Limited liability company76.503.958-4

Allibera Solar Consultores Limitada

MODIFICACIÓN — Jul 11, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-07-11View PDF (CVE 2671019)

Corporate information

Ltda

Capital

Total capital

$1.086.957

Paid-in capital

$1.086.957

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

María Ibáñez Brasó

Socio

50%

Joel-Pere Mus Pujulá

Socio

50%

Official extract text

Ministerio del Interior MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes, certifico, que por escritura pública de fecha 17 de junio de 2025, repertorio número 4.929-2025, ante mí, don Joel-Pere Mus Pujulá, doña María Ibáñez Brasó, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 3650, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y doña Nadia Alejandra Farías Calderón domiciliada en Los Escritores 10.314, comuna de La Florida, Región Metropolitana, acordaron una cesión de derechos sociales y la modificación de los estatutos de la sociedad ALLIBERA SOLAR CONSULTORES LIMITADA, la que se encuentra inscrita a fojas 48.189, N° 24.968 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018 (“Sociedad”), en el siguiente sentido: (a) Doña Nadia Alejandra Farías Calderón vende, cede y transfiere a Joel-Pere Mus Pujulá y a María Ibáñez Brasó, la totalidad de sus derechos en la Sociedad, correspondientes al 8%, en partes iguales a cada uno de ellos. Como consecuencia, son los actuales y únicos socios de la Sociedad María Ibáñez Brasó, con el 50% de los derechos sociales, y Joel-Pere Mus Pujulá, con el 50% de los derechos sociales. (b) Se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Del Capital Social: El capital de la Sociedad es la suma de un millón ochenta y seis mil novecientos cincuenta y siete pesos el cual fue aportado y pagado íntegramente por sus únicos socios quienes lo aportaron y participan en la Sociedad de la siguiente manera: /i/ doña María Ibáñez Brasó realizó aportes que equivalen al cincuenta por ciento de los derechos sociales; y /ii/ don Joel-Pere Mus Pujulà realizó aportes que equivalen al cincuenta por ciento de los derechos sociales. En todo lo no modificado, permanece vigente el estatuto social. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 01 de julio de 2025. Magdalena Sofia Latorre Larraín.- Notario Público Interino.-

AmendmentDiario Oficial · 2023-02-27View PDF (CVE 2279249)

Corporate information

Ltda
Avenida Apoquindo N°3500, piso 16

Corporate purpose

La prestación de servicios profesionales propios de la ingeniería, en sus diversas áreas.

Capital

Total capital

$1.086.957

Paid-in capital

$1.086.957

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

María Ibáñez Brasó

Socio

46%

Joel-Pere Mus Pujulà

Socio

46%

Nadia Alejandra Farías Calderón

Socio

8%

Official extract text

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2022, bajo el repertorio número 20711-2022, ante mi Suplente don Juan Cristian Berrios Castro, /i/ don Juan Francisco Varela Echaurren, en representación de: /a/ doña María Ibañez Brasó, y /b/ don Joel-Pere Mus Pujulá; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N°3500, piso 16, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante conjuntamente como los “Socios”; y /ii/ doña Nadia Alejandra Farías Calderón, domiciliada para estos efectos en Rio Grey número cinco mil treinta y uno, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, en adelante la “Nueva Socia”, acordaron modificar los estatutos de la sociedad ALLIBERA SOLAR CONSULTORES LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, rol único tributario número 76.503.958-4, inscrita a fojas 48.189, N°24.968 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, en el siguiente sentido: /a/ se aumentó el capital social en la suma de $86.957, esto es, de la suma de $1.000.000 a la suma de $1.086.957; /b/ se acordó el ingreso como nueva socia de la Sociedad de doña Nadia Alejandra Farías Calderón, quien aporta y paga íntegramente el aumento de capital, ascendente a la suma de $86.957, con cargo a las utilidades que la Sociedad distribuya y reparta de conformidad a los resultados del ejercicio correspondientes a los periodos siguientes; /iii/ se modificó el objeto de la Sociedad, el cual será única y exclusivamente la prestación de servicios profesionales propios de la ingeniería, en sus diversas áreas; y /iv/ en consecuencia de lo anterior, se acordó modificar los Artículos Segundo, Quinto y Octavo de los estatutos sociales, reemplazándolos en forma íntegra por los siguientes: “Artículo Segundo: Objeto. La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales propios de la ingeniería, en sus diversas áreas.” “Artículo Quinto: Del capital social. El capital de la Sociedad es la suma de $1.086.957 el cual fue aportado y pagado por sus socios de la siguiente manera: /i/ doña María Ibáñez Brasó aportó la suma de $500.000, equivalente al 46% de los derechos sociales, suma íntegramente pagada y enterada en arcas sociales en dinero efectivo; /ii/ don Joel-Pere Mus Pujulà aportó la suma de $500.000, equivalente al 46% de los derechos sociales, suma íntegramente pagada y enterada en arcas sociales en dinero efectivo; y /iii/ doña Nadia Alejandra Farías Calderón aportó la suma de $86.957, equivalente al 8% de los derechos sociales, suma que se paga con cargo a las utilidades que la Sociedad distribuya y reparta de conformidad a los resultados del ejercicio correspondientes a los períodos siguientes. “Artículo Octavo: De las utilidades y pérdidas, y los retiros para gastos. Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: /i/ doña María Ibáñez Brasó en un 46%; /ii/ don Joel-Pere Mus Pujulà en un 46%; y /iii/ doña Nadia Alejandra Farías Calderón en un 8%.” En todo lo no modificado, permanecen vigentes los estatutos sociales, manteniéndose la responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 23 de febrero de 2023.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    ALLIBERA SOLAR CONSULTORES LIMITADA

    CVE 2671019

  2. MODIFICACIÓN

    ALLIBERA SOLAR CONSULTORES LIMITADA

    CVE 2279249

Corporate relationships

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