Sociedad Comercial Gofran Limitada
稅務資料(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
開始經營
SII 未報告開始經營日期
經濟活動
SII 中沒有登記的經濟活動
蓋章文件
SII 中沒有登記的蓋章文件
Diario Oficial
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | - | - |
Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | - | - |
管理人(1)
RODRIGO JAVIER CORANTE ARRIAGADA
公報所載公司沿革
- 設立· 2016年6月30日
Constitución de la sociedad comercial GOFRAN Limitada o Distribuidora GOFRAN Limitada.
- 其他行為· 2025年7月28日
Se amplían facultades de administración y se sustituye la cláusula de mandato para rectificaciones e inscripciones.
GONZALO NICOLAS GÓMEZ PONCE · FRANCISCA ANDREA GÓMEZ PONCE · RODRIGO JAVIER CORANTE ARRIAGADA
摘要官方正文
Ministerio del Interior JOSÉ FRANCISCO OLATE GONZÁLEZ, Abogado, Notario Público Interino de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad N°1155-A, Certifico: Por escritura de fecha 28-07-2025, Repertorio N°1683-2025, ante mí, don GONZALO NICOLAS GÓMEZ PONCE, cédula de identidad N° 18.298.858-8 y doña FRANCISCA ANDREA GÓMEZ PONCE, cédula de identidad N° 17.753.460-9, ambos con domicilio en Navío San Martín número trescientos setenta y cinco, departamento número novecientos cinco “B”, Valparaíso, modificaron sociedad de responsabilidad limitada, “SOCIEDAD COMERCIAL GOFRAN LIMITADA” o “DISTRIBUIDORA GOFRAN LIMITADA”, constituida por escritura ante doña María Ester Astorga Lagos, Notario de Valparaíso, el 30 de junio de 2016, inscrita a fojas 54.438 número 29.451, Registro Comercio de Santiago, año 2016.- Extracto publicado Diario Oficial de fecha 4 de julio de 2016. MODIFICACIONES: 1) cláusula SÉPTIMA de la escritura social constitutiva, agregando a dicha cláusula, el número Veintisiete, en el siguiente sentido “Veintisiete) Contratar y abrir cuentas corrientes y cuentas vistas; Girar en cuentas corrientes y en cuentas vistas; Sobregirar en cuentas corrientes; Reconocer y rechazar saldos de cuentas corrientes; Retirar talonarios de cheques; Cancelar Cheques (cobrar); Endosar en dominio cheques; Endosar cheques y efectos de comercio para depositar en cuenta corriente; Girar letras de cambio; Aceptar y reaceptar letras de cambio; Endosar en dominio letras de cambio; Endosar en cobranza letras de cambio; Endosar en garantía letras de cambio (con la restricción de solo garantizar obligaciones propias); Suscribir pagarés y demás documentos negociables; Endosar en dominio pagarés y demás documentos negociables; Endosar en cobranza pagarés y demás documentos negociables; Endosar en garantía pagarés y demás documentos negociables, con la restricción de solo garantizar obligaciones propias; Descontar letras de cambio, pagarés y demás documentos negociables; Contratar mutuos o préstamos; Tomar boletas bancarias de garantía, con la restricción de solo garantizar obligaciones propias; Otorgar prendas, con la restricción de solo garantizar obligaciones propias; Otorgar hipotecas, con la restricción de solo garantizar obligaciones propias; Comprar Inmuebles; Vender inmuebles; Dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles; Comprar bienes muebles; Vender bienes muebles; Dar y tomar en arrendamiento bienes muebles; Comprar acciones, cuotas FFMM, bienes muebles incorporales y valores mobiliarios; Vender acciones, cuotas FFMM, bienes muebles incorporales y valores mobiliarios; Ceder créditos y aceptar cesiones; Novar; Celebrar contratos de Factoring sin responsabilidad; Contratar cuentas de ahorro y girar en ellas; Tomar depósitos a plazo y a la vista; Invertir en mercado de capitales; Retirar documentos y valores; Contratar y usar cajas de seguridad; Cobrar y percibir; Efectuar importaciones y exportaciones, suscribir informes, registros y