Sociedade por Ações76.562.705-2

Prodelca Administradora SpA

MODIFICACIÓN — 21 de nov. de 2019

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-11-21Ver PDF (CVE 1684680)

Informações societárias

SpA

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$1.000.000

Ações

2.000.000

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, ubicada en Paseo Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la 2ª Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “Prodelca Administradora SpA”, celebrada el 30 de septiembre de 2019, ante mí. Por unanimidad del 100% de accionistas se acordó: (a) Aumentar capital social en $1.000.000, mediante emisión de 1.000.000 de acciones de pago, a ser ofrecidas, suscritas y pagadas en dinero efectivo a partir de fecha Junta y hasta el 31 de diciembre de 2019 por accionistas o terceros interesados, quedando la sociedad con un capital de $2.000.000, dividido en 2.000.000 de acciones, de las cuales 1.000.000 ya están pagadas; (b) Crear dos series preferentes de acciones, esto es, una serie A, de 1.000.000 de acciones, y una serie B, de 1.000.000 de acciones. La preferencia de serie A consiste en derecho a percibir totalidad de utilidades líquidas de cada ejercicio hasta por UF2.025, con preferencia a resto de acciones. Como contrapartida estas acciones no tienen derechos políticos. La preferencia de la serie B consiste en derecho a percibir todas las utilidades líquidas de cada ejercicio del tramo entre el exceso de UF2.025 y hasta UF3.075, con preferencia a resto de acciones. El exceso de UF3.075 de utilidades líquidas de cada ejercicio se repartirá entre todas las acciones de la sociedad, a prorrata de su participación en el capital social. Ambas preferencias durarán hasta el 31 de diciembre del 2035, fecha a contar de la cual todas las acciones pasarán a ser ordinarias y de una misma serie; y (c) Como consecuencia de lo anterior, se acordó sustituir texto de los artículos Quinto y Segundo Transitorio de los estatutos sociales. Demás acuerdos constan en la escritura que extracto. Santiago, 18 de noviembre de 2019.

ModificaçãoDiario Oficial · 2016-12-07Ver PDF (CVE 1146225)

Informações societárias

SpA

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de 43° Notaría Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2016, otorgada ante mí, se redujo Acta de la Junta de Accionistas de “Prodelca Administradora SpA.”, celebrada el 08 de noviembre de 2016, ante mí, con asistencia de la totalidad de accionistas, mediante la cual se acuerda modificar el artículo 6° de los estatutos sociales de la sociedad “Prodelca Administradora SpA” inscrita a fojas 23.819, N° 13.227, del año 2016, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en orden a incorporar como número Ocho) del referido artículo 6°, el siguiente: “Ocho) La cesión de acciones a una persona jurídica constituida en el país, o a otra entidad que no sea una persona natural con domicilio o residencia en Chile, o un contribuyente sin domicilio ni residencia en Chile, deberá ser aprobada previamente en Junta de Accionistas por la unanimidad de éstos”. En razón de lo anterior, se modifica texto del artículo 6° del estatuto social por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: De las Acciones: Las acciones de la sociedad quedarán sujetas a las siguientes normas: Uno) De conformidad con lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, las acciones se entenderán emitidas desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento de capital, según sea el caso, sin necesidad de imprimir láminas físicas de los títulos. Dos) La sociedad llevará un registro de los accionistas de la sociedad en conformidad con lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y uno del Código de Comercio. Tres) La adquisición de acciones de la sociedad implica la aceptación de sus estatutos y de los acuerdos adoptados en Junta de Accionistas. Los accionistas deben ejercer sus derechos respetando los derechos de la sociedad y de los demás accionistas, contenidos en este estatuto y; en su caso, en un pacto de accionistas inscrito y depositado en el Registro de Accionista respectivo. Cuatro) La sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la sociedad, no se computarán para la constitución de quórum en las juntas de accionistas o para aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Las acciones adquiridas por la sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de tres años contados desde la fecha del acto de constitución o de su modificación, según sea el caso. Si dentro del plazo establecido, las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho y las acciones se eliminarán del registro de accionistas. Cinco) La transferencia de las acciones se celebrará mediante escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario o, alternativamente, mediante escritura privada firmada por el cedente y cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante notario público. La transferencia de las acciones producirá sus efectos respecto de la sociedad y terceros desde que se inscriba en el Registro de Accionistas señalado en el numeral Dos) precedente. La forma, plazos y demás requisitos que deba cumplir la transferencia de las acciones se regirá conforme lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas y su Reglamento. Seis) Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en que concurrirán en proporción a la parte pagada. Siete) En caso que una o más acciones pertenezcan en común a varias personas, éstas deberán designar un apoderado para actuar ante la sociedad. Ocho) La cesión de acciones a una persona jurídica constituida en el país, o a otra entidad que no sea una persona natural con domicilio o residencia en Chile, o un contribuyente sin domicilio ni residencia en Chile, deberá ser aprobada previamente en Junta de Accionistas por la unanimidad de éstos”. En todo lo no modificado, permanecen vigentes las estipulaciones del estatuto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 30 de noviembre de 2016. Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    Prodelca Administradora SpA

    CVE 1684680

  2. MODIFICACIÓN

    Prodelca Administradora SpA

    CVE 1146225

Relações societárias

Prodelca Administradora SpA

Ainda não há relações societárias vinculadas