Vinícola Vaticano Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$347.320.188
Capital pagado
$347.320.188
Capital pendiente
$0
Representación legal (13)
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 23 de marzo de 2016
Se relatan cesiones y rectificaciones previas de derechos sociales en Vinicola Vaticano Limitada y Agrícola Trinidad Limitada.
ALEJANDRO GARCÍA-HUIDOBRO JIGINS · CAROL ANNE JIGINS GUTIERREZ
- Cesión de derechos· 26 de diciembre de 2016
Se sanean cesiones de derechos sociales y se corrigen capitales de Vinicola Vaticano Limitada y Agrícola Trinidad Limitada.
ALEJANDRO GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA · CAROL ANNE JIGINS GUTIERREZ
- Otro acto· 26 de diciembre de 2016
Se relatan permutas de derechos sociales entre socios de Vinicola Vaticano Limitada y Agrícola Trinidad Limitada, con corrección de capitales.
ALEJANDRO GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA · MARÍA CAROLINA GARCÍA-HUIDOBRO JIGINS · MARÍA PAZ GARCÍA-HUIDOBRO JIGINS · DIEGO GARCÍA-HUIDOBRO JIGINS · JAVIER GARCÍA-HUIDOBRO JIGINS
Texto oficial del extracto
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 5° Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos con oficio en calle Gertrudis Echenique 30 Oficina 44, piso 4°, Comuna de Las Condes, Santiago, certifico: que por escritura de fecha 26/12/2.017, ante el Titular, AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA, domiciliado en Hendaya N°60 Pispo 10°, Comuna Las Condes, por sí y en representación de: PEDRO HUGO URZUA ORTIZ, PEDRO DE CASTRO ESPINOSA, JUAN HUGO URZUA ORTIZ, RAIMUNDO URZUA ORTIZ, MAXIMILIANO URZUA ORTIZ, JUAN PABLO URZUA ORTIZ DE ROZAS, CAROL ANNE JIGINS GUTIERREZ, todos domiciliados en Fundo Vaticano, Sector Ranguil, Comuna de Lolol; de ALEJANDRO GARCÍA-HUIDOBRO, de MARIA CAROLINA, MARIA PAZ, DIEGO y JAVIER, los cinco últimos de apellidos GARCIA-HUIDOBRO JIGINS, todos los últimos domiciliados a estos efectos en Contralmirante Fernández Vial N° 11.067, Comuna Lo Barnechea, Santiago y de don ALEJANDRO GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVIA, también domiciliado en Fundo Vaticano, Sector Ranguil, Comuna de Lolol; rectifican, sanean y modifican escrituras de modificación de sociedades por cesión derechos sociales en "VINICOLA VATICANO LIMITADA" de 23/03/2016 repertorio 9163-2016; y cesión derechos sociales de AGRICOLA TRINIDAD LIMITADA, de 23/03/2016 repertorio 9164-2016 ambas de Notaria Rene Benavente Cash; sanear modificación de Vinicola Vaticano Limitada y de Agrícola Trinidad, por Cesiones de Derechos Sociales de Notaria Rene Benavente Cash de fecha 26/12/2016, Repertorio 46.328-2016, y por último, sanear modificación de Vinicola Vaticano Limitada y de Agrícola Trinidad Limitada otorgada en Notaria Rene Benavente Cash, de Permuta de Derechos Sociales de fecha 26/12/2016 repertorio 46.329-2016, de Vinicola Vaticano Limitada y Agrícola Trinidad Limitada, otorgada en Notaria Rene Benavente Cash, de Santiago, A) Saneamiento Cesión de Derechos Sociales Vinicola Vaticano, fecha 23/03/2016 repertorio 9.163-2016: el capital social previo a Cesiones derechos sociales, se sustituye por siguiente: “CINCO: El capital de la sociedad es la suma de $347.320.188., aportados por socios Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz y Carol Anne Jigins Gutiérrez, un 9,8% de capital esto es $34.037.378., cada uno de ellos; socios Alejandro García-Huidobro Jigins, María Carolina García-Huidobro Jigins, María Paz García-Huidobro Jigins, Diego García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins, un 8% esto es suma de $27.785.615; socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha aportado 1% capital social, esto es la suma de $3.473.203. Y socio Agustín García-Huidobro Ochagavía ha aportado 0,2% esto es, suma de $694.642. El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad”.- B) Una vez pactadas cesiones derechos sociales, clausula capital se sustituye por: “CINCO: El capital de la sociedad es la suma de $347.320.188, siendo socios Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, dueños de 9,8% derechos sociales y han aportado cada uno la suma $34.037.378; socios Alejandro García-Huidobro Ochagavía, María Carolina García-Huidobro Jigins, María Paz García-Huidobro Jigins, Diego García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins, dueños del 8% derechos en sociedad y han aportado cada uno $27.785.615; socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha 1% capital social y es la suma de $3.473.203; socio Agustín García-Huidobro Ochagavía que ha aportado el 10% de capital social y