Luis Alberto Mendizabal Quiquia Contratista De Terminaciones Mendizabal E.I.R.L..
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
Realizar actividades de reparación, diagnóstico, mantenimiento o sustitución de sistemas mecánicos y eléctricos de vehículos; comercialización de artículos, materiales, equipos, repuestos, lubricantes y accesorios para vehículos; transporte de mercaderías asociadas al rubro automotriz; compraventa de vehículos, repuestos, motores y accesorios; y toda otra actividad relacionada con el rubro automotriz.
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital integralizado
$3.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA Socio 22.xxx.xxx-9 | 22.xxx.xxx-9 | 50% | $1.500.000 |
Socio 25.xxx.xxx-1 | 25.xxx.xxx-1 | 50% | $1.500.000 |
Administradores (2)
LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA
Histórico societário relatado
- Constituição· 6 de novembro de 2015
Luis Alberto Mendizabal Quiquia constituyó una E.I.R.L. denominada 'LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA CONTRATISTA DE TERMINACIONES MENDIZABAL E.I.R.L.'
- Cessão de direitos· 7 de dezembro de 2022
Luis Alberto Mendizabal Quiquia cede el 50% de sus derechos a Hugo David Lope Huarcaya
- Transformação· 7 de dezembro de 2022
La empresa se transforma de E.I.R.L. a sociedad de responsabilidad limitada y cambia su razón social a 'COMPAÑÍA AUTOMOTRIZ RUEDA LIBRE LIMITADA'
Texto oficial do extrato
RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, abogado, notario público Interino de la Cuarta Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch 525, certifico: Que por Escritura Pública hoy ante mí, repertorio Nº2.634: Don LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA, peruano, soltero, empresario, cédula de identidad para extranjero emitida por la república de Chile número 22.991.743-9, con domicilio para estos efectos en calle Manuel Plaza 2.192 A, comuna y ciudad de Iquique; y don HUGO DAVID LOPE HUARCAYA, peruano, soltero, empresario, cédula de identidad para extranjero emitida por la república de Chile número 25.961.983-1, con domicilio para estos efectos en Salvador Allende 2.224, comuna y ciudad de Iquique; quienes vienen en modificar y transformar la empresa individual de responsabilidad limitada, siguientes términos: PRIMERO: Por escritura pública de fecha 06.11.2015, otorgada ante don Fernando Andrés Flores Silva, abogado, Notario Público, Suplente del Titular Carlos Vila Molina, de la Cuarta Notaría de Iquique, don LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada, cuya razón empresarial se denominó “LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA CONTRATISTA DE TERMINACIONES MENDIZABAL E.I.R.L.” que podía actuar, principalmente, ante bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía de “CONTRATISTA DE TERMINACIONES MENDIZABAL E.I.R.L.”, El extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha 17.11.2015, e inscrito a Fojas 1898 Número 1481 en el registro de comercio del Año 2015, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique.- SEGUNDO: De acuerdo a lo establecido en la cláusula “SEXTO” de la citada escritura pública de constitución empresarial, el capital de la empresa se estipuló en la suma de $3.000.000.- de pesos, suma que don LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA, enteró en el acto en dinero en efectivo; los cuales fueron completamente enterados en la caja social por el único constituyente. El rol único tributario de la empresa es 76.519.663-9.- TERCERO: Por este acto e instrumento don LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA viene en ceder y transferir el 50% de sus derechos, que detenta del capital social a don HUGO DAVID LOPE HUARCAYA, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de la cesión es la suma de $1.500.000.- pesos, los cuales son pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando Luis Alberto Mendizabal Quiquia, recibirlos conforme y en integridad, no teniendo reclamo alguno que formular.- CUARTO: Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, don LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA, pasa a detentar el 50% del capital social, y don HUGO DAVID LOPE HUARCAYA, pasa a detentar el 50% del capital social, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley número 19.857 de año 2003.