anexos; Contratar acreditivos; Endosar y retirar documentos de embarque; Hacer declaraciones juradas; Comprar y vender moneda, cheques y docs. en moneda extranjera; Celebrar compraventas de divisas a futuro y codicionales; Dar órdenes de pago en moneda extranjera; Asumir riesgos de diferencias de cambios; Liquidar y remesar divisas; Celebrar contratos de futuros; Autorizar cargos en cuentas corrientes para operaciones comercio exterior y cam.; Constituir, ingresar o modificar sociedades; Representar en sociedades (hacer valer derechos de socios en una sociedad); Conferir mandatos generales; Conferir mandatos especiales; Facultades judiciales ordinarias; Facultades judiciales especiales; Transferencia de fondos; Pagos Derecho de Aduana; Pago servicio Web SII; Pago servicio Web TGR”. 2) Cláusula Décimo Quinta de la escritura social constitutiva, sustituyendo esta por lo siguiente: “Ambos comparecientes confieren mandato al abogado RODRIGO JAVIER CORANTE ARRIAGADA, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento cuatro mil novecientos treinta y ocho guion cero, para que este practique y requiera todas las rectificaciones, correcciones, salvar omisiones, e incluso rectificar cláusulas esenciales y, en general, reparar cualquier error la escritura de constitución y la de modificación, así como para llevar a cabo las inscripciones y anotaciones que sea procedentes, y representarlos a ambos ante el Conservador de Bienes Raíces competente, Registro de Comercio, Diario Oficial o cualquier otra autoridad o servicio público pertinente”.- Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social primitivo.- VIÑA DEL MAR, 28 DE JULIO DE 2025.
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | - | - |
Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | - | - |
摘要官方正文
PAOLA DEBORAH STACK LARA, Abogado y Notario Público Titular de Viña del Mar, Libertad 901, Local A, Certifico: Certifico: Por Escritura hoy ante mí, Repertorio 3649/2024, don GONZALO NICOLAS GÓMEZ PONCE, cédula de identidad N° 18.298.858-8 y doña FRANCISCA ANDREA GÓMEZ PONCE, cédula de identidad N° 17.753.460-9, ambos con domicilio en calle Arlegui número cuatrocientos cuarenta, oficina novecientos diez, comuna de Viña del Mar, modificaron sociedad de responsabilidad limitada, “SOCIEDAD COMERCIAL GOFRAN LIMITADA” o “DISTRIBUIDORA GOFRAN LIMITADA”, constituida por escritura ante doña María Ester Astorga Lagos, Notario de Valparaíso, el 30 de junio de 2016, inscrita a fojas 54.438 número 29.451, Registro Comercio de Santiago, año 2016.- Extracto publicado Diario Oficial de fecha 4 de julio de 2016. MODIFICACIONES: cláusula TERCERA de la escritura social constitutiva, estableciendo el domicilio social en la comuna de Viña del Mar. Por consiguiente, la cláusula TERCERA de la escritura de constitución de la sociedad queda de la siguiente forma: “TERCERO: El domicilio social será la cuidad de Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otros puntos del país o en el extranjero"; y cláusula DECIMO CUARTA, de la escritura social constitutiva, como domicilio la comuna de Viña del Mar. Por consiguiente la cláusula DECIMO CUARTA, queda de la siguiente forma: “DECIMA CUARTA: Para los efectos de este contrato las partes señalan domicilio en la comuna de Viña del Mar y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales”.- Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social primitivo.- VIÑA DEL MAR, VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.-
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- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL GOFRAN LIMITADA
CVE 2679972
- MODIFICACIÓN
Sociedad Comercial Gofran Limitada
CVE 2579091
