Asistencia Metalurgica Y Tecnológica Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$6.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | - | - |
PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ Socio 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | - | - |
Administrateurs (1)
PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior JULIO ABASOLO ARAVENA, Abogado, Notario Público, Titular de la 2ª Notaría de Antofagasta, con oficio en Calle Jorge Washington Nº2.600, Antofagasta, CERTIFICA: Que por escritura pública Rep. Nº2266-2026 de fecha 27 de mayo de 2026 comparecieron ante mí: don don VICTOR JOSÉ ZEPEDA ÁLVAREZ, chileno, casado, químico en metalurgia, Rut 9.082.224-1 domiciliado en Lord Cochrane Nº1.957, departamento Nº51, Antofagasta, y don PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ, chileno, casado separado totalmente de bienes, bioquímico, Rut 12.419.241-2, domiciliado en Calle La Estudiantina Nº11.729, Antofagasta. Los comparecientes en el acto de suscripción declararon que: Uno: Los comparecientes, son los únicos socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA.” RUT N.º 76.495.721-0. Dos: Que por escritura pública Rep. 1360-2026 suscribieron Escritura de Cesión, venta y/o Transferencia de Derechos Societarios y Modificación de La Sociedad de “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA” en esta 2ª Notaría de Antofagasta. - Tres: El presente instrumento tiene por objeto: (a) Complementar la escritura la Rep. 1360-2026 en el siguiente sentido: Los socios convienen en establecer que la Administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá de forma exclusiva, don PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la Sociedad con las siguientes facultades: Facultades Generales de Administración, Facultades Bancarias y Financieras y Facultades Judiciales. No obstante, deberá actuar de forma conjunta con el socio don VICTOR JOSÉ ZEPEDA ÁLVAREZ para ejercer Facultades Especiales para Asociaciones e Inversiones, tales como: constituir, participar, modificar, disolver y liquidar comunidades, sociedades y asociaciones de toda índole, ya sea como socios, participes o en cualquier otra calidad, tanto en Chile como en el extranjero; celebrar contratos de asociación o cuentas en participación; adquirir, enajenar, gravar, arrendar, dar y tomar en comodato toda clase de bienes muebles e inmuebles, cuotas, derechos, bonos y valores mobiliarios; celebrar contratos de inversión, de joint venture, de colaboración empresarial y de cualquier naturaleza destinados a la asociación con terceros; comprar y vender toda clase de establecimientos, negocios, marcas, patentes, derechos de propiedad industrial e intelectual y bienes inmateriales; suscribir, modificar y resolver contratos marco de asociación y de cooperación técnica o comercial.- (b) Limitación: La Sociedad no podrá, en caso alguno, avalar, aceptar y alzar fianzas y deudas solidarias u otras formas de garantía en beneficio de terceros ajenos a la Sociedad, sin el acuerdo previo y unánime de los socios expresado por escritura pública Cuatro: Los comparecientes acordaron además modificar los estatutos sociales de la Sociedad “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA” en el siguiente sentido: (a) Duración de la Sociedad. Desde la suscripción de este instrumento, la sociedad tendrá duración indefinida, en reemplazo de la duración limitada establecida en los estatutos originales. La Sociedad se disolverá únicamente por acuerdo unánime de los socios expresado por escritura pública, o por las causales legales que no puedan renunciarse.- (b) Fallecimiento o Incapacidad de un Socio. La Sociedad no se disolverá, por fallecimiento o incapacidad de un socio, sino que continuará entre el socio sobreviviente o capaz y los herederos o representantes legales del fallecido o incapacitado, quienes deberán designar un representante común para ejercer sus derechos en la Sociedad en el plazo de 60 días contado desde el fallecimiento o declaración de incapacidad. A falta de acuerdo, el socio sobreviviente tendrá derecho preferente a adquirir los derechos del fallecido o incapacitado al valor que fije un perito designado de común acuerdo, o en subsidio por el tribunal arbitral competente.- Seis. En todo aquello en que no se modificaren los estatutos sociales por el presente instrumento, continuaran vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente, en lo relativo a su capital social, el cual se mantiene en $6.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$6.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 50% | - |
PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ Socio 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | 50% | - |
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 10 avril 2026
Milto Yaniro Guillen Alave cede derechos sociales a Victor José Zepeda Álvarez y Pedro Antonio Galleguillos Pérez