aportado $34.732.019. Capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad”- B) Asimismo, los pactos de Cesión Derechos Sociales en cláusula 3°, queda así: a) Alejandro García-Huidobro Jigins, dueño 8% derechos sociales en Vinícola Vaticano Limitada, cede total de derechos que tiene a Alejandro García-Huidobro Ochagavía y se retira de sociedad Alejandro García-Huidobro Jigins. b) Carol Anne Jigins Gutierrez, dueña del 9,8% de derechos sociales en dicha sociedad, cede total de derechos que tiene en esta a Agustín García-Huidobro Ochagavía, incrementando participación del adquirente al 10% de derechos en sociedad indicada. C) Se sustituye pacto precio cesiones derechos sociales al aplicarse erróneamente sobre capital mal asignado, como sigue: Siendo el capital social de Vinícola Vaticano Limitada $347.320.188., valor proporcional de 8% derechos sociales, como precio de cesión que efectúa Alejandro García-Huidobro Jigins, es $27.785.615, y precio cesión del 9,8% derechos sociales que cede Carol Anne Jigins Gutiérrez, asciende a $34.037.378. C) Saneamiento Cesiones derechos sociales Agrícola Trinidad escritura 23/03/2016, repertorio 9.164-2016. 1) Escritura debió decir y se sustituye en esos términos, que capital de Agrícola Trinidad Limitada, previo a cesión de derechos sociales, es siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $231.739.812, aportados íntegramente a sociedad y en las siguiente proporciones por los socios: a) socios Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz y Carol Anne Jigins Gutiérrez, han aportado el 9,8% capital social que equivale a $22.710.502. cada uno; b) socios Alejandro García-Huidobro Jigins, María Carolina García-Huidobro Jigins, María Paz García-Huidobro Jigins, Diego García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins, han aportado cada uno, 8% de capital social, que equivale $18.539.185 a para cada uno; c) socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha aportado 1% capital social que equivale a $2.317.395. y d) socio Agustín García-Huidobro Ochagavía ha aportado 0,2% de capital social que equivale a $463.480. Capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad”.- Como consecuencia de cesiones de derechos sociales de esa escritura, cláusula 5° estatutos sociales, queda así: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $231.739.812, aportados a sociedad siguiente proporciones: a) Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, han aportado cada uno $22.710.502, que equivale a 9,8% capital social para cada uno; b) socios Alejandro García-Huidobro Ochagavía, María Carolina García-Huidobro Jigins, María Paz García-Huidobro Jigins, Diego García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins, han aportado cada uno, $18.539.185, que equivale al 8% del capital social para cada uno; c) socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha aportado la suma de $2.317.395., que equivale a 1% del capital social; y d) socio Agustín García-Huidobro Ochagavía que ha aportado la suma de $23.173.981, que equivale al 10% del capital social. El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad”.- D) Asimismo, se sustituye lo pactado en dicha escritura relativo a las cesiones de derechos sociales de Agrícola Trinidad Limitada y se sanea y modifica por siguiente estipulación: “Cesiones de Derechos Sociales.- a) Alejandro García-Huidobro Jigins, dueño de 8% derechos sociales de Agrícola Trinidad Limitada, cede totalidad de derechos sociales que tiene a don Alejandro García-Huidobro Ochagavía, quien declara comprar, aceptar y adquirir el 8% de derechos sociales de Agrícola Trinidad Limitada. Se retira de sociedad Alejandro García-Huidobro Jigins y se incorpora con el 8% de derechos sociales, Alejandro García-Huidobro Ochagavía. b) Doña Carol Anne Jigins Gutierrez, dueña del 9,8% de derechos sociales Agrícola Trinidad Limitada, cede total de derechos sociales que tiene a Agustín García-Huidobro Ochagavía, quien declara adquirir para sí, el 9,8% de derechos de sociedad indicada. E) Saneamiento Modificación de Estatutos de Vinicola Vaticano Limitada y de Agrícola Trinidad Limitada, escritura 26/12/2016 repertorio 476.328-2016, otorgada notaría Rene Benavente Cash.- Modificaciones consistieron en cesiones de derechos sociales recíprocas entre algunos socios de Vinicola Vaticano Limitada y algunos socios de Agrícola Trinidad Limitada.- En esta escritura se sanea el error de que capital social de Agrícola Trinidad Limitada sería de $347.320.188, siendo verdadero capital de $231.739.812.- Asimismo, se señala erróneamente capital de Vinicola Vaticano Limitada sería de $231.739.812, siendo realmente de $347.320.188.