Stock company by shares76.491.157-1

Las Orcas SpA

MODIFICACIÓN — Jan 30, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-01-30View PDF (CVE 2762770)

Corporate information

SpA
Administration: Cuatro Administradores

Official extract text

Ministerio del Interior LUIS EDUARDO FLORES RIVAS, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Av. Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de enero de 2026, Repertorio N° 3.026-2026, ante el titular, se redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Las Orcas SpA, RUT N° 76.491.157-1 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 19 de enero de 2026, por la cual se aprobó modificar los estatutos sociales en el sentido de reemplazar íntegramente de esta forma el Artículo Sexto sobre la Administración de la sociedad, por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La administración de la Sociedad se llevará a cabo por cuatro Administradores, quienes podrán representar separada o conjuntamente a la sociedad con todas las facultades detalladas en el presente estatuto. Los administradores serán designados por la Junta de Accionistas, con el voto favorable de las dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto, y durarán en el cargo indefinidamente, salvo que la Junta manifieste su voluntad de revocarlo, en cualquier tiempo, por acuerdo de la mayoría simple de las acciones emitidas con derecho a voto. El Acta de la Junta en la que se acuerde la designación o revocación de él o los administradores, deberá reducirse a escritura pública o instrumento privado protocolizado, y subirse al Registro de Comercio, en forma de “Anotación”. Si uno o más administradores renuncian, los otros seguirán en el ejercicio de su cargo hasta que la Junta designe al nuevo o nuevos administradores. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente no será necesario llevar a cabo la celebración de la Junta de Accionistas para la designación de él o los administradores, siempre que se designe o designen, según el caso, mediante escritura pública o instrumento privado protocolizado suscrita por el o los accionistas que representen el cien por ciento de las acciones de la sociedad”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Enero de 2026.-

AmendmentDiario Oficial · 2022-10-29View PDF (CVE 2210149)

Corporate information

SpA
Administration: El administrador de la sociedad tendrá amplias facultades de representación ante instituciones y terceros, con deberes de consideración de socios, trabajadores, clientes, proveedores y medio ambiente.

Corporate purpose

Servicio de Agencia de Viajes; intermediación, organización y realización de proyectos, planes e itinerarios, elaboración y venta de paquetes y/o productos turísticos. Servicios integrales en la gestión de proyectos inmobiliarios y/o urbanos; compra, venta, arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles, servicio de corretaje de propiedades. Servicio integral de transportes terrestres; de carga por carretera, valores, encomiendas, transporte urbano de pasajeros. Asesoría, consultoría, capacitación, elaboración, y gestión de proyectos comerciales y de inversión como también en materia medio ambiental. Servicios integrales de marketing y/o publicidad; Marketing digital, desarrollo y gestión de campañas publicitarias, desarrollo y optimización de contenido, direccionamiento de la información para las redes sociales, y en general, estrategias de ventas y comunicación digital. Asesorías, consultorías y capacitaciones de marketing, publicidad, informática y soluciones tecnológicas, y en general de todo aquello que se relacione con el objeto social antes descrito, tanto a personas naturales como jurídicas, ya sea por cuenta propia o a través de terceros. La explotación, agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, la compra, venta, representación, exportación, e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios o ajenas; y en general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera y avícola, que acuerden o determinen los socios. La compraventa, importación, exportación, comercialización, arrendamiento y distribución de toda clase de bienes muebles corporales, especialmente y sin significar restricción alguna de artículos fotográficos, y en general todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa, así como todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente con el objetivo social. Diseñar, imprimir, almacenar, distribuir, comercializar, importar y exportar toda clase de servicios y materiales impresos en general, tales como; libros, revistas, panfletos, entre otros, a personas naturales como jurídicas, ya sea a cuenta propia o ajena. Prestación de servicios y asesorías en todas las materiales relacionadas con el desarrollo de programas educativos y de capacitación, estudios, cursos, seminarios, por cuenta propia y de terceros y en general realizar cualquier acto y celebrar cualquier contrato relacionado con el objeto antes indicado y/o que los socios de común acuerdo estipulen; y la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y al medio ambiente.

