Sociedad Pizarro Nuñez Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
EMPR. INDIVIDUAL RESP. LTDA.
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Contratista y Servicios de mano de obra agrícola, y cualquier otro acto afin que tenga relación con lo anterior.
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA Titular 11.xxx.xxx-0 | 11.xxx.xxx-0 | 100% | $3.000.000 |
Administradores (1)
ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA
Historia societaria relatada
- Constitución· 29 de diciembre de 2015
Se constituye Sociedad Pizarro Núñez Limitada.
SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE · ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA · FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ
- Cesión de derechos· 9 de agosto de 2017
Francisco Javier Pizarro Díaz cede derechos sociales a Sebastián Alejandro Núñez Aguirre y Zandalio del Carmen Núñez Aguilera, quedando ambos con 50% cada uno y cambiándose la administración.
FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ · SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE · ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA
- Cesión de derechos· 30 de abril de 2020
Sebastián Alejandro Núñez Aguirre cede el 50% de sus derechos a Zandalio del Carmen Núñez Aguilera, quien reúne la totalidad de los derechos sociales y transforma la sociedad en una E.I.R.L.
SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE · ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA
Texto oficial del extracto
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Rancagua, con asiento en la comuna de Graneros, Avenida La Compañía número 066, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí: Don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE, chileno, soltero, trabajador, cédula nacional de identidad número 18.834.142-k; don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA, chileno, casado, independiente, cédula nacional de identidad número 11.760.027-0; chilenos, domiciliados para estos efectos en Graneros, El Maitén Pasaje Bustamante número 4372. Por escritura pública de fecha veintinueve de diciembre del año dos mil quince, ante el Notario de Rancagua con oficio en la comuna de Graneros, don Guillermo Cristian Pérez Diaz, bajo el repertorio número 2008-2015, don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE, don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA y don FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD PIZARRO NUÑEZ LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.536.678-k, la que fue inscrita a fojas 128 vuelta número 105 del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, publicada en Diario Oficial con fecha 02 de enero del año 2016, Edición número 41.346. Posteriormente con fecha nueve de agosto del año dos mil diecisiete ante el Notario de Rancagua con oficio en la comuna de Graneros, don Guillermo Cristian Perez Diaz, bajo el repertorio Notarial número 1270-2017, modificaron sociedad, inscrita a fojas 956 número 699 del Registro de Comercio del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, publicada en Diario Oficial de fecha 20 de septiembre del año 2017 edición número 41.863, y modificación consistió que don FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, vendió, cedió y transfirió a don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE quien compró y adquirió, un dieciséis coma sesenta y siete por ciento de los derechos de la sociedad antes mencionada; Asimismo don FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, vendió, cedió y transfirió a don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA quien compró y adquirió un dieciséis coma sesenta y siete por ciento de los derechos de la sociedad antes mencionada, quedando en consecuencia formada la sociedad por don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA con un cincuenta por ciento del capital social; y don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE con un cincuenta por ciento de capital. Asimismo los comparecientes modificaron la administración de la sociedad quedando como administradores don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE y don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA, quienes podrían actuar por la sociedad separada e indistintamente, con amplias facultades indicadas en la cláusula cuarta de la escritura pública de constitución.- TRANSFORMACION: Don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE vende, cede y transfiere a ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILLERA, quien compra y adquiere para sí, el cincuenta por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad ante indicada. El precio de esta cesión es la suma total de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000), que don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA, paga en este acto a don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE declarando éste recibirlo a su entera conformidad y total satisfacción. Por este instrumento, y como consecuencia de la cesión de derechos antes mencionada, don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA, ha reunido en sus manos todas las acciones, derechos o participaciones en el capital de la sociedad referida, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 19.857, la transformará en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, la que será del siguiente tenor: comparece: don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA, chileno, casado, independiente, cédula nacional de identidad número 11.760.027-0, domiciliado Graneros, El Maitén Pasaje Bustamante número 4372, cuarenta y ocho años de edad la transformará en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, la que será del siguiente tenor: OBJETO: : Contratista y Servicios de mano de obra agrícola, y cualquier otro acto afin que tenga relación con lo anterior.- NOMBRE: EMPRESA CONSTRATISTA ZANDALIO NUÑEZ AGUILERA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo también emplear para todos los fines de la empresa el nombre de fantasía “EMPRESA CONTRATISTA ZNA E.I.R.L.". ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá exclusivamente ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA, con amplias facultades indicadas en Artículo Octavo y noveno de la Cláusula Novena de escritura extractada.- CAPITAL: El capital de la empresa será la cantidad de TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000), que se entera en este acto al contado, el que entra en caja de la empresa RESPONSABILIDAD: El constituyente limita su responsabilidad hasta el monto de su respectivo aporte. DURACIÓN: La Empresa comenzará a regir y dará inicio a sus actividades desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración Indefinida, en tanto el titular de la empresa no le ponga término mediante escritura pública inscrita y anotada al margen de la inscripción de la presente escritura y/o de su extracto en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.- DOMICILIO: El domicilio de la empresa será la Comuna de Graneros, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, oficinas o sucursales que pudiere instalar en otros puntos del territorio nacional, y/o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Graneros, treinta de abril del año 2020.-
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE Socio 18.xxx.xxx-k | 18.xxx.xxx-k | 50% | - |
ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA Socio 11.xxx.xxx-0 | 11.xxx.xxx-0 | 50% | - |
Administradores (2)
SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE
ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA
Historia societaria relatada
- Constitución· 29 de diciembre de 2015
Se constituyó la sociedad Sociedad Pizarro Núñez Limitada.
FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ
- Cesión de derechos· 9 de agosto de 2017
Francisco Javier Pizarro Díaz cede el 16,67% de sus derechos sociales a Sebastián Alejandro Núñez Aguirre.
FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ · SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE
- Cesión de derechos· 9 de agosto de 2017
Francisco Javier Pizarro Díaz cede el 16,67% de sus derechos sociales a Zandalio del Carmen Núñez Aguilera.
FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ · ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA
- Cambio de administrador· 9 de agosto de 2017
La administración pasa de Francisco Javier Pizarro Díaz a Sebastián Alejandro Núñez Aguirre y Zandalio del Carmen Núñez Aguilera, separada e indistintamente.
FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ · SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE · ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA
Texto oficial del extracto
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Rancagua, con asiento en la comuna de Graneros, Avenida La Compañía número cero sesenta y seis, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ochocientos treinta y cuatro mil ciento cuarenta y dos guión K; don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA, chileno, casado, independiente, cédula nacional de identidad número once millones setecientos sesenta mil veintisiete guión cero; y don FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cincuenta y cinco mil ciento setenta y cuatro guión siete; los comparecientes domiciliados para estos efectos en Graneros, El maitén sin número; modifican la sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “SOCIEDAD PIZARRO NUÑEZ LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos treinta y seis mil seiscientos setenta y ocho guión K, constituida con fecha veintinueve de diciembre del año dos mil quince, ante el Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Rancagua con oficio en la comuna de Graneros, don Guillermo Cristian Pérez Diaz, inscrita a fojas ciento veintiocho vuelta número ciento cinco del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis, del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, publicada en el Diario Oficial con fecha dos de enero del año dos mil dieciséis, edición cuarenta y un mil trescientos cuarenta y seis (41.346).- Don FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, posee el treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social, y declara que en este acto, vende, cede y transfiere a don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE quien compra, acepta y adquiere para sí, el dieciséis coma sesenta y siete por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad antes mencionada.- El precio de la cesión indicada en la cláusula precedente es la suma de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000),que don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE paga en este acto al contado, en dinero en efectivo, declarando don FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, recibir conforme el monto antes indicado, sin tener reclamo posterior que hacer.- FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, posee el treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social, y declara que en este acto, vende, cede y transfiere a don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA quien compra, acepta y adquiere para sí, el dieciséis coma sesenta y siete por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad antes mencionada.- El precio de la cesión indicada en la cláusula precedente es la suma de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000),que don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA paga en este acto al contado, en dinero en efectivo, declarando don FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, recibir conforme el monto antes indicado, sin tener reclamo posterior que hacer.- En consecuencia, la sociedad queda formada por don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE, con el CINCUENTA por ciento del capital social; y don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA con el CINCUENTA por ciento del capital social.- Además los comparecientes vienen en modificar la cláusula Cuarta de la escritura pública de constitución, correspondiente a la administración de sociedad, la cual le correspondía, a don FRANCISCO JAVIER PIZARRO DIAZ, y en este acto declaran los comparecientes que la administración le corresponderá a don SEBASTIAN ALEJANDRO NUÑEZ AGUIRRE, y don ZANDALIO DEL CARMEN NUÑEZ AGUILERA, quienes podrán actuar separada e indistintamente, con amplias facultades indicadas en la cláusula cuarta de la escritura pública de constitución.- En todo lo no modificado por este documento continua plenamente vigente el estatuto social. Graneros, nueve de agosto del año dos mil diecisiete.-
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