- Se sanea también precios de cesiones de derechos sociales que ceden, siendo el precio real el que resulta de aplicar el % de participación que comprende cada cesión de derechos sociales sobre el correcto capital social. F) En esta misma escritura de modificación por cesión de derechos sociales, establece la cesión de 8% derechos sociales de Vinicola Vaticano Limitada por Alejandro García-Huidobro Ochagavía, a socios María Carolina, María Paz Diego y Javier todos García-Huidobro Jigins, a razón de 2% a cada uno, y se comete el error de establecer que el precio de cada cesión es de $4.634.796, al aplicarlo erróneamente sobre el capital asignado a esa sociedad- El verdadero precio de cada cesión y así se sanea y modifica, fue de $6.946.404., para cada una de las cesiones señaladas. Resto del pacto de las citadas cesiones de derechos sociales se mantiene igual.- Con ello se retiró de la sociedad Alejandro García-Huidobro Ochagavía.- Quedan en definitiva como socios de Vinicola Vaticano Limitada: Pedro Hugo, Raimundo, Maximiliano, Juan Hugo todos de apellidos Urzúa Ortiz y Pedro de Castro Espinosa, todos con el nueve coma ocho por ciento de los derechos en la sociedad; los socios María Carolina, Mará Paz, Diego y Javier todos de apellidos García-Huidobro Jigins y Agustín García-Huidobro Ochagavía, con el diez por ciento del capital social y el socio Juan Palo Urzúa Ortiz con el uno por ciento de los derechos sociales.- G) Cesiones de Derechos Sociales en Agrícola Trinidad Limitada.- c1)En la misma escritura de modificación citada se contempla cesión de derechos sociales der Agrícola Trinidad Limitada por parte de Alejandro García-Huidobro Jigins, que es dueño del 8% de derechos sociales y que se pacta vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos sociales a Agustín García-Huidobro Ochagavía en el precio de $27.785.615, en circunstancias que el precio real del citado 8% por ciento de los derechos sociales que las partes realmente acordaron y quisieron pactar, asciende a la suma de $18.539.185.- por aplicar el 8% sobre un capital erróneo.- c2) Asimismo, Carol Anne Jigins Gutierrez como dueña del 9,8% de derechos sociales de Agrícola Trinidad Limitada, se pactó erróneamente ceder el 2% derechos sociales a cada uno de socios María Carolina, María Paz, Diego y Javier, todos de apellidos García-Huidobro Jigins, en precio de $6.946.404, para cada cesión, dado que se aplicó el 2% por ciento sobre un capital erróneo que no es el de la sociedad, para determinar el precio- Este error se sanea y modifica y sustituye el pacto del precio aplicando el 2% de cada cesión de derechos aplicándolo sobre verdadero capital de Agrícola Trinidad Limitada, lo que arroja un precio para cada cesión $4.634.796.- c3) Carol Anne Jigins Gutierrez cedió y transfirió también el uno coma ocho por ciento de los derechos sociales que le quedaban a Agustín García-Huidobro Ochagavía y se pactó erróneamente el precio en la suma de $6.251.773. El verdadero precio es $4.171.317 y en esos términos se sanea el error y se sustituye el precio correspondiente.- De esta forma, se retira de la sociedad Carol Anne Jigins Gutierrez.- Quedan como socios de Agrícola Trinidad Limitada los siguientes socios y con los % que se indica: Pedro Hugo, Raimundo, Maximiliano y Juan Hugo, todo de apellidos Urzúa Ortiz, Pedro de castro Espinosa cada uno con el nueve coma ocho por ciento de los derechos sociales; María Carolina, María Paz, Diego y Javier, todos de apellidos García-Huidobro Jigins y Agustín García-Huidobro Ochagavía, con el diez por ciento de participación en capital social y derechos sociales, cada uno.- H)Saneamiento y Modificación de sociedades Vinicola Vaticano Limitada y Agrícola Trinidad Limitada por escritura de Permuta de Derechos Sociales de fecha 26/12/2016 repertorio N° 46.329-2016, otorgada en Notaria Rene Benavente Cash, por errónea asignación de capital en cada una.- Se sanea y modifica asignación de capitales sociales previo a las permutas de derechos sociales de Vinicola Vaticano Limitada y Agrícola Trinidad Limitada y con ello, erróneo % de aporte de capital de cada socio involucrado en permutas de derechos sociales de ambas sociedades: 1) Previo a la Permuta de Derechos Sociales cláusula de capital social debió ser: “CINCO: El capital de la sociedad VINICOLA VATICANO LIMITADA, es $347.320.188, de los cuales: a) socios Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, han aportado cada uno suma de $34.037.378, que equivale al 9,8% de capital social para cada uno de ellos; b)socios María Carolina García-Huidobro Jigins, Diego García-Huidobro Jigins, María Paz García-Huidobro Jigins, Javier García-Huidobro Jigins y Agustín García-Huidobro Ochagavía, ha aportado suma de $34.732.019, que equivale al 10% del capital social y de los derechos sociales; c)socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha aportado suma de $3.473.203, que equivale al 1% del capital social.