Tecnologías Educativas Máximo SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$165.623.022
Capital pagado
$160.799.050
Capital pendiente
$4.823.972
Acciones
10.690.567
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior LORETO ANDREA VILDOSO MORALES, abogada, Notario Público Suplente de don CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, Titular Primera Notaría Santiago, Huérfanos N° 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública de fecha 06 de Mayo de 2025, Repertorio N° 6.640, ante don ALEJANDRO EMILIO VERA OVALLE, Suplente del Titular CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada ante Titular, en su Oficio, de fecha 29 de abril de 2025 de TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA", Rut: 76.499.445-0, inscrita a fs. 68.640 N° 39.984 en Registro Comercio Santiago, año 2015, en la cual accionistas presentes acordaron, entre otras materias: (1) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $4.823.972, mediante emisión de 320.717 Acciones Serie Umáximo, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que quedarán íntegramente pendientes de suscripción y pago, por un precio mínimo por acción de $8.- En virtud del aumento acordado, el capital social asciende a la suma $165.623.022, dividido en 10.690.567 acciones, de las cuales: (i) 10.369.850, corresponden a Acciones Ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; y (ii) 320.717 corresponden a Acciones Serie Umáximo, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; (2) Modificar Artículo Quinto del estatuto por el siguiente: "ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $165.623.022, dividido en 10.690.567 acciones, de las cuales: (i) 10.369.850, correspondería a Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (ii) 320.717, corresponderían a Acciones Serie Umáximo, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el que se ha pagado y pagará en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos podrán pagarse en dinero efectivo, con otros bienes, con créditos o con aportes en trabajo. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de Sociedad, y en el caso de aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas titulares de acciones ordinarias, a prorrata de su participación accionaria. Las Acciones Ordinarias deberán ser suscritas y pagadas dentro de un plazo de 12 meses, o aquel distinto aprobado por los accionistas reunidos en junta extraordinaria; mientras que el plazo de suscripción y pago de las Acciones Serie Umáximo será de 5 años desde la fecha de creación de este tipo de acciones. Asimismo, estará expresamente permitido aumentar el capital de la Sociedad mediante la emisión de una sola serie de las acciones en el que se divide el capital social, no requiriendo emitir en otras series la parte proporcional de dicho aumento. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, se reducirá el capital de pleno derecho, y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y pago serán eliminadas por la Sociedad. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso de que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ella ante la sociedad. Las Acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las Acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de iguales derechos que aquellas íntegramente pagadas, salvo en lo que diga relación a los beneficios sociales, reparto de dividendos o devoluciones de capital, casos en que concurrirán en proporción a la parte pagada"; y, (3) Modificar el Artículo Primero Transitorio del estatuto por el siguiente: "ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $165.623.022, dividido en 10.690.567 acciones, de las cuales: (i) 10.369.850, corresponden a Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (ii) 320.717, corresponderían a Acciones Serie Umáximo, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el que ha sido y será suscrito y pagado de la siguiente forma: A. Con la suma de $160.799.050, dividido en 10.369.850 Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, todas ellas íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y B. Con la suma de $4.823.972, dividido en 320.717 Acciones Serie Umáximo, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, todas ellas íntegramente pendientes de suscripción y pago, el que en todo caso deberá verificarse con anterioridad al día 27 de marzo de 2030”. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 15 de Mayo de 2025.- L.A. Vildoso Morales, Not. Púb. Sup.
