Sociedade de Responsabilidade Limitada76.507.654-4

Sociedad Comercializadora A.c. Limitada

MODIFICACIÓN — 6 de ago. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-08-06Ver PDF (CVE 2168683)

Informações societárias

Ltda

Capital

Capital total

$1.066.666

Sócios (4)

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 28 de junho de 2022

    Servicios Agrícolas Kalmar Limitada cede derechos equivalentes al 4,8% a la Sucesión de don Guillermo Aurelio Achurra Montes.

    Servicios Agrícolas Kalmar Limitada · Sucesión de don Guillermo Aurelio Achurra Montes

  2. Cessão de direitos· 28 de junho de 2022

    René Alfredo Ilabaca Gómez cede derechos equivalentes al 4% a Sociedad de Servicios FAM SpA.

    René Alfredo Ilabaca Gómez · Sociedad de Servicios FAM SpA

  3. Mudança de capital· 28 de junho de 2022

    Se aumenta el capital social de $1.000.000 a $1.066.666.

    Sociedad Comercializadora A.C. Limitada

Texto oficial do extrato

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 28 de junio de 2022, Repertorio N°9898/2022, ante mí, (a) don Salvador Achurra Pérez, domiciliado en calle Joaquín Cerda número seis mil ciento noventa y dos, departamento doscientos dos, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; (b) doña María Gabriela Pérez Montes, por sí y en representación de don Guillermo Achurra Pérez; don Pedro Achurra Pérez; don José Achurra Pérez; y doña Sara Achurra Pérez; todos domiciliados en calle Joaquín Cerda número seis mil ciento noventa y dos, departamento doscientos dos, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante, y en conjunto con don Salvador Achurra Pérez la “Sucesión de don Guillermo Aurelio Achurra Montes”); (c) Servicios Agrícolas Kalmar Limitada, domiciliada en Fundo Requingua sin número, comuna de Sagrada Familia, Región del Maule, y de paso en ésta; (d) don Claudio Andrés Américo Cardemil Porcile, domiciliado en La Piscicultura, Los Cristales número veintidós, comuna de Curicó, Región del Maule, y de paso en ésta; y, (e) don René Alfredo Ilabaca Gómez, por sí y en representación de Sociedad De Servicios FAM SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Raíces de Zapallar, sitio treinta y cinco A, comuna de Curicó, Región del Maule, y de paso en esta; acordaron la siguiente modificación de la sociedad “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA A.C. LIMITADA”, inscrita a fojas sesenta número cuarenta y cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina correspondiente al año dos mil quince (en adelante, la “Sociedad”), según se indica a continuación: 1. Cesión de derechos. (a) Servicios Agrícolas Kalmar Limitada vendió, cedió y transfirió a la Sucesión De Don Guillermo Aurelio Achurra Montes, derechos equivalentes al cuatro como ocho por ciento de la participación social y propiedad de la Sociedad, a un precio de cuatro millones cuatrocientos sesenta y un mil setecientos sesenta y un pesos, los que la Sucesión De Don Guillermo Aurelio Achurra Montes pagó al cedente al contado y en dinero en efectivo en la fecha de la escritura extractada; y (b) don René Alfredo Ilabaca Gómez, vendió, cedió y transfirió a la Sociedad De Servicios FAM SpA, derechos equivalentes al cuatro por ciento de la participación social y propiedad de la Sociedad, a un precio de tres millones setecientos dieciocho mil ciento treinta y cuatro pesos, los que Sociedad De Servicios FAM SpA pagó al contado y en dinero en efectivo, en la fecha de la escritura extractada. 2. Aumento de capital. Lo únicos socios de la Sociedad, acordaron aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de un millón de pesos, en la cantidad de sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, con lo cual el capital quedará fijado en la suma un millón sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos. El aumento de capital fue íntegramente suscrito y pagado por Sociedad de Servicios FAM SpA, en la fecha de la escritura extractada, a completa satisfacción del resto de los socios. 3. Nueva composición societaria. Como consecuencia de la cesión de derechos y aumento de capital referidos anteriormente, la nueva composición societaria de la Sociedad, quedó como sigue: (a) La Sucesión de don Guillermo Aurelio Achurra Montes, titular de aproximadamente un cuarenta y nueve coma cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la Sociedad; (b) Servicios Agrícolas Kalmar Limitada, titular de aproximadamente un dieciocho coma cero cero por ciento del capital social y propiedad de la Sociedad; (c) don Claudio Andrés Américo Cardemil Porcile, titular de aproximadamente un veintidós coma cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la Sociedad; y (d) Sociedad de Servicios FAM SpA, titular de aproximadamente un nueve coma noventa y nueve por ciento del capital social y propiedad de la Sociedad. 4. Modificación de estatutos. Como consecuencia de los acuerdos anteriormente expuestos, los socios de la Sociedad acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: (i) la Sucesión de don Guillermo Aurelio Achurra Montes con la suma de quinientos veintiocho mil pesos, equivalentes a aproximadamente un cuarenta y nueve coma cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la Sociedad, pagado e ingresado a la caja social; (ii) Servicios Agrícolas Kalmar Limitada con la suma de ciento noventa y dos mil pesos, equivalentes a aproximadamente un dieciocho coma cero cero por ciento del capital social y propiedad de la Sociedad, pagado e ingresado a la caja social; (iii) Claudio Andrés Américo Cardemil Porcile con la suma de doscientos cuarenta mil pesos, equivalentes a aproximadamente un veintidós coma cinco por ciento del capital social y propiedad de la Sociedad, pagado e ingresado a la caja social; y, (iv) La Sociedad de Servicios FAM SpA con la suma de ciento seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, equivalentes a aproximadamente un nueve coma noventa y nueve por ciento del capital social y propiedad de la Sociedad, pagado e ingresado a la caja social.”. En todo lo no modificado, se mantienen las estipulaciones contenidas en los estatutos sociales de la Sociedad, en especial, lo relativo a que la responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de julio de 2022.

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