- Capital íntegramente enterado a la sociedad”.- 2) Capital Social de Vinícola Vaticano Limitada después de materializadas las Permutas de Derechos Sociales.- “CINCO: CAPITAL DE VINICOLA VATICANO LIMITADA, “CINCO: El capital de la sociedad es la suma de $347.320.188: a) Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, han aportado $34.037.378 cada uno, que equivale AL 9,8% del capital social para cada uno; b) Agustín García-Huidobro Ochagavía, ha aportado $34.732.019, equivalente al 10% de capital social; c)María Carolina y Javier, ambos García-Huidobro Jigins, han aportado la suma de $69.464.038, cada uno, que equivale al 20% de capital social; el socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha aportado la suma de $3.473.203, que equivale aproximadamente al uno por ciento del capital social.- El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad”.- Se sanea lo estipulado como Capital Social de AGRICOLA TRINIDAD LIMITADA, previo a Permuta de Derechos Sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $231.739.812, aportados a sociedad íntegramente y siguiente proporciones: a)Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz han aportado cada uno suma de $22.710.502, que equivale al 9,8% de capital social y de los derechos sociales; b)Agustín García-Huidobro Ochagavía, María Carolina García-Huidobro Jigins, María Paz García-Huidobro Jigins, Diego García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins, han aportado cada uno, $23.173.981, que equivale al 10% de capital social y de los derechos sociales; c)socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas, ha aportado la suma de $2.317.398, que equivale al 1% de capital social”.- Capital se encuentra enterado a sociedad”.- Se sanea y modifica escritura de Permuta de Derechos Sociales respecto del capital social de Agrícola Trinidad Limitada una vez perfeccionada Permuta de Derechos Sociales.- “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de doscientos treinta y un millones setecientos treinta y nueve mil ochocientos doce pesos, aportados a la sociedad íntegramente y en las siguiente proporciones, por los socios: a)Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, han aportado cada uno $22.710.502, que equivale al 9,8% de capital social y derechos sociales; b)María Paz y Diego, ambos de apellidos García-Huidobro Jigins, han aportado cada uno, $46.347.962, que equivale a 20% del capital social y de los derechos sociales; c) Agustín García-Huidobro Ochagavía ha aportado $23.173.982, que equivale al 10% de los derechos sociales; y d)Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas, ha aportado la suma de $2.317.398, que equivale a un porcentaje aproximado del 1% del capital social.- El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- En lo no expresamente modificado por esta escritura de Saneamiento, de Rectificación y Modificación de los estatutos de Vinícola Vaticano Limitada y de Agrícola Trinidad Limitada, rige lo pactado en estatutos con todas sus modificaciones anteriores.- Santiago 28 de Diciembre de 2017.- M. V. Wielandt C. N. S.
Información societaria
Capital
Capital total
$347.320.188
Capital pagado
$347.320.188
Capital pendiente
$0
Socios (9)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 9.8% | $34.037.378 |
Socio | - | 9.8% | $34.037.378 |
Socio | - | 9.8% | $34.037.378 |
Socio | - | 9.8% | $34.037.378 |
Socio | - | 9.8% | $34.037.378 |
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA Socio | - | 10% | $34.732.019 |
MARIA CAROLINA GARCIA-HUIDOBRO JIGINS Socio | - | 20% | $69.464.038 |
Socio | - | 20% | $69.464.038 |
JUAN PABLO URZUA ORTIZ DE ROZAS Socio | - | 1% | $3.473.203 |
Representación legal (10)
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDABRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDABRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDABRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDABRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDABRO OCHAGAVÍA
AGUSTIN GARCÍA-HUIDABRO OCHAGAVÍA
Historia societaria relatada
- Otro acto· 26 de diciembre de 2016
Se celebró una permuta de derechos sociales y posterior modificación de estatutos de Vinícola Vaticano Limitada y Agrícola Trinidad Limitada.