Información societaria
Capital
Capital total
$160.799.050
Capital pagado
$118.000.000
Capital pendiente
$42.799.050
Acciones
10.369.850
Texto oficial del extracto
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de la 36° Notaría de Santiago, de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, con oficio en La Concepción 65, piso 2°, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 18 de junio de 2024, Repertorio N° 7.703-2024, ante mí, se redujo acta de fecha 3 de mayo de 2024 de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA”, los accionistas de la Sociedad acordaron aumentar el capital social, modificando el Artículo Quinto y Articulo Primero Transitorio de los estatutos sociales de la siguiente forma: “ARTÍCULO QUINTO. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $160.799.050.-, dividido en 10.369.850 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, el que se ha pagado y pagará en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, con otros bienes o con créditos. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad, y en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital únicamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 12 meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad, quienes tendrán un plazo de 10 días para pronunciarse sobre el ejercicio de su derecho preferente mediante comunicación escrita a los dos Administradores de la Sociedad, designados en el Artículo Segundo Transitorio. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago que no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, las acciones no pagadas serán redistribuidas entre todos los accionistas de la Sociedad, a prorrata de su participación accionaria”.-“ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y pago de Acciones: El capital social que asciende a la suma de $160.799.050.-, dividido en 10.369.850 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, ha sido y será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de $18.000.000.- dividido en 9.167.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) Con la suma de $100.000.000.- dividido en 833.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y c) Con la suma de $42.799.050.- dividido en 369.850 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente pendientes de suscripción pero en todo caso deberán ser suscritas y pagadas con anterioridad al día 03 de junio de 2024”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de junio de 2024.
Información societaria
Capital
Capital total
$118.000.000
Capital pagado
$18.000.000
Capital pendiente
$100.000.000
Acciones
10.000.000
Historia societaria relatada
- Otro acto· 2 de noviembre de 2023
La junta extraordinaria de accionistas acordó reformar los estatutos sociales y ajustar el capital y su forma de suscripción y pago.
Texto oficial del extracto
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2°, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 08 de noviembre de 2023, Repertorio N°32.120- 2023, otorgada ante mí, por la cual se redujo acta de fecha 2 de noviembre de 2023 de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA”, RUT N° 76.499.445-0, inscrita a fojas 74243 número 35633 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020, los accionistas acordaron reformar los estatutos sociales, modificando entre otras materias el Artículo Quinto, Artículo Primero Transitorio y demás Artículos no extractables de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $118.000.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, el que se ha pagado y pagará en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, con otros bienes o con créditos. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad, y en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital únicamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 12 meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad, quienes tendrán un plazo de 10 días para pronunciarse sobre el ejercicio de su derecho preferente mediante comunicación escrita a los dos Administradores de la Sociedad, designados en el Artículo Segundo Transitorio. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago que no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, las acciones no pagadas serán redistribuidas entre todos los accionistas de la Sociedad, a prorrata de su participación accionaria”.-“ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago. El capital social que asciende a la suma de $118.000.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, ha sido y será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de $18.000.000.- dividido en 9.167.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) Con la suma de $100.000.000.- dividido en 833.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente pendientes de suscripción pero en todo caso deberán ser suscritas y pagadas con anterioridad al día 20 de noviembre de 2023.”.-Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de diciembre de 2023.
Información societaria
Capital
Capital total
$118.000.000.-
Capital pagado
$18.000.000.-
Capital pendiente
$100.000.000.-
Acciones
10.000.000
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2°, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 08 de noviembre de 2023, Repertorio N° 32.120-2023, ante mí, se redujo acta de fecha 2 de noviembre de 2023 de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA”, RUT N° 76.499.445-0, inscrita a fojas 74243 número 35633 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020, los accionistas acordaron reformar los estatutos sociales, modificando entre otras materias el Artículo Quinto, Artículo Primero Transitorio y Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $118.000.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, el que se ha pagado y pagará en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, con otros bienes o con créditos. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad, y en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital únicamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 12 meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad, quienes tendrán un plazo de 10 días para pronunciarse sobre el ejercicio de su derecho preferente mediante comunicación escrita a los dos Administradores de la Sociedad, designados en el Artículo Segundo Transitorio. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago que no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, las acciones no pagadas serán redistribuidas entre todos los accionistas de la Sociedad, a prorrata de su participación accionaria”.-“ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago. El capital social que asciende a la suma de $118.000.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, ha sido y será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de $18.000.000.- dividido en 9.167.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) Con la suma de $100.000.000.- dividido en 833.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente pendientes de suscripción pero en todo caso deberán ser suscritas y pagadas con anterioridad al día 20 de noviembre de 2023.”.- “ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: Administradores. Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por don Fabián Esteban Barriga Urbina, Cédula Nacional de Identidad N° 17.319.644-K (en adelante, el “Administrador”), quien podrá actuar individualmente para representar a la Sociedad con todos y cada una de las facultades establecidas en el Artículo Décimo Primero de los estatutos sociales. El Administrador no tendrá derecho a remuneración en el ejercicio de su cargo. Sin perjuicio de lo anterior, el Administrador deberá actuar conjuntamente con don Marcelo Catrileo Rojas, Cédula Nacional de Identidad N° 16.631.648-0, o don Emerson Marín Licanleo, Cédula Nacional de Identidad N° 16.316.111-7, para uno cualquiera de los siguientes actos, contratos u operaciones: a) Efectuar cualquier clase de préstamo, otorgar financiamiento, o comprar o adquirir derechos de cualquier naturaleza sobre cualquier tipo de instrumento financiero, de una sociedad o entidad legal que no sea un filial de la Sociedad, directa o indirectamente, la totalidad de las acciones o derechos sociales, por un monto superior a mil dólares de los estados unidos de Norteamérica, o su equivalente en pesos chilenos según el tipo de cambio informado por el Banco Central de Chile a la fecha del acto, contrato u operación; b) Efectuar cualquier clase de préstamo o financiamiento a personas naturales, incluyendo empleados o directores de la Sociedad, por un monto superior a superior a mil dólares de los estados unidos de Norteamérica, o su equivalente en pesos chilenos según el tipo de cambio informado por el Banco Central de Chile a la fecha del acto, contrato u operación por cada acto individualmente considerado. Quedarán excepcionados de esta limitación, cualquier anticipo de remuneración que le correspondan a los trabajadores de la Sociedad; y c) Autocontratarse, independiente de la naturaleza del contrato o cuantía del mismo.-”.-Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de noviembre de 2023.
Información societaria
Capital
Capital total
$18.000.000
Capital pagado
$18.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 17.xxx.xxx-k | 17.xxx.xxx-k | - | - |
ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA Accionista 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | - | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 26 de agosto de 2015
Se constituye TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA.
FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA · ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA
Texto oficial del extracto
JUAN CARLOS ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, abogado, Notario Público, Suplente 1ª Notaría Santiago de don HERNÁN CUADRA GAZMURI, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública ante Titular don Hernán Cuadra Gazmuri, de fecha 10 de Junio de 2022, Repertorio Nº 17.275/2022, don FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA, chileno, soltero, empresario, C.I. N° 17.319.644-K, y don ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA, chileno, soltero, empresario, C.I. Nº 16.940.935-8, ambos con domicilio calle Huérfanos Nº 1.160, Of. Nº 808, comuna Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad denominada TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA, Rut: 76.499.445-0, constituida por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, y cuyo extracto se inscribió a fojas 68.640, Nº 39.984 del Registro de Comercio de Santiago, del año 2015, y publicado en Diario Oficial el día 17 de Septiembre de 2015.- Capital accionario: $18.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, cada una de igual valor y características, totalmente suscritas y pagadas por don FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA y por don ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA.- Modificaciones consisten en que únicos y actuales accionistas de la sociedad, conforme lo dispuesto en el Artículo 427 y siguientes del Código de Comercio, convienen: (i) Sustituir el Artículo Décimo Primero del pacto social en el sentido que la sociedad será administrada y representada en forma exclusiva por don FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA, con facultades que se indican en la escritura extractada; (ii) Acordar otras reformas que no son materia de extracto.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 15 de Junio de 2022.- J.C. Álvarez D., Not. Púb. Sup.-
Información societaria
Objeto social
1) La contratación y prestación de servicios educacionales, tales como las tutorías, capacitaciones, cursos, asesoría, reforzamientos y servicios personales de educación en forma presencial, semipresencial, no presencial y vía Internet sin ser la enumeración taxativa; 2) Importación, producción, exportación, distribución, representación, comercialización y edición de material bibliográfico, software de apoyo educativo y software de gestión académica; 3) La prestación de servicios, asesorías y consultorías en materias de publicidad, propaganda, producciones audiovisuales, digitales, marketing, selección, capacitación, entrenamiento y colocación de recursos humanos, todo de acuerdo con las normas del SENCE y todos los anexos, conexos y derivados de la explotación del giro social; 4) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, sobre toda clase de capitales de reserva en fondos de inversión como también sobre toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; y 5) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, como cualquier otra actividad que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$18.000.000
