Servicios Acuícolas Patagonia Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$68.213.563
實繳資本
$68.213.563
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.999% | $68.212.881 |
Socio 13.xxx.xxx-4 | 13.xxx.xxx-4 | 0.001% | $682 |
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公報所載公司沿革
- 其他行為
Cesión total de derechos sociales de los socios a favor de Abick S.A. y Pablo Hernán Gaete Prieto.
Patagonia Inversiones Limitada · Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile · Hans Jorg Kossmann Perl · Abick S.A. · Pablo Hernán Gaete Prieto
摘要官方正文
Ministerio del Interior PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Av. Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 01 de Octubre de 2025, Repertorio N° 12.682-2025, otorgada ante mí, Hans Jorg Kossmann Perl, Patagonia Inversiones Limitada, ambos domiciliados en Cerro El Plomo 5.855, oficina 507, comuna de Las Condes, Santiago, y Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile, domiciliada en Augusto Leguía Sur 79, oficina 1501, comuna de Las Condes, Santiago, todos en sus calidades de socios de la sociedad SERVICIOS ACUÍCOLAS PATAGONIA LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”, inscrita a fojas 942 N° 659 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente al año 2015), junto con Pablo Hernán Gaete Prieto y Abick S.A., ambos domiciliados en Ramón Ricardo Rosas 451, comuna y ciudad de Puerto Varas, acordaron: /I/ Cesión de derechos sociales: Los socios venden, ceden y transfieren la totalidad de los derechos sociales de que son titulares en la Sociedad, en las siguientes proporciones: /i/ Patagonia Inversiones Limitada vende, cede y transfiere a Abick S.A. el 41,06% de los derechos sociales de la Sociedad; /ii/ Patagonia Swiss Agencia en Chile vende, cede y transfiere a Abick S.A. el 48,94% de los derechos sociales de la Sociedad; /iii/ Hans Jorg Kossmann Perl vende, cede y transfiere a Abick S.A. el 9,999% de los derechos sociales de la Sociedad, y /iv/ Hans Jorg Kossmann Perl vende, cede y transfiere a Pablo Hernán Gaete Prieto el 0,001% de los derechos sociales de la Sociedad. Como consecuencia de las cesiones, quedan como únicos y exclusivos socios de la Sociedad don Pablo Hernán Gaete Prieto y Abick S.A.; /II/ Modificación de estatutos: Como consecuencia de las cesiones de derechos, don Pablo Hernán Gaete Prieto y Abick S.A., en sus calidades de únicos socios de Servicios Acuícolas Patagonia Limitada, acuerdan: /i/ modificar el Artículo Quinto referente al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de sesenta y ocho millones doscientos trece mil quinientos sesenta y tres pesos, íntegramente aportado, enterado y pagado de la siguiente manera: a) Abick S.A. aporta, entera y paga en dinero efectivo ya ingresado a caja social, la suma de sesenta y ocho millones doscientos doce mil ochocientos ochenta y un pesos, equivalente al noventa y nueve coma novecientos noventa y nueve por ciento del capital social; y b) Pablo Hernán Gaete Prieto aporta, entera y paga en dinero efectivo ya ingresado a caja social, la suma de seiscientos ochenta y dos pesos, equivalente al cero coma cero cero un por ciento del capital social. Queda de esta forma totalmente suscrito y pagado el capital social”; y /ii/ modificar la administración de la Sociedad, para efectos de revocar la estructura de poderes contenida en el Artículo Cuarto, y establecer que la representación, administración y el uso del nombre de la Sociedad corresponderá al socio Abick S.A. /en adelante, el “Administrador”/, quien podrá ejercerla directamente por medio de sus representantes o a través de uno o más mandatarios designados mediante escritura pública y anotada al margen de la inscripción social, las que serán esencialmente revocables con las mismas formalidades antes indicadas y no formarán parte de los estatutos sociales, de manera que, anteponiendo su firma a la razón social, obligará a la Sociedad con plenas facultades de administración y disposición de bienes, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la Sociedad, de conformidad a lo indicado en el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, cuyo texto se reemplaza íntegramente en la escritura extractada; y /III/ Designación de mandatario para la administración: Según la Cláusula Duodécima de escritura extractada, y sin que forme parte de los estatutos, se designa como Administrador de la Sociedad a don Pablo Hernán Gaete Prieto, cédula de identidad N° 13.549.503-4, quien, actuando individualmente, representará a la Sociedad con todas las facultades indicadas en el Artículo Cuarto de los estatutos. La mención de la designación del Administrador en el presente extracto debidamente inscrito y publicado será suficiente para dar por cumplida la condición de anotarlo al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 02 de octubre de 2025.