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: En Junta Extraordinaria (“La Junta”) de la sociedad por acciones “Las Orcas SpA” (la “Sociedad”) celebrada el dieciséis de junio de dos mil veintidós, cuya acta se redujo a escritura pública, ante mí, con fecha cuatro de agosto de dos mil veintidós, bajo el repertorio dieciséis mil ochocientos noventa y nueve guion dos mil veintidós, se acordó modificar el artículo cuarto y séptimo del pacto social. El primero de los artículos mencionados hacen referencia al objeto, cuyo contenido quedo de la siguiente manera: ARTICULO CUARTO. OBJETO. El objeto de la sociedad es: a) Servicio de Agencia de Viajes; intermediación, organización y realización de proyectos, planes e itinerarios, elaboración y venta de paquetes y/o productos turísticos. b) Servicios integrales en la gestión de proyectos inmobiliarios y/o urbanos; compra, venta, arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles, servicio de corretaje de propiedades. c) Servicio integral de transportes terrestres; de carga por carretera, valores, encomiendas, transporte urbano de pasajeros. d) Asesoría, consultoría, capacitación, elaboración, y gestión de proyectos comerciales y de inversión como también en materia medio ambiental. e) Servicios integrales de marketing y/o publicidad; Marketing digital, desarrollo y gestión de campañas publicitarias, desarrollo y optimización de contenido, direccionamiento de la información para las redes sociales, y en general, estrategias de ventas y comunicación digital. f) Asesorías, consultorías y capacitaciones de marketing, publicidad, informática y soluciones tecnológicas, y en general de todo aquello que se relacione con el objeto social antes descrito, tanto a personas naturales como jurídicas, ya sea por cuenta propia o a través de terceros. g) La explotación, agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, la compra, venta, representación, exportación, e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios o ajenas; y en general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera y avícola, que acuerden o determinen los socios. h) La compraventa, importación, exportación, comercialización, arrendamiento y distribución de toda clase de bienes muebles corporales, especialmente y sin significar restricción alguna de artículos fotográficos, y en general todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa, así como todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente con el objetivo social. i) Diseñar, imprimir, almacenar, distribuir, comercializar, importar y exportar toda clase de servicios y materiales impresos en general, tales como; libros, revistas, panfletos, entre otros, a personas naturales como jurídicas, ya sea a cuenta propia o ajena. j) Prestación de servicios y asesorías en todas las materiales relacionadas con el desarrollo de programas educativos y de capacitación, estudios, cursos, seminarios, por cuenta propia y de terceros y en general realizar cualquier acto y celebrar cualquier contrato relacionado con el objeto antes indicado y/o que los socios de común acuerdo estipulen; y k) La sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y al medio ambiente. Y sólo los socios y accionistas de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto. Mientras que el segundo de los artículos mencionados hace referencia a la administración, la cual quedó de la siguiente manera: ARTÍCULO SÉPTIMO. Quien ejerce la administración de la sociedad tendrá las siguientes facultades. REPRESENTACIÓN ANTE INSTITUCIONES: Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, organismos o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributarios, previsional o laboral, o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, con toda clase de solicitudes y demás documentos que sean menester y desistirse de sus peticiones. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. - Santiago, 27 de octubre de 2022.-

AmendmentDiario Oficial · 2022-10-27View PDF (CVE 2208979)

Corporate information

SpA
Administration: Se modifica

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico que: En Junta Extraordinaria (“La Junta”) de la sociedad por acciones “Las Orcas SpA” (la “Sociedad”) celebrada el dieciséis de junio de dos mil veintidós, cuya acta se redujo a escritura pública, ante mí, con fecha cuatro de agosto de dos mil veintidós, bajo el repertorio dieciséis mil ochocientos noventa y nueve guion dos mil veintidós, se acordó modificar el artículo cuarto y séptimo del pacto social. Los artículos mencionados hacen referencia al objeto y a la administración, cuyo contenido se encuentra presente en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 25 de octubre de 2022.

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  1. MODIFICACIÓN

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