Capital pagado
$18.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 17.xxx.xxx-k | 17.xxx.xxx-k | 60% | $10.800.000 |
ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA Accionista 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | 40% | $7.200.000 |
Administradores (2)
ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA
Historia societaria relatada
- Constitución· 26 de agosto de 2015
Se constituyó TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO LIMITADA
- Cesión de derechos· 5 de noviembre de 2020
ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA cede el 10% de sus derechos sociales a FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA
ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA · FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA
- Transformación· 5 de noviembre de 2020
La sociedad limitada se transforma en sociedad por acciones bajo el nombre TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA
FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA · ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA
Texto oficial del extracto
JUAN CARLOS ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, abogado, Notario Público, Suplente de la 1ª Notaría de Santiago de don HERNÁN CUADRA GAZMURI, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública de 05 de Noviembre de 2020, ante mí, don FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA, chileno, soltero, empresario, C.I. Nº 17.319.644-K, y don ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA, chileno, soltero, empresario, C.I. Nº 16.940.935-8, ambos con domicilio en calle Huérfanos Nº 1.160, oficina Nº 808, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad denominada TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO LIMITADA, Rut: 76.499.445-0, constituida por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyo extracto se inscribió a fs. 68.640, Nº 39.984 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2015, Extracto publicado en Diario Oficial del 06 de Febrero de 2013.- Modificaciones consisten en: (i) Don ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA, dueño del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 10% de sus derechos en TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO LIMITADA, a don FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA, quien los compra y acepta para sí, este 10% de los derechos sociales del cedente.- El precio de la cesión y venta es la suma total de $1.800.000, que el cesionario paga en este acto, al contado al cedente, declarando este último recibirlo a su entera satisfacción.- Consecuencia, precio venta se encuentra íntegramente cancelado, otorgándose las partes total, completo y definitivo finiquito al respecto.- Como consecuencia de venta y cesión de derechos sociales, TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO LIMITADA, ha quedado conformada por don FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA con el 60% de derechos sociales, y don ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA, con un 40% de derechos sociales; (ii) Asimismo, actuales socios, transforman sociedad de responsabilidad limitada TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO LIMITADA, en Sociedad por Acciones, conforme los siguientes estatutos: Nombre: TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA, nombre fantasía: TEM SpA o UMÁXIMO.- Objeto: 1) La contratación y prestación de servicios educacionales, tales como las tutorías, capacitaciones, cursos, asesoría, reforzamientos y servicios personales de educación en forma presencial, semipresencial, no presencial y vía Internet sin ser la enumeración taxativa; 2) Importación, producción, exportación, distribución, representación, comercialización y edición de material bibliográfico, software de apoyo educativo y software de gestión académica; 3) La prestación de servicios, asesorías y consultorías en materias de publicidad, propaganda, producciones audiovisuales, digitales, marketing, selección, capacitación, entrenamiento y colocación de recursos humanos, todo de acuerdo con las normas del SENCE y todos los anexos, conexos y derivados de la explotación del giro social; 4) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, sobre toda clase de capitales de reserva en fondos de inversión como también sobre toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; y 5) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, como cualquier otra actividad que acuerden los socios.- Capital: $18.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado siguiente forma: 1) FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA, suscribe y paga, 600.000 acciones, por un valor total de $10.800.000; y, 2) ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA, suscribe y paga, 400.000 acciones, por un valor total de $7.200.000; dándose por enterado, suscrito y pagado el capital social, ya ingresando a caja social.- Administración: Le corresponderá a don FABIÁN ESTEBAN BARRIGA URBINA y/o don ALEJANDRO IGNACIO TORRES FERRADA, en forma separada, indistinta o conjunta, con las facultades indicadas en la escritura extractada.- Duración: indefinida. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de sucursales o agencias pudieren crear en país o en extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 06 de Noviembre 2020.- J.C. Álvarez D., Not. Púb. Sup.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA
CVE 2650340
- MODIFICACIÓN
TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA
CVE 2513512
- MODIFICACIÓN
TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA
CVE 2424088
- MODIFICACIÓN
TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA
CVE 2417653
- MODIFICACIÓN
TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS MÁXIMO SpA
CVE 2145474