MILTO YANIRO GUILLEN ALAVE · MARIO ORLANDO CORTÉS CRUZ · VICTOR JOSÉ ZEPEDA ÁLVAREZ · PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ
- Cession de droits· 10 avril 2026
Mario Orlando Cortés Cruz cede el 100% de sus derechos sociales a Pedro Antonio Galleguillos Pérez
MARIO ORLANDO CORTÉS CRUZ · PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior JULIO ABASOLO ARAVENA, Abogado, Notario Público, Titular de la 2ª Notaría de Antofagasta, con oficio en Calle Jorge Washington Nº2.600, Antofagasta, CERTIFICA: Que por escritura pública Rep. Nº 1360-2026 de fecha 10 de abril de 2026 comparecieron ante mí: don MILTO YANIRO GUILLEN ALAVE, chileno, casado, ingeniero civil químico, Rut 11.611.876-9, domiciliado en Calle México Nº661, Antofagasta y don MARIO ORLANDO CORTÉS CRUZ, chileno, casado, técnico en computación, Rut 10.358.447-7, domiciliado en Avenida Argentina Nº0150, departamento 54, Antofagasta, en su calidad de socios y cedentes. Y comparecen como cesionarios: don VICTOR JOSÉ ZEPEDA ÁLVAREZ, chileno, casado, químico en metalurgia, Rut 9.082.224-1 domiciliado en Lord Cochrane Nº1.957, departamento Nº51, Antofagasta, y don PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ, chileno, casado separado totalmente de bienes, bioquímico, Rut 12.419.241-2, domiciliado en Calle La Estudiantina Nº11.729, Antofagasta. Los comparecientes en el acto de suscripción declaran que: Uno: Los cedentes, son los únicos socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA.” RUT N.º 76.495.721-0. Dos. (a)Don MILTO YANIRO GUILLEN ALAVE, es dueño del 97% de los derechos sociales, y que el precio total por la cesión y venta de su participación social es la suma única y total de $5.820.000.- (b) Don MARIO ORLANDO CORTÉS CRUZ, es dueño del 3% de los derechos sociales, y que el precio total por la cesión y venta de su participación social es la suma única y total de $180.000.- (c) Que es voluntad de los cedentes, transferir el 100% de sus derechos sociales a los cesionarios en la siguiente proporción: (c.1) Don MILTO YANIRO GUILLEN ALAVE, transfirió en este acto, el 47% de sus derechos sociales a don PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ, en el precio de $2.820.000.- que el cesionario pagó a entera satisfacción del cedente. Así mismo, transfirió el 50% de sus derechos sociales a don VICTOR JOSÉ ZEPEDA ÁLVAREZ, en el precio de $3.000.000, que el cesionario pagó a su entera satisfacción. - (c.2) Don MARIO ORLANDO CORTÉS CRUZ transfirió en el acto, el 100% de sus derechos sociales, que corresponden al 3% de sus derechos en la sociedad a don PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ, en el precio de $180.000, que el cesionario pagó en el acto a satisfacción del cedente. - Tres: Los cesionarios declaran que fueron informados oportunamente de la voluntad de los cedentes, y que aceptaron la oferta de cesión de participación social que estos poseen en la sociedad la Sociedad “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA”. Cuatro: Los comparecientes renunciaron a la acción resolutoria, y habiéndose pagado completamente el precio estipulado, se otorgaron mutuamente el más amplio, completo, cabal y recíproco finiquito, declarando que no se adeudan nada por ningún concepto. La participación social fue transferida a los cesionarios libre de gravámenes, prendas, usufructos, embargos, medidas precautorias, litigios, prohibiciones, derechos de terceros, pactos de socios, condiciones resolutorias y de cualquier otro derecho real distinto al de dominio, debiendo los cedentes responder del saneamiento de la evicción de conformidad a las reglas generales.- Cinco: La nueva composición social de la Sociedad “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA” desde este actos, es la siguiente: don VICTOR JOSÉ ZEPEDA ÁLVAREZ y don PEDRO ANTONIO GALLEGUILLOS PÉREZ, son los únicos socios, y cada uno es propietario del 50% de la participación social.- Seis. En todo aquello en que no se modificaren los estatutos sociales por el presente instrumento, continuaran vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente, en lo relativo a: PLAZO, el cual es de 5 años, contados desde su constitución, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, salvo voluntad en contrario manifestada por escritura pública 60 día previos al vencimiento del plazo, la que deberá subinscribirse al margen de la inscripción social, y a su capital social, el cual se mantiene en $6.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. ANTOFAGASTA. 10 DE ABRIL DE 2026.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$6.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 11.xxx.xxx-9 | 11.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 10.xxx.xxx-7 | 10.xxx.xxx-7 | - | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 17 avril 2015
Constitución original de la sociedad.