- QUINTO: Para dar debida satisfacción a los requisitos establecidos por el Código Civil en cuanto a la cesión de derechos, don LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA, entrega a don HUGO DAVID LOPE HUARCAYA, en este acto, copia de los estatutos sociales y de los documentos especificados en las cláusulas anteriores, en los cuales consta la existencia y titularidad de los derechos cedidos, declarando, el cesionario, haberlos recibido a su entera conformidad.- SEXTO: En los derechos cedidos son incluidos todos los accesorios que pudieran corresponder a la cedente, sin ninguna exclusión, como asimismo, la cedentes y cesionaria se otorga el más amplio, total y completo finiquito, declarando que nada se adeudan, recíprocamente, en relación directa o indirecta con los derechos cedidos, renunciando, desde luego, a toda acción de cualquier naturaleza que pudiere corresponderle a éste respecto.- SÉPTIMO: Como consecuencia de las cesiones de derechos indicadas anteriormente, los socios han decidido transformar la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, denominada “LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA CONTRATISTA DE TERMINACIONES MENDIZABAL E.I.R.L.” o “CONTRATISTA DE TERMINACIONES MENDIZABAL E.I.R.L.”, en una Empresa de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, por los preceptos pertinentes de los Códigos Civil y de Comercio y, especialmente, por el Estatuto que se contiene en las cláusulas que siguen.- OCTAVO: El nombre o razón social será “COMPAÑÍA AUTOMOTRIZ RUEDA LIBRE LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá actuar y obligarse válidamente frente a terceros, incluso ante los bancos y sociedades financieras, y de la misma forma que con la razón social, usando el nombre de fantasía “RUEDA LIBRE LTDA.”.- NOVENO: El domicilio de la sociedad será la ciudad IQUIQUE, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se acuerde establecer en otros lugares del país o del extranjero.- DÉCIMO: El objeto de la sociedad será realizar por cuenta propia o de terceros, las siguientes actividades: a) Brindar servicios de reparación, diagnóstico, mantenimiento o sustitución en el sistema mecánico de un vehículo, motor, incluidas sus estructuras, equipo eléctrico, como los auxiliares de acondicionamiento, alumbrado, señalización, acondicionamiento e instrumental de indicación y control, mantenimiento, ensamblaje, reparación, adaptación y alteración de vehículos, motocicletas, camiones, tracto camiones, equipos agrícolas, equipos de construcción y equipos mecánicos, eléctricos y electrónicos en general, de uso terrestre.- b) Adquisición, distribución, comercialización, de artículos, materiales y equipos de vehículos, equipos de metalmecánica, materiales, insumos y equipos de limpieza, alquiler y venta de autopartes, repuestos, lubricantes, combustibles, accesorios y todo tipo de insumos para vehículos y mantenimiento de estos, por su cuenta o por encargo de terceros.- c) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles asociados al rubro de vehículos vía terrestre, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros.- d) La compraventa de vehículos nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro con rubro automotriz.- e) cualquier otra actividad que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades.- DÉCIMO PRIMERO: La duración de la empresa será indefinida.- DÉCIMO SEGUNDO: El capital de la empresa será de $3.000.000.- de pesos que cada constituyente aporta de la siguiente manera: a) el socio don LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA, aporta la suma de $1.500.000.- pesos en efectivo y en moneda nacional en este acto a la caja de la empresa, que equivale, en consecuencia, al 50% del haber social.- b) don HUGO DAVID LOPE HUARCAYA, aporta la suma de $1.500.000.- pesos en efectivo y en moneda nacional en este acto a la caja de la empresa, que equivale, en consecuencia, al 50% del haber social.- DÉCIMO TERCERO: Los constituyentes limitan su responsabilidad al monto de su aporte.- DÉCIMO CUARTO: La administración, representación y el uso de la razón social de la sociedad le corresponderá a don LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA, y a don HUGO DAVID LOPE HUARCAYA.- Demás estipulaciones en contrato extractado.- Iquique, 05 de diciembre de 2022.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
LUIS ALBERTO MENDIZABAL QUIQUIA CONTRATISTA DE TERMINACIONES MENDIZABAL E.I.R.L.
CVE 2230087
