Ainhoa-Chiavari Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
giro inmobiliario
Capital
Capital total
$925.000.000
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARIO GUIDO CAMPODONICO SANHUEZA Socio 5.xxx.xxx-2 | 5.xxx.xxx-2 | - | - |
Socio 6.xxx.xxx-9 | 6.xxx.xxx-9 | - | - |
PEDRO FELIPE CAMPODONICO MARGUIRAUT Socio 14.xxx.xxx-3 | 14.xxx.xxx-3 | - | - |
MARIO ANDRES CAMPODONICO MARGUIRAUT Socio 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | - | - |
Historia societaria relatada
- Otro acto· 4 de noviembre de 2016
Se otorgó escritura pública de resciliación de la sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA o AINHOA LTDA.
MARIO GUIDO CAMPODONICO SANHUEZA · MARIA LUISA MARGUIRAUT TRENIT · PEDRO FELIPE CAMPODONICO MARGUIRAUT · MARIO ANDRES CAMPODONICO MARGUIRAUT
- Constitución· 1 de junio de 2015
Constitución original de la sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA o AINHOA LTDA.
Texto oficial del extracto
Juan Antonio Loyola Opazo, Notario Público Titular Temuco, Prat 770, certifica: Por escritura de fecha 20 de abril 2017, hoy, ante mí, don MARIO GUIDO CAMPODONICO SANHUEZA, chileno, Constructor Civil, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de Identidad número cinco millones doscientos cuarenta y siete mil quinientos ocho guión dos, domiciliado en la ciudad de Temuco, Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta, departamento trescientos uno, doña MARIA LUISA MARGUIRAUT TRENIT, chilena, comerciante, casada, y separada de bienes, cédula nacional de Identidad número seis millones treinta y siete mil quinientos once guión nueve, domiciliada en la ciudad de Temuco, Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta, departamento trescientos uno; don PEDRO FELIPE CAMPODONICO MARGUIRAUT, chileno, ingeniero comercial, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos dieciocho mil siete guión tres, domiciliado en la ciudad de Temuco, calle Avenida Javiera Carrera número doscientos cincuenta, departamento cuatrocientos dos, edificio cinco, y don MARIO ANDRES CAMPODONICO MARGUIRAUT, chileno, ingeniero en ejecución forestal, casado y separado de bienes, cédula nacional de Identidad número doce millones novecientos veintisiete mil novecientos diecinueve guión dos, domiciliado en la ciudad de Temuco, Juan Egaña número mil novecientos cincuenta y cinco, quienes comparecen por sí y en su calidad de únicos socios y representantes de la sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA o AINHOA LTDA., persona jurídica del giro inmobiliario, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos cuarenta y siete mil seiscientos treinta y dos guión uno, domiciliada para estos efectos en Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta, departamento trescientos uno, de la ciudad de Temuco, todos los comparecientes mayores de edad, expusieron: PRIMERO: Declaran los comparecientes que con fecha cuatro de noviembre de año dos mil dieciséis ante el Notario Público Titular de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, repertorio notarial número ocho mil ciento sesenta y nueve año dos mil dieciséis otorgaron escritura pública de resciliación, de la sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA o AINHOA LTDA., persona jurídica del giro inmobiliario, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos cuarenta y siete mil seiscientos treinta y dos guión uno, domiciliada para estos efectos en Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta, departamento trescientos uno, de la ciudad de Temuco, la que fue publicada en extracto en el Diario Oficial en su edición cuarenta y un mil seiscientos siete de fecha catorce de noviembre de dos mil dieciséis.- SEGUNDO: Que a fin de lograr la competente inscripción, los comparecientes vienen en rectificar la cláusula QUINTO de la escritura pública de resciliación, otorgada con fecha cuatro de noviembre de año dos mil dieciséis ante el Notario Público Titular de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, repertorio notarial número ocho mil ciento sesenta y nueve año dos mil dieciséis, la cual actualmente expresa: “QUINTO: En consecuencia y como efecto de la resciliación efectuada en la cláusula anterior, los comparecientes por sí y en su calidad de únicos socios y representantes de la sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA o AINHOA LTDA., la cual nunca realizó trámite alguno de iniciación de actividades ni ha realizado actividad comercial alguna a la fecha, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo Décimo y Décimo Primero de los Estatutos Sociales otorgados por escritura pública de fecha primero de junio de dos mil quince ante el Notario Público Titular de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde, Repertorio notarial número dos mil ciento noventa y nueve del año dos mil quince, vienen de común acuerdo en DISOLVER y LIQUIDAR la sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA o AINHOA LTDA., pactando la restitución de los aportes que alcanzaron a realizar alguno de los socios, según se indicó en la cláusula Segundo de este instrumento, dejar establecido que todos los comparecientes quedan liberados recíprocamente de las obligaciones emanadas del pacto social y para efectos de la restituciones mutuas, solicitan se cancelen las siguientes inscripciones: a) Inscripción de fojas quinientos ochenta y siete, número mil sesenta y uno del Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, a nombre de AINHOA - CHIAVARI LIMITADA, que corresponde a la propiedad denominada Casa número CUATROCIENTOS VEINTE de la cuarta Etapa del “Condominio Parque Foresta”, de la ciudad de Pucón, dicho condominio se encuentra construido en el LOTE A, que tiene una superficie aproximada de cuarenta y tres mil sesenta y cuatro coma cincuenta y cuatro metros cuadrados, ubicado en la comuna de Pucón, actualmente AVENIDA COLO-COLO NÚMERO ONCE, ya individualizada en el numeral dos) de la letra A) de la cláusula Segundo de este instrumento, Rol de avalúo número dieciocho guión ciento noventa y seis de la comuna de Pucón; b) Inscripción de fojas setecientos ochenta y nueve, número seiscientos setenta y cinco en el Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica a nombre de la Sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA, que corresponde al inmueble denominado Lote diecisiete B y el acceso de ciento nueve metros, treinta y siete centímetro cuadrados, de los lotes en que se subdividió el sitio número diecisiete de la manzana número cuarenta y cuatro, de la Población de Lican Ray, de la comuna de Villarrica, ya individualizado en el numeral tres) de la letra A) de la cláusula Segundo de este instrumento. Esta propiedad tiene asignado el Rol de Avalúo Fiscal número cuatrocientos cincuenta y ocho raya dieciocho de la comuna de Villarrica; c) Inscripción de fojas nueve mil ciento setenta y tres, número trece mil doscientos diecisiete en el Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a nombre de la Sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA, que corresponde al inmueble denominado departamento número cuatrocientos uno del cuarto piso del edificio de calle Rancagua número cero cincuenta y uno, comuna de Providencia, Región Metropolitana, inmueble ya individualizado en el numeral tres) de la letra b) de la cláusula Segundo de este instrumento. Esta propiedad tiene asignado el Rol de Avalúo Fiscal número ochocientos sesenta y nueve guión veintiocho de la Comuna de Providencia; d) Inscripción de fojas setecientos noventa, número seiscientos setenta y seis en el Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, a nombre de la Sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA, que corresponde al inmueble denominado LOTE DIECISIETE guión A., de una superficie de quinientos quince coma sesenta y tres metros cuadrados, que es el resto del sitio número diecisiete de la manzana número cuarenta y cuatro de la población de Lican Ray, inmueble ya individualizado en el numeral ocho) de la letra B) de la cláusula Segundo de este instrumento. Esta propiedad tiene asignado el Rol de Avalúo Fiscal número cuatrocientos cincuenta y ocho guión diecisiete de la comuna de Villarrica.- A su vez, los comparecientes dejan expresa mención, que en este acto se produce la restitución material de los señalados inmueble en el estado que actual se encuentran no presentándose reclamo alguno, en consecuencia las partes comparecientes se otorgan el más completo, total y reciproco finiquito, declarando que nada se debe entre ellas por ningún concepto”, cláusula que para todos los efectos legales se rectifica quedando de la siguiente forma: “QUINTO: En consecuencia y como efecto de la resciliación efectuada en la cláusula anterior, los comparecientes por sí y en su calidad de únicos socios y representantes de la sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA o AINHOA LTDA., la cual nunca realizó trámite alguno de iniciación de actividades ni ha realizado actividad comercial alguna a la fecha, vienen de común acuerdo en pactar la restitución de los aportes que alcanzaron a realizar alguno de los socios, según se indicó en la cláusula Segundo de este instrumento, dejando establecido que todos los comparecientes quedan liberados recíprocamente de las obligaciones emanadas del pacto social y para efectos de la restituciones mutuas, solicitan se cancelen las siguientes inscripciones: a) Inscripción de fojas quinientos ochenta y siete, número mil sesenta y uno del Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, a nombre de AINHOA - CHIAVARI LIMITADA, que corresponde a la propiedad denominada Casa número CUATROCIENTOS VEINTE de la cuarta Etapa del “Condominio Parque Foresta”, de la ciudad de Pucón, dicho condominio se encuentra construido en el LOTE A, que tiene una superficie aproximada de cuarenta y tres mil sesenta y cuatro coma cincuenta y cuatro metros cuadrados, ubicado en la comuna de Pucón, actualmente AVENIDA COLO - COLO NÚMERO ONCE, ya individualizada en el numeral dos) de la letra A) de la cláusula Segundo de este instrumento, Rol de avalúo número dieciocho guión ciento noventa y seis de la comuna de Pucón; b) Inscripción de fojas setecientos ochenta y nueve, número seiscientos setenta y cinco en el Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica a nombre de la Sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA, que corresponde al inmueble denominado Lote diecisiete B y el acceso de ciento nueve metros, treinta y siete centímetro cuadrados, de los lotes en que se subdividió el sitio número diecisiete de la manzana número cuarenta y cuatro, de la Población de Lican Ray, de la comuna de Villarrica, ya individualizado en el numeral tres) de la letra A) de la cláusula Segundo de este instrumento. Esta propiedad tiene asignado el Rol de Avalúo Fiscal número cuatrocientos cincuenta y ocho raya dieciocho, de la comuna de Villarrica; c) Inscripción de fojas nueve mil ciento setenta y tres, número trece mil doscientos diecisiete en el Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a nombre de la Sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA, que corresponde al inmueble denominado departamento número cuatrocientos uno del cuarto piso del edificio de calle Rancagua número cero cincuenta y uno, comuna de Providencia, Región Metropolitana, inmueble ya individualizado en el numeral tres) de la letra b) de la cláusula Segundo de este instrumento. Esta propiedad tiene asignado el Rol de Avalúo Fiscal número ochocientos sesenta y nueve guión veintiocho de la Comuna de Providencia; d) inscripción de fojas setecientos noventa, número seiscientos setenta y seis en el Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, a nombre de la Sociedad AINHOA - CHIAVARI LIMITADA, que corresponde al inmueble denominado LOTE DIECISIETE guión A., de una superficie de quinientos quince coma sesenta y tres metros cuadrados, que es el resto del sitio número diecisiete de la manzana número cuarenta y cuatro de la población de Lican Ray, inmueble ya individualizado en el numeral ocho) de la letra B) de la cláusula Segundo de este instrumento. Esta propiedad tiene asignado el Rol de Avalúo Fiscal número cuatrocientos cincuenta y ocho guión diecisiete de la comuna de Villarrica.- A su vez, los comparecientes dejan expresa mención, que en este acto se produce la restitución material de los señalados inmuebles en el estado que actual se encuentran no presentándose reclamo alguno; en consecuencia, las partes comparecientes se otorgan el más completo, total y recíproco finiquito, declarando que nada se debe entre ellas por ningún concepto”. TERCERO: En todo lo no rectificado, siguen vigentes todas y cada una de las cláusulas de la escritura pública de Resciliación, otorgada con fecha cuatro de noviembre de año dos mil dieciséis, ante el Notario Público Titular de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, repertorio notarial número ocho mil ciento sesenta y nueve año dos mil dieciséis, no sufren modificación, complementación o rectificación alguna. Capital de la sociedad novecientos veinticinco millones de pesos.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 21 abril 2017.
Información societaria
Capital
Capital total
$925.000.000
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de junio de 2015
Constitución de AINHOA – CHIAVARI LIMITADA o AINHOA LTDA.
MARIO GUIDO CAMPODONICO SANHUEZA · MARIA LUISA MARGUIRAUT TRENIT · PEDRO FELIPE CAMPODONICO MARGUIRAUT · MARIO ANDRES CAMPODONICO MARGUIRAUT
- Otro acto· 4 de noviembre de 2016
Los socios rescinden el contrato social y acuerdan disolver y liquidar la sociedad.
MARIO GUIDO CAMPODONICO SANHUEZA · MARIA LUISA MARGUIRAUT TRENIT · PEDRO FELIPE CAMPODONICO MARGUIRAUT · MARIO ANDRES CAMPODONICO MARGUIRAUT
Texto oficial del extracto
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario público, domiciliado en Prat Nº 770, Temuco Por escritura pública de fecha 04 de noviembre de 2016; Comparecen: don MARIO GUIDO CAMPODONICO SANHUEZA, chileno, Constructor Civil, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de Identidad número cinco millones doscientos cuarenta y siete mil quinientos ocho guión dos, domiciliado en la ciudad de Temuco, Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta, departamento trescientos uno; doña MARIA LUISA MARGUIRAUT TRENIT, chilena, comerciante, casada, y separada de bienes, cédula nacional de Identidad número seis millones treinta y siete mil quinientos once guión nueve, domiciliada en la ciudad de Temuco, Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta, departamento trescientos uno; don PEDRO FELIPE CAMPODONICO MARGUIRAUT, chileno, ingeniero comercial, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos dieciocho mil siete guión tres, domiciliado en la ciudad de Temuco, calle Avenida Javiera Carrera número doscientos cincuenta, departamento cuatrocientos dos, edificio cinco; y, don MARIO ANDRES CAMPODONICO MARGUIRAUT, chileno, ingeniero en ejecución forestal, casado y separado de bienes, cédula nacional de Identidad número doce millones novecientos veintisiete mil novecientos diecinueve guión dos, domiciliado en la ciudad de Temuco, Juan Egaña número mil novecientos cincuenta y cinco; PRIMERO: Declaran los comparecientes que con fecha primero de junio de dos mil quince, por medio de escritura pública otorgada ante el Notario Público Titular de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde, repertorio notarial número dos mil ciento noventa y nueve del año dos mil quince, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es AINHOA – CHIAVARI LIMITADA ó AINHOA LTDA, constitución que fue publicada en extracto en el Diario Oficial con fecha cuatro de julio de dos mil quince, extracto inscrito en el Registro de Comercio de Temuco a fojas mil ciento ochenta y uno vuelta, número setecientos sesenta y uno del año dos mil quince a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- SEGUNDO: Declaran los comparecientes que en la ya señalada escritura de constitución pactaron que el capital de la “Sociedad” sería la suma de NOVECIENTOS VEINTICINCO MILLONES DE PESOS, que los socios se obligaron a aportar y pagar de la siguiente manera: A) Don MARIO GUIDO CAMPODONICO SANHUEZA, se obligó a enterar la suma de TRESCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS, que corresponde aproximadamente al TREINTA Y CUATRO COMA QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO por ciento del capital social, entregando el dominio exclusivo a la sociedad AINHOA – CHIAVARI LIMITADA ó AINHOA LTDA. de los siguientes bienes: uno) La totalidad de las acciones y derechos o cuota de dominio de que es dueño y que recaen sobre el inmueble ubicado en la ciudad de Concepción, calle AVENIDA ARGENTINA NÚMERO CUATROCIENTOS SETENTA AL CUATROCIENTOS OCHENTA, compuesta de varios retazos de terrenos, que forma una superficie continuada de suelo cuyos deslindes generales son: NORTE: en veintiocho metros con Avenida Argentina de su ubicación; SUR: con una parte de nueve metros con propiedad de doña Claudina Pradenas, en otra parte también con nueve metros con propiedad de don Juan Poblete y en resto de diez metros con propiedad de Anguita; ORIENTE: en una parte, en diecisiete coma cincuenta metros con propiedad de don Pedro Lastra y de doña Claudina Pradenas, en otra parte y en dieciséis coma cincuenta metros con Claudina Pradenas; y PONIENTE: en una parte, en treinta metros con propiedad de Anguita y en otra parte en cinco metros con propiedad de Anguita.- Esta propiedad tiene asignado el Rol de Avaluó Fiscal número seiscientos setenta y cuatro guión dieciséis de la comuna de Concepción.- Los señalados derechos y acciones o cuota de dominio rolan inscritas a fojas ochocientos ochenta y ocho, número setecientos setenta y dos del Registro de Propiedad del año dos mil seis del Conservador de Bienes Raíces de Concepción.- Los socios de común acuerdo avaluaron las señaladas acciones y derecho o cuota de dominio en la suma de CIEN MILLONES DE PESOS; dos) Casa número CUATROCIENTOS VEINTE de la cuarta Etapa del “Condominio Parque Foresta” de la ciudad de Pucón, dicho condominio se encuentra construido en el LOTE A, que tiene una superficie aproximada de cuarenta y tres mil sesenta y cuatro coma cincuenta y cuatro metros cuadrados, ubicado en la comuna de Pucón, actualmente AVENIDA COLO-COLO NÚMERO ONCE y que deslinda en especial, según título: NORTE: en línea dos raya tres en ciento noventa y siete coma diez metros, con propiedad de Carlos Holzapfel, y en línea seis raya siete en dieciocho metros con Lote Cuatro; SUR: en línea ocho raya uno en ciento cincuenta y ocho coma veinticinco metros con Avenida Colo-Colo; ORIENTE: en línea tres raya cuatro en cincuenta y tres coma sesenta metros con camino público, en línea cuatro raya cinco en setenta y ocho coma veinte metros con Lote Cinco: en línea cinco raya seis en veintiocho coma veinte metros con Lote Cuatro; y en línea siete raya ocho en ochenta coma ochenta metros, con Lote Cuatro: y PONIENTE: en línea uno raya dos en doscientos cincuenta y dos coma diez metros con propiedad de Alberto Ansorena.- lo anterior resulto de la fusión de tres lotes colindantes, según consta de permiso de Fusión número cero veinte de diez de agosto de mil novecientos noventa y nueve, rectificado por permiso de fusión número cero veintitrés de fecha dieciocho de octubre de mil novecientos noventa y nueve, orden de ingresos municipales, memorias explicativas y planos de fusión y de rectificación. Todos debidamente autorizados por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Pucón, que se encuentra agregado bajo los números mil ciento quince, mil ciento dieciséis, mil ciento diecisiete, y mil ciento dieciocho, en el registro de Documentos del año mil novecientos noventa y nueve del Conservador de Bienes Raíces de Pucón.- Los deslindes especiales, actuales y reales, conforme a los documentos citados, de los tres lotes citados, son los siguientes: Uno) LOTE UNO: superficie de dos mil setecientos veintinueve coma sesenta y ocho metros cuadrados: NORTE: en línea seis raya siete en dieciocho metros con lote cuatro; en línea seis raya trece en quince metros con Lote Tres; SUR: en línea ocho raya nueve en treinta y cuatro coma setenta y cinco metros con Avenida Colo-Colo; ORIENTE: en línea siete raya ocho en ochenta coma ochenta metros con Lote Cuatro; y PONIENTE: en línea nueve raya doce en cincuenta y cuatro metros con Lote Dos; en línea doce raya trece en veintiséis coma quince metros con Lote Tres.- Dos) LOTE DOS: superficie dos mil ciento noventa y ocho coma ochenta y tres metros cuadrados: NORTE: en línea once raya doce en treinta y nueve coma setenta y cinco metros con Lote Tres; SUR: en línea nueve raya diez en treinta y nueve coma setenta y cinco metros con Avenida Colo-Colo; ORIENTE: en línea nueve raya doce en cincuenta y cuatro metros con Lote Uno; PONIENTE: en línea diez raya once en cincuenta y seis coma setenta y cinco metros con Lote Tres.- Tres) LOTE TRES: superficie de treinta y ocho mil ciento treinta y seis coma cero tres metros cuadrados: NORTE: en línea dos raya tres en ciento noventa y siete coma diez metros con propiedad de Carlos Holzapfel; SUR: en línea diez raya uno en ochenta y tres coma setenta y cinco metros con Avenida Colo Colo; en línea once raya doce en treinta y nueve coma setenta y cinco metros con Lote Dos; en línea seis raya trece en quince metros con Lote Uno; ORIENTE: en línea diez raya once en cincuenta y seis coma setenta y cinco metros con Lote Dos; en línea doce raya trece en veintiséis coma quince metros con Lote Uno; en línea cinco raya seis en veintiocho coma veinte metros con Lote Cuatro; en línea cuatro raya cinco en setenta y ocho coma veinte metros con Lote Cinco; en línea tres raya cuatro en cincuenta y tres coma sesenta metros con propiedad de Carlos Holzapfel; PONIENTE: en línea uno raya dos en doscientos cincuenta y dos coma diez metros con propiedad de Alberto Ansorena.- En el LOTE A, antes individualizado la sociedad Inmobiliaria Bayona S.A., está construyendo un Condominio conforme a la normas de la Ley número diecinueve mil quinientos treinta y siete sobre Copropiedad Inmobiliaria compuesto por ciento cuarenta y siete viviendas, e instalaciones comunes, para ser construido en Seis Etapas.- El Condominio, que se denomina PARQUE FORESTA, tiene un acceso común actual por Avenida Colo-Colo número once, Comuna de Pucón, y contempla en sus áreas comunes diversas instalaciones y dependencias comunes, entre ellas Portería, Club House, Cancha de Tenis, Multicancha, Juegos Infantiles, Dos Piscinas, Estacionamientos Comunes y una Casa Bote.- En la Primera Etapa se tiene considerada la construcción de treinta viviendas, se construyeron Juegos Infantiles, Cancha de Tenis, una Piscina y Portería, en conformidad a los planos y especificaciones técnicas elaboradas por el Arquitecto don Wanderley Peláez Román y al permiso de edificación numero ciento veinte de fecha veintinueve de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve, reducido a escritura pública con fecha quince de Octubre de mil novecientos noventa y nueve y a los permisos de ampliación número ciento cuarenta y nueve al ciento sesenta y tres ambos inclusive todos con fecha uno de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve, reducido a escritura pública con fecha veinte de Enero de dos mil, los permisos de ampliación números cincuenta y cinco, cincuenta y seis, cincuenta y siete, los tres de fecha veintiuno de Marzo del dos mil, reducidos a escritura pública de fecha cinco de Abril del dos mil, y los permisos de ampliación número sesenta y nueve y setenta de fecha catorce Abril de dos mil, reducidos a escritura Pública de fecha veinte de Abril del dos mil.- Todos estos permisos fueron otorgados por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Pucón, y las escrituras públicas se otorgaron ante el Notario de Temuco don Claudio González Rosas.- La Recepción Definitiva de la primera etapa del condominio consta de certificado número cincuenta de fecha veintiocho de Abril del dos mil, de la Dirección de Obras referida.- Por resolución número cero cero cuatro de fecha treinta y uno de Mayo del año dos mil.- Se acogió la primera etapa del Condominio a las disposiciones de la Ley diecinueve mil quinientos treinta y siete, de Copropiedad Inmobiliaria, archivándose esta resolución y el plano del Condominio bajo los números veintiséis, veintinueve y treinta en el Conservador de Pucón.- La segunda y Tercera etapa del Condominio Parque Foresta comprende veinte viviendas, cada uno, desde la número doscientos uno al número doscientos veinte y de la número trescientos uno al trescientos veinte respectivamente y construyeron también conforme a los planos y especificaciones técnicas elaborados por el arquitecto don Wanderley Peláez Román y de acuerdo al mismo Permiso de construcción número ciento dos guión dos mil de fecha diecisiete de Julio del año dos mil, reducido a escritura pública con fecha treinta y uno de Julio de dos mil, y de los siguientes permisos de ampliación de la segunda Etapa número ciento diecinueve al ciento veintidós, de fecha siete de Agosto del dos mil, número ciento veintinueve de fecha siete de agosto del dos mil, numero ciento treinta y dos de fecha siete de Agosto de dos mil, número ciento treinta y cuatro al ciento treinta y nueve de fecha siete de Agosto del dos mil, número ciento cuarenta y uno al ciento cuarenta y tres de fecha siete de Agosto de dos mil y número ciento cuarenta y siete al ciento cincuenta y uno de fecha nueve de agosto de dos mil, y los permisos de ampliación de la Tercera Etapa números ciento catorce, ciento quince, ciento dieciséis, ciento diecisiete, ciento dieciocho, ciento veintitrés, ciento veinticuatro, ciento veinticinco, ciento veintiséis, ciento veintisiete, ciento veintiocho, cinto treinta, ciento treinta y uno, ciento treinta y tres, ciento cuarenta, ciento cuarenta y cuatro, de fecha siete de Agosto del dos mil y ciento setenta y cinco, ciento setenta y seis, ciento setenta y siete, de fecha doce de Septiembre del año dos mil, y doscientos nueve de fecha siete de noviembre de dos mil, extendidos por la Dirección de Obras Municipales.- Todos estos permisos otorgados por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Pucón, y reducido a escritura pública ante el Notario de Temuco don Claudio González Rozas y de don Humberto Toro Martínez-Conde.- La recepción Definitiva Parcial de las veinte viviendas de la Segunda Etapa, consta del Certificado cero noventa y cuatro de la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Pucón, de fecha treinta y uno de agosto del dos mil, y por resolución número cero cero siete de fecha treinta y uno de Agosto de dos mil, de la misma Dirección de Obras, se acogió a las Normas de Copropiedad Inmobiliaria según la Ley diecinueve mil quinientos treinta y siete, la Segunda Etapa del Condominio Parque Foresta compuesta por veinte viviendas, identificadas con los números doscientos uno al doscientos veinte.- La resolución número cero cero siete citada se agregó en el Registro de Ley diecinueve mil quinientos treinta y siete del Conservador de Pucón bajo el número treinta y cuatro.- La memoria explicativa se archivó con el número treinta y cinco al Registro de Ley número diecinueve mil quinientos treinta y siete, y el plano de Copropiedad Inmobiliaria se agregó al mismo registro con el número treinta y seis todos con fecha once de septiembre del dos mil.- La recepción parcial de las veinte viviendas de la Tercera Etapa consta del certificado número ciento veintisiete de la Dirección de Obras Municipales de fecha veintinueve de Noviembre del año dos mil, y por resolución número cero dieciséis de fecha veintinueve de noviembre de dos mil, de la misma Dirección de Obras, se acogió a las normas de Copropiedad Inmobiliaria según la Ley diecinueve mil quinientos treinta y siete resolución número cero dieciséis citada se agregó en el Registro de Ley diecinueve mil quinientos treinta y siete del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, bajo el numero setenta y uno.- La memoria explicativa se archivó con el número setenta y cinco al registro de la ley número diecinueve mil quinientos treinta y siete y el plano de Copropiedad Inmobiliaria se agregó al mismo registro con el numero setenta y seis todos con fecha catorce de diciembre del año dos mil.- La Cuarta Etapa del Condominio Parque Foresta de Pucón, conformada por veinte viviendas desde el numero cuatrocientos uno al cuatrocientos veinte y se construyeron también conforme a los planos y especificaciones técnicas elaborados por el Arquitecto señor Wanderley Peláez Román y de acuerdo al permiso de construcción número cero veintidós de fecha diecinueve de Enero del año dos mil uno, reducido a escritura pública en la Notaria de don Claudio González Rozas de fecha dieciséis de Febrero del dos mil uno, y los siguientes permisos de ampliación cero setenta y seis al cero setenta y ocho reducidos a escritura pública con fecha veintitrés de Abril del dos mil uno en la Notaria de don Carlos Randohr Janssen.- La recepción definitiva parcial de las veinte viviendas de la Cuarta Etapa consta del certificado número cero sesenta y dos de la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Pucón de fecha cuatro de Abril de dos mil uno.- La Resolución número cero cero cuatro de fecha cero seis de Abril de dos mil uno se acogió la cuarta etapa del condominio a la disposiciones de la Ley diecinueve mil quinientos treinta y siete de Copropiedad Inmobiliaria, agregando esta resolución bajo el número veintiséis al en el Conservador de Bienes Raíces de Pucón.- La memoria explicativa y el plano se agregaron bajo los números veintinueve y treinta en el mismo Conservador, todos de fecha veinticinco de Abril de dos mil uno.- El Reglamento de Copropiedad de Condominio Parque Foresta se formuló por escritura pública, con fecha veintiocho de abril del dos mil uno, en la notaria de Temuco de don Juan Antonio Loyola Opazo, inscrito a fojas seiscientos doce, número ciento ochenta y dos del Registro de Hipoteca del Conservador a mi cargo del año dos mil.- Se comprenden en la venta y su precio la proporción de derechos que le corresponden al Inmueble vendido a los bienes comunes del Condominio, conforme a lo dispuesto en la Ley diecinueve mi quinientos treinta y siete y el Reglamento de Copropiedad del Condominio PARQUE FORESTA, antes citados que el comprador declara conocer y aceptar.- El inmueble antes citado tiene asignado el Rol de Avaluó Fiscal numero dieciocho guión ciento noventa y seis de la comuna de Pucón.- Hacen presente los comparecientes que actualmente el señalado inmueble aportado se encuentra inscrito a nombre de la Sociedad AINHOA-CHIAVARI LIMITADA a fojas quinientos cuarenta y siete, número mil sesenta y uno en el Registro de Propiedad año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, y que la inscripción anterior o prevalente del señalado inmueble se encontraba a fojas mil seiscientos nueve, número novecientos ochenta y dos del Registro de Propiedad del año dos mil uno del Conservador de Bienes Raíces de Pucón.- Para efectos del aporte los socios avaluaron este inmueble en la suma única y total de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS; tres) Lote diecisiete B y el acc
Información societaria
Capital
Capital total
$250.000.000
Historia societaria relatada
- Otro acto· 11 de agosto de 2016
Se modificó la sociedad y se efectuó cesión de derechos; luego se rectifica el error de fecha del extracto y la falta de inscripción oportuna.
Texto oficial del extracto
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario titular, domiciliado en Prat Nº 770 Temuco, Por escritura pública de fecha 2 de noviembre de 2016, ante mí; don David Alberto Morales Troncoso, quien declara ser chileno, abogado, divorciado, cédula de identidad número diez millones seiscientos cincuenta y dos mil novecientos cincuenta y nueve guión cero, domiciliado en calle Manuel Montt ochocientos cincuenta, oficina quinientos uno, de la ciudad y comuna de Temuco; viene en rectificar y otorgar la siguiente escritura de saneamiento en virtud de las facultades que le otorga la Cláusula QUINTO de la escritura pública de Modificación Sociedad de Responsabilidad limitada y cesión de derechos de la Sociedad Inmobiliaria Puelma & Bachmann Responsabilidad Limitada o Cuatro P Ltda, de fecha once de agosto de dos mil dieciséis, ante el Notario Público de la ciudad de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, repertorio notarial número seis mil noventa: PRIMERO: Antecedentes. Que por escritura pública de fecha 11 de agosto de 2016, ante el Notario Público de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, se modifico la Sociedad de Responsabilidad Limitada Puelma & Bachmann Responsabilidad Limitada o Cuatro P Ltda, ya que por un error en la indicación como fecha de otorgamiento del extracto, se señalando en su parte final: “Temuco veintitrés de Agosto de dos mil quince” debiendo decir, “Temuco veintitrés de Agosto de dos mil dieciséis”, no se inscribió dicha Modificación y cesión de derechos de la Sociedad Inmobiliaria Puelma & Bachmann Responsabilidad Limitada o Cuatro P Ltda, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, dentro del plazo legal.- SEGUNDO: Por el presente instrumento y de acuerdo a la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, el compareciente viene en sanear la el error en la indicación como fecha de otorgamiento del extracto de la escritura de Modificación y cesión de derechos de la Sociedad Inmobiliaria Puelma & Bachmann Responsabilidad Limitada o Cuatro P Ltda, además de la falta de inscripción en el Registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Temuco dentro del plazo legal. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital $250.000.000.- Temuco, 07 de Noviembre de 2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
AINHOA-CHIAVARI LIMITADA
CVE 1219233
- DISOLUCIÓN
AINHOA – CHIAVARI LIMITADA
CVE 1135339
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria Puelma & Bachmann Responsabilidad Limitada
CVE 1133962