- Autre acte· 24 février 2016
La sociedad fue modificada en escritura pública.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior DE ESCRITURA SANEAMIENTO DE EXTRACTO DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD ASISTENCIA METALÚRGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA. JULIO ABASOLO ARAVENA, Abogado, Notario Público, Titular de la 2ª Notaría de Antofagasta, con oficio en Calle Jorge Washington Nº2.600, Antofagasta, CERTIFICA: Que por escritura pública Rep. Nº541-2026 de fecha 9 de febrero de 2026 comparecieron ante mí: don MILTO YANIRO GUILLEN ALAVE, chileno, casado, ingeniero civil químico, Rut 11.611.876-9, domiciliado en Calle México Nº661, Antofagasta y don MARIO ORLANDO CORTÉS CRUZ, chileno, casado, técnico en computación, Rut 10.358.447-7, domiciliado en Avenida Argentina Nº0150, departamento 54, Antofagasta. Los comparecientes en el acto de suscripción declaran que: Uno: Son los únicos socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA.” RUT N.º 76.495.721-0. Cuyo capital es de $6.000.000.- Dos. Que la sociedad se constituyó con fecha 17 de abril de 2015 por escritura pública Repertorio Nº1.252-2015, otorgada en la 3ª Notaría de Antofagasta ante la Notario Público doña Andrea Ruiz Fuentes, Suplente del titular don Gonzalo Hurtado Peralta. Tres: Que la Sociedad fue modificada con fecha 24 de febrero de 2016 por escritura pública Repertorio Nº720-2016, otorgada en la 3ª Notaría de Antofagasta ante el Notario Público titular don Gonzalo Hurtado Peralta. Cuatro: Se verificó que el extracto que dio cuenta de la constitución de la sociedad, y que fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta a fojas 1.437, vuelta, Nº795, del 2 de junio de 2015, contiene un vicio conforme lo establecido en el artículo 354, inciso 2º del Código de Comercio; lo dispuesto por la Ley 19.499; y la Ley 3.918, el cual consiste en: el extracto contiene información parcial e insuficiente respecto de la duración de la sociedad pactada por los socios en los estatutos sociales, el extracto “dice: PLAZO: cinco años”. Debiendo señalar de forma completa la voluntad expresa de los socios pactada en la cláusula séptima de los estatutos sociales. Este vicio ha causado graves perjuicios a la sociedad, tales como afectar la vigencia de la sociedad. Cinco: Saneamiento. Conforme lo dispuesto en el artículo 1º inciso 4º y siguientes de la Ley 19.499, los comparecientes suscribieron escritura pública con el objeto de sanear el vicio formal de “inscripción de extracto de escritura con un vicio formal conforme lo establecido en el numeral 1º del artículo 426 del Código de Comercio” corrigiendo y complementando el plazo de duración de la sociedad, de modo que el PLAZO de duración de la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ASISTENCIA METALÚRGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA, es de 5 años, contados desde su constitución, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, salvo voluntad en contrario manifestada por escritura pública 60 día previos al vencimiento del plazo, la que deberá subinscribirse al margen de la inscripción social. Y así debe ser inscrita en el Conservador de Comercio, saneando, rectificando, y/o complementando la inscripción de fojas 1.437, vuelta, Nº795, del 2 de junio de 2015. Seis: Los comparecientes declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada previa a este acto, que se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad relativa de que pueda adolecer el acto de modificación de la sociedad. Siete: En todo aquello en que no se modificaren los estatutos sociales por el presente instrumento, continuaran vigentes las estipulaciones del pacto social y sus posteriores modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$6.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 11.xxx.xxx-9 | 11.xxx.xxx-9 | - | - |
JANETT DEL CARMEN LÓPEZ AHUMADA Socio 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | - | - |
Texte officiel de l’extrait
GONZALO MARTIN HURTADO PERALTA: Notario Público de la 3era Notaria de Antofagasta, con oficio en calle San Martín N° 2745, Certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 4 de Agosto de 2023, ante mí, MILTO YANIRO GUILLEN ALAVE, chileno, casado, Ingeniero Civil Químico, Cédula Nacional de Identidad número once millones seiscientos once mil ochocientos setenta y seis guión nueve, domiciliado en esta ciudad, calle México número seiscientos sesenta y uno; MARIO ORLANDO CORTES CRUZ, chileno, casado, Técnico en Computación, domiciliado en esta ciudad, Avenida Argentina número cero ciento cincuenta, departamento cincuenta y cuatro, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y siete guión siete y JANETT DEL CARMEN LÓPEZ AHUMADA, chilena, casada, Profesora diferencial, domiciliada en calle Santiago Humberstone 125 casa 58, Condominio Bordemar 1, comuna y ciudad de Antofagasta, cédula nacional de identidad número 12.419.333-8, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLOGIA LIMITADA” y/o “AMETEC LTDA.” inscrita, en extracto, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta, a fojas 1437 vuelta bajo el n° 79, de 2 de junio de 2015, Rol Único Tributario n° 76.495.721-0, cuyos capital inicial fue de $6.000.000, en el sentido que MARIO ORLANDO CORTES CRUZ, dueña del 3 por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a doña JANETT DEL CARMEN LÓPEZ AHUMADA, quien las compra y acepta para sí dichos derechos sociales. El precio de la cesión y venta es la suma total de $200.000.-, que se paga en este acto de contado declarando la vendedora recibirlos a su entera satisfacción y sin reclamo alguno que hacer. En consecuencia, ambas partes se otorgan el más total, completo y definitivo finiquito respecto de la venta de derechos antes mencionada. En todo lo no modificado por el presente instrumento, quedan vigentes las demás estipulaciones del pacto social constitutivo, en todo aquello que no contraponga con las estipulaciones de esta escritura. Antofagasta 06 de septiembre de 2023.
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