Ingeniería De Servicios En Hemodiálisis Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Término de giro
25 de julio de 2025
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$4.500.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 12.xxx.xxx-9 | 12.xxx.xxx-9 | 50% | - |
Socio 11.xxx.xxx-1 | 11.xxx.xxx-1 | 50% | - |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 24 de agosto de 2015
Se constituyó la sociedad InGENIERÍA DE SERVICIOS EN HEMODIÁLISIS LIMITADA.
- Cesión de derechos· 2 de marzo de 2017
Jorge Esteban Meza Farías cede la totalidad de sus derechos sociales a Daniel Antonio Melipil Collio y Ruben Leonardo Urbina Araya, a razón de la mitad para cada uno.
JORGE ESTEBAN MEZA FARÍAS · DANIEL ANTONIO MELIPIL COLLIO · RUBEN LEONARDO URBINA ARAYA
- Cambio de administrador· 2 de marzo de 2017
Se modifica la representación legal para que Daniel Antonio Melipil Collio y Ruben Leonardo Urbina Araya actúen indistintamente.
- Cambio de capital· 2 de marzo de 2017
Se informa capital actual de $4.500.000.
- Cambio de nombre· 2 de marzo de 2017
Se rectifica la razón social a INGENIERÍA DE SERVICIOS EN HEMODIÁLISIS LIMITADA.
INGENIERÍA DE SERVICIOS EN HEMODIÁLISIS LIMITADA
Texto oficial del extracto
SERGIO F. RODRIGUEZ URIBE, Notario Público de San Miguel con asiento en San Joaquín, Av. Vicuña Mackenna Nº 3125 certifico por escritura de 02-03-2017, rectificada por escritura de 23-03-2017, ambas ante mí, don DANIEL ANTONIO MELIPIL COLLIO, Ingeniero Electrónico, cédula de identidad 12.986.231-9, con domicilio en Pasaje Rieter número 3392 de la Comuna de San Joaquín, Región Metropolitana; don JORGE ESTEBAN MEZA FARÍAS, Técnico Superior Electrónico, cédula de identidad número 14.394.556-1, con domicilio en Cerro Las Ventanas número 2425, comuna de Lampa, Región Metropolitana; y don RUBEN LEONARDO URBINA ARAYA, Técnico Superior Electrónico, cédula de identidad número 11.657.202-1, con domicilio en calle Monvoisim número 02762, Villa El Sol, de la ciudad de Rancagua. En la primera suscribieron cesión de derechos sociales y modificación de “INGENIERÍA DE SERVICIOS EN HEMODIÁLISIS LIMITADA”, con el nombre de fantasía de “ISH Ltda”. Dicha sociedad se encuentra inscrita a fojas sesenta y cinco mil ochocientos treinta y tres número treinta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro del Registro de Comercio del año dos mil quince, a cargo del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de la ciudad de Santiago. Su Rol Único Tributario del Servicio de Impuesto Internos es el número 76.495.211-1.- El capital actual de la sociedad es $4.500.000.- En la escritura ya señalada, don JORGE ESTEBAN MEZA FARÍAS, vendió, cedió y transfirió a don DANIEL ANTONIO MELIPIL COLLIO y a don RUBEN LEONARDO URBINA ARAYA, la totalidad de las acciones, derechos e interés que tenía en la sociedad, a razón de la mitad a cada uno, y la abandonó, dejando se ser socio de la misma. Por lo cual, siendo ahora los únicos socios de la sociedad don DANIEL ANTONIO MELIPIL COLLIO, y a don RUBEN LEONARDO URBINA ARAYA, procedieron a modificarla en la siguiente forma: a) Nuevos Representantes Legales. Se modifica la cláusula “Tercera de la sociedad”, en el sentido que los representantes legales de la sociedad serán ahora don DANIEL ANTONIO MELIPIL COLLIO, y don RUBEN LEONARDO URBINA ARAYA, quienes actuaran indistintamente cualquiera de ellos, anteponiendo a su firma la razón social, con todas y cada una de las facultades que en dicha cláusula se indican, las que no son taxativas si no meramente ilustrativas, representación que ejercerán con todas las potestades sociales, legales y reglamentarias. b) Ganancias y Pérdidas. Se modifica la cláusula “Undécima de la sociedad”, en el sentido que las ganancias se repartirán en partes iguales ambos socios, soportando en la misma proporción las pérdidas, habida cuenta de la limitación que este tipo de sociedad contempla. c) Duración. Se modifica la cláusula “Décimo segunda de la sociedad”, en el sentido que la sociedad se entenderá pactada por un plazo de cinco años, a contar del veinticuatro de agosto de dos mil quince, fecha de la suscripción del pacto social primitivo. Pudiendo renovarse por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, en la manera que se señala en la escritura. d) Disolución de la sociedad. Se modifica la cláusula “Décimo cuarta de la sociedad”, en el sentido que se elimina totalmente el texto antiguo, reemplazándose íntegramente por el siguiente: “En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará entre los otros socios sobrevivientes y los herederos o sucesores del fallecido. Para lo cual, dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento, los herederos deberán nombrar un procurador común que los represente ante la sociedad, bajo apercibimiento de ser representados por el cónyuge del socio fallecido, el hijo mayor, o el heredero o legatario de mayor edad, y en último caso, ante la reticencia de todos estos, por uno de los socios sobrevivientes. La sociedad se disolverá unicamente por las causales legales.” e) Domicilio de la sociedad. Se modifica la cláusula “Décimo Sexta de la sociedad”, eliminándose totalmente el texto primitivo, y reemplazando ahora por el siguiente: “El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otros lugares del país o del extranjero”. Regirá en todo lo demás, el pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. En la escritura rectificatoria don DANIEL ANTONIO MELIPIL COLLIO, Ingeniero Electrónico, cédula de identidad 12.986.231-9, con domicilio en Pasaje Rieter número 3392 de la Comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, con facultades suficientes rectifico razón social mencionada en la primera por “INGENIERÍA DE SERVICIOS EN HEMODIÁLISIS LIMITADA”- Demás estipulaciones escritura rectificada.- San Joaquín, 23 de Marzo del 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INGENIERÍA DE SERVICIOS EN HEMODIÁLISIS LIMITADA
CVE 1200212