Texto oficial del extracto
René Benavente Cash, Notario Público Titular 45° Notaría Santiago, Huérfanos 979, 7° piso, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA, domiciliado en Avda. Apoquindo 3.001, piso 6º, Comuna Las Condes, Santiago, por sí y en representación de PEDRO HUGO URZUA ORTIZ, PEDRO DE CASTRO ESPINOSA, JUAN HUGO URZUA ORTIZ, RAIMUNDO URZUA ORTIZ, MAXIMILIANO URZUA ORTIZ; JUAN PABLO URZUA ORTIZ DE ROZAS, todos domiciliados en Fundo Vaticano, Sector Ranguil, Comuna de Lolol; MARIA CAROLINA, MARIA PAZ, DIEGO y JAVIER, los Cuatro últimos de apellidos GARCIA-HUIDOBRO JIGINS, todos domiciliados estos efectos en Contralmirante Fernández Vial N°11.067, Comuna Lo Barnechea, Santiago; rectifican escritura de modificación de 26 de Diciembre de 2016 esta notaría y extracto de modificaron sociedades "VINICOLA VATICANO LIMITADA" y AGRICOLA TRINIDAD LIMITADA, por permutas de derechos sociales, por errores en asignación de capital, en siguientes términos: A) Capital Social de Vinícola Vaticano Limitada se sustituye por siguiente: "CINCO: El capital de la sociedad VINICOLA VATICANO LIMITADA, es $347.320.188. aportados por: a) socios Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, han aportado cada uno la suma de $34.037.378. que equivale al 9,8% de capital social para cada uno de ellos; b) socio Agustín García-Huidobro Ochagavía, ha aportado la suma de $34.732.019, que equivale al 10% del capital social y; c) socios María Carolina García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins, han aportado la suma de $69.464.038 cada uno, que equivale al 20% de capital social y de los derechos sociales; socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha aportado la suma de $3.473.203, que equivale al 1% por ciento de capital social.- El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad".- B) Se sustituye capital social de Agrícola Trinidad Limitada por siguiente: "CINCO: "Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $231.739.812, aportados a sociedad íntegramente y en las siguiente proporciones: a)socios Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, han aportado cada uno la suma de $22.710.502, que equivale al 9,8% de capital social y de los derechos sociales, para cada uno de ellos; b)socios María Paz García-Huidobro Jigins y Diego García-Huidobro Jigins, han aportado cada uno, la suma de $46.347.962, que equivale al 20% de capital social y de los derechos sociales para cada uno de ellos; c) socio Agustín García-Huidobro Ochagavía ha aportado la suma de $23.173.982, que equivale al 10% de derechos sociales y d); socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas, ha aportado la suma de $2.317396, que equivale al 1% del capital social.- El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad".- C)Socios de ambas sociedades limitan responsabilidad a monto de respectivos aportes. D.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- E.- En lo no expresamente modificado por esta escritura de Rectificación y Modificación de los estatutos de Vinícola Vaticano Limitada y de Agrícola Trinidad Limitada, rige lo pactado en la escritura de Permuta de Derechos Sociales de fecha 26 de Diciembre del 2016 así como rigen los estatutos con las modificaciones que a la fecha se han estipulado.- Santiago, 17 de Febrero de 2016. René Benavente Cash, Notario Público.
Información societaria
Capital
Capital total
$231.739.812
Capital pagado
$231.739.812
Capital pendiente
$0
Socios (9)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $22.710.502 |
Socio | - | - | $22.710.502 |
Socio | - | - | $22.710.502 |
Socio | - | - | $22.710.502 |
Socio | - | - | $22.710.502 |
MARIA CAROLINA GARCIA-HUIDOBRO JIGINS Socio | - | 20% | $46.347.962 |
Socio | - | 20% | $46.347.962 |
AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA Socio | - | 10% | $23.173.982 |
JUAN PABLO URZUA ORTIZ DE ROZAS Socio | - | 1% | $2.317.396 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Javier García-Huidobro Jigins y María Carolina García-Huidobro Jigins permutan derechos sociales con Diego García-Huidobro Jigins y María Paz García-Huidobro Jigins entre ambas sociedades.
JAVIER GARCIA-HUIDOBRO JIGINS · MARIA CAROLINA GARCIA-HUIDOBRO JIGINS · DIEGO GARCIA-HUIDOBRO JIGINS · MARIA PAZ GARCIA-HUIDOBRO JIGINS
- Retiro de socio
Se retiran de Agrícola Trinidad Limitada María Carolina García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins.
MARIA CAROLINA GARCIA-HUIDOBRO JIGINS · JAVIER GARCIA-HUIDOBRO JIGINS
- Retiro de socio
Se retiran de Vinícola Vaticano Limitada Diego García-Huidobro Jigins y María Paz García-Huidobro Jigins.
DIEGO GARCIA-HUIDOBRO JIGINS · MARIA PAZ GARCIA-HUIDOBRO JIGINS
- Cambio de capital
Se sustituye la cláusula de capital social de Vinícola Vaticano Limitada y se fija en $231.739.812.
VINICOLA VATICANO LIMITADA
- Cambio de capital
Se sustituye la cláusula de capital social de Agrícola Trinidad Limitada y se fija en $347.320.188.
