Sociedad por Acciones76.507.579-3

Pelikan Group SpA

MODIFICACIÓN — 24 feb 2018

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-02-24Ver PDF (CVE 1358770)

Información societaria

SpA
calle Magnere N° 1540, oficina 502
Administración: Directorio compuesto de tres miembros

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital pagado

$20.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

ALEJANDO ARTURO RETAMAL BAEZA

Accionista

-

OSVALDO ADOLFO RETAMAL BAEZA

Accionista

-

MARCELO IGNACIO GIANNETTI FAÚNDEZ

Accionista

-

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 7 de octubre de 2015

    Se constituyó la sociedad PELIKAN GROUP SpA.

    PELIKAN GROUP SpA

  2. Otro acto· 15 de enero de 2018

    La totalidad de los accionistas ratifica acuerdos de la Primera Junta General Ordinaria, en especial la designación del directorio.

    ALEJANDO ARTURO RETAMAL BAEZA · OSVALDO ADOLFO RETAMAL BAEZA · MARCELO IGNACIO GIANNETTI FAÚNDEZ

Texto oficial del extracto

CARMEN HORTENSIA SOZA MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular de la 7 Notaría Santiago, doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 20 de Febrero de 2017, ante la Titular, Repertorio N° 2.257/ 2018, don ALEJANDO ARTURO RETAMAL BAEZA; don OSVALDO ADOLFO RETAMAL BAEZA; y don MARCELO IGNACIO GIANNETTI FAÚNDEZ, todos con domicilio en calle Magnere N° 1540, oficina 502, Comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, modificaron sociedad “ PELIKAN GROUP SpA ”, constituida por pública de fecha 07 de Octubre de 2015e, otorgada en esta misma Notaría, inscrita a fojas 78.202 N° 45.604 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, publicada Diario Oficial N° 41.279 correspondiente a la edición día 10 de Octubre de 2015. Capital de la sociedad: $20.000.000 suscrito y pagado. Accionistas modifican CLÁUSULA DÉCIMA de los estatutos, que se refiere a que la sociedad será administrada por un Gerente General, conjunta o separadamente con el Gerente de Negocios, los cuales pueden ser o no accionistas, los que deben ser elegidos por los accionistas los que también tendrán la facultad de revocarles la designación. Los Gerentes serán remunerados y la cuantía de las remuneraciones será fijada o ratificada anualmente por los accionistas; y CLÁUSULA DECIMO PRIMERA: que señala que cada uno de los Gerentes de la sociedad, conjunta o separadamente y de la manera indicada en los artículos transitorios de estos estatutos la representarán judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de los Accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias. Lo anterior no obsta a que los accionistas o el o los Gerentes puedan delegar parte de sus facultades en otras personas, accionistas o abogados de la Sociedad, o terceros, para objetos precisos y determinados. Y las reemplazan por las siguientes: DÉCIMO: Sin perjuicio de las facultades que correspondan a las Juntas Generales de Accionistas en conformidad a estos estatutos y a las normas legales y reglamentarias pertinentes, la sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros, quienes podrán ser o no accionistas. Los Directores serán elegidos por la Junta General Ordinaria de Accionistas, durarán tres años en sus funciones, se renovarán en su totalidad al final del periodo respectivo, y podrán ser reelegidos indefinidamente. DÉCIMO PRIMERO: Las sesiones del Directorio serán ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se celebrarán con la periocidad que indique el Directorio. Que no podrá ser inferior a una sesión por año, en las fechas y horas predeterminadas por el Directorio, y no requerirán de citación especial. Las sesiones extraordinarias se celebrarán cuando las cite especialmente el Presidente, por iniciativa propia a indicación de uno o más directores, previa calificación que el Presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por dos directores, caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa. La citación a sesiones extraordinarias se practicará mediante comunicación escrita a cada uno de los directores, mediante fax, carta certificada, correo electrónico o cualquier otro medio, la que deberá despacharse a lo menos con tres días de anticipación a su celebración. La citación a sesión extraordinaria podrá omitirse si a la sesión concurriere la totalidad de los directores. El cargo de director es compatible con el cargo de gerente de la sociedad. Para el cumplimiento del objeto social y dentro de las limitaciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes, el Directorio tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones: Uno) Administrar los negocios de la compañía con amplias facultades, para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que digan relación con el giro social y la consecución de los fines sociales. Dos) Representar a la sociedad, judicial y extrajudicialmente, sea en Chile o en el extranjero, lo que no será necesario acreditar ante terceros, tendrá todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, incluso para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan poder especial; todo lo cual se entiende sin perjuicio de la representación que compete al Gerente General de la sociedad en conformidad a la Ley. Tres) Designar un Gerente General que tendrá bajo su responsabilidad la dirección inmediata de los asuntos sociales y, además de las obligaciones y atribuciones que le señalen las normas legales y reglamentarias pertinentes y estos estatutos, tendrá las facultades que le confiera o delegue el Directorio. El cargo de Gerente General será incompatible con los de Presidente, Contador o Auditor de la sociedad. Cuatro) Designar Presidente del Directorio, que lo será también de la sociedad y de las Juntas Generales de Accionistas. Cinco) Designar reemplazante a los Directores que por cualquier causa cesen en sus funciones, si lo estima necesario. Seis) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y acuerdos de las Juntas Generales de Accionistas. Siete) Convocar a Juntas Generales de Accionistas. Ocho) Presentar anualmente a la Junta Ordinaria de Accionistas, con arreglo a la Ley, al reglamento y demás normas aplicables, una memoria razonada acerca de la situación de la sociedad en el último ejercicio, acompañada del balance general, del estado de ganancias y pérdidas; y proponer a dicha Junta la distribución de los beneficios obtenidos en el giro de los negocios sociales. Nueve) Acordar la emisión de valores en conformidad a la ley. Diez) Otorgar mandatos especiales, judiciales y extrajudiciales, y revocarlos; delegar parte de sus facultades en el Gerente, abogados de la sociedad, o en un Director y, para objetos especialmente determinados, en otras personas. Once) Resolver las cuestiones no previstas en los estatutos o en las normas legales y reglamentarias pertinentes, debiendo dar cuenta de ello en la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas.” Totalidad de los accionistas de la sociedad PELIKAN GROUP SpA, convalidan y ratifican los acuerdos tomados en la Primera Junta General Ordinaria de Accionistas, celebrada el día 15 de Enero de 2018, reducida a escritura pública en esta misma Notaria, especial la designación del Directorio. Se dan por expresamente reproducidas todas aquellas cláusulas del pacto social que no han sido modificadas por ese instrumento. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 21 de Febrero de 2018.

Actuaciones recientes

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    CVE 1358770

Relaciones societarias

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