公司資料
公司目的
La compra, venta, arriendo, administración y explotación de bienes raíces y muebles por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones mobiliarias e inmobiliarias de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena; la importación, exportación de bienes y productos y la realización de operaciones de comercio exterior en cualquiera de sus formas; la prestación de asesorías técnicas y servicios a terceros relacionados con la acuicultura; y las demás materias relacionadas con las anteriores.
資本
總資本
$68.213.563
實繳資本
$68.213.563
待繳資本
$0
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Patagonia Inversiones Limitada Socio | - | 41.06% | $28.008.489 |
Socio | - | 10% | $6.821.356 |
Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile Socio | - | 48.94% | $33.383.718 |
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摘要官方正文
Antonieta Mendoza Escalas, Notario Público Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifica: Por escritura pública de 15/01/2024, Rep. Nº 179/2024.-, ante mí, Hans Jorg Kossmann Perl, Patagonia Inversiones Limitada domiciliados en calle Cerro El Plomo 5855 Of. 507 Las Condes y Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile, Augusto Leguía Sur 79 Of. 1501, Las Condes, Santiago, como únicos socios de SERVICIOS ACUICOLAS PATAGONIA LIMITADA inscrita Fs. 942 N° 659 Registro Comercio Puerto Montt año 2015, acordaron: A) Dividir la sociedad en 2 sociedades, la misma Servicios Acuícolas Patagonia Limitada como continuadora e Inversiones Bahía Ilque Limitada. B) Se disminuye capital de Servicios Acuícolas Patagonia Limitada de $138.744.017.- a $68.213.563.- Al efecto se reemplaza Art. 5º Estatutos por el siguiente: “Quinto: Capital $68.213.563.- suscrito y pagado según se indica a continuación: a) Patagonia Inversiones Limitada ha enterado $28.008.489.- que equivale a 41,06% capital social; b) Hans Kossmann Perl ha enterado $6.821.356.- que equivale al 10% capital social; y c) Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile ha enterado $33.383.718.- que equivale a 48,94% capital social.” C) EXTRACTO ESTATUTOS Inversiones Bahía Ilque Limitada. Se crea en esta división sociedad responsabilidad limitada al monto de aportes bajo razón social de “INVERSIONES BAHÍA ILQUE LIMITADA”, pudiendo actuar como BAHIA ILQUE LTDA. Objeto, a) la compra, venta, arriendo, administración y explotación de bienes raíces y muebles por cuenta propia o ajena; b) La realización de inversiones mobiliarias e inmobiliarias de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena; c) La importación, exportación de bienes y productos y la realización de operaciones de comercio exterior en cualquiera de sus formas; d) la prestación de asesorías técnicas y servicios a terceros relacionados con la acuicultura y, e) Las demás materias relacionadas con las anteriores.- Domicilio.- Ciudad de Puerto Montt de la Décima Región. Duración; 5 años desde fecha escritura extractada prorrogable por periodos iguales cada uno en la forma señalada en escritura. Capital: $70.530.454.- íntegramente suscrito y pagado: a) Patagonia Inversiones Limitada ha enterado $28.959.805.- que equivale a un 41,06% capital social; b) Hans Kossmann Perl ha enterado $7.053.045.- que equivale a 10% capital social; y c) Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile ha enterado $34.517.604.- que equivale a 48,94% capital social.- E) ADMINISTRACIÓN Y PODERES INVERSIONES BAHÍA ILQUE LIMITADA.- Administración de la sociedad. La administración de la sociedad corresponderá a doña Christa Perl Schulz; doña Christine Kossmann Perl, doña Sylvia Kossmann Perl y don Hans Kossmann Perl, pudiendo actuar de manera individual cada uno de ellos con las mismas facultades, anteponiendo su firma a la razón social, con la limitación contenida al final de la presente cláusula. Cada uno de los socios administradores podrá: a) representar judicialmente a la Sociedad, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores. Aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o espera; b) representar extrajudicialmente a la Sociedad, pudiendo concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, organismo o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributaria, previsional o laboral, o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, con toda clase de solicitudes, memoriales y demás documentos que sean menester, y desistirse de sus peticiones: c) retirar de las oficinas de correos, telégrafos, aduanas, empresas de transportes terrestre, marítimo, aéreo, toda clase de correspondencia, incluso certificados, giros, rembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, piezas postales, etc., signadas y dirigidas a la Sociedad; firmar la correspondencia de la Sociedad: d) inscribir propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, modelos industriales, patentar inventos: e) establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero; f) celebrar contratos