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Sociedad por Acciones76.495.389-4

Constructora Isla Negra SpA

MODIFICACIÓN — 22 ago 2020

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2020-08-22Ver PDF (CVE 1803829)

Información societaria

SpA

Socios (2)

NombreParticipación

EDUARDO SEGUNDO EDELBERTO BELTRÁN RUBILAR

Accionista

9.xxx.xxx-8

-

GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO

Accionista

13.xxx.xxx-7

-

Representación legal (2)

IRINA BELÉN SANDOVAL MORENO

15.xxx.xxx-7En representación de GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO13.xxx.xxx-7

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 23 de junio de 2015

    Se constituye Sociedad Constructora Beltran y García Limitada.

    EDUARDO SEGUNDO EDELBERTO BELTRÁN RUBILAR · GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO

  2. Cesión de derechos· 21 de octubre de 2019

    Se ceden derechos y se transforma la sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones, pasando a Constructora Isla Negra SpA.

    EDUARDO SEGUNDO EDELBERTO BELTRÁN RUBILAR · GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO

  3. Transformación· 21 de octubre de 2019

    La sociedad se transforma de Ltda. a SpA.

    EDUARDO SEGUNDO EDELBERTO BELTRÁN RUBILAR · GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 06 de Agosto de 2020, ante mi, IRINA BELÉN SANDOVAL MORENO, chilena, casada, Licenciada en Ciencias Jurídicas, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos ochenta y un mil ciento veinticuatro guión siete, domiciliada en calle Sargento Aldea número trescientos cuarenta y cinco, de la comuna y ciudad de Curacautín, en nombre y en representación de don EDUARDO SEGUNDO EDELBERTO BELTRÁN RUBILAR, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos veinte mil doscientos sesenta y cinco guión ocho, domiciliado en calle Pasaje Ascoli número cero setecientos treinta, Población Villa Cautín de la comuna y ciudad de Temuco y de don GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos noventa mil setenta y nueve guión siete, con domicilio en calle Isla Negra Sitio A guión ocho, kilómetro doce, Sector Labranza, comuna de Temuco, expuso: Por Escritura Pública de fecha veintitrés de Junio del año dos mil quince, en la Notaría de don HECTOR EFRAÍN BASUALTO BUSTAMANTE, de la comuna y ciudad de Temuco, don EDUARDO SEGUNDO EDELBERTO BELTRÁN RUBILAR, y don GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO, constituyeron “SOCIEDAD CONSTRUCTORA BELTRAN Y GARCÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y nueve guión cuatro, cuyo extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas mil ciento veinte vuelta, número setecientos quince del año dos mil quince, y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y un mil ciento cuarenta y dos, de fecha veinticinco de Junio del mismo año.- Con fecha veintiuno de Octubre del año dos mil diecinueve, ante don JORGE ELÍAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, suscribieron escritura Pública de CESION DE DERECHOS Y TRANSFORMACION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A SOCIEDAD POR ACCIONES, DE SOCIEDAD CONSTRUCTORA BELTRÁN Y GARCÍA LIMITADA A CONSTRUCTORA ISLA NEGRA SpA, publicado su extracto en el Diario Oficial, con fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve. PRESENTE RECTIFICACION: Que viene en RECTIFICAR la CLÁUSULA QUINTA, de la Segunda Parte de la Escritura Pública de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES, en la parte DONDE EXPRESA: “...El capital social y sus posteriores aumentos, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de DOS AÑOS contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada". DEBIENDO EXPRESAR: “…El capital social, a la fecha e instante de la firma de la presente escritura, se encuentra totalmente suscrito y pagado". A su vez, rectifica las cláusulas OCTAVA, NOVENA Y DÉCIMO CATORCE, de la Escritura de Constitución de Sociedad por Acciones, en el sentido de DEJARLAS SIN EFECTO, toda vez que por un error involuntario se incorporaron, siendo estas partes de un estatuto de SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Y NO DE SOCIEDAD POR ACCIONES, como en este caso corresponde. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones de la misma.- SANEAMIENTO: La compareciente, a su vez, sanea el vicio de nulidad que afecta a la sociedad por acciones "CONSTRUCTORA ISLA NEGRA SpA", consistente en la inscripción extemporánea del extracto en el Registro de Comercio respectivo, debido a los reparos y posteriores modificaciones que afectaron a la escritura firmada con fecha veintiuno de octubre de dos mil diecinueve.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 20 de agosto de 2020.-

ConstituciónDiario Oficial · 2019-11-07Ver PDF (CVE 1678339)

Información societaria

SpA
Temuco, Araucanía
Administración: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de Gerente General, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social, pudiendo éste ser o no accionista, designado, y esencialmente revocable por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta.