Texto oficial del extracto
Joaquín Labbé Donoso, Notario Suplente del Titular de la 45° Notaría de Santiago René Benavente Cash, Huérfanos 979, 7º piso, Santiago, certifico: que por escritura de hoy ante mí, PEDRO HUGO URZUA ORTIZ, PEDRO DE CASTRO ESPINOSA, JUAN HUGO URZUA ORTIZ, RAIMUNDO URZUA ORTIZ, MAXIMILIANO URZUA ORTIZ; JUAN PABLO URZUA ORTIZ DE ROZAS, todos domiciliados en Fundo Vaticano, Sector Ranguil, Comuna de Lolol; MARIA CAROLINA, MARIA PAZ, DIEGO y JAVIER, los Cuatro últimos de apellidos GARCIA-HUIDOBRO JIGINS, todos domiciliados estos efectos en Contralmirante Fernández Vial N° 11.067, Comuna Lo Barnechea; y AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA, domiciliado en Avda. Apoquindo 3.001, piso 6º, Comuna Las Condes, modificaron sociedades "VINICOLA VATICANO LIMITADA" y AGRICOLA TRINIDAD LIMITADA, en siguientes términos: I.- MODIFICACIONES SIMULTÁNEAS A VINICOLA VATICANO LIMITADA Y A AGRICOLA TRINIDAD LIMITADA.- A) Permuta de Derechos Sociales.- Javier García-Huidobro Jigins y María Carolina García-Huidobro Jigins, como dueños cada uno, del 10% de los derechos sociales de Agrícola Trinidad Limitada, acuerdan permutar dicho derechos sociales que cada uno de ellos dos tiene en Agrícola Trinidad Limitada, con el 10% de derechos sociales que respectivamente don Diego García-Huidobro Jigins y doña María Paz García-Huidobro Jigins, tienen en Vinícola Vaticano Limitada.- Los socios de ambas sociedades y las partes de dicha permuta de derechos sociales acuerdan y declaran que valor de derechos sociales permutados para efectos de las inscripciones, los avalúan en $28.953.000.- Como consecuencia de dichas cesiones de derechos sociales recíprocas, se retiran de Agrícola Trinidad Limitada, los señores María Carolina García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins y se retiran de Vinícola Vaticano Trinidad los señores Diego García-Huidobro Jigins y María Paz García-Huidobro Jigins. Pasan a detentar un veinte por ciento de los derechos sociales en Vinícola Vaticano Limitada, en virtud de la permuta de derechos sociales María Carolina y Javier ambos de apellidos García-Huidobro Jigins. Pasan a detentar el veinte por ciento de los derechos sociales en Agrícola Trinidad Limitada, por otra parte, María Paz y Diego, ambos de apellidos García-Huidobro Jigins.- B) Adecuaciones Cláusulas de Capital Social de Vinícola Vaticano Limitada y de Agrícola Trinidad Limitada.- Ba) Sustituyen cláusula quinta y adecua las participaciones en capital social y derechos en sociedad de Vinícola Vaticano Limitada, siguientes términos: Quinto: Capital de $231.739.812., aportados por socios en siguiente proporciones: a)Pedro de Castro Espinosa, Pedro Hugo, Raimundo, Maximiliano y Juan Hugo, los cuatro últimos de apellidos Urzúa Ortiz, $22.710.502, esto es, el 9,8% aproximado, de capital social y derechos sociales, cada uno de ellos; b) María Carolina y Javier ambos de apellidos García-Huidobro Jigins, la suma de $46.347.962.- cada uno, esto es, el 20% de capital y derechos sociales; c) Agustín García-Huidobro Ochagavía la suma de $23.173.982- esto mes, el 10% de derechos sociales; y d) Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas, la suma de $2.317.396., esto es, el 1% de capital social y derechos sociales.- El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad".- Bb) Sustituyen y adecuan cláusula quinta Capital social de Agrícola Trinidad Limitada.- El capital de la sociedad de $347.320.188, se han enterado por socios como sigue: a) Pedro de Castro Espinosa, Pedro Hugo, Raimundo, Maximiliano y Juan Hugo, los 4 últimos de apellidos Urzúa Ortiz, $34.037.378, cada uno, esto es, el 9,8% de capital social cada uno; b) Agustín García-Huidobro Ochagavía, $34.732.019., esto es el 10% aproximadamente del capital social; c) los socios María Paz y Diego, ambos de apellidos García-Huidobro Jigins, han aportado cada uno $69.464.038., esto es, el 20% aproximado de capital social y derechos sociales; Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha aportado $3.473.203., esto es el 1% del capital social.- Capital está enterado.- C.- Socios de ambas sociedades limitan responsabilidad a monto de respectivos aportes. D.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 26 de Diciembre de 2016.- E.- En lo no expresamente modificado de los estatutos de Vinícola Vaticano Limitada y de Agrícola Trinidad Limitada, rigen los estatutos a la fecha vigentes con las modificaciones que a la fecha se han estipulado.- Santiago 26 de Diciembre de 2016. Joaquín Labbé Donoso, Notario Suplente.-
Información societaria
Capital
Capital total
$231.739.812
Capital pagado
$231.739.812
Capital pendiente
$0
Socios (11)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 9.8% | $22.710.502 |
Socio | - | 9.8% | $22.710.502 |
Socio | - | 9.8% | $22.710.502 |
Socio | - | 9.8% | $22.710.502 |
Socio | - | 9.8% | $22.710.502 |
Agustín García-Huidobro Ochagavía Socio | - | 10% | $23.177.981 |
María Carolina García-Huidobro Jigins Socio | - | 10% | $23.177.981 |
María Paz García-Huidobro Jigins Socio | - | 10% | $23.177.981 |
Socio | - | 10% | $23.177.981 |
Socio | - | 10% | $23.177.981 |
Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas Socio | - | 1% | $2.317.395 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 26 de diciembre de 2016
Alejandro García-Huidobro Ochagavía cede el 2% de sus derechos a María Carolina, María Paz, Diego y Javier García-Huidobro Jigins; luego se retira de Vinícola Vaticano Limitada.
