civil Químico, cédula nacional de identidad número trece millones seiscientos cuarenta y tres mil novecientos noventa y dos guion nueve ambos en en representación, según se acreditará, de las sociedades (i) Stericycle Urbano SpA, rol único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos dieciséis mil setecientos sesenta y nueve guion cuatro, y de (ii) Stericycle Minería SpA, Rol Único Tributario setenta y seis millones trecientos noventa y cinco mil setecientos cincuenta y seis guion K, y de (iii) Procesos Sanitarios SpA, Rol Único Tributario número noventa y seis millones seiscientos noventa y siete mil setecientos diez guion ocho, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Roble número nueve mil seiscientos sesenta y uno, comuna de Quilicura; y don CHRISTIAN EDMUNDO BELLO CORAL, chileno, casado, ingeniero civil químico, cédula nacional de identidad y rol único tributario número trece millones ochocientos noventa y un mil doscientos treinta guion dos, domiciliado para estos efectos en Avenida Fundadores número cuatrocientos trece, Curauma, Valparaíso, convienen en modificar la sociedad "RECICLAJES TECNOLÓGICOS LIMITADA", RUT. 76.602.150-6, en los siguientes términos: don CHRISTIAN EDMUNDO BELLO CORAL, vende, cede y transfiere el seis por ciento de sus derechos sociales, a PROCESOS SANITARIOS SPA, para quien compran, adquieren y aceptan sus representante, por el precio de seiscientos setenta y dos mil trescientos setenta pesos, quedando por tanto el capital de la sociedad íntegramente pagado, que se divide del siguiente modo: Stericycle Minería SpA queda con el ochenta por ciento del total de los derechos sociales, la sociedad Stericycle Urbano SpA con el catorce por ciento del total de los derechos sociales y Procesos Sanitarios SpA con el seis por ciento de las acciones. De esta forma, se retira de la sociedad el compareciente don CHRISTIAN EDMUNDO BELLO CORAL e ingresa Procesos Sanitarios SpA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 05 de Julio de 2017.

ModificaciónDiario Oficial · 2016-11-02Ver PDF (CVE 1130865)

Información societaria

Ltda
Valparaíso, Valparaíso
Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponde exclusivamente a Stericycle Minería SpA

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Socios (3)

NombreParticipación

Stericycle Minería SpA

Socio

80%

Stericycle Urbano SpA

Socio

14%

Christian Edmundo Bello Coral

Socio

6%

Administradores (1)

Representación legal (4)

Juan Carlos Cerda Castillo

En representación de Stericycle Urbano SpA

Esteban Alvez Marín

En representación de Stericycle Urbano SpA

Juan Carlos Cerda Castillo

En representación de Stericycle Minería SpA

Esteban Alvez Marín

En representación de Stericycle Minería SpA

Texto oficial del extracto

MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Abogado, Notario Público de Valparaíso, Prat 612, certifico que: mediante escritura pública de fecha 11 de octubre de 2016, otorgada ante mí, los únicos y actuales socios de RECICLAJES TECNOLÓGICOS LIMITADA (en adelante la "Sociedad"): i) Christian Edmundo Bello Coral domiciliado en Fundadores N° 413, Curauma, Valparaíso; ii) Stericycle Urbano SpA y iii) Stericycle Minería SpA ambas representadas por los señores Juan Carlos Cerda Castillo y Esteban Alvez Marín, domiciliados en Cerro El Roble, N° 9661, Quilicura, Santiago; dieron cuenta de los nuevos y actuales titulares de los derechos sociales en la Sociedad. Como consecuencia de lo anterior, se modificaron los estatutos sociales, sustituyéndose y reemplazándose íntegramente, los Artículos Cuarto y Quinto de los mismos, según se extracta: "CUARTO: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente a la sociedad "Stericycle Minería SpA", quien la ejercerá directamente o por intermedio de sus respectivos apoderados, designados por escritura pública, inscrita al margen de la inscripción social, en el Registro de Comercio respectivo. La sociedad "Stericycle Minería SpA", actuando en la forma recién indicada, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos; y, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, podrá comprar o vender toda clase de establecimientos, negocios, marcas, patentes, derechos y privilegios, sobre productos o materias primas; comprar y vender bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y de cualquier otra naturaleza; dar y tomar en arriendo cualquiera de los bienes antes señalados, permutar y transferir toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales e incorporales y de cualquier otra naturaleza; celebrar toda clase de actos o contratos consensuales, reales, gratuitos, onerosos, solemnes, bilaterales, unilaterales, típicos o nominados, atípicos o innominados, principales, accesorios, de gestión o administración, que sirva para transferir el dominio o lo transfieran, de preparación, definitivos, de ejecución instantánea, de tracto sucesivo, y cualquiera de otras características, esencia, naturaleza y accidente; contratar, aceptar, posponer, limitar, cancelar hipotecas, cauciones, prendas y toda clase de garantías y prohibiciones; celebrar con Bancos, instituciones de crédito, sociedades civiles y comerciales, públicas, privadas, mixtas, nacionales o internacionales, personas naturales o jurídicas, Banco Central y otras empresas, instituciones o personas según fuere procedentes, contratos de préstamo, mutuos, depósitos, cuentas corrientes, bancarias y mercantiles, de depósito, de crédito y especiales, contratar créditos contra aceptación de contratar préstamos, avances contra aceptación; cobrar y otorgar recibos y cancelaciones totales o parciales, alzando prendas, hipotecas y prohibiciones; invertir los fondos sociales; en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la práctica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna; contratar, endosar y aceptar endosos de pólizas de seguros, anticresis. avíos, iguales y otros; asistir a las Juntas de Accionistas en que la sociedad sea socia con derecho a voz y voto; constituir, formar, participar, prorrogar, modificar, desahuciar, disolver y liquidar toda clase de sociedades, asociaciones y comunidades; pactar indivisión; constituir servidumbre; hacer y aceptar transferencias de acciones, bonos, valores y pagarés; renunciar a acciones y en especial renunciar a la acción revocatoria y resolutoria y a otros derechos y posponerlos a otros, estipular en cada contrato que se celebre, los precios, plazos y condiciones que juzguen convenientes; autocontratar; modificar, desahuciar, anular, rescindir, resolver y terminar los contratos que celebren a nombre de la sociedad; novar, remitir y compensar obligaciones; exigir rendición de cuentas; pedir y aceptar adjudicaciones de toda clase de bienes; convenir y aceptar estimación de perjuicios; recibir correspondencia, aún certificada, giros y encomiendas postales; conferir mandatos, reasumiendo cuántas veces se quiera; otorgar rectificaciones, firmar toda clase de escrituras o instrumentos, escritos y documentos a nombre de la sociedad; entablar demandas y reconvenir; pedir declaraciones de quiebra, celebrar acuerdos y convenios de todo género, quitas y esperas; someter los asuntos y los juicios a la decisión de instrumentos, contratar aperturas de crédito; abrir y cerrar cuentas corrientes de depósito, de créditos y especiales; girar y sobregirar en estas cuentas corrientes; girar, depositar, y sobregirar en las cuentas corrientes bancarias; cobrar, depositar, endosar, revalidar, cancelar y protestar cheques, reconocer, aprobar y rechazar saldos en cuentas corrientes y retirar talonarios de cheques; girar, aceptar, suscribir, reaceptar, descontar, renovar, prorrogar, protestar, endosar en dominio, en garantías y en cobranza, sean al portador o a la orden, con o sin restricciones, letras de cambio, pagarés, libranzas, vales, documentos negociables y cualquier otro documento bancario o mercantil o de otra naturaleza; operar sin limitación con instituciones financieras; firmar, endosar, cancelar y retirar pólizas, manifiestos, conocimientos y documentos de embarque, ejecutar actos de comercio exterior y de cambios internacionales; suscribir registros de importación y exportación, autorizar cargos en cuenta corriente, suscribir anexos, celebrar compraventa de divisas a futuro, asumir riesgos de diferencias de cambio, hacer declaraciones juradas y en general realizar todo acto que la ley o práctica comercial sancione dentro del comercio exterior y cambios internacionales; contratar mutuos y líneas de créditos generales y especiales; contratar acreditivos o créditos documentarios; comprar y vender acciones, bonos y demás valores mobiliarios; ceder créditos y aceptar cesiones de créditos; constituir y retirar depósitos y percibir cuanto se adeudare a la Sociedad; constituir y retirar valores en custodia, en garantía, en cobranza o en cualquier otra forma; constituir, alzar y disponer warrants; arrendar y abrir caja de seguridad y casillas; nombrar jueces árbitros y otorgar a estos facultades de arbitradores; prorrogar jurisdicción, nombrar síndicos, depositarios, tasadores, liquidadores, peritos y demás funcionarios; apelar, tachar, entablar y renunciar a toda clase de recursos legales; representar a la mandante en tercerías, reclamar implicancias y entablar recusaciones; representar a la sociedad ante cualquier persona natural o jurídica, autoridades administrativas, fiscales, incluyendo el Servicio de Impuestos Internos, y semifiscales, en el ejercicio de todos los derechos que ante ellos le corresponda a la mandante; delegar la administración relativa a algunos o cualquiera de los actos y contratos mencionados en esta cláusula u otros actos de administración no enumerados en ella, en otro administrador o en un tercero. En el orden judicial, tendrá todas las facultades que se enumeran en el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, en sus dos incisos, que se dan por expresamente reproducidos, estos es, para litigiar durante el juicio, y en todas las cuestiones que en vía de reconvención se promuevan hasta la ejecución completa de la sentencia definitiva, pudiendo delegar el poder cuantas veces quisiere y reasumirlo cuando lo desee. Esta facultad judicial comprende la de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultad de arbitradores, aprobar convenios y percibir con la declaración que la facultad de transigir, comprenda también las transacciones extrajudiciales. Sin embargo, queda prohibido al administrador, excepto actuando en forma conjunta con los restantes socios; a) Constituir a la Sociedad en avalista, fiadora o codeudora solidaria, por obligaciones de alguno de los socios o de terceros extraños a la Sociedad; b) Constituir garantías reales, prohibiciones y cualesquiera otras cauciones que puedan afectar bienes de la compañía y que no accedan a beneficio de la Sociedad"; y "QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de diez millones de pesos, cantidad que los socios han aportado y enterado en dinero efectivo, e ingresado a la caja social, en la proporción de un ochenta por ciento la sociedad Stericycle Minería SpA, de un catorce por ciento la sociedad Stericycle Urbano SpA y de un seis por ciento don Christian Edmundo Bello Coral.". La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valparaíso, 25 de octubre de 2016.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    RECICLAJES TECNOLÓGICOS LIMITADA

    CVE 2364692

  2. MODIFICACIÓN

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    CVE 2263298

  3. MODIFICACIÓN

    RECICLAJES TECNOLÓGICOS LIMITADA

    CVE 1249189

  4. MODIFICACIÓN

    RECICLAJES TECNOLÓGICOS LIMITADA

    CVE 1130865

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)