Objeto social

A) La programación, el diseño, estudio ejecución y desarrollo de todo tipo de obras y construcciones, el desarrollo y realización de obras de Ingeniería, Civiles, Arquitectura, y urbanización ya sea por cuenta propia o ajena; B) La ejecución de todo tipo de obras, tales como, urbanizaciones, viviendas, condominios, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles, movimientos de tierra, fabricación y montaje de estructuras metálicas; y en general cualquier proyecto de construcción, sean estos por cuenta propia o ajena; la construcción, promoción y ventas de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales, y en general, toda clase de negocios y actividades relacionadas directamente con obras materiales y construcciones y con las que sean complementarias de ellas, sus ampliaciones y reparaciones; C) La adquisición y enajenación de bienes raíces de todo tipo, la realización de inversiones en inmuebles de cualquier naturaleza, rústicos, urbanos, derechos o cuotas en ellos, pisos, oficinas, departamentos y estacionamientos y la explotación de los mismos, ya sea mediante su arrendamiento, o su uso temporal o perpetuo, o en cualquier otra forma o título, o cualquier otra forma de explotación, ya sea por cuenta propia o por terceros, pudiendo incluso construir en dichos inmuebles, ya sea por cuenta propia o ajena; la administración de este tipo de inversiones, ya sean propias o ajenas, y la percepción de utilidades o rentas, y la celebración o ejecución de todos los actos y contratos, que digan relación directa o indirectamente con este objeto social; D) La gestión inmobiliaria en su más amplio concepto, para la sociedad o respecto a terceros, comprendiéndose la realización de corretajes; la compra, venta, permuta, arrendamiento, enajenación, consignación, administración, explotación y demás relacionados, en cualquiera de sus formas, respecto de inmuebles urbanos y/o rurales; E) El transporte en todas sus formas, por cuenta propia o de terceros; F) La compra, venta, distribución, arrendamiento, comercialización, importación, exportación de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, e insumos para la construcción y ferretería, revestimiento de todo tipo, aluminios, fierros, vidrios, y en general la comercialización por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles directamente relacionados con las actividades descritas en las letras anteriores; G) La compraventa de bosques con o sin terreno y su explotación, la compraventa, elaboración y tratamiento de maderas de todo tipo, sean aserradas o dimensionadas; H) Comercialización de materiales para la construcción y especialmente la explotación y comercialización de áridos en todos sus tipos y clases en general; I) Todo otro negocio o actividad lícita que se relacione, en la actualidad o en el futuro con lo mencionado; o cualquier otro negocio que acordaren los socios relacionados directamente o indirectamente a estos objetos.- en la prosecución del objeto social, sus fines directos o indirectos, o en cuanto sea el interés societario, la sociedad que se constituye podrá formar, constituir, participar, comprar o vender derechos de participación en otras sociedades limitadas o anónimas.

Capital

Capital total

$60.000.000

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO

Accionista

13.xxx.xxx-7

100%

Administradores (1)

GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO

13.xxx.xxx-7Gerente

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Temuco, con oficio en esta ciudad calle A. Varas 976, CERTIFICA: Por escritura de fecha 21 de Octubre de 2019, ante mi, don EDUARDO SEGUNDO EDELBERTO BELTRÁN RUBILAR, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos veinte mil doscientos sesenta y cinco guión ocho, domiciliado en pasaje Ascoli número cero setecientos treinta, Población Villa Cautín de la comuna y ciudad de Temuco; y don GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos noventa mil setenta y nueve guión siete, con domicilio en calle Isla Negra sitio A guión ocho, kilómetro doce, localidad de Labranza, comuna de Temuco; constituyeron “SOCIEDAD CONSTRUCTORA BELTRAN Y GARCÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y nueve guión cuatro, constituído por escritura pública de fecha veintitrés de Junio del año dos mil quince, en la Notaría de Temuco ante don HECTOR EFRAÍN BASUALTO BUSTAMANTE, cuyo extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas mil ciento veinte vuelta, número setecientos quince del año dos mil quince, y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y un mil ciento cuarenta y dos, de fecha veinticinco de Junio del mismo año.- Por acto escritura, únicos socios vienen en realizar la siguiente cesión de derechos: don EDUARDO SEGUNDO EDELBERTO BELTRÁN RUBILAR, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al cincuenta por ciento de su participación en el capital social a don GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO, quien compra, acepta y adquiere para sí los derechos sociales ya referidos. El precio de esta cesión de derechos es de treinta millones de pesos, que fueron pagados en dinero efectivo, al cedente, con anterioridad acto escritura.- En virtud de la cesión de derechos sociales precedente, el único y actual socio de “SOCIEDAD CONSTRUCTORA BELTRÁN Y GARCÍA LIMITADA”, es don GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO, quien ahora detenta el cien por ciento de los derechos sociales. En razón de ello don GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO transforma la sociedad de responsabilidad limitada antes individualizada en una SOCIEDAD POR ACCIONES. TRANSFORMACION: Por acto escritura, el único socio don GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO viene en transformar “SOCIEDAD CONSTRUCTORA BELTRÁN Y GARCÍA LIMITADA” en una sociedad por acciones, conforme a las normas contenidas en el párrafo VIII del Título VII del Libro II del Código de Comercio, artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes, la que a continuación se extracta: NOMBRE SOCIAL: CONSTRUCTORA ISLA NEGRA SpA. Nombre de fantasía: ISLA NEGRA SpA. OBJETO: A) La programación, el diseño, estudio ejecución y desarrollo de todo tipo de obras y construcciones, el desarrollo y realización de obras de Ingeniería, Civiles, Arquitectura, y urbanización ya sea por cuenta propia o ajena; B) La ejecución de todo tipo de obras, tales como, urbanizaciones, viviendas, condominios, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles, movimientos de tierra, fabricación y montaje de estructuras metálicas; y en general cualquier proyecto de construcción, sean estos por cuenta propia o ajena; la construcción, promoción y ventas de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales, y en general, toda clase de negocios y actividades relacionadas directamente con obras materiales y construcciones y con las que sean complementarias de ellas, sus ampliaciones y reparaciones; C) La adquisición y enajenación de bienes raíces de todo tipo, la realización de inversiones en inmuebles de cualquier naturaleza, rústicos, urbanos, derechos o cuotas en ellos, pisos, oficinas, departamentos y estacionamientos y la explotación de los mismos, ya sea mediante su arrendamiento, o su uso temporal o perpetuo, o en cualquier otra forma o título, o cualquier otra forma de explotación, ya sea por cuenta propia o por terceros, pudiendo incluso construir en dichos inmuebles, ya sea por cuenta propia o ajena; la administración de este tipo de inversiones, ya sean propias o ajenas, y la percepción de utilidades o rentas, y la celebración o ejecución de todos los actos y contratos, que digan relación directa o indirectamente con este objeto social; D) La gestión inmobiliaria en su más amplio concepto, para la sociedad o respecto a terceros, comprendiéndose la realización de corretajes; la compra, venta, permuta, arrendamiento, enajenación, consignación, administración, explotación y demás relacionados, en cualquiera de sus formas, respecto de inmuebles urbanos y/o rurales; E) El transporte en todas sus formas, por cuenta propia o de terceros; F) La compra, venta, distribución, arrendamiento, comercialización, importación, exportación de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, e insumos para la construcción y ferretería, revestimiento de todo tipo, aluminios, fierros, vidrios, y en general la comercialización por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles directamente relacionados con las actividades descritas en las letras anteriores; G) La compraventa de bosques con o sin terreno y su explotación, la compraventa, elaboración y tratamiento de maderas de todo tipo, sean aserradas o dimensionadas; H) Comercialización de materiales para la construcción. y especialmente la explotación y comercialización de áridos en todos sus tipos y clases en general; I) Todo otro negocio o actividad lícita que se relacione, en la actualidad o en el futuro con lo mencionado; o cualquier otro negocio que acordaren los socios relacionados directamente o indirectamente a estos objetos.- en la prosecución del objeto social, sus fines directos o indirectos, o en cuanto sea el interés societario, la sociedad que se constituye podrá formar, constituir, participar, comprar o vender derechos de participación en otras sociedades limitadas o anónimas. DOMICILIO: El domicilio será calle Isla Negra Sitio A guión ocho, kilómetro doce, localidad de Labranza, comuna de Temuco, sin perjuicio de las filiales, sucursales o agencias que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero. ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de Gerente General, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social, pudiendo éste ser o no accionista, designado, y esencialmente revocable por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Se nombra como administrador de la sociedad, en calidad de GERENTE GENERAL, de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO SEXTO de estos estatutos a don GIANNI RAÚL GARCÍA AGUAYO, facultades en escritura extractada. CAPITAL: SESENTA MILLONES DE PESOS dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal.- El capital social y sus posteriores aumentos, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de DOS AÑOS contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento, según corresponda, forma estipulada en escritura.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 05 de Noviembre de 2019.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    CONSTRUCTORA ISLA NEGRA SpA

    CVE 1803829

  2. CONSTITUCIÓN

    CONSTRUCTORA ISLA NEGRA SpA

    CVE 1678339

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)