Alejandro García-Huidobro Ochagavía · María Carolina García-Huidobro Jigins · María Paz García-Huidobro Jigins · Diego García-Huidobro Jigins · Javier García-Huidobro Jigins
- Cambio de capital· 26 de diciembre de 2016
Se sustituye la cláusula de capital social de Vinícola Vaticano Limitada, fijándolo en $231.739.812.
Vinícola Vaticano Limitada
- Cesión de derechos· 26 de diciembre de 2016
Alejandro García-Huidobro Jigins cede el 8% de Agrícola Trinidad Limitada a Agustín García-Huidobro Ochagavía.
Alejandro García-Huidobro Jigins · Agustín García-Huidobro Ochagavía
- Cesión de derechos· 26 de diciembre de 2016
Carol Anne Jigins Gutiérrez cede el 2% de Agrícola Trinidad Limitada a cada uno de María Carolina, María Paz, Diego y Javier García-Huidobro Jigins, y cede el remanente 1,8% a Agustín García-Huidobro Ochagavía.
Carol Anne Jigins Gutiérrez · María Carolina García-Huidobro Jigins · María Paz García-Huidobro Jigins · Diego García-Huidobro Jigins · Javier García-Huidobro Jigins · Agustín García-Huidobro Ochagavía
- Cambio de capital· 26 de diciembre de 2016
Se sustituye la cláusula de capital social de Agrícola Trinidad Limitada, fijándolo en $347.320.188.
Texto oficial del extracto
Joaquín Labbé Donoso, Notario Suplente del Titular de la 45° Notaría de Santiago René Benavente Cash, Huérfanos 979, 7º piso, Santiago, certifico: que por escritura de hoy ante mí, PEDRO HUGO URZUA ORTIZ, PEDRO DE CASTRO ESPINOSA, JUAN HUGO URZUA ORTIZ, RAIMUNDO URZUA ORTIZ, MAXIMILIANO URZUA ORTIZ; JUAN PABLO URZUA ORTIZ DE ROZAS, todos domiciliados en Fundo Vaticano, Sector Ranguil, Comuna de Lolol; ALEJANDRO GARCIA-HUIDOBRO OCHAGAVIA, domiciliado en Contralmirante Fernández Vial N° 11.067, Comuna Lo Barnechea; CAROL ANNE JIGINS GUTIERREZ, domiciliada en Fundo Vaticano, Sector Ranguil, Comuna de Lolol, MARIA CAROLINA, MARIA PAZ, ALEJANDRO, DIEGO y JAVIER, los cinco últimos de apellidos GARCIA-HUIDOBRO JIGINS y todos domiciliados estos efectos en Contralmirante Fernández Vial N° 11.067, Comuna Lo Barnechea; y AGUSTIN GARCÍA-HUIDOBRO OCHAGAVÍA, domiciliado en Avda. Apoquindo 3.001, piso 6º, Comuna Las Condes, modificaron sociedades "VINICOLA VATICANO LIMITADA" y AGRICOLA TRINIDAD LIMITADA: en siguientes términos: I.- MODIFICACIONES A VINICOLA VATICANO LIMITADA.- Cesiones de Derechos Sociales.- a) Alejandro García-Huidobro Ochagavía dueño del 8% de derechos en sociedad, cede y transfiere el 2% de los derechos sociales a cada uno de los socios María Carolina, María Paz, Diego y Javier, todos de apellidos García-Huidobro Jigins, quienes aceptan para si el 2% de los derechos sociales cada uno. El precio de cada una de las cesiones de derechos sociales asciende a la suma de $4.634.796.- pagaderos forma que indica escritura extractada.- Alejandro García-Huidobro Ochagavía se retira de la sociedad al haber cedido la totalidad de los derechos sociales que a la fecha poseía en la sociedad Vinícola Vaticano Limitada.- En virtud de cesiones de derechos sociales indicadas, quedan como socios de la sociedad Vinícola Vaticano Limitada, con 9,8% de derechos en sociedad: Pedro Hugo Urzúa Ortíz, Pedro de Castro Espinoza, Juan Hugo Urzúa Ortiz, Raimundo Urzúa Ortiz y Maximiliano Urzúa Ortiz; con el 10% de derechos en sociedad, María Carolina, María Paz, Diego y Javier, todos de apellidos García-Huidobro Jigins, así como Agustín García-Huidobro Ochagavía y Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas, queda con el 1% de derechos en sociedad.- 2.- Capital Social.