Vasquez Alvear E Hijos Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | 70% | - |
EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA Socio 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 30% | - |
Administradores (2)
ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA
EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA
Representación legal (1)
ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA
Historia societaria relatada
- Constitución· 10 de junio de 2015
Constitución de VASQUEZ ALVEAR E HIJOS LIMITADA.
- Cesión de derechos· 8 de noviembre de 2017
ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ cede el 100% de sus derechos sociales a ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA.
ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ · ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA
- Cesión de derechos· 8 de noviembre de 2017
EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA cede el 3,3% de sus derechos sociales a ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA.
EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA · ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA
- Retiro de socio· 8 de noviembre de 2017
ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ y la sociedad otorgan finiquito y se retira de la sociedad.
ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ · ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA
- Cambio de nombre· 8 de noviembre de 2017
La razón social cambia a ALVEAR Y ALVEAR LIMITADA, con nombre de fantasía AUTOMARKET SPRING LTDA.
- Cambio de administrador· 8 de noviembre de 2017
La administración pasa a ser indistinta entre ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA y EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA.
ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA · EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA
Texto oficial del extracto
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: que por escritura pública 08 Noviembre 2017, ante mí, don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, chileno, casado, factor de comercio, CI Nº 7.945.442-7, domiciliado en calle San Ambrosio nº 0237, comuna de Colina, Región Metropolitana; Don ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA, chileno, casado, factor de comercio, CI Nº 8.539.495-9, domiciliado en Las Espuelas Nº 0291 de la comuna de Colina, Región Metropolitana de Santiago; y don EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA, chileno, casado, Ingeniero Mecánico, CI nº 17.072.271-2, domiciliado en Las Espuelas N° 0291 de la comuna de Colina, Región Metropolitana de Santiago; Modificaron sociedad “VASQUEZ ALVEAR E HIJOS LIMITADA”, constituida por instrumento público ante don Clovis Toro Campos, Abogado y Notario Público Titular de la Décimo Tercera Notaria de Santiago con fecha 10 de junio de 2015 anotada bajo el repertorio 3236-15. cuyo extracto fue inscrito a fojas 44059, número 25988 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2015, y publicado en el Diario Oficial número 41.193 de fecha 26 de junio del año 2015. Modificación consiste en que: don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ viene en ceder, vender y transferir el 100% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula primera de este instrumento a Don ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA, quien compra, acepta y adquiere para si los referidos derechos.- El precio de esta cesión es la suma de $10.000.000.- que se paga y pagará de la siguiente forma: A) con la cantidad de $5.000.000.- que el cesionario paga en este acto al cedente mediante cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331406 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de noviembre de 2017. Y B) el saldo de cinco millones restantes, se pagará en 10 cuotas iguales y sucesivas de $500.000.- cada una, con vencimientos los días 8 de cada mes, según el siguiente detalle: cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331407 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de diciembre de 2017, por la suma de $500.000.-; cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331408 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de enero de 2018, por la suma de $500.000.-; cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331409 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de febrero de 2018, por la suma de $500.000.-; cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331410 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de marzo de 2018, por la suma de $500.000.-; cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331411 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de abril de 2017, por la suma de $500.000.-; cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331417 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de mayo de 2018, por la suma de $500.000.-; cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331413 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de junio de 2018, por la suma de $500.000.-; cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331414 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de julio de 2018, por la suma de $500.000.-; cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331415 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de agosto de 2018, por la suma de $500.000.-; y cheque girado desde la cuenta corriente número 81807287, serie 2331416 del Banco de Crédito e Inversiones en forma nominativa a nombre de don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ, con fecha 8 de septiembre de 2018, por la suma de $500.000.-; declarando el cedente haber recibido los documentos a entera satisfacción de manos de la cesionaria, obligándose expresamente, a cobrar cada uno de los documentos individualizados en las fechas de vencimiento respectivas.- CESION DE DERECHOS; así mismo, don EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA viene en ceder, vender y transferir un 3,3% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula primera de este instrumento a Don ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA, quien compra, acepta y adquiere para si los referidos derechos.- El precio de esta cesión es la suma de $300.000, que el cesionario ha pagado con anterioridad a este acto en diversas partidas, al contado y que el cedente don EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA haber recibido a su entera satisfacción de manos de la cesionaria.- FINIQUITO. La sociedad “VASQUEZ ALVEAR E HIJOS LIMITADA” debidamente representada, por Don ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA por una parte; y don ROMEDIL ANTONIO VASQUEZ MUÑOZ por la otra parte, se otorgan recíprocamente el más amplio, total y completo finiquito con respecto a cualquier situación que pudiere haberse suscitado en relación a la calidad de socio que han tenido hasta la fecha. Procediendo por tanto a retirarse de la sociedad. En mérito de lo anterior, y en virtud de las cesiones de derechos sociales de que dan cuenta las cláusula tercera y cuarta de esta escritura, la sociedad queda integrada como únicos y actuales socios por Don ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA con un setenta por ciento de los derechos sociales totales y por don EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA con un treinta por ciento de los derechos sociales totales. RAZÓN SOCIAL: así mismo y en virtud de las cesiones de derechos precedentemente detalladas, por el presente instrumento, los comparecientes vienen en modificar la cláusula relativa a la razón social en el sentido que a contar de esta fecha, la razón social de la sociedad será ALVEAR Y ALVEAR LIMITADA, sin embargo, podrá funcionar y actuar, para efectos publicitarios y comerciales e inclusive ante los bancos e instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos con el nombre de fantasía “AUTOMARKET SPRING LTDA”.- OCTAVO: ADMINISTRACIÓN: Así mismo por el presente instrumento, los comparecientes vienen en modificar la cláusula de administración social en el sentido que a contar de esta fecha, la administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá indistintamente a don ALEJANDRO HERNÁN ALVEAR ESPINOZA, y a don EXEQUIEL ALEJANDRO ALVEAR URRUTIA quienes actuando conjunta o separadamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representarán con todas las facultades señaladas en el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de Noviembre de 2017.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
VASQUEZ ALVEAR E HIJOS LIMITADA
CVE 1302573