de promesa, otorgar los contratos prometidos y exigir judicial y extrajudicialmente su cumplimiento; g) comprar, vender y permutar, y en general, adquirir y enajenar a cualquier título bienes muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures y derechos de cualquier naturaleza, y comprar bienes raíces; h) dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión toda clase de bienes, corporales e incorporales, raíces o muebles; i) celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar y despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles términos, celebrar contratos de confección de obra material, de arrendamiento de servicios, de transporte, de comisión y de correduría; j) celebrar contratos de seguro, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, estipular plazos, y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros, etc.; k) ceder y aceptar cesiones de crédito, sean nominativos, a la orden o al portador; l) recibir en prenda, bienes muebles, valores, derechos y demás cosas corporales e incorporales, sea en prenda civil, mercantil o bancaria, industriales, u otras especiales; m) recibir bienes en hipoteca; n) aceptar fianzas, simples o solidarias, avales, solidaridad, y, en general, toda clase de cauciones y garantías a favor de la Sociedad; ñ) cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la Sociedad o pueda adeudársele en el futuro, a cualquier título que sea, por cualquiera causa o persona, sea ella natural o jurídica, de derecho privado o de derecho público, incluso el Fisco, sea en dinero, en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; o) firmar recibos, finiquitos y cancelaciones, y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, y refrendar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estime necesarias o convenientes; p) representar a la sociedad ante los bancos e instituciones financieros con las más amplias facultades que se precisen; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; celebrar contratos de cuenta corriente mercantil, pudiendo depositar, girar, sobregirar en ellas; abrir cuentas corrientes bancarias de depósitos o de crédito; imponerse de su movimiento, ponerle término a tales cuentas o solicitar su terminación; aprobar y objetar saldos, requerir y retirar talonarios de cheques; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; abrir cuentas de ahorro, reajustables o a la vista, a plazo o condicionales, hacer depósitos en ellas, retirarlos total o parcialmente; colocar y retirar dineros, sea en moneda nacional o extranjera, valores en depósitos, custodia o garantía; tomar y cancelar vales vistas, boletas bancarias o boletas de garantía; q) girar, aceptar, suscribir, endosar en dominio, cobro o garantía, protestar, descontar, cancelar y cobrar cheques, letras de cambio, pagarés, libranzas, vales y demás documentos mercantiles, de embarque o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercer todas las acciones que correspondan a la Sociedad en relación con tales documentos; r) contratar y efectuar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, encontrándose facultado para representar a la Sociedad en todas las operaciones, diligencias, trámites o actuaciones relacionadas con importaciones y exportaciones ante los bancos comerciales, Banco Central de Chile y cualquier otra entidad o autoridad competente, pudiendo al efecto representar y firmar registros de importación y exportación, abrir acreditivos divisibles o indivisibles, revocables o irrevocables, presentar solicitudes anexas, cartas explicativas, declaraciones juradas y toda otra documentación pertinente que fuera exigida por los bancos o por el Banco Central de Chile, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales ha autorizado una determinada operación, autorizar cargos en las cuentas corrientes de la Sociedad o causa de operaciones de comercio exterior; s) otorgar, retirar, endosa, enajenar y negociar en cualquier forma documentos de embarque, facturas, conocimientos y cartas de porte y documentos consulares; t) pagar en efectivo, por dación en pago de bienes muebles, por consignación, subrogación, cesión de bienes, etc., por todo lo que la Sociedad adeudara por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones ya por novación, remisión, compensación, etc.; u) otorgar poderes especiales y delegar el poder en todo o parte; v) enajenar en cualquier forma bienes raíces sociales, constituir hipotecas, prendas y todas clase de garantías reales sobre los mismos, y constituir a las Sociedad en fiadora y codeudora solidaria de obligaciones de tercero; w) contratar toda clase de préstamos o mutuos sin limitaciones de ninguna naturaleza. Limitación: Deberán actuar dos cualquiera de los cuatro administradores conjuntamente para obligar a la sociedad en las facultades señaladas en las letras g), t), u), v) y w).- Santiago, enero 24 de 2024.
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