- Se sustituye cláusula quinta relativa al capital social, en virtud de cesiones de derechos sociales, en siguientes términos: "Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $231.739.812, aportados a la sociedad íntegramente y en las siguiente proporciones por los socios: a) los socios Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, han aportado cada uno la suma de $22.710.502, que equivale al porcentaje aproximado de 9,8% del capital social y de los derechos sociales, para cada uno de ellos; b) los socios Agustín García-Huidobro Ochagavía, María Carolina García-Huidobro Jigins, María Paz García-Huidobro Jigins, Diego García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins, han aportado cada uno, la suma de $23.177.981, que equivale a un porcentaje aproximado del 10% del capital social y de los derechos sociales para cada uno de ellos; c) el socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas, ha aportado la suma de $2.317.395, que equivale a un porcentaje aproximado del 1% del capital social".- El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad".- En todo aquellos que no esté expresamente modificado por este instrumento, permanece vigente en todas sus partes el estatuto social de Vinícola Vaticano Limitada, que consta de la escritura de constitución de sociedad ya individualizada al inicio de la cláusula primera precedente, con las modificación de estatutos ya mencionadas precedentemente en esta escritura".- 4. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- 5. En lo no modificado en forma expresa, permanece vigente el pacto social original con sus modificaciones, salvo que contraríen las modificaciones aquí pactadas.- Demás estipulaciones y otras modificaciones no extractables, constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Diciembre del 2.016. René Benavente Cash, Notario Público. II.- MODIFICACIONES DE AGRÍCOLA TRINIDAD LIMITADA.- Cesiones de Derechos Sociales.- 1.- Alejandro García-Huidobro Jigins, dueño del 8% de derechos en Agrícola Trinidad Limitada, cede y transfiere totalidad de derechos sociales que tiene a Agustín García-Huidobro Ochagavía, quien los adquiere para sí en el precio de $27.785.615., que paga a cedente en forma indicada en escritura extractada.- 2.- Carol Anne Jigins Gutiérrez, dueña del 9,8% de derechos sociales de Agrícola Trinidad Limitada, cede y transfiere a cada uno de los socios, María Carolina, María Paz, Diego y Javier, todos de apellidos García-Huidobro Jigins, el 2% de los derechos sociales, quienes los adquieren para sí, en el precio para casa cesionario, de $6.946.404.- que pagan en forma indicada en escritura extractada.- 3.- Carol Anne Jigins Gutiérrez, cede el remanente de derechos sociales que le quedan en la sociedad Agrícola Trinidad Limitada y que ascienden al 1,8% de los mismos, a Agustín García-Huidobro Ochagavía, en el precio de $6.251.773 que paga en forma indicada en escritura que se extracta.- 4.- Adecuación Cláusula Quinta del Capital Social.- Se adecua y sustituye, en virtud de cesiones de derechos sociales, cláusula Capital social, siguientes términos: "CINCO: El capital de la sociedad es la suma de $347.320.188, de los cuales los socios Pedro Hugo Urzúa Ortiz, Pedro de Castro Espinosa, Raimundo Urzúa Ortiz, Maximiliano Urzúa Ortiz, Juan Hugo Urzúa Ortiz, han aportado cada uno la suma de $34.037.378, que equivale aproximadamente al 9,8% por ciento del capital social para cada uno de ellos; los socios Agustín García-Huidobro Ochagavía, María Carolina García-Huidobro Jigins, María Paz García-Huidobro Jigins, Diego García-Huidobro Jigins y Javier García-Huidobro Jigins, han aportado cada uno de ellos la suma de $34.732.019 que equivale aproximadamente al 10% del capital social; el socio Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas ha aportado la suma de $3.473.203, que equivale aproximadamente al 1% del capital social.- El capital se encuentra íntegramente enterado a la sociedad".- 5.- Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- 6. En lo no modificado en forma expresa, permanece vigente el pacto social original con sus modificaciones, salvo que contraríen las modificaciones aquí pactadas.- Demás estipulaciones y otras modificaciones no extractables, constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Diciembre del 2.016.- Joaquín Labbé Donoso, Notario Suplente.-
Actuaciones recientes
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