股份公司76.545.526-K

Áridos Buena Vista SpA

MODIFICACIÓN — 2021年6月19日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2021-06-19查看 PDF(CVE 1963884)

公司信息

SpA
Talca, Maule
管理方式: Un administrador con amplias facultades

资本

总资本

$20.000.000

管理人(1)

ALFONSO NICOLAS CACERES PEÑALOZA

14.xxx.xxx-5Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2016年1月8日

    Se constituye Áridos Buena Vista SpA.

  2. 管理人变更· 2019年6月21日

    Se modifica la cláusula de administración de la sociedad.

  3. 管理人变更· 2020年9月7日

    Se modifica nuevamente la administración de la sociedad.

摘要官方正文

ANDREA VERONICA LAMA CABALLERO, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la cuarta Notaria de Talca don JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que en Junta Extraordinaria de Accionistas de Áridos Buena Vista SpA celebrada el 4 de junio de 2021, y reducida a escritura pública ante mí, el 14 de Junio de 2021, Repertorio N°1.534-2021, se aprobaron las siguientes modificaciones: 1. La modificación estatutaria referente al Título tercero, cláusula decima de la escritura de constitución, que a su vez fue modificada con fecha 21 de junio de 2019 en la Notaría de Talca de don Teodoro Patricio Durán Palma, cuyo extracto fue inscrito a fojas 1275 N° 502 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2019 y publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de julio de 2019; y que a su vez fue modificada por junta extraordinaria de accionistas reducida a escritura pública otorgada con fecha 07de septiembre de 2020 en la Notaría de Talca de don Jaime Silva Sciberras, cuyo extracto fue inscrito a fojas 1540 N° 537 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2020 y publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de septiembre de 2020. Lo anterior referente a la administración de la sociedad, en concordancia que al día de hoy se encuentran las acciones en manos de un solo accionista, proponiéndose ratificar la modificación y enmendar dicha cláusula de la siguiente forma: “La sociedad será administrada por un (1) administrador, el cual la representará con amplias facultades, pudiendo actuar a su arbitrio, de acuerdo a su prudencia, en toda clase de actos, y ante toda persona, natural o jurídica, o autoridad, ya sea política, administrativa, judicial pública, fiscal, semifiscal, municipal y de administración autónoma, otorgándose además la representación judicial y extrajudicial de la sociedad…”. 2. Además se ratificó la designación como administrador de la sociedad, según lo señalado en la modificación mencionada en el punto anterior, nombrando como administrador al Sr. ALFONSO NICOLAS CACERES PEÑALOZA, chileno, casado, Constructor Civil, cédula nacional de identidad número 14.201.996-5. Se deja constancia que Áridos Buena Vista SpA, R.U.T. N° 76.545.526-K, fue constituida por escritura pública otorgada con fecha 8 de enero de 2016, en la Notaría de Talca de doña Angelita Hormazabal Alegría, domiciliada en la comuna de Talca. Un extracto de la escritura de constitución fue inscrito a fojas 102 N°38 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Talca correspondiente al año 2016, y publicado con fecha 13 de enero de 2016 en el Diario Oficial. Capital Vigente $20.000.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Talca, 17 de Junio de 2021.-

变更Diario Oficial · 2021-04-21查看 PDF(CVE 1930320)

公司信息

SpA
Talca, Maule

资本

总资本

$20.000.000

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2016年1月8日

    Se constituyó Áridos Buena Vista SpA.

    Áridos Buena Vista SpA

  2. 其他行为· 2020年9月1日

    Se celebró una junta extraordinaria de accionistas cuya acta fue reducida a escritura pública el 7 de septiembre de 2020.

    FELIPE EDUARDO ARAVENA YAÑEZ

摘要官方正文

JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de hoy, ante mí, don FELIPE EDUARDO ARAVENA YAÑEZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad N°17.322.583-0, con domicilio para estos efectos en calle Seis Norte número mil quince, de la comuna y ciudad de Talca, efectuó saneamiento, de la sociedad Áridos Buena Vista SpA, R.U.T. N° 76.545.526-K, constituida por escritura pública otorgada con fecha 8 de enero de 2016, en la Notaría de Talca de doña Angelita Hormazabal Alegría, domiciliada en la comuna de Talca. Un extracto de la escritura de constitución fue inscrito a fojas 102 N°38 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Talca correspondiente al año 2016, y publicado con fecha 13 de enero de 2016 en el Diario Oficial. Capital Vigente $20.000.000.- Saneamiento: Que con fecha siete de Septiembre del año dos mil veinte, ante el Notario Público de Talca, don JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular, de la Cuarta Notaria de Talca, don FELIPE EDUARDO ARAVENA YAÑEZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos veintidós mil quinientos ochenta y tres guión cero (17.322.583-0), con domicilio para estos efectos en calle Seis Norte número mil quince, de la comuna y ciudad de Talca, debidamente facultado, redujo a escritura pública, ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, de Áridos Buena Vista SpA, celebrada con fecha 01 de Septiembre de 2020, repertorio número 1.953-2020, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha diecisiete de Septiembre de 2020, y que conforme a lo dispuesto la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve (19.499) el compareciente viene en sanear los vicios de adolecen a la referida Sociedad por Acciones, consistentes en que en el extracto firmado electrónicamente por el notario y el extracto publicado en el Diario Oficial, se señaló erróneamente la fecha de la escritura pública en la que se redujo dicha acta, debiendo decir: “reducida ante mí a escritura pública el día 07 de Septiembre de 2020, Repertorio N°1.953-2020…” no como se indicó: “reducida ante mí a escritura pública el día 04 de Septiembre de 2020, Repertorio N°1.953-2020….”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 19 de Abril de 2021.

变更Diario Oficial · 2020-11-03查看 PDF(CVE 1841177)

公司信息

SpA
Talca, Maule

资本

总资本

$20.000.000

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2016年1月8日

    Se constituyó Áridos Buena Vista SpA.

  2. 其他行为· 2020年9月1日

    Se celebró una junta extraordinaria de accionistas de Áridos Buena Vista SpA.

    FELIPE EDUARDO ARAVENA YAÑEZ

摘要官方正文

JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de Octubre de 2020, ante mí, don FELIPE EDUARDO ARAVENA YAÑEZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad N°17.322.583-0, con domicilio para estos efectos en calle Seis Norte número mil quince, de la comuna y ciudad de Talca, efectuó saneamiento, de la sociedad Áridos Buena Vista SpA, R.U.T. N° 76.545.526-K, constituida por escritura pública otorgada con fecha 8 de enero de 2016, en la Notaría de Talca de doña Angelita Hormazabal Alegría, domiciliada en la comuna de Talca. Un extracto de la escritura de constitución fue inscrito a fojas 102 N°38 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Talca correspondiente al año 2016, y publicado con fecha 13 de enero de 2016 en el Diario Oficial. Capital Vigente $20.000.000.- Saneamiento: Que con fecha siete de Septiembre del año dos mil veinte, ante el Notario Público de Talca, don JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular, de la Cuarta Notaria de Talca, don FELIPE EDUARDO ARAVENA YAÑEZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos veintidós mil quinientos ochenta y tres guión cero (17.322.583-0), con domicilio para estos efectos en calle Seis Norte número mil quince, de la comuna y ciudad de Talca, debidamente facultado, redujo a escritura pública, ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, de Áridos Buena Vista SpA, celebrada con fecha 01 de Septiembre de 2020, repertorio número 1.953-2020, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha diecisiete de Septiembre de 2020, y que conforme a lo dispuesto la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve (19.499) el compareciente viene en sanear los vicios de adolecen a la referida Sociedad por Acciones, consistentes en que en el extracto firmado electrónicamente por el notario y el extracto publicado en el Diario Oficial, se señaló erróneamente la fecha de la escritura pública en la que se redujo dicha acta, debiendo decir: “reducida ante mí a escritura pública el día 07 de Septiembre de 2020, Repertorio N°1.953-2020…” no como se indicó: “reducida ante mí a escritura pública el día 04 de Septiembre de 2020, Repertorio N°1.953-2020….”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 30 de Octubre de 2020.-

变更Diario Oficial · 2020-09-17查看 PDF(CVE 1817540)

公司信息

SpA
Talca, Maule
管理方式: La sociedad será administrada por un (1) administrador

资本

总资本

$20.000.000

管理人(1)

ALFONSO NICOLAS CACERES PEÑALOZA

14.xxx.xxx-5Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2016年1月8日

    Constitución de Áridos Buena Vista SpA

  2. 管理人变更· 2019年6月21日

    Se modificó la cláusula de administración en la escritura de constitución

  3. 管理人变更· 2020年9月1日

    En junta extraordinaria de accionistas se aprobó cambiar la administración de la sociedad

    ALFONSO NICOLAS CACERES PEÑALOZA

摘要官方正文

JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: En Junta Extraordinaria de Accionistas de Áridos Buena Vista SpA, celebrada el 1 de septiembre de 2020, y reducida ante mí a escritura pública el día 04 de Septiembre de 2020, Repertorio N°1.953-2020, se aprobaron las siguientes modificaciones: 1. La modificación estatutaria referente al Título tercero, cláusula decima de la escritura de constitución, que a su vez fue modificada con fecha 21 de junio de 2019 en la Notaría de Talca de don Teodoro Patricio Durán Palma, cuyo extracto fue inscrito a fojas 1275 N° 502 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2019 y publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de julio de 2019. Lo anterior referente a la administración de la sociedad, en concordancia que al día de hoy se encuentran las acciones en manos de un solo accionista, proponiéndose modificar dicha cláusula de la siguiente forma: “La sociedad será administrada por un (1) administrador, el cual la representará con amplias facultades, pudiendo actuar a su arbitrio, de acuerdo a su prudencia, en toda clase de actos, y ante toda persona, natural o jurídica, o autoridad, ya sea política, administrativa, judicial pública, fiscal, semifiscal, municipal y de administración autónoma, otorgándose además la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Sin que la enumeración de facultades sea taxativa, los administradores, actuando en conjunto al menos dos ellos, tendrán las siguientes facultades: Uno) Celebrar, modificar, terminar, revocar, resciliar, disolver, resolver, anular, rescindir y convenir toda clase de actos, convenciones y contratos. Dos) Podrá comprar, vender, permutar, aportar y en general adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, derechos, acciones o cuotas sobre ellos, tomarlos y darlos en arrendamiento, subarrendarlos y percibir las rentas, modificar dichos contratos o ponerles término por desahucio, resolución, rescisión o cualquier otra causa y en general, ejecutar todos los actos que directa o indirectamente tiendan a la conservación, reparación y aprovechamiento de todos estos bienes, sean de la sociedad o los administre por terceros, fijando precios, condiciones y oportunidades para las correspondientes operaciones, pactando todo tipo de modalidades con o sin pactos de retroventa. Tres) comprar, vender, permutar, aportar, y en general, adquirir y enajenar a cualquier titulo acciones, bonos, debentures, instrumentos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro tipo de bienes muebles. Cuatro) Dar y tomar bienes en comodato. Cinco) Dar dinero y otros bienes en mutuo. Seis) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito necesario o voluntario o en secuestro. Siete) Podrá incorporar a la sociedad en otras sociedades de cualquier naturaleza; del mismo modo, podrá formar modificar, prorrogar, disolver, y liquidar toda clase de sociedades, asociaciones, comunidades y corporaciones, asistir a sus juntas, sean de la clase o naturaleza que fueren, con derecho a voz y voto y concurrir a la administración de ellas con las más amplias facultades; aportar bienes muebles a otras sociedades, sin limitación alguna. Ocho) Celebrar contratos de mandatos para constituir a la sociedad en agente, representante, comisionista, distribuidora o concesionaria o para que ésta lo constituya. Nueve) Presentarse a toda clase de propuestas ante todo tipo de organizaciones, ya sean de derecho público o privado, dependiente de los Ministerios y Municipalidades, e inscribirse en todo tipo de registros de contratistas y firmar los documentos que se requieran al efecto y realización de cualquier trámite o contrato necesario para la adjudicación de dichas propuestas. Diez) Cobrar y percibir cuanto se adeude a la sociedad y otorgar los recibos correspondientes, cancelaciones y finiquitos. Once) Adquirir, comprar, vender y enajenar a cualquier título toda clase de bienes, establecimientos, negocios, marcas, patentes, derechos y privilegios sobre materias primas y productos. Doce) Dar, otorgar, constituir, posponer, alzar, cancelar, limitar o establecer con cláusula de garantía general hipotecas y prendas sobres los bienes sociales, para garantizar obligaciones sociales o de terceros, constituir todo tipo de prohibiciones sobre los bienes dados en hipoteca o prenda, constituir fianzas y cualesquiera otras cauciones; entregar y endosar certificados de depósito y vales de prenda; aceptar la constitución de cualquier garantía real o personal en favor de la sociedad. Trece) Contratar, abrir, cerrar, girar y operar cuentas corrientes bancarias de depósito, de crédito, de ahorro, y especiales, depositar, girar en ellas, imponerse de sus movimientos y cerrar unas y otras, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos, dar órdenes de no pago, aprobar o reconocer y objetar o impugnar saldos; girar, endosar, cancelar, depositar, revalidar, cobrar, endosar en dominio, cobranza y garantía y protestar cheques; aceptar, reaceptar, girar, avalar, suscribir, descontar, endosar en dominio, garantía o cobranza, protestar y cobrar letras de cambio; suscribir, suscribir por boletas de garantía, avalar, renovar, protestar, cobrar, descontar, cancelar, endosar en dominio, garantía o cobranza pagarés y cualesquiera otros documentos negociable, mercantiles o efectos de comercio. catorce) Contratar créditos, avances, empréstitos, mutuos, préstamos, préstamos con letras o pagarés, préstamos en cuentas. especiales y líneas de créditos en cuenta corriente; ceder créditos y aceptar cesiones. Celebrar contratos y/o realizar operaciones de Factoring con facturas, letras, o con cualquier título de crédito cedible. quince) Abrir cuentas de ahorro reajustables o no, a plazo, a la vista o condicionales, en el Banco del Estado de Chile u otras instituciones Bancarias o Financieras, sea en beneficio exclusivo de la sociedad o de sus socios o de sus trabajadores, depositar y girar en ellas, imponerse de sus movimientos, aceptar e impugnar saldos y cerrarlas. dieciséis) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación por cesión de bienes, y novar todo lo que la sociedad adeude por cualquier título y en general extinguir obligaciones. diecisiete) Adquirir y enajenar a cualquier título, monedas o instrumentos de cambio internacionales; contratar y retirar toda clase de depósitos a la vista, a plazo o condicionales, de dinero o de especies, en garantía o en custodia; percibir depósitos a la vista, a plazo, de dinero o especies; retirar valores en custodia o en garantía. Contratar operaciones de comercio exterior y/o cambios internacionales, abrir acreditivos, solicitudes anexas y toda clase de documentación que fuese exigida por las entidades correspondientes; abrir y contratar créditos documentarios, modificar créditos documentarios o cartas de crédito, cancelar recibos de depósitos para importación, otorgar en garantía depósitos para importación; endosar y retirar documentos de embarque, suscribir y firmar registros e informes de importación y exportación, suscribir anexos, contratar apertura de acreditivos, celebrar ventas condicionales, celebrar contratos de compra y venta de divisas a futuro, autorizar cargos en cuentas corrientes para operaciones de comercio exterior y/o cambios internacionales. Hacer declaraciones juradas; asumir riesgos de diferencia de cambios. dieciocho) Conceder quitas o esperas, constituir servidumbres activas y/o pasivas. diecinueve) Solicitar para la sociedad concesiones administrativas, de cualquier naturaleza u objeto, permisos de construcción, uso de calles y /o bienes públicos. veinte) Inscribir Propiedad Intelectual, Industrial, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en esta materia. veintiuno) Constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria ante las instituciones referidas con anterioridad o ante cualquiera otra persona natural o jurídica. veintidós) Podrá arrendar cajas de seguridad, abrirlas y administrarlas. veintitrés) Contratar toda clase de pólizas de seguros, endosarlas, cancelarlas y retirarlas, acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestro y otras; contratar cuentas corrientes mercantiles. veinticuatro) Podrá despachar, recibir y retirar de las oficinas postales y telegráficas, de la aduana o de cualquiera otra oficina, repartición o institución pública o privada, correspondencia ordinaria o certificada, encomiendas, giros de dinero, mercaderías u otras especies y valores consignados o endosados a nombres o a la orden de la sociedad por cualquier título o motivo. veinticinco) Contratar créditos en cuenta corriente, simples, rotativos, documentarios y de toda clase; contratar créditos contra aceptación de documentos; tomar, contratar y cancelar boletas de garantía y firmar todos los documentos que se requieran al efecto. veintiséis) celebración de contratos de leasing o de arrendamiento con opciones de compra, en sus diversas variedades y para efectuar las cesiones de carteras de créditos y documentos para la celebración de los llamados contratos de factoring, firma y endoso de vales, warrant. veintisiete) Renunciar acciones. veintiocho) Todas las operaciones referidas podrán ser ejercidas por la administradora ante todo tipo de instituciones o entidades bancarias o de crédito nacional o extranjeras ante el Banco Central, Banco del Estado de Chile, Bancos Comerciales, Bancos de Fomentos, Sociedades Financieras, Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo, Fondos Mutuos y todo otro ente u organización de mercado de Capitales. En este mismo orden podrá operar del modo que lo desee ante las entidades e instituciones mencionadas y también en las Bolsas de Comercio, pudiendo vender y negociar en cualquier forma acciones, bonos, pagarés, debentures y todo tipo de valores mobiliarios, letras de cambio, efectos de comercio, ya sea que estos documentos los emitan el Estado o los particulares, cobrar dividendos de acciones y valores. veintinueve) Celebrar toda clase de contratos y de servicios, nombrar y remover funcionarios y trabajadores en general, desahuciar y poner término a los contratos de trabajo y pactar cualquier forma de remuneraciones e indemnizaciones. treinta) Podrá otorgar, delegar, ratificar y modificar mandatos o poderes generales y especiales y revocarlos cuando lo estime conveniente. treinta y uno) Autocontratar. Treinta y dos) celebración de contratos de leasing o de arrendamiento con opciones de compra, en sus diversas variedades y para efectuar las cesiones de carteras de créditos y documentos para la celebración de los llamados contratos de factoring, firma y endoso de vales warrant. Treinta y tres) En el orden judicial la administradora tendrá todas las facultades que se consignan en el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, que se han tenido por expresamente reproducidas una a una, con expresa declaración de que la facultad de transigir comprende también la de transacción extrajudicial. Del mismo modo podrá deducir demandas, y todo tipo de acciones y reclamaciones e iniciar toda clase de gestiones o trámites ante cualquier Tribunal, sea ordinario, especial o administrativo y, deducir los correspondientes recursos y/o reclamaciones contra los fallos o resoluciones de esos Tribunales, incluyéndose expresamente para estos efectos al Servicio de Impuestos Internos. Podrá igualmente la administradora designar abogados patrocinantes y conferirles poder o mandato suficiente con todas y cada una de las facultades consignadas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, que se han tenido por reproducidas una a una. Todas y cada una de las facultades que se han señalados anteriormente podrán ser delegadas por la administradora en todo o en parte, en una o más personas, quienes podrán ejercerlas conjunta o separadamente, todo ello sin perjuicio de que ésta conserve para si las mismas facultades que delega”. Además se designó como administrador de la sociedad, según lo señalado en la modificación que se señala en el punto anterior, para efectos de dar cumplimiento se propone como administrador al Sr. ALFONSO NICOLAS CACERES PEÑALOZA, chileno, casado, Constructor Civil, cédula nacional de identidad número 14.201.996-5. Se deja constancia que Áridos Buena Vista SpA, R.U.T. N° 76.545.526-K, fue constituida por escritura pública otorgada con fecha 8 de enero de 2016, en la Notaría de Talca de doña Angelita Hormazabal Alegría, domiciliada en la comuna de Talca. Un extracto de la escritura de constitución fue inscrito a fojas 102 N°38 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Talca correspondiente al año 2016, y publicado con fecha 13 de enero de 2016 en el Diario Oficial. Capital Vigente $20.000.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Talca, 15 de Septiembre de 2020.-

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