Sociedad Comercializadora Larrere, Vial Y Salgado Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$24.000.000
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
CRISTIAN ANDRES VIAL FANO Socio | - | 33.34% | - |
PATRICIO ALEJANDRO SALGADO GUTIÉRREZ Socio | - | 33.33% | - |
Socio | - | 33.33% | - |
管理人(1)
CRISTIAN ANDRES VIAL FANO
公報所載公司沿革
- 設立· 2016年3月17日
Constitución original de la sociedad.
CRISTIAN ANDRES VIAL FANO · PATRICIO ALEJANDRO SALGADO GUTIÉRREZ · JUAN IGNACIO LARRERE GARCÍA
- 權益轉讓· 2017年4月13日
Cristian Andrés Vial Fano cede 8,33% de sus derechos sociales a Patricio Alejandro Salgado Gutiérrez.
CRISTIAN ANDRES VIAL FANO · PATRICIO ALEJANDRO SALGADO GUTIÉRREZ
- 權益轉讓· 2017年4月13日
Cristian Andrés Vial Fano cede 8,33% de sus derechos sociales a Juan Ignacio Larrere García.
CRISTIAN ANDRES VIAL FANO · JUAN IGNACIO LARRERE GARCÍA
- 管理人變更· 2017年4月13日
Se ajusta la administración para que Cristián Andrés Vial Fano actúe individualmente como administrador estatutario.
CRISTIAN ANDRES VIAL FANO
摘要官方正文
PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular de la 9ª Notaría de Santiago, con oficio en eta comuna en calle Teatinos 333, entrepiso. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 13 de abril del año 2017, otorgada ante mí, los comparecientes, don CRISTIAN ANDRES VIAL FANO domiciliado en Hijuela Primera, Lote 18 Paradero 16, comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana, de paso en esta; don PATRICIO ALEJANDRO SALGADO GUTIERREZ, domiciliado en Aníbal Pinto 2011, comuna de Coelemu, Región del Bío Bío, de paso en esta; y don JUAN IGNACIO LARRERE GARCÍA, domiciliado en calle Flores Millán 1935, comuna de Chillán, Región del Bío Bío, de paso en esta, modifican la sociedad denominada SOCIEDAD COMERCIALIZADORA LARRERE, VIAL Y SALGADO LIMITADA o LVS LTDA. Rol Unico Tributario Nº 76.533.733-9, constituida con fecha 17 de marzo del año 2016, otorgada en esta misma Notaría ante mí, Pablo González Caamaño, inscrita a fojas 20.590 Nº 11.412, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del laño 2016 y publicado en el Diario Oficial, con fecha 21 de marzo de 2016, modifican la sociedad referida, en lo siguiente: UNO: A) El socio don CRISTIAN ANDRES VIAL FANO, vende, cede y transfiere el 8,33% de sus derechos sociales al socio, don PATRICIO ALEJANDRO SALGADO GUTIÉRREZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.000.000, que se pagan en este acto, de contado, declarando el cedente haber recibido el precio, a su entera y total satisfacción. B) El socio don CRISTIAN ANDRES VIAL FANO, vende, cede y transfiere el 8,33% de sus derechos sociales al socio, don JUAN IGNACIO LARRERE GARCÍA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.000.000, que se pagan en este acto, de contado, declarando el cedente haber recibido el precio, a su entera y total satisfacción. C) En consecuencia los socios quedan con la siguiente participación en la SOCIEDAD COMERCIALIZADORA LARRERE, VIAL Y SALGADO LIMITADA o LVS LTDA.; don CRISTIAN ANDRES VIAL FANO, con el 33,34%, de derechos sociales; don PATRICIO ALEJANDRO SALGADO GUTIÉRREZ, con el 33,33%, de derechos sociales y don JUAN IGNACIO LARRERE GARCÍA, con el 33,33%, de derechos sociales. DOS: ADMINISTRACION; Se modifica la cláusula Cuarta de los estatutos sociales, en cuanto a eliminar la facultad establecida en la letra b), numeral cinco, consistente en pactar sobregiros en cuenta corriente, contratar líneas de crédito privilegiadas o de otra naturaleza y en general cualquier tipo de crédito automático, por líneas o convenidos con anticipación a su otorgamiento, y que constituía una facultad conjunta del administrador con cualquiera de los otros socios, la que pasa a ser ahora una facultad individual del administrador, don Cristian Andrés Vial Fano, pasando a ser la facultad treinta) de la letra a). En consecuencia, en esta parte, la cláusula cuarta se modifica como sigue: “CLAUSULA CUARTA: La Administración y Representación de la Sociedad y el Uso de su Razón Social corresponderá: a) individualmente al socio señor CRISTIAN ANDRES VIAL FANO, quienes actuará en calidad de administrador estatutario, con las facultades que se indicarán, debiendo anteponer su firma a la razón social. Así, y según las facultades que se indicarán, salvo las excepciones señaladas en la letra b), podrá… treinta) pactar sobregiros en cuenta corriente, contratar líneas de crédito privilegiadas o de otra naturaleza y en general cualquier tipo de crédito automático, por líneas o convenidos con anticipación a su otorgamiento”. A su vez, se elimina la facultad cinco) de la letra b) de dicha cláusula. TRES: Se modifica la cláusula Sexta de los estatutos sociales, quedando como sigue: “SEXTO: Las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, se repartirán entre ellos en la proporción siguiente: a) el socio CRISTIAN ANDRES VIAL FANO, en un treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento; b) el socio don PATRICIO ALEJANDRO SALGADO GUTIÉRREZ, en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento, y c) el socio don JUAN IGNACIO LARRERE GARCÍA, en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento”. CUATRO: Se modifica la cláusula Octava de los estatutos sociales, eliminado la causal especial de disolución y quedando como sigue: “OCTAVO: En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con el o los sobrevivientes y los herederos del fallecido, quienes deberán ser representados por un mandatario común”. CINCO: Se modifica la cláusula Décimo Cuarta de los estatutos sociales, quedando como sigue; “DECIMO CUARTO: Queda estrictamente prohibido a los socios, explotar por cuenta propia el ramo de industria en que opere la sociedad, según lo establece el artículo número cuatrocientos cuatro, número cuatro del Código de Comercio.” En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Capital constitutivo $24.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIALIZADORA LARRERE, VIAL Y SALGADO LIMITADA
